Tercer parcial - dret ub PDF

Title Tercer parcial - dret ub
Course Derecho
Institution Universitat de Barcelona
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COMENTARIO DE TEXTO FRANK AARON OYOLA LUNA NIUB:18172350 Odofredo, D. 35,2,82. Debéis saber que el estudio estuvo en primer lugar en Roma (nuestros mayores así lo refieren), después, a causa de las guerras que tuvieron lugar en las Marcas, ha sido destruido; entonces en Italia tenía el segundo lugar Pentápolis, que ha sido más tarde llamada Rávena (…) esta ciudad se arruinó: después ha sido trasladado el estudio a esta ciudad (= la actual Bolonia), cuando fueron traídos los libros. Fueron traídos estos libros: Código, Digesto antiguo y nuevo e Instituciones; después ha sido descubierto el Infortiato, sin las Tres partes, más tarde han sido traídos los Tres libros, finalmente ha sido descubierto el Libro Auténtico.

Este fragmento de texto está escrito por Odofredo, jurista que es explicó en sus escritos, como estamos comprobando, sobre la “traslatio studi”, que es el proceso mediante el cual los libros citados en el texto que contenían el derecho justinianeo fueron pasando desde Roma hasta la Pentápolis, la actual Rávena, hasta acabar en Bolonia, lugar donde se fundaría la escuela de Bolonia. Si bien la escuela de Bolonia fue fundada por Pepo, primer jurista gramático que se acercó a la obra jurídica de Justiniano, toda la fama se la llevaría Irnerio, impulsor y maestro de los cuatro continuadores de su magisterio, conocidos como los cuatro doctores cuyos nombres eran Jacobo, Martín, Hugo y Búlgaro. Esta escuela su enseñanza en origen era dada de forma oral, de forma que luego avanzaría a realizarse de forma escrita con el fin de conservar la lección del profesor, todo eso sobre los materiales originales, es decir, como indica en el texto sobre los libros en Bolonia, los glosadores analizaron el material jurídico justinianeo original; tenían la fuente primaria y no necesitaban ya acudir a resúmenes ni epítomes.

Se les llamaba glosadores a los intelectuales boloñeses por su técnica de estudio, que consistía en aclarar el significado literal de los textos, es decir, facilitar su comprensión de forma que según donde esté la glosa recibirá un nombre u otro. Si la glosa se encuentra entre líneas se llamará interlineal, mientras que, si se encuentra en el margen, se llamará marginal. Los glosadores analizarían de esta forma los libros descritos en el texto como el Código, Digesto, Instituciones imperiales y las Novelas, o lo que es lo mismo, toda la compilación justinianea. Todos estos libros fueron estudiados y analizados por los glosadores, que analizaban los textos según los iban encontrando, de tal forma que si la Compilación Justinianea del siglo VI tendría 4 partes, la versión boloñesa tendría 5 partes, ya que el Digesto fue descubierto dos veces, las cuales serían el Digestum vetus, que comprende del libro 1 al 24.2, luego el Digestum novum, del libro 39 al 50, seguidamente el Infortiatum , del libro 24.3 al 38, después el Código o códex, el cual incluye los 9 primeros libros del código y finalmente el Volumen parvum , volumen pequeño, también llamado volumen o incluso autenticum. Incluye los 4 libros de las instituciones, una parte de las novelas y los 3 últimos libros del Codex o Código. Como ya se ha explicado la labor de los glosadores surge como una evolución lógica del original carácter oral de las enseñanzas que allí tenían lugar. Por tanto, el método de la glosa es un segundo estadio del análisis del texto, pero en todo caso una consecuencia última del carácter oral que en origen tenían las lecciones del docente. De tal forma que podemos distinguir una división de siete partes de la lección oral que consistía en: 1. Breve introducción al título de la ley, cuyo contenido se expondrá a continuación. 2. Exposición sintética del contenido esencial de las leyes. 3. Lectura por parte del profesor del texto de la ley. 4. Definición de los lugares paralelos y contrarios, es decir recopilar aquellos principios parecidos o no que deben tenerse en cuenta para comprender el texto. 5. Reelaboración de los principios jurídicos estudiados. 6. Formulación de las distinciones. 7. Discusión final de las cuestiones jurídicas. Y, al haber siete partes de la lección oral existían por ende siete tipos de glosa que fueron:  Introductiones titulorum: que serían una brevísima exposición sistemática del contenido.

 Introductiones legum: introducción a las leyes.  Glossas intermargen o interlinem: las cuales se dirigen a facilitar la comprensión del texto.  Glossas relativas a los lugares paralelos y contrarios: cuya función es tomar constancia por escrito de los principios comunes, pero también de los divergentes que se encuentran en el texto con el objetivo de acabar con las contradicciones y obtener un sistema jurídico homogéneo.  Notabilia: llamadas de atención, quizá modo de recordatorio sobre una ley, párrafo o capítulo, lo que vulgarmente decimos cómo subrayar.  Distinciones: aquellas comparaciones independientes con el objetivo de realizar un esquema que permita su estudio.  Las disputationes y quaestiones: glosas que a modo de adenda se añaden a situación. Estos siete tipos de glosas deben entenderse como un todo unitario, no como siete maneras diferentes de analizar el texto sino como una técnica jurídica homogénea. En ese sentido a todo el conjunto de tipos de glosa, se le denomina apparatus o aparato de glosas. Otra de las técnicas es estudio fue la summa, cuyo objetivo era un estudio sistemático y completo de los libros, ya sea del Código, de las Instituciones, pero no del Digesto. De tal forma que a nosotros nos han llegado tres summas, que fueron la Summa trecencis a mediados del s. XIII el cual puede atribuirse a uno de los cuatro doctores, la Summa lo codi sobre s.XII el cual recibe particular importancia porque se encuentra en catalán y en castellano y fue de gran difusión en la península, y la Suma codicis en el s. XII, el cual quizá pueda atribuirse a Azzo de Bolonia. Pero en la escuela de Bolonia la técnica de estudio mas importante fue la glosa, cuyo punto final de estudio se pudo con la redacción de la Magna Glosa de Accursio o también llamada Glosa Ordinaria. Esta obra reunía más de noventa mil glosas, de modo que con su redacción puede decirse que representa un modo de entender el derecho cuya fórmula no obstante está ya agotada. En definitiva, la escuela de Bolonia fue un punto importante en la historia del derecho ya que trajo de vuelta mediante su estudio el derecho romano justinianeo, el derecho urbano por excelencia, y cuyos precursores podrían ser considerados como los causantes que el derecho romano no muriese con la caída del Imperio Romano....


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