Title | Guia de Estudio DCHO. Arcaico |
---|---|
Author | Leandro Molina |
Course | Derecho Romano |
Institution | Universidad de Morón |
Pages | 1 |
File Size | 60.3 KB |
File Type | |
Total Downloads | 39 |
Total Views | 131 |
guia...
DERECHO ARCAICO CONCEPTO DE DCHO. ARCAICO: rigió en Roma desde formación de la ciudad 753 a.C. hasta la Respublica 367 a.C o 509. Algunos autores la denominan etapa del derecho quiritario, o del ius civile, por ser propio de los ciudadanos romanos. Se pose poca información. CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO ARCAICO: 1) RITUALISMO 2) RELATIVA ABSTRACCIÓN 3) INNOVACIÓN ESTRUCTURADA 4) VERBALISMO FUENTES. FORMALES DEL DCHO. ARCAICO: 1) MORES MAIORUM: MORES es el plural de MOS: tiene dos significados: a) COSTUMBRE JURÍDICA O D. CONSETUDINARIO. b) MODO O ESTILO DE VIDA. MAIORUM: antepasados – (no personas mayores). DEFINICIÓN: SON LOS MODOS O ESTILOS DE VIDA DE LOS ANTEPASADOS. ES EL DERECHO COSETUDINARIO. 2) IURISPRUDENTIA: actividad de los iurisprudentes, sabios en materia de derecho, actividad que estaba en ésta época, a cargo del Colegio Sacerdotales de los Pontífices. 3) TEORÍA DE LA CONFLUENCIA: son 2 las fuentes formales del derecho arcaico, por un lado la costumbre jurídica, es decir las mores, y por el otro la jurisprudencia. La 1ª posee preminencia histórica, es la más antigua, y valorativa, la 2ª es la opinión de los juristas que no podía ir más allá del marco de referencia otorgado por la mores. *LEYES REGIAS: fragmentos de la recopilación de Justiniano hacen referencia a la existencia de normas jurídicas provenientes de leyes dictadas en la Monarquía. De esta manera surgen las leges regiae o llamadas también ius civile papirianum – por el Pontífice Sexto Papiro que habría sido su recopilador. *LEY DE LAS 12 TABLAS: NO POSEEMOS UNA VERSIÓN DIRECTA PERO SI CONFIABLE Y PARCIAL POR TRABAJOS DE ERUDITOS. Surgen por el reclamo de los plebeyos, en el conflicto patricio- plebeyo....