Introducción - Apuntes intro PDF

Title Introducción - Apuntes intro
Course Derecho Mercantil
Institution Universitat Pompeu Fabra
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incompletps...


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Dret mercantil Tema 1 [email protected] Formas jurídicas de organización de la empresa y estatuto jurídico del empresario mercantil Está en constante evolución: integración de su entramado jurídico a las nuevas realidades económico-sociales. Entre ellas, destacan:     

Orden constitucional: libertad de empresa en el marco de una economía de mercado (art. 38 CE). Armonización y unificación Ampliación subjetiva/expansión en el ámbito público y en el privado Influencia del derecho público Descodificación. Pero… nuevo Código mercantil

El derecho mercantil es una materia armonizada. Evoluciona porque hay una aplicación subjetiva, porque inicialmente era el derecho de los comerciantes. A medida que avanzamos las actividades empresariales son más amplias, que no solamente la compraventa; por ejemplo, una agencia publicitaria, etc. Esto ha repercutido en los sujetos que tradicionalmente se han considerado como empresarios en la aplicación de ciertas normas, que antes solo estaban reservadas a un comerciante y ahora se aplican a muchos otros sujetos. También hay una gran influencia del derecho privado, fuerte afectación en las normas mercantiles; hasta el punto en el que prima el interés general más que el interés particular. La denigración se considera desleal; el interés que protege la ley con la difamación/denigración puede parecer, en un principio, el tercero. Pero se añade un matiz: es desleal cuando no sea veraz, exacta y algo más – este matiz hace que el interés que se protege sea el consumidor y el mercado. **Competencia desleal Se ha producido una descodificación. Antes la norma esencial/básica era el Código de comercio. Ahora ha dejado de serlo. La materia mercantil está sobre todo en normas específicas/especiales. No obstante, ha habido propuestas de realizar un nuevo Código mercantil, que viene a reafirmar que en este país el derecho mercantil se considera una materia separada del derecho civil, es autónoma a este. Noción de derecho mercantil Sector del ordenamiento jurídico privado (con una gran influencia del derecho público) que regula la actividad externa (actividad económica que los empresarios realizan en el mercado), es decir, la actividad económica organizada por los empresarios (en sentido amplio) desarrollan en el mercado. Hay una mezcla entre diversos sectores, por ejemplo, con el administrativo. Normas que regulan la obtención de la condición de empresario junto a sus aspectos estructurales y organizativos

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Adquisición condición empresario: normas que regulan cuándo, cómo, quién, etc. es empresario a efectos jurídicos. Régimen estructural de sus distintas claves (empresario individual, social…). Normas que forman el Estatuto Jurídico del Empresario, que consiste en unas normas que se aplican sólo a aquellas personas que según el Código de Comercio tienen la condición de empresario. o Instituciones diseñadas para auxiliar al empresario o Representación o Contabilidad: los empresarios están obligados a llevar una serie de libros (actualmente, telemáticos) para llevar la contabilidad de una determinada forma. o Publicidad registral: todos los empresarios pueden inscribirse en el registro mercantil (inscripción facultativa) y las sociedades mercantiles tienen la obligación de registrarse. Especialidades propias de su responsabilidad civil: responsabilidad empresario casado. En función del régimen económico matrimonial hay un tipo de bienes comunes o no. Una persona casada en gananciales se le aplican unas normas que son distintas de las que prevé el código civil en estos casos. Por ejemplo: si tengo un restaurante e intoxico a los clientes, ¿con que bienes tengo que pagar? El derecho mercantil expresa que los bienes gananciales (los del cónyuge) quedan afectados, salvo manifestación expresa contraria. Particularidades del establecimiento empresarial.

**Se presume que están determinados para realizar determinadas acciones. Se protege la apariencia que el empresario ha generado a los terceros. Materias relacionadas con el espacio en el que se desarrolla la actividad empresarial: el mercado  



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Orden económico Derecho de la competencia o Derecho contra la competencia desleal o Derecho de defensa de la competencia Derecho de la propiedad industrial e intelectual o Marcas o Nombres comerciales o Patentes o Diseño, etc.

Obligaciones y contratos generales (depósito, préstamo…) y régimen aplicable a ciertas categoría contractuales.

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Títulos valores y su transmisión. Los títulos valores están en desuso. En otros hay títulos valores que incorporan otros derechos; por ejemplo, las acciones, cuyo régimen de transmisión es igual que el de la letra de cambio. Sistema financiero: derecho del mercado de valores, derecho del mercado del crédito y seguros. Normas que regulan la salida del mercado del empresario: derecho concursal. Es una especialidad que antes se denominaba quiebra y sólo los empresarios mercantiles calificados como tal jurídicamente podían caer en concurso. Ahora esto se ha ampliado y puede caer cualquier particular insolvente.

Fuentes del derecho mercantil Fuentes formales Fuentes materiales 

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Art. 2 CCom – Los actos de comercio “se regirán por las disposiciones contenidas en él; en su defecto, por los usos de comercio observados generalmente en cada plaza; y a su falta de ambas reglas, por las del Derecho común”. Este artículo cambia la jerarquía de fuentes. Art. 50 CCom Art. 59 CCom Para esto hay una explicación histórica puesto que históricamente los usos mercantiles han tenido mucha importancia, puesto que estos se iban haciendo como normas. Cuando se codifica finalmente (vence el derecho escrito), el legislador establece la jerarquía de fuente con la idea de que tenía que afectar a todo el ordenamiento jurídica a pesar de la materia de la que se trate. Fuentes del derecho mercantil = que las fuentes del derecho civil. Por una costumbre arraigada, se permite que se digan usos en vez de costumbres.

Fuentes mercantiles Ley mercantil  

Código de Comercio de 1885 Otras leyes mercantiles especiales (entre otras): Ley concursal

Derecho común Usos (NO EXAMEN): son una práctica constante. Dos tipos de usos según sean o no fuente de derecho:  Los normativos, que son fuente de derecho y valen en cuanto a tales y son usos repetidos uniformemente en la práctica que de tanto reiterarlas se conciben como obligatorias.  Los usos interpretativos, lo que hacen es que ante clausulas dudosas. A veces hay usos que determinen/aclaren el significado de un concepto que en el contrato no está definido. Medio de interpretación del contrato.

Por la materia que regulan los usos pueden ser:  Comunes: si afectan a cualquier actividad mercantil.  Especiales: si afectan a una determinada actividad mercantil. Por su ámbito de vigencia:  Internacionales: si son aplicables en el territorio de varios Estados. Nueva lex mercatoria: constituida por:  Usos comerciales internacionales – tales como los formulados por la Cámara de Comercio Internacional en materia de venta Internacional (INCOTERMS) o de créditos documentados –;  Por contratos-tipo y condiciones generales elaborados por las asociaciones mercantiles profesionales o por organismos internacionales. Fuentes materiales Estado y CCAA Lo que determina el carácter material de una norma es la materia y no el órgano que la dicta. Es competencia exclusiva del Estado (art. 149.1.6º CE). Sanción para aquellos que incumplen las normas. Pese a que el Estado tiene competencia exclusiva tanto en dictar normas como en su ejecución, hay discusión acerca de si una norma es competencia estatal o autonómica. Derecho mercantil fuertemente armonizado/influenciado con el derecho comunitario. ¿Qué instrumentos tiene la UE para armonizar las normativas de los estados miembros? Directivas y reglamentos. En materia de marcas, por ejemplo, hay una directiva de marcas que armoniza las marcas. **El derecho mercantil tiene un juzgado especializado en él, el Juzgado de lo Mercantil. Pero también se le atribuye materia concursal, que no es propiamente un derecho empresario, puesto que cualquier persona puede entrar en concurso. No solamente cada juez está especializado, sino que hay secciones y cada una tiene una materia, por ejemplo, patentes lo hace una sección y concursal, otra sección....


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