Libertad DE Procreacion PDF

Title Libertad DE Procreacion
Author jose luis garcia cruz
Course Derecho constitucional
Institution Escuela Libre de Derecho
Pages 3
File Size 167.7 KB
File Type PDF
Total Downloads 84
Total Views 126

Summary

La libertad de procreación como garantía constitucional contenida en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos...


Description

Libertad de Procreación

La libertad de procreación se encuentra inmersa dentro de las garantías de libertad. Dichas garantías de libertad, constituyen un conjunto de derecho públicos subjetivos, que protegen las libertades que el estado debe de velar y fomentar. Desde otra perspectiva, la procreación la podemos entender como el proceso biológico que radica en la reproducción y multiplicación de la propia especie, como elemento fundamental del ser humano. Por otra parte, la libertad la podemos concebir, como un derecho natural que todas las personas tienen por el hecho de existir, es la facultad de poder actuar según la voluntad de cada persona, cada persona es libre para poder elegir de acuerdo a sus intereses. “De acuerdo con el Dr. Burgoa Orihuela la libertad en términos generales es la cualidad inseparable de la persona humana consistente en la potestad que tiene de concebir los fines y de excogitar los medios respectivos que más le acomoden para el logro de su felicidad particular” (Pérez, 2017). En la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dichas garantías de libertad, se encuentran protegidas, así para el caso de la libertad procreación, se encuentra tipificada en el artículo 4 del párrafo segundo, que establece que toda persona tiene derecho a decidir de manera responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos. Esto trae consigo, que todas las personas tengan garantizada la libertad en cuanto a cuantos hijos tendrán y decidir el espaciamiento en el tiempo que deba existir, sin que tenga el estado ninguna injerencia al respecto. Por otra parte, en la jurisprudencia “DERECHO A LA VIDA FAMILIAR DE LAS PAREJAS DEL MISMO SEXO”, (Tesis: 1a. /J. 8/2017, Primera Sala, Jurisprudencia (Constitucional), Libro 38, Enero de 2017, Tomo I), establece un criterio como nuevo precedente, donde se amplia y homologa a partir de las consideraciones del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre la similitud entre las parejas homosexuales y heterosexuales en cuanto a su capacidad de desarrollar una vida familiar. Establece el criterio jurisprudencial en que la vida familiar entre personas del mismo sexo no se limita únicamente a la vida en pareja, sino que puede extenderse a la procreación y a la crianza de niños y niñas según la decisión de los padres. Así, existen parejas del mismo sexo que

hacen vida familiar con niños y niñas procreados o adoptados por alguno de ellos, o parejas que utilizan los medios derivados de los avances científicos para procrear. En relaciòn a estos últimos, como es el caso del campo de la biotecnología tienen un papel muy importante en el ejercicio de la libertad de procreación, ya que han surgido nuevas posibilidades y métodos de asistencia al respecto. Finalmente, es una práctica aceptada en cuanto a la aplicaciòn de políticas públicas, que algunos estados han adoptado de forma coactiva sistemas de control de natalidad, lo cual ha generado controversias, para algunos por considerar violaciones a los derechos humanos. Este derecho supone una obligación activa por parte del Estado, consistente en difundir medios de control de la natalidad para ayudar a los individuos a escoger el número exacto de hijos que deseen. Las campañas informativas que emprenda el Estado deben ser constantes, para efectos de que las personas puedan contar con elementos que los auxilien al momento de planificar su familia. La expresión planificación familiar entraña que las personas cuenten con la responsabilidad y la información necesarias para decidir cuántos hijos quieren tener. De dicha planeación depende que los hijos se desarrollen pacíficamente y sin carencias, lo que sólo sucede cuando existe un espacio suficiente para que toda la familia subsista sin privaciones. Este artículo determina dos tipos de garantías: de libertad y de igualdad. Como garantía de libertad, existe cuando se da a la pareja la libre opción de elegir el número y espaciamiento entre sus hijos, de una manera responsable. La segunda, en tanto que dispone que el hombre y la mujer son iguales ante la ley. Fuentes de Información: 1). Honorable Cámara de Diputados, Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, articulo 4, mayo 29, 2017, disponible en: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/htm/1.htm, consultado: 08/03/2019. 2). Pérez Castañón, Itzel, Libertad de Procreación en Mèxico, mayo 29, 2017, disponible en: https://gradoceroprensa.wordpress.com/2017/05/29/libertad-deprocreacion-en-mexico/, consultado: 06/03/2019. 3). Universidad nacional Autónoma de Mèxico, Sistema de Universidad Abierta y Educación a Distancias, Garantías Constitucionales, Unidad 6: Libertad de

Procreación, disponible en: http://132.247.132.129/p1471/moodle/pluginfile.php/32959/mod_resource/cont ent/34/Garantías%20Constitucionales%20/index.html#, consultado: 08/03/2019. 4). Suprema Corte de Justicia de la Nación, Semanario Judicial de la Federación, Jurisprudencia Constitucional, Derecho a la Vida Familiar de las Parejas del Mismo Sexo, Tesis: 1a. /J. 8/2017, (10a.), Primera Sala, Libro 38, Enero de 2017, Tomo I, Décima Época, Pagina 127, No. 2013531, Disponible en: https://sjf.scjn.gob.mx/sjfsist/Paginas/DetalleGeneralV2.aspx? Epoca=1e3e10000000000&Apendice=1000000000000&Expresion=2013531&Do minio=Rubro,Texto&TA_TJ=2&Orden=1&Clase=DetalleTesisBL&NumTE=1&Epp= 20&Desde=-100&Hasta=100&Index=0&InstanciasSeleccionadas=6,1,2,50,7&ID=2013531&Hit=1&IDs=2 013531&tipoTesis=&Semanario=0&tabla=&Referencia=&Tema=, consultado: 06/03/2019....


Similar Free PDFs