Diferencias de los Estados de excepción en Colombia PDF

Title Diferencias de los Estados de excepción en Colombia
Course Introducción Al Derecho
Institution Universidad Santo Tomás Colombia
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Buen resumen de la diferencia de los estados de excepcion...


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ESTADOS DE EXCEPCIÓN ESTADO DE GUERRA EXTERIOR

CONMOCIÓN INTERIOR

CARACTERÍSTICAS  Este Estado de excepción lo podremos encontrar en el artículo 212 de la constitución Política de Colombia. El Estado de guerra exterior hace referencia, en el momento el cual el Estado colombiano, se enfrenta directamente contra otro o varios estados, esto cuando el conflicto que se tiene entre los mismos no haya podido ser solucionado pacíficamente, y se entre precisamente en estado de guerra netamente violenta.  El estado de guerra exterior lo declarará el presidente del Estado colombiano junto con la firma de todos sus ministros; luego de esta declaración, el gobierno poseerá la facultad, hasta que termine el estado de guerra, defender y proteger, por sobre todas las cosas, la soberanía del Estado colombiano. Además de esto, el gobierno podrá tomar los requerimientos necesarios para poder atender a aquellos requerimientos de la guerra y siempre estará el Estado, en busca de un restablecimiento de la normalidad.  El estado de guerra exterior, a pesar de que es declarado por el gobierno, necesitará de una autorización, la cual la concederá el Senado de la República, aunque, de todas maneras, en situación de extrema medida, el presidente podrá proceder a defender de forma inmediata la soberanía nacional.  Los pronunciamientos del gobierno, que tienen fuerza de ley, serán los decretos legislativos. Estos decretos legislativos, suspenderán aquellas leyes las cuales sean de cierta manera incompatibles con el estado de excepción, pero, en el momento que se normalice el Estado, estas leyes volverán a ser válidas. A demás de esto, estos decretos, solo tratarán en específico del estado de guerra exterior. Por último, los decretos que, expedidos, serán enviados a la Corte Constitucional para que esta decida sobre su constitucionalidad; en el caso de que el presidente no enviase el decreto, la corte constitucional, lo hará por oficio.  Siempre, a pesar del estado de guerra exterior, se respetará de manera obligatoria los derechos fundamentales establecidos en la constitución.  Las tres ramas del poder público funcionaran de manera normal durante el estado de guerra exterior.  El tiempo de duración de la guerra exterior, será el que dure el conflicto con el otro estado, es decir, será hasta que se declare acabada la guerra 



Este Estado de excepción lo podremos encontrar en el artículo 213 de la constitución Política de Colombia. A diferencia del estado de guerra exterior, la conmoción interior vendrá a tratar asuntos netamente nacionales, es decir dentro del mismo estado. El estado de conmoción interior trata de perturbaciones muy graves las cuales alteren el orden público y que de manera directa

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ESTADO DE EMERGENCIA

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o indirecta amenacen la estabilidad institucional, es decir, a las entidades del estado. El estado de conmoción interior se caracteriza por que altera la seguridad del Estado y de la convivencia ciudadana. Se considera estado de conmoción interior cunado la fuerza pública (policía) no pueda controlar la situación específica y desate los problemas anteriormente nombrados por los cuales se consolidaría un estado de conmoción interior. El estado de conmoción interior será declarado por el presidente de la República de Colombia con la firma de todos los ministros. La conmoción interior, tiene la particularidad de que se puede dar en toda la nación o en una parte específica de la nación. A diferencia de la guerra exterior la cual no tendrá una vigencia específica de tiempo, la conmoción interior si la poseerá. Este tiempo será no mayor a noventa días, los cuales pueden ser prorrogables hasta por dos periodos también de noventa días; en el caso de la segunda prórroga, será el Senado quien la autorice. Los pronunciamientos del gobierno, que tienen fuerza de ley, serán los decretos legislativos. Estos decretos legislativos, suspenderán aquellas leyes las cuales sean de cierta manera incompatibles con la conmoción interior, pero, en el momento que se normalice el Estado, estas leyes volverán a ser válidas. Un ejemplo de conmoción interior puede ser un golpe de estado. Se deja por último el estado de emergencia, puesto que este estado de excepción trata de aquellos asuntos distintos a los artículos 212 y 213, que de igual manera amenacen en forma grave los siguientes ordenes: Orden económico Orden social Orden ecológico Calamidad pública El presidente con la firma de todos sus ministros podrá declarar el estado de emergencia. A diferencia, tanto del estado de guerra exterior, como el estado de conmoción interior, el periodo de duración del presente estado deberá ser de 30 días que sumados, no podrán sobrepasar noventa días en el año calendario. Otra diferencia entre estado de guerra exterior y el estado de conmoción interior, es que los pronunciamientos que realice le presidente con la firma de todos los ministros, serán los decretos con fuerza de ley. Estos decretos con fuerza de ley deben ir dirigidos netamente al estado de emergencia, con el objetivo de que no se extienda por más tiempo el hecho que se presente. En el decreto en el que el gobierno, declare el estado de emergencia, deberá especificar la motivación de la declaración del mismo.







Andrés Felipe Trujillo Sanabria (2218975) Universidad Santo Tomás Derecho constitucional colombiano

El congreso será convocado, y tendrá la obligación de examinar dicha motivación por un periodo de hasta treinta días los cuales pueden tener una prorroga con la autorización de ambas cámaras. A demás de esto El Congreso deberá pronunciarse y dar su postura frente a las medidas que se tomen sobre el estado de emergencia y dirá cuáles son las conveniencias que se obtendrán a partir de las mismas. Y en caso de que no sea convocado, el mismo se reunirá por derecho propio. Luego de un año de haber sido declarado el estado de emergencia, El Congreso deberá decidir si modificar, derogar o adicionar aquellos decretos que se hayan expedido durante el estado de emergencia. Un ejemplo de estado de emergencia es un desastre natural como un terremoto, en el cual se tendrán que tomar, medidas, tanto de protección a la comunidad, como legales....


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