Solemn Declaration on Gender Equality in Africa PDF

Title Solemn Declaration on Gender Equality in Africa
Author Cristopher Diaz
Course Perspectiva de Género y Sustentabilidad socia
Institution Universidad Autónoma del Estado de Morelos
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Assembly / AU / Decl.12 (III) Rev.1 Página 1 DECLARACIÓN SOLEMNA SOBRE IGUALDAD DE GÉNERO

EN ÁFRICA Nosotros, los Jefes de Estado y de Gobierno de los Estados miembros de la Unión Africana, reunidos en el tercer período ordinario de sesiones de nuestra Asamblea en Addis Abeba, Etiopía, del 6 al 8 de julio de 2004:

Reafirmando nuestro compromiso con el principio de igualdad de género consagrado en el artículo 4 (l) del Acta Constitutiva de la Unión Africana, así como con otros compromisos, principios, metas y acciones existentes establecidos en los diversos instrumentos regionales, continentales e internacionales sobre derechos humanos y los derechos de las mujeres, incluida la Plataforma de Acción de Dakar (1994), la Plataforma de Acción de Beijing (1995), la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW - 1979), el Plan de acción africano para acelerar la implementación de las Plataformas de Acción para el Adelanto de la Mujer de Dakar y Beijing (1999); el documento final del vigésimo tercer período extraordinario de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre la aplicación de la Plataforma de Acción de Beijing (2000); Resolución 1325 (2000) de la ONU sobre Mujeres, Paz y Seguridad;

De pie por nuestra Decisión sobre la paridad de género adoptada en la Sesión Inaugural de la Asamblea de Jefes de Estado y de Gobierno de la UA en julio de 2002 en Durban, Sudáfrica, implementada durante la Segunda Sesión Ordinaria de la Asamblea en Maputo, Mozambique, 2003 mediante la elección de cinco mujeres y cinco hombres comisionados;

Observando con satisfacción que nuestra Decisión sobre la paridad de género es un logro histórico que aún no existe en ningún otro continente u organización regional;

Reafirmando nuestro compromiso de continuar, ampliar y acelerar los esfuerzos para promover la igualdad de género en todos los niveles; Determinado basarnos en el progreso que hemos logrado al abordar cuestiones de gran interés para las mujeres de África;

Tomando conocimiento de la decisión histórica de adoptar el Protocolo de la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos relativo a los derechos de la mujer en África durante el segundo período ordinario de sesiones de la Asamblea en Maputo, Mozambique, 2003; Observando la decisión del presidente de la Comisión de la Unión Africana de transformar el Comité de Mujeres Africanas para la Paz y el Desarrollo (AWCPD) en el Comité de Mujeres de la Unión Africana (AUWC), que se ubicará en la Dirección de Género y servirá como órgano asesor del presidente sobre Género y Desarrollo;

Reconociendo que aún persisten importantes desafíos y obstáculos para la igualdad de género y que requieren un liderazgo y esfuerzos concertados y colectivos de todos nosotros, incluidas las redes que trabajan sobre género y desarrollo;

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Profundamente preocupado sobre la condición de la mujer y los impactos negativos en las mujeres de cuestiones como la alta incidencia del VIH / SIDA entre niñas y mujeres, los conflictos, la pobreza, las prácticas tradicionales nocivas, la alta población de mujeres refugiadas y desplazadas internas, la violencia contra las mujeres, la exclusión de las mujeres de la política y la toma de decisiones y el analfabetismo, el acceso limitado de las niñas a la educación;

Consciente de las políticas y programas que hemos implementado para frenar la propagación de la pandemia del VIH / SIDA, así como los desafíos actuales de esta campaña; Preocupado que, si bien las mujeres y los niños son los más afectados por los conflictos y los desplazamientos internos, incluidas las violaciones y los asesinatos, están en gran medida excluidos de los procesos de prevención de conflictos, negociación de la paz y consolidación de la paz a pesar de la experiencia de las mujeres africanas en la consolidación de la paz;

Consciente del hecho de que los bajos niveles de representación de las mujeres en las estructuras de toma de decisiones sociales, económicas y políticas y la feminización de la pobreza repercuten negativamente en la capacidad de las mujeres para obtener todos los beneficios de las economías de sus países y del proceso de democratización;

Consciente de la brecha digital entre el Norte y el Sur, hombres y mujeres y el papel de las tecnologías de la información y las telecomunicaciones (TIC) en el avance de la cuestión de género, como se indica en la Declaración del Foro e-género de Túnez, mayo de 2004 en preparación para el Mundo Cumbre sobre la sociedad de la información (CMSI) 2005;

POR LA PRESENTE ACEPTO:

1.

Acelerar la implementación de Medidas económicas, sociales y legales específicas de género destinadas a combatir la pandemia del VIH / SIDA y aplicar eficazmente las Declaraciones de Abuja y Maputo sobre la malaria, el VIH / SIDA, la tuberculosis y otras enfermedades infecciosas relacionadas. Más específicamente, nos aseguraremos de que el tratamiento y los servicios sociales estén disponibles para las mujeres a nivel local, haciéndolo más sensible a las necesidades de las familias que brindan atención; promulgar leyes para poner fin a la discriminación contra las mujeres que viven con el VIH / SIDA y para la protección y el cuidado de las personas que viven con el VIH / SIDA, en particular las mujeres; aumentar las asignaciones presupuestarias en estos sectores a fin de aliviar la carga de cuidado de las mujeres;

2.

Garantizar la participación y representación plena y efectiva de las mujeres en el proceso de paz, incluida la prevención, resolución, gestión de conflictos y reconstrucción posconflicto en África, como se estipula en la Resolución 1325 (2000) de la ONU y también nombrar a mujeres como Enviadas Especiales y Representantes Especiales del Unión Africana;

3.

Lanzamiento, dentro del próximo año, una campaña para la prohibición sistemática del reclutamiento de niños soldados y el abuso de niñas como esposas y esclavas sexuales en violación de sus Derechos consagrados en la Carta Africana de los Derechos del Niño;

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4.

Iniciar, lanzar y participar en dos años sostuvo campañas públicas contra la violencia de género y el problema de la trata de mujeres y niñas; Reforzar los mecanismos legales que protegerán a las mujeres a nivel nacional y terminarán con la impunidad de los delitos cometidos contra las mujeres de una manera que cambiará y alterará positivamente la actitud y el comportamiento de la sociedad africana;

5.

Expandir y promover el principio de paridad de género que hemos adoptado con respecto a la Comisión de la Unión Africana a todos los demás órganos de la Unión Africana, incluido su programa NEPAD, a las Comunidades Económicas Regionales y a los niveles nacional y local en colaboración con los partidos políticos y el Parlamentos nacionales en nuestros países;

6.

Garantizar la promoción y protección activas de todos los derechos humanos de las mujeres y las niñas, incluido el derecho al desarrollo, mediante la sensibilización o mediante la legislación cuando sea necesario;

7.

Promover activamente la implementación de legislación para garantizar los derechos de las mujeres a la tierra, la propiedad y la herencia, incluido su derecho a la vivienda;

8.

Llevar medidas específicas para garantizar la educación de las niñas y la alfabetización de las mujeres, especialmente en las zonas rurales, para lograr el objetivo de “Educación para Todos” (EPT);

9.

Comprometerse a firmar y ratificar el Protocolo de la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos relativo a los derechos de la mujer en África para finales de 2004 y apoyar el lanzamiento de campañas públicas destinadas a asegurar su entrada en vigor en 2005 y marcar el comienzo de una era de domesticación y aplicación el Protocolo, así como otros instrumentos nacionales, regionales e internacionales sobre igualdad de género de todos los Estados Partes;

10.

Establecer AIDS Watch Africa como una unidad dentro de la Oficina del Presidente de la Comisión que debería presentar un informe anual sobre la situación del VIH / SIDA en el continente durante las Cumbres anuales; y promover la producción local de medicamentos antirretrovirales en nuestros países;

11.

Aceptar establecer un Fondo Fiduciario Africano para la Mujer con el propósito de desarrollar la capacidad de las mujeres africanas y pedir además a la Comisión de la Unión Africana que elabore las modalidades para la puesta en funcionamiento del Fondo con especial atención a las mujeres en las zonas urbanas y rurales;

12.

Nos comprometemos a informar anualmente sobre los avances realizados en términos de integración de la perspectiva de género y a apoyar y defender todas las cuestiones planteadas en esta Declaración, tanto a nivel nacional como regional, y proporcionarnos periódicamente actualizaciones sobre los avances realizados durante nuestras Sesiones Ordinarias;

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13.

Requerimos que el presidente de la Comisión de la Unión Africana presente, para nuestra consideración, un informe anual, durante nuestras sesiones ordinarias, sobre las medidas adoptadas para implementar el principio de igualdad de género y la incorporación de la perspectiva de género, y todas las cuestiones planteadas en esta Declaración tanto a nivel nacional como regional niveles.

UNIÓN AFRICANA UNIÓN AFRICAINA Repositorio común de la Unión Africana

http://archives.au.int

Órganos

Colección de ensamblaje

2004

Declaración solemne sobre la igualdad de género en África

Unión Africana Unión Africana

http://archives.au.int/handle/123456789/282 Descargado del repositorio común de la Unión Africana...


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