John Locke padre del Liberalismo clásico PDF

Title John Locke padre del Liberalismo clásico
Author Elías Meza
Course Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario
Institution Universidad Nacional Autónoma de México
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ensayo de lock...


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Teoría Del Estado : Funda mentos y crisis JohnEn Locke el padre del Liberalismo clásico marco de la Globali zación.  Maestro: Lic. José Alfredo Madrid  Matricula: 351228  Fecha: 01/03/2021 igala  Alumno: Elías Meza S Sigala

Chávez

John Locke padre del Liberalismo clásico, fue un filósofo y doctor inglés, considerado como uno de los primeros empiristas, así como uno de los pensadores más influyentes del empirismo inglés. Fue catedrático en la Universidad de Oxford impartiendo la materia de griego tradicional, hasta los treinta y cuatro años, su gusto por los estudios filosóficos, fue gracias a la filosofía de Descartes, que dentro de los estudios filosóficos. Sus bases se encuentran consolidabas bajo una influencia de filosofía política británica a cargo de los filósofos Pierre Gassendi, Hobbes y Shaftesbury. La estadía de Locke se centró principalmente en Londres, sin embargo, residió a lo largo de 4 años en Francia, así como una breve exilia en los países Bajos. La importante contribución aportada por Locke a la teoría del contrato social, se encuentra consolidada bajo las ideas del pensamiento de Francis Bacon. Su trabajo y entendimiento contribuyo en enorme medida el desarrollo de la epistemología y la filosofía política. Su más notoria es posiblemente, su libro Ensayo sobre el conocimiento humano, dicho escrito plantea y da forma a una descripción funcional meticulosa del acto de entendimiento, dado que implementa una separación de las ciencias y campos de la mente y el entendimiento. En virtud de lo anterior, supone una iniciativa de la viva imagen de la naturaleza del motivo humano. Los estudios de Locke que derivaron en su ‘teoría de la mente’ son citados muchas veces como los principios de las concepciones modernas de la identidad y del yo, que figuran prominentemente en las obras de filósofos posteriores como Hume, Rousseau y Kant. John Locke confiaba en la bondad humana empero además en su probabilidad de cometer un error gracias a sus debilidades, y la necesidad del reconocimiento al hombre de la vida, la independencia y la propiedad de los frutos de su esfuerzo, como derechos naturales, mejor dicho, inmanentes, que realizan a la esencia de su ser. El Estado es construido por contrato social entre hombres equivalentes, con el objetivo de protegerlos y ejercer la justicia pública, evitando la venganza privada, frente a conflictos que surjan una vez que disputen sus características.

Sus escritos, ideas y artículos dan influencia al pensamiento de los filósofos Voltaire y Rousseau, pensadores de la Ilustración francesa, así como a los revolucionarios estadounidenses. Asimismo, su pensamiento contribuyo dentro del republicanismo tradicional y en la teoría liberal, reflejándose dentro de la Declaración de Libertad de los Estados Unidos, así como en la Declaración de Derechos de 1689. El raciocinio político de John Locke está desarrollado en las Cartas sobre la tolerancia, y en los Tratados sobre el régimen civil, de 1690, en especial en el segundo. Las primeras suponen un alegato en favor de la democracia, y en las últimas Locke aspira basar filosófica y políticamente el Estado, intentando encontrar en su origen su legitimidad. Por sus aportes, Locke es considerado como uno de los pilares de la ideología liberal. Su concepción de la naturaleza del ser humano y del orden social y político cimentó las bases y cualidades sobre la que posteriores autores asumieron a la corriente liberal. En su primer tratado sobre el régimen civil, John Locke desarrolló una perspectiva crítica respecto de la teoría divina del derecho de los reyes. En este sentido, la interacción entre los hombres va a estar determinada en términos de equidad natural mientras tanto que la interacción entre los hombres y la construcción va a estar determinada en términos de propiedad. La libertad va a ser aquella condición en la que cada uno ordena sus actividades y dispone sus posesiones e individuos como juzga oportuno y opera una vez que la interacción entre los hombres no obstaculiza la interacción entre hombres y cosas, abriendo paso a su equiparación en términos del derecho a la propiedad privada. De acuerdo con el filósofo, la propiedad privada corresponde al propio metabolismo humano: el ser humano, al procurarse las cosas correctas para la permanencia, opera sobre la naturaleza por medio de su trabajo, transformando los bienes colectivos de la construcción en bienes privados. John Locke, a partir de su vivencia y conocimiento, define el pasaje del Estado de Naturaleza a la Sociedad Civil. Desde una naturalización de la propiedad privada, Locke da sitio a la precesión de la interacción hombres-cosas respecto de la interacción

entre hombres. El individuo queda entonces determinado en términos de propiedad que, en su sentido extenso, incluye vida, independencia y hacienda. Asimismo, el filósofo postula que los hombres viven en el estado de naturaleza en una situación de tranquilidad y sometidos a leyes naturales que emergen de el motivo. Los hombres salen de este caso tras haberse creado una situación de injusticia, tanto en el castigo como en el resarcimiento por el crimen cometido, que desemboca en un periodo infinito de injusticias posteriores. Para John Locke, la interacción entre el régimen y los habitantes queda determinada como mandato, o sea, como el encargo de una labor. Por medio del pacto se constituye la sociedad civil y, después, el poblado se constituye en asamblea y escoge un régimen al que confía una labor. De acuerdo con el filósofo, el poder del Estado no puede estar concentrado en los mismos y primordiales representantes, más bien a la inversa: la garantía de que no se genere abuso de poder parte de una precisa separación del mismo en 3 entornos diferenciados que tienen que ser detentados por personas diversas. La separación de poderes se establece, según Locke, de la siguiente forma, El poder legislativo constituye el poder supremo en sentido riguroso, empero no es un poder absoluto, tiene que contestar de la confianza puesta en él y respetar la ley moral natural. El poder ejecutivo es el delegado de hacer los mandatos del legislativo. El poder federativo es delegado de la estabilidad del Estado y de las interrelaciones con el exterior. Así mismo John Locke, ante el poder judicial define que no es un poder sin dependencia, siendo sólo un aspecto del ejecutivo. En relación a la ruptura de un régimen, John Locke confirma que un régimen se disolverá constantemente hasta que alguna de las próximas situaciones, según que la causa de su separación sea internas o externas, ruptura por razones externas: una vez que la sociedad que administra no logre perdurar al ser conquistado el Estado por un Estado enemigo. Por razones internas, constantemente que el legislativo sea modificado arbitrariamente o sometido a un poder absoluto que le impida actuar libremente. Si el detentor del poder ejecutivo es

incapaz de colocar las leyes en vigor. Si el ejecutivo o el legislativo obran contrariamente al mandato encomendado. Y para constatar según Locke, una vez que un régimen queda disuelto por cualquier persona de estas razones la revolución de los súbditos queda justificada....


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