Title | Resumen Organización Del Estado Español |
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Course | Administraciones Públicas en España |
Institution | UNED |
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organización del estado español...
La Organización del Estado
Estado de Derecho: Es el estado basado en la supremacía de la ley, la separación de los poderes (legislativo, ejecutivo y judicial), el control de los poderes públicos y el respeto de la legalidad en las actuaciones de la Administración. Estado Social: Es el estado que proporciona a la ciudadanía los medios para obtener de los poderes públicos todo lo que siendo necesario para subsistir dignamente, queda fuera de sus posibilidades como individuos. Estado Democrático: Es un estado donde las leyes garantizan los derechos u libertades de las personas y para ello es necesario que la ciudadanía participe de su creación. División de Po Poderes: deres:
Poder Legislativo (Función normativa): El Parlamento se encarga de la aprobación de las leyes como desarrollo de esta función.
Poder Ejecutivo (Gobierno o dirección política). El gobierno es el órgano que dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del estado y ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria de acuerdo con la Constitución y las leyes.
Poder Judicial (Administración de Justicia): Es la función que llevan a cabo los tribunales y juzgados al emitir sentencias y hacerlas ejecutar.
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Otros Órganos Constitucionale Constitucionales: s: Tribunal Constitucional: Funciones: Debe velar por la independencia de cada uno de los poderes del estado y de éste con las comunidades autónomas Conocer los recursos y cuestiones de inconstitucionalidad planteados contra leyes que puedan contradecir lo estipulado en la Constitución. Resolver los recursos de amparo interpuestos contra violaciones de los derechos y libertades fundamentales. Resolver los conflictos de competencias del Estado con las comunidades autónomas o de estas entre sí. Miembros: 12 Magistrados nombrados por el Rey a propuesta de los 3 poderes. 8 elegidos por las cortes generales por mayoría 3/5 2 elegidos por el gobierno 2 elegidos por el Consejo General del Poder Judicial Son designados por 9 años, renovándose por terceras partes cada 3 años Tribunal de Cuentas: Funciones:
Miembros:
Defensor del Pueblo: Funciones: Miembros:
Ejerce por delegación de las Cortes Generales la fiscalización de la gestión económica del estado y de todo el sector público mediante el examen, comprobación y censura de las cuentas que se rindan. En Canarias, existe la Audiencia de Cuentas que ejercerá su función por delegación del Parlamento. Una ley del Parlamento de Canarias regulará su organización y funcionamiento. 12 Consejeros: 6 elegidos por el congreso por mayoría 3/5 6 elegidos por el senado por mayoría 3/5
Defensa de las libertades y derechos fundamentales de los ciudadanos. En Canarias existe el Diputado del Común que será elegido por mayoría de 3/5 miembros del Parlamento Canario y coordinará sus funciones con el defensor del pueblo. Es designado por las Cortes Generales, a las que presenta un informe anual.
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El P Poder oder Legislativo: Las Cortes Generales ejercen la potestad legislativa del Estado, aprueban sus presupuestos, controlan la acción del Gobierno y tienen las demás competencias que le atribuyen la Constitución. Está formado por: El Congreso de los Diputados (Cámara baja): compuesta entre 300 y 400 diputados (en la actualidad 350) El Senado: compuesta por 257 senadores. Los diputados y senadores son elegidos cada cuatro años por sufragio. La elección se hace por cada provincia y distribuyendo los demás en proporción a la población de cada provincia. Ceuta y Melilla tiene un diputado cada una. La Cortes Generales no pueden ser objeto de control o actuación que limite los poderes que constitucionalmente le están atribuidos. Los miembros gozan de inmunidad y solo podrán ser detenidos en caso de flagrante delito. No podrán ser inculpados ni procesados sin la previa autorización de la Cámara respectiva. Funciones del Congreso: Elaboración y Aprobación de Las Leyes Votación de investidura del presidente del Gobierno Presentación de una moción de censura instando al cese del presidente del Gobierno, decisión que se debe adoptar por mayoría absoluta. Control de Gobierno, fundamentalmente a través de preguntas (temas concretos), la creación de comisiones y la interpelación parlamentaria (temas generales). Las Cámaras se reúnen anualmente en dos períodos ordinarios de sesiones: Septiembre a Diciembre Febrero a Junio El Senado es la cámara de representación territorial. Compartiendo con el Congreso la función legislativa. Es competencia exclusiva aprobar o rechazar las medidas propuestas por el Gobierno para obligar a las Comunidades Autónomas a cumplir sus obligaciones o para reprimir actuaciones que atenten al interés de España. La Forma de elegir al Senado es la siguiente: Sufragio universal: En cada provincia se eligen 4 En las provincias insulares, tienen 3 para las islas mayores (Gran Canaria y Tenerife) y 1 senador para las islas menores. Ceuta y Melilla eligen 2 senadores cada una. Elegidos por las Comunidades Autónomas: Un senador y otro más por cada millón de habitantes de sus respectivo territorio
El P Poder oder Ejecutivo: Es ejercido por el Gobierno y se encuentra regulado en el Título IV de la Constitución. El Gobierno dirige la política interior y exterior, la administración civil y militar y la defensa del estado. En ocasiones, el poder ejecutivo también realiza funciones legislativas (aprobación de decretos, reglamentos, etc.) y funciones judiciales (procedimientos administrativos). Administraciones Públicas namiento Web
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El Gobierno está compuesto por el presidente, los vicepresidentes, los ministros y los demás miembros que establezca la ley. Funciones del Gobierno: Aprobación de los reglamentos ejecutivos de las leyes. Aprobación de los proyectos de ley que se envíen luego a las cortes para su aprobación. Elaboración de los anteproyectos de presupuestos generales del estado, para su remisión a aprobación en las cortes. Resoluciones normativas del consejo de ministros (reales decretos) o toma de acuerdos cuando no tienen ese carácter normativo. Relación entre Gobierno y Las Cortes Generales: El Gobierno responde solidariamente en su gestión política ante el Congreso de los Diputados. Las Cámaras y sus Comisiones pueden reclamar la presencia de los miembros del Gobierno, y estos a su vez tienen acceso a las sesiones de las Cámaras y Comisiones y la facultad de hacerse oir. El Gobierno y sus miembros están sometidos a las interpelaciones y preguntas que se le formulen en las Cámaras. El Presidente, previa deliberación del Consejo de Ministros, puede plantear ante el Congreso de Los Diputados la cuestión de confianza sobre su programa o sobre una declaración de política general. La Confianza se entenderá cuando voten a favor la mayoría simple. El Congreso puede exigir la responsabilidad política del Gobierno mediante la adopción por mayoría absoluta de la moción de censura, siendo propuesta por la décima parte de los diputados y habrá que incluir a un candidato a la presidencia. No podrá ser votada hasta que se transcurran 5 días desde la presentación, en los dos primeros días se podrán presentar mociones alternativas. Si no fuera aprobada la moción, sus signatarios no podrán presentar otra durante el mismo período de sesiones. Si el Congreso niega su confianza al Gobierno, éste presentará su dimisión al rey, designándose un nuevo presidente. Tipos de Mayoría: Mayoría Absoluta: Una mayoría con más de la mitad de los votos (la mitad más uno).
Mayoría Simple: Una mayoría con más votos a favor que en contra. Mayoría Cualificada: Una mayoría con 2/3 de los votos.
El P Poder oder Judicial: La justicia emana del pueblo y se administra en nombre del Rey por jueces y magistrados. Los ciudadanos pueden participar en la administración de justicia mediante la institución del jurado. Consejo General del Poder Judicial: Es el órgano de gobierno del poder judicial. Es un órgano de carácter administrativo que realiza una labor de administración y gestión del personal de jueces y magistrados, así como de inspección de juzgados y tribunales. Está integrado por: Un presidente, presidente además del Tribunal Supremo 20 miembros nombrados por el rey por un período de 5 años: 8 elegidos por las corte Generales 12 elegidos por todos los jueces y magistrados en activo.
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Organización Judicial: La especialización: Cada juzgado y tribunal conocen de unas determinadas materias o asuntos.
El ámbito territorial al que extienden sus competencias : Tribunal Supremo en toda España Audiencia Nacional en el ámbito nacional Tribunales Superiores de Justicia en cada una de las Comunidades Autónomas Audiencias Provinciales en la provincia Juzgados a un ámbito territorial determinado.
La posibilidad o no de recurrir a decisiones o sentencias: las decisiones de los juzgados y tribunales pueden ser recurridas ante el órgano superior.
Jerarquía de Los Tribunales: Tribunal Supremo: Es el órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes, salvo en materias constitucionales. Está integrado por las salas: 1ª de lo Civil, 2º de lo Penal, 3ª de lo ContenciosoAdministrativo, 4º de lo Social y 5ª de los Militar.
Audiencia Nacional: Su cede está en Madrid y jurisdicción en toda España. Está integrada por las salas de lo Penal, Contencioso-Administrativo, Social, y un juzgado de lo Penal y los juzgados centrales de instrucción.
Tribunales Superiores de Justicia de las Comunidades Autónomas : Son el máximo órgano jurisdiccional de las Comunidades Autónomas. Se componen de las mismas salas que el Tribunal Supremo, excepto sala de los militar.
Audiencias Provinciales: Tiene su cede en la capital de cada Provincia. Se componen de: Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, Social, Vigilancia Penitenciaria y de Menores.
Juzgados de Primera Instancia o Instrucción: Ejercen su actividad en una localidad cuya cabecera es el partido judicial.
Juzgados de Paz: Existen en cada Municipio donde no exista Juzgado de primera instancia. Los jueces no son profesionales y son elegidos por el Pleno del municipio por un período de 4 años.
La administr administración ación central del Esta Estado: do: Es aquella que extienden sus competencias a todo el territorio español, bajo la dirección del Gobierno. Está formado por: Órganos centrales: el Gobierno Órganos periféricos: Delegados de Gobierno en las Comunidades Autónomas Subdelegados en las Provincias Órganos en el exterior: Embajadores y representantes permanentes Organismos públicos: Organismos autónomos y entidades públicas empresariales. Los Órganos superiores de la Administración del Estado son: Consejo de Ministros Comisiones delegadas del Gobierno Los Ministros El Gobierno está formado por: Presidente Uno o varios vicepresidentes Los Ministros y demás miembros que establezca la ley
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Consejo de Ministros: Son las reuniones del Gobierno en pleno bajo la dirección del Presidente. Comisiones delegadas del Gobierno: Son creadas por el gobierno y tienen funciones coordinadores de la acción de los asuntos comunes a varios ministerios. Presidente del Gobierno: Dirige la acción del Gobierno y coordina la actuación de sus miembros. Sus competencias son: Dirigir la acción del Gobierno y coordinar la acción de los demás miembros del mismo Proponer al rey el nombramiento y separación de los demás miembros del Gobierno Suscitar a las Cortes la cuestión de confianza Proponer al rey la disolución de las Cortes Generales o de una de sus cámaras. Solicitar al rey la disolución del Consejo de Ministros Interponer el recurso de inconstitucionalidad. Los Órganos de los ministerios se dividen en: Órganos superiores de los ministerios: los ministros y los secretarios del estado Órganos directivos de los ministerios: Los subsecretarios, los secretarios generales, los secretarios generales técnicos, los directores generales y los subdirectores generales. La administración periférica del estado: En Las Comunidades Autónomas: Los delegados del Gobierno En Las Provincias: Los subdelegados del gobierno La administración general del estado en el exterior: Está integrada por: Las misiones diplomáticas permanentes Las misiones diplomáticas especiales Las representaciones o misiones permanentes Las delegaciones Las oficinas consulares Las instituciones y organismos públicos de la Administración general del estado en el exterior.
Organismos Públicos: Son las entidades de Derecho Público dependientes o vinculadas a la Administración General del Estado. Se clasifican en: Organismos autónomos: se encargan de la realización de actividades fundamentalmente administrativas, de fomento, de prestación y gestión de servicios públicos o de la administración de determinados bienes del estado.
Entidades Públicas empresariales : son organismos públicos dependientes a los que se encomienda la realización de actividades de prestación y gestión de servicios o la producción de bienes de interés público susceptibles de contraprestación.
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Las Comunidades Autónomas y La Administración Local
Las Comunidades Autónoma Autónomas: s: El diseño del nuevo Estado nacido de la Constitución se asienta en los principios de autonomía y autogobierno, sobre los que se va a construir el modelo autonómico, que se caracteriza por la posibilidad abierta y voluntaria que tienen las regiones y nacionalidades de acceder al autogobierno. La Constitución reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que integran el Estado Español. En desarrollo de ese derecho existen en España 17 Comunidades Autónomas, siete de las cuales (Andalucía, Canarias, Cataluña, Galicia, Navarra, País Vasco y Valencia) han asumido plenamente todas las competencias contenidas en los artículos 148 y 149 de la Constitución. El Estado se organiza territorialmente en municipios, en provincias y en Comunidades Autónomas. Todas estas entidades gozan de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses. ANDALUCÍA
Almería, Granada, Málaga, Cádiz, Huelva, Sevilla, Córdoba y Jaén
ARAGÓN
Zaragoza, Huesca y Teruel Provincia de su denominación
PRINCIPAD PRINCIPADO O DE ASTURIAS ISLAS BALEARE BALEARES S
Mallorca, Menoría, Ibiza, Formentera, Cabrera e islas adyacentes
CANARIAS
Territorios insulares de Tenerife, La Palma, Hierro, Gomera, Gran Canaria, Fuerteventura, Lanzarote e islas adyacentes
CANT CANTABRIA ABRIA
Provincia de su denominación
CASTILLA CASTILLA-LA -LA M MANCHA ANCHA
Toledo, Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara y Albacete
CASTILLA Y LEÓN
Burgos, Soria, Segovia, Ávila, León, Zamora, Salamanca, Valladolid y Palencia
CA CAT TALUÑA
Barcelona, Tarragona, Lérida y Gerona
CEUT CEUTA A
Ciudad de Ceuta
EXTREMADURA
Cáceres y Badajoz
GALICIA
La Coruña, Lugo, Orense y Pontevedra
LA RIOJ RIOJA A
Provincia de su denominación
COMUNIDAD DE MADRID
Provincia de su denominación
MELILLA
Ciudad de Melilla
REGIÓN DE MURCIA
Provincia de su denominación
NAV NAVARRA ARRA
Provincia de su denominación
PAÍS V VASCO ASCO
Álava, Guipúzcoa y Vizcaya
COMUNIDAD V VALENCIANA ALENCIANA
Castellón de la Plana, Valencia y Alicante
Los Estatutos de Autonomía Autonomía:: Es la norma institucional básica de cada Comunidad Autónoma, en la que se establecen sus competencias, instituciones y funcionamiento. La aprobación o reforma de los Estatutos de Autonomía deberá ajustarse a lo establecido en la Constitución y requerirá la aprobación de las Cortes Generales, a través de una ley orgánica. La Constitución establece que las diferencias entre los Estatutos de las diferentes Comunidades Autónomas no podrán implicar privilegios económicos o sociales. Los Estatutos pueden introducir aspectos tales como la lengua, la bandera, la elección de senadores y representantes de la Comunidad, la iniciativa legislativa, la autonomía financiera y los recursos económicos.
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Las Comunidades Autónomas y La Administración Local
Las Competencias de Las Comunidad Comunidades es Autónomas: Es el conjunto de potestades que se ejercen válidamente dentro de un territorio concreto sobre personas determinadas y respecto de materias definidas. Las competencias son básicamente dos: Las competencias normativas suponen la potestad de legislar sobre una materia concreta.
Las competencias de ejecución comprenden la prestación de servicios o el desarrollo de actividades para llevar a cabo o ejecutar las normas.
El análisis de las competencias de las Comunidades Autónomas sólo puede comprenderse partiendo de la distribución de competencias entre el Estado y las Autonomías reflejadas en dos artículos de la Constitución: el artículo 149 (recoge las competencias exclusivas del Estado) y el artículo 148 (que se refiere a las competencias que pueden asumir las Comunidades Autónomas). Las Instituciones Autonómica Autonómicass La organización institucional de cada Comunidad Autónoma y las previsiones básicas de su funcionamiento se contiene en su Estatuto de Autonomía, que constituye la norma fundamental que regula la Comunidad. Cada Comunidad Autónoma puede establecer su propia organización, pero partiendo siempre de un diseño constitucional.
INSTITUCIONALESOTROS ORGANOS AUTÓNOMAPODERES DE LA CO COMUNIDAD MUNIDAD
Así, las Comunidades Autónomas cuentan con una serie de instituciones que les permiten el desarrollo de las competencias que tienen atribuidas. DENOMINACIÓN
COMPOSICIÓN
Consejo de Gobierno (Poder Ejecutivo)
Presidente (elegido por la Asamblea) y consejeros (designados por el Presidente)
Ejerce la potestad ejecutiva y reglamentaria. Dirige la Administración Autonómica
Asamblea Legislativo (Poder legislativo)
Parlamentarios autonómicos, elegidos por sufragio universal.
Aprueba las leyes autonómicas. Aprueba los Presupuestos. Controla al Gobierno Autonómico.
Tribunal Superior de Justicia (Poder judicial)
Presidente del Tribunal y Salas en que se divide
Es el máximo órgano judicial en la Comunidad Autónoma, juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado. Pertenece a la estructura judicial del Estado Español.
Tribunal de Cuentas
Presidente y Consejeros del Tribunal
Controla los gastos públicos autonómicos. Revisa la contabilidad autonómica de los gastos.
Defensor del Pueblo
Órgano Unipersonal
Defensa de los derechos y libertades de los ciudadanos frente a posibles abusos de la Administración de la Comunidad Autónoma.
Presidente y miembros del Consejo
Consejo de Estado
Informa con carácter preceptivo determinadas normas de especial tra...