El Juicio Verbal PDF

Title El Juicio Verbal
Course Derecho Procesal II: Procesal Civil
Institution Universidad de La Laguna
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El Juicio VerbalConcepto La declinatoriaProceso declarativo cuyo ámbito de aplicación se determina (al igual que el ordinario) en función de dos criterios: la cuantía y la materia“El juicio verbal principiará por demanda, con el contenido y forma propios del juicio ordinario, siendo también de aplic...


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Plenarios ordinarios: que son aquellos en los que, por un lado, las partes pueden disponer de todos los medios de ataque y defensa y por tanto no existe para ellos ninguna limitación en cuanto a alegaciones y medios de prueba (plenario), y por otro, los órganos jurisdiccionales, a través de ellos pueden conocer cualquier tipo de objeto y materia sin limitación alguna (ordinario). Plenarios ordinarios rápidos: que son aquellos en los que, siendo idénticos a los anteriores, es decir plenarios y ordinarios, y ante la necesidad de crear procesos más rápidos y de menor coste, se redujeron sus trámites y se introdujo la oralidad frente a la escritura. Plenarios especiales: que son aquellos en los que, al igual que los

Recordamos

primeros, las partes pueden disponer de todos los medios de ataque y defensa y por tanto no existe para ellos ninguna limitación en cuanto a alegaciones y medios de prueba (plenario), pero que, y a diferencia de los primeros, se establecen por la ley para resolver determinadas materias u objetos específicos (especiales). Sumarios especiales: que son aquellos en los que, y a diferencia de los anteriores (plenarios), las partes tienen limitados sus medios de ataque y defensa que lleva como consecuencia una restricción al conocimiento judicial.

El Juicio Verbal

Concepto

Proceso declarativo cuyo ámbito de aplicación se determina (al igual que el ordinario) en función de dos criterios: la cuantía y la materia

La declinatoria

El LAJ, examinada la demanda, la admitirá por decreto y dará traslado de ella al demandado

contestar y el curso del procedimiento principal».

para que la conteste por escrito en el plazo de DIEZ días, sino REBELDÍA

“El juicio verbal principiará por demanda, con el contenido y forma propios del juicio ordinario, siendo también de aplicación lo dispuesto para dicho juicio"

En los juicios verbales en que no se actúe con abogado y procurador, el demandante podrá formular una demanda sucinta (impresos normalizados)

Admisión de la Demanda, Contestación y Reconvención

«dentro de los diez primeros días del plazo para contestar a la demanda, y surtirá el efecto de suspender, hasta que sea resuelta, el plazo para

Acumulación de Acciones

Señalamiento y Citación para la Vista

partes a tal fin dentro de los cinco días siguientes.

Sin abogado y procurador (impresos normalizados)

exceda de 2.000 euros».

Sentencia

1. Comparecidas las partes el tribunal declarará

Dentro de los 10 DIAS siguientes

• Se le tendrá por desistido de la demanda. Se

abierto el acto y comprobará si subsiste el litigio entre ellas. (Si hay acuerdo pueden desistir

trata de un desistimiento tácito, que supone, además, la imposición de las costas causadas 2. El tribunal debe decidir las cuestiones

La vista habrá de tener lugar dentro del plazo máximo de un mes. Es posible la acumulación sin que exista conexión

El demandado podrá oponer en la contestación a

por los objetos, de modo que el actor puede acumular en su demanda todas las «acciones» que le competan contra un mismo demandado

la demanda un crédito compensable

2. Si no comparece el demandado: • Se continuará el juicio. Esta incomparecencia no supone ni

Demandante y demandado deberán pronunciarse sobre la vista

procesales que puedan impedir la válida prosecución y término del proceso mediante sentencia sobre el fondo (Estimar o Desestimar excepciones procesales.

allanamiento ni admisión de hechos.

Reglas • Si ninguna de las partes la solicitase el Tribunal dictará sentencia sin más trámites.

Reglas respecto de la reconvención:

3. Si no asiste ni el actor ni el demandado:

• Si lo solicita una (o las dos) el LAJ señalara día y

1. En los juicios verbales de naturaleza sumaria, ( los que finalizan con sentencia que no produce No será preceptivo abogado ni procurador «en los juicios verbales cuya determinación se haya efectuado por razón de la cuantía y ésta no

Desarrollo

1. Si no asiste el demandante:

Contestada la demanda y, en su caso, la reconvención o el crédito compensable, o transcurridos los plazos correspondientes, el LAJ, cuando haya de celebrarse vista citará a las

Estas demandas sucintas no son posibles cuando el juicio verbal sea procedente por razón de la materia.

Vista

Inasistencia de las partes

cosa juzgada) no cabe reconvención.

hora para su celebración, (dentro de los cinco días siguientes)

2. En los demás juicios verbales se admitirá la reconvención cuando:

Por tanto,

a) No determine la improcedencia del juicio verbal. b) Exista conexión entre la pretensión de la

a) Hay que pronunciarse necesariamente sobre la necesidad o no de celebrar vista.

• El proceso no puede seguir, debiendo tenerse por desistido al primero y ordenándose el archivo de las actuaciones.

3. Si debe seguir el acto, se dará la palabra a las partes para realizar aclaraciones y fijar hechos sobre los que exista contradicción. (Hechos admitidos y controvertidos

4. Seguidamente propondrán las pruebas.

5. Seguidamente se procederá a la práctica de los medios de prueba que resulten admitidas

reconvención y la que sea objeto de la demanda inicial. 3.Una vez que se admite la reconvención el plazo para contestarla es de 10 días.

Y... ¿cuándo habrá vista?:

6. Conclusiones: Practicadas las pruebas, el tribunal podrá conceder a las partes un turno de palabra para formular oralmente conclusiones.

1. Si lo solicitan ambas partes, habrá vista

A continuación, se dará por terminada la vista

necesariamente. 2. Si lo solicita una de las partes, igualmente habrá de señalarse necesariamente. 3. Cuando el Juez lo considere necesario, aun no habiéndolo solicitado ninguna de las partes o incluso cuando, habiendo renunciado ambas, el Juzgador la estima pertinente.

Renuncia a la vista

• Una vez acordada, y en cualquier momento

• En este caso, se oye a la otra parte por tres días y

antes de su celebración, ambas partes o una de ella pueden renunciar a su celebración y desarrollo.

resuelve el Tribunal, y si no considera necesaria la vista, queda visto para sentencia.

Citación para la vista

Se informará a las dos partes • Que han de concurrir con los medios de prueba de que intenten valerse, con la prevención de que si no asistieren y se propusiere y admitiere su declaración, podrán considerarse admitidos los hechos del interrogatorio conforme a lo dispuesto en el artículo 304. • Que, en el plazo de los cinco días siguientes a la recepción de la citación, deben indicar las personas que han de ser citadas por el secretario judicial a la vista para que declaren en calidad de parte, testigos o peritos. Facilitarán todos los datos para llevar a cabo la citación....


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