Proceso por Aceptación de Decreto art 803 bis PDF

Title Proceso por Aceptación de Decreto art 803 bis
Course Derecho Procesal Penal
Institution Universidad de Málaga
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Proceso por Aceptación de Decreto art 803 bis...


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PROCESO POR ACEPTACIÓN DE DECRETO art 803 bis Introducido por la Ley 41/2015, es un procedimiento por el que se pretende acudir a un proceso rápido cuando no quepa acudir al procedimiento para juicios rápidos. Ámbito de aplicación: Para poder aplicar dicho procedimiento deberán concurrir cumulativamente los siguientes requisitos: Objetivos: Que el delito este castigado con pena de multa, trabajos en beneficio de la comunidad o pena de prisión que no exceda de un año y que pueda ser suspendida según el art 80, con o sin privación del permiso de conducir vehículos de motor o ciclomotores. Subjetivos: Que el Fiscal entienda que la pena a aplicar en concreto es la de multa o trabajos en beneficio de la comunidad y en su caso la de privación del permiso de conducir vehículos de motor. Que no este personada la acusación particular o popular, siendo el Fiscal el único acusador. Temporal: Deberán haberse iniciado la diligencias de investigación, bien el la Fiscalía bien en el Juzgado, y no haber finalizado la fase de instrucción Procedimiento: Una vez que concurran los requisitos anteriores el M. Fiscal formulara Decreto, que tendrá el siguiente contenido: -- Identificación del investigado. -- Descripción del hecho punible. -- Indicación del delito cometido y mención sucinta de la prueba existente. -- Breve exposición de los motivos por los que entiende, en su caso, que la pena de prisión debe ser sustituida.

-- Penas propuestas, las cuales podrán ser la de multa o trabajos en beneficio de la comunidad, y, en su caso, la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores, reducida hasta en un tercio respecto de la legalmente prevista, aun cuando suponga la imposición de una pena inferior al límite mínimo previsto en el Código Penal. Peticiones de restitución e indemnización, en su caso. Dicho Decreto se remitirá al Juzgado de Instrucción para su autorización y notificación al investigado. Si no lo autoriza quedara sin efecto Dictado auto de autorización se notificará junto al encausado, a quien citará para que comparezca ante el tribunal, siendo preceptiva asistencia de letrado para su celebración Si el encausado acepta en la propuesta de pena en todos sus términos el Juzgado le atribuirá el carácter de resolución judicial firme, con todos los efectos de sentencia condenatoria, la cual no será susceptible de recurso alguno. Falta de comparecencia: Si el encausado no comparece o rechaza la propuesta del Ministerio Fiscal, quedará la misma sin efecto Ineficacia del Decreto: Si el decreto de propuesta de pena deviene ineficaz por no ser autorizado por el Juzgado,, el Ministerio Fiscal no se encontrará vinculado por su contenido y proseguirá la causa por el cauce que corresponda....


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