Pelicula Satanas - Nota: 3,8 PDF

Title Pelicula Satanas - Nota: 3,8
Author julian zapata
Course Criminología y Política Criminal
Institution Universidad Libre de Colombia
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Analisis Criminologico de Pelicula Satanas...


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Facultad de Derecho, ciencias políticas y Sociales. Criminología y política Criminal Julian David Zapata Ochoa – Fernanda Papamija Gómez Curso 4B Nocturno

ANALISIS DESDE LA PERSPECTIVA CRIMINOLOGICA -PELICULA SATANAS-

Una madre que asesina a sus hijos. En la cinta vista, podemos apreciar como una mujer de edad adulta evidencia una patología psiquiátrica que a su vez se asocia con el agobio de no poder dar sustento vital a sus hijos, la mujer busca dar alivio a su angustia bajo el argumento de “liberar” a sus hijos del sufrimiento que dicha situación de pobreza y desamparo causa, desde el punto de vista criminológico no podemos imaginar un acto más incomprensible que el de quitar la vida a la persona a la que alguna vez se la hemos dado. Un sentimiento innato de protección y cuidado es el que invade a los padres, tanto en el ámbito humano como para la mayoría de los animales, cuando tienen descendencia. Una reflexión, tan obvia, se ve truncada en esta ocasión por el desequilibrio mental y la problemática socioeconómica que manifiesta la progenitora. En condiciones normales, no puede entenderse este acto, pero en la mente humana no pueden entrar parámetros biológicos ni culturales y el filicidio es un delito que se comete en más ocasiones de lo que podemos llegar a pensar. Tenemos que poner atención en la diferencia que existe entre los términos filicidio e infanticidio que mucho se utilizan. Mientras que el infanticidio es el acto de acabar con la vida de un niño, en el filicidio hay que añadir, además, que este hecho sea cometido por la persona que tiene relación filial con el niño. Esta relación filial hace que, en estos casos, el hecho se castigue con un agravante por lo horrible que

resulta que la persona que tiene que velar porque tu vida sea agradable y duradera se encargue de acabar de ella. En este contexto y de acuerdo la ley 599 de 2000 que expide el Código Penal Colombiano (título XIII, artículo 324) el filicidio es referido como homicidio a personas ascendientes o descendientes y se considera de mayor gravedad que el homicidio ordinario, castigándose penalmente con prisión de 40 años a 60 años.

Mujer de barrios bajos. En este caso existe una concurrencia de hechos que llevan a varias conductas delictivas: Como primer hecho tenemos la exposición en el entorno delictivo que lleva a esta mujer a relacionarse con una pareja de delincuentes que aprovechándose de su condición de pobreza e informalidad laboral le proponen cooperar en la conducta de hurto calificado tipificada en el Art 240 numeral 2 del Código penal "Artículo 240. Hurto calificado. La pena será prisión de tres (3) a ocho (8) años, si el hurto se cometiere: … 2. Colocando a la víctima en condiciones de indefensión o inferioridad o aprovechándose de tales condiciones. La mujer participa de esta conducta delictiva al actuar como señuelo bajo la seducción que ella misma ejerce con fin de sacar provecho. En el ejercicio de la conducta delictiva esta mujer tiene el infortunio de toparse con dos sujetos quienes con la intención inicial de cometer un hurto terminan lesionando su integridad al accederla carnalmente con violencia, ART 205: Acceso carnal violento. El que realice acceso carnal con otra persona mediante violencia, incurrirá en prisión de doce (12) a veinte (20) años. Posterior a esta conducta y con el trauma que esta misma causa, la mujer busca tomar justicia por su propia mano y con la ayuda de sus compañeros de delito busca la venganza y posteriormente se comete el homicidio de los dos hombres que la habían violado, si bien la mujer no participa como autora material del hecho, si lo es como autora intelectual, A voces de los artículos 29 y 30 del Código Penal,

“coautores” son quienes “mediando un división del trabajo criminal atendiendo “determinador” es quien “determina a antijurídica”. Por lo cual esta mujer determinadora de la conducta punible.

acuerdo común, actúan con la importancia del aporte”, y otro a realizar la conducta también suple el papel de

Desde el punto de vista criminológico, no se puede explicar el homicidio como medio de justicia, sin embargo puede explicarse esta conducta desde el dolor y la rabia que siente la victima por el ultraje a su persona.

Excombatiente de Vietnam Existe aquí una conducta de desapego y rechazo a toda norma social por parte del sujeto en cuestión. siendo el un excombatiente de guerra se puede justificar su conducta como una especie de estrés post traumático, sin embargo analizando bien la película el sujeto manifiesta una relación de conflicto con su progenitora y un irrespeto por su autoridad y opinión teñido de un rencor por el suicidio de su padre. Este se muestra como un ser frio e insensible a las realidades y problemáticas de su entorno, se evidencia apatía con todo lo social y una enorme frustración en cuanto a lo profesional e independencia económica. Todos estos elementos pueden tomarse como detonantes de conductas psicópatas como el homicidio masivo, las personas con trastorno psicopático, o psicópatas, suelen estar caracterizadas por tener un «marcado comportamiento antisocial, una empatía y unos remordimientos reducidos, y un carácter más bien desinhibido». Este carácter psicopático puede hallarse en diferentes dimensiones de la personalidad y estalla en conductas graves de agresión incluso con quienes son más cercanos, en este caso una de las personas a quienes el sujeto lesiona es su madre, del mismo modo el hecho de sentir placer sexual al generar puñaladas en el cuerpo de su alumna adolescente evidencia un desequilibrio en su personalidad como hombre. Surge aquí interrogantes como: ¿Es culpa de lo vivido en la guerra? o ¿es un aspecto psicológico arraigado en su historia de vida?

Ambas posturas pueden ser válidas para un argumento de defensa pero existe un hecho punible por el que el sujeto debe responder. Sacerdote. En una sociedad aun creyente y apegada moralmente a los principios cristianos es inaceptable el hecho de que una figura ministerial como lo es el sacerdote se vea envuelto en conductas de tipo sexual, esto por el hecho de manifestar unos votos célibes a la hora de ordenarse como miembro apostólico de una organización (iglesia católica romana), la sanción moral dada para este sujeto está basada en la pérdida de su investidura como ministro de Dios en la tierra y lo que le sigue es el señalamiento colectivo por parte de su feligresía, esto si bien no logra tipificarse como conducta punible ni es de interés jurídico ordinario si logra tener una similitud en cuanto a que la conducta es inaceptable dentro de su entorno eclesiástico y ello lleva a una sanción. Desde el punto de vista criminológico y humano no logra tener importancia dado que la conducta sexual es debidamente explicada como un acto natural de la persona humana y se lleva a cabo con persona adulta en capacidad de decisión y consentimiento....


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