Title | Excepciones en materia laboral |
---|---|
Author | Xarlin Raxon |
Course | Clinica Laboral |
Institution | Universidad Mariano Gálvez de Guatemala |
Pages | 3 |
File Size | 133.2 KB |
File Type | |
Total Downloads | 281 |
Total Views | 803 |
Fundamentos: 342 y 343 Código de Trabajo, 116CPCYM Y 117 LOJSe notifica a las partes para nueva audiencia24 horas siguientes a su interposiciónResuelve en la misma audienciaEl juez está obligado a recibir pruebasEn la misma audienciaLa contestación de la oposición por el actor se puede dar:El demand...
Fundamentos: 342 y 343 Código de Trabajo, 116 CPCYM Y 117 LOJ
TRÁMITE DE LAS EXCEPCIONES DILATORIAS
Excepciones dilatorias La falta de personería La litispendencia La falta de personalidad Demanda defectuosa Falta de capacidad legal Falta de cumplimiento del plazo o de la condición para interponer la demanda luego del despido
El demandado lo interpone en la 1ra comparecencia a juicio oral, previamente a contestarse la demanda o reconvención.
La contestación de la oposición por el actor se puede dar:
En la misma audiencia
El juez está obligado a recibir pruebas
Resuelve en la misma audiencia
24 horas siguientes a su interposición
Se notifica a las partes para nueva audiencia
Por incompetencia
Excepciones que suspenden la audiencia
-Transacción -Caducidad -Cosa Juzgada
Debe sustanciarse de acuerdo al Art. 309 C de T y 117 LOJ
Se interpone 3 días posteriores a la notificación de la demanda
Se dará en la Vía incidental Excepciones que pueden resolverse en la misma audiencia
-Demanda defectuosa -Falta de personalidad
Fundamentos: 342 y 343 Código de Trabajo
TRÁMITE DE LAS EXCEPCIONES PERENTORIAS
El demandado lo interpone en la 1ra comparecencia a juicio oral, conjuntamente con la contestación de la demanda o reconvención.
La contestación de la oposición por el actor se puede dar:
En la misma audiencia
Se inicia con la prueba propuesta por el actor
Luego seguirá la prueba propuesta por el demandado en la contestación de la demanda.
Únicamente se observara el orden de la recepción de la prueba
Concluirá cola recepción de la prueba ofrecida en la interposición de las excepciones
Examen y revisión
Con relación a todo lo juzgado no únicamente a la excepción
Las pruebas serán recibidas
Se resolverá en sentencia conjuntamente con el asunto
La cual dará origen a:
24 horas siguientes a su interposición
Se notifica a las partes para nueva audiencia
Si es de carácter definitivo la excepción podrá ser impugnada por:
Recurso de reposición
TRÁMITE DE LAS EXCEPCIONES NACIDAS CON POSTERIORIDAD A LA DEMANDA
El demandado lo interpone posterior a la contestación de la demanda ya sea dentro o fuera de la audiencia del juicio oral
Fundamentos: 342 y 343 Código de Trabajo
La contestación de la oposición por el actor se puede dar:
En la misma audiencia
Si se interponen posteriormente de concluidas todas las audiencias de prueba del juicio en el trámite de la primera instancia
Mismo trámite se dará si se interpusieron en segunda instancia
A no ser que haya sido rechazada la prueba y debidamente protestadas en la primera instancia
Se diligencia con todos los demás medios de prueba que han sido aportados por las partes del juicio
Se decreta auto para mejor fallar
Se resolverán en sentencia de primera o segunda instancia conjuntamente con el asunto principal
24 horas siguientes a su interposición
La prueba de las excepciones puede recibirse en cualquier audiencia dl juicio
Con el objeto de recibir la prueba propuesta por las excepciones
Según oportunidad procesal en que se hayan interpuesto...