TP3 Constitucional 100% Amalia FM PDF

Title TP3 Constitucional 100% Amalia FM
Course Derecho Constitucional
Institution Universidad Siglo 21
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Summary

Recuerdo una noche que estaba lloviendo, hubo un corte eléctrico y tenía que desplazarme de un edificio a otro dentro de las instalaciones. Lo curioso es que no veía ni la punta de mi nariz, por las sendas lo único que me guiaba eran los relámpagos que alumbraban el camino, mientras mi pobre sombril...


Description

15/9/21 20:40

Examen: Trabajo Práctico 3 [TP3]

Trabajo Práctico 3 [TP3] Comenzado: 15 de sep en 20:25

Instrucciones del examen

01 Objetivo de la actividad El objetivo de la presente actividad es analizar, sobre un caso real, las implicancias de la reglamentación de políticas que impacten, directamente, sobre los derechos en general, pero, específicamente, en la libertad de conciencia, la libertad de culto y el derecho a una educación pública de carácter neutral. Por ende, los objetivos específicos de esta actividad son: ● Identificar paradigmas jurídicos para el análisis de fenómenos sociales que impactan en el derecho constitucional local e internacional. ● Enumerar problemáticas o conflictos sociales alcanzados por la normativa jurídica constitucional a nivel global. ● Identificar problemáticas jurídicas, en situaciones de la realidad social, en ámbitos jurídicos de carácter social, gubernamental u organizacional

02 Enunciado de la actividad Para abordar estas cuestiones, leeremos la reseña del caso “Castillo, Viviana y otros c/ Provincia de Salta Ministerio de Educación de la Prov. de Salta s/ amparo”. Con este texto, desarrollaremos una serie de preguntas que nos ayudarán a contextualizar el conflicto y la forma en que la Corte Suprema de Justicia de la Nación lo resolvió, para, luego, abordarlas en situaciones ficticias. Lee con atención el siguiente caso teniendo presente cada uno de los contenidos que hemos desarrollado en el módulo. Una vez leído, tendrás que resolver preguntas cerradas en base al mismo. Haz clic sobre el siguiente enlace para descargar el enunciado:

Clic aquí

(https://siglo21.instructure.com/courses/12752/files/7742378/download?download_frd=1)

03 Preguntas A continuación, te presentamos un conjunto de preguntas para que puedas evaluar el avance de tu aprendizaje. Ten en cuenta que la nota del Trabajo Práctico es uno de los requisitos necesarios para la regularidad de la materia. Podrás encontrar distintos tipos de preguntas

Selección múltiple Una sola de las opciones es correcta. Las alternativas están indicadas con círculos. Debes seleccionar la alternativa correcta marcando el círculo precedente.

Respuesta múltiple Hay más de una respuesta correcta. Las alternativas están indicadas con cuadrados. Seleccione todas las alternativas que considere correctas, tildando en el cuadrado precedente. Se le otorgará un puntaje parcial en caso de no marcar todas las correspondientes.

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Examen: Trabajo Práctico 3 [TP3]

Coincidente Vincule dos categorías seleccionando en la primera columna el concepto que se corresponde con la categoría de la segunda columna.

Verdadero - Falso Debe indicar si la proposición puede considerarse verdadera o falsa. Tenga en cuenta que si un solo elemento de la proposición es falso, debe considerarla falsa en su conjunto.

Pregunta 1

5 pts

¿Qué deber le imponen las normas involucradas en el caso, al gobierno salteño, respecto de la educación religiosa? Un deber de respetar las tradiciones culturales de la provincia, en pos de mantenerlas a través de contenidos curriculares. Un deber de instrumentación, es decir, la obligación de garantizar adecuadamente el derecho de padres, tutores, hijos y pupilos en materia de enseñanza religiosa. Un deber de instrumentar las políticas necesarias para que la educación religiosa sea ejercida a contra turno y de forma optativa. Un deber de garantizar la educación católica, puesto que la provincia se funda en los principios de tal religión y, por lo tanto, sus ciudadanos deben conocerlos

Pregunta 2

5 pts

¿Cómo debe interpretarse el principio de igualdad, luego de la reforma de 1994?

Debe entenderse, exclusivamente, como una garantía en contra de la no discriminación. Debe entenderse como un principio de igualdad según las condiciones de cada individuo. No solo debe entenderse desde el principio de no discriminación, sino también desde una perspectiva estructural, que tiene en cuenta al individuo en tanto integrante de un grupo. Debe interpretarse a la luz de los instrumentos internacionales, celebrados con potencias extranjeras.

Pregunta 3

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5 pts

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Examen: Trabajo Práctico 3 [TP3]

El Estado posee la facultad de imponer la obligación de solicitar un formulario informativo que le permita conocer si un individuo posee o practica una determinada creencia, con el fin de fomentar políticas que tiendan a garantizar la pluralidad de cultos. Falso, porque no se puede solicitar información de la privacidad o la intimidad. Verdadero, con ello se logran la inclusión y la pluralidad.

Pregunta 4

5 pts

Las normas examinadas son contrarias a la constitución y los instrumentos de derechos humanos.

Falso, no lesionan derechos constitucionales y acuerdan con los tratados internacionales. Verdadero, sí lesionan derechos constitucionales y no acuerdan con los tratados internacionales.

Pregunta 5

5 pts

¿En qué consiste la neutralidad religiosa en el ámbito público?

Consiste en mostrarse tolerante ante manifestaciones distintas a las que el Estado promueve como culto oficial. Consiste en promover políticas asertivas para erradicar todo tipo de práctica religiosa del espacio público. No solo consiste en la posibilidad de profesar o no un culto determinado, sino, también, en una faz de tolerancia hacia quienes pretendan profesar su culto en el espacio escolar. Consiste en no tomar una posición determinada ante el avasallamiento de las libertades religiosas.

Pregunta 6

5 pts

¿Qué se propone respecto de la educación religiosa garantizada en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales?

Que dicha norma es la clave para interpretar las políticas educativas y que le impone al Estado el deber de garantizar la formación religiosa. Que la educación religiosa es una obligación del Estado, en tanto este se ha comprometido en sede internacional por medio de dicho pacto. Que dicha norma es claramente inclusiva y, necesariamente, requiere del Estado para garantizar los contenidos religiosos en la educación. Que dicha garantía no es clara a la hora de que sea el Estado quien deba hacerla efectiva, sino que puede ser garantizada por medio de la educación diferente a la estatal.

regunta 7

5 pts

¿Cuándo es necesario analizar la implementación de una norma? Será necesario en los casos en los cuales exista una norma neutral que prima facie genere un impacto desmedido en los miembros de un

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Examen: Trabajo Práctico 3 [TP3] grupo. Será necesario en los casos en los cuales exista una norma que genere un impacto desmedido en los miembros de un grupo. Será necesario en los casos en los cuales exista una norma estrictamente lesiva y su implementación reproduzca tales lesiones. Es imposible, puesto que se analizan supuestos de derecho.

Pregunta 8

5 pts

¿Cuál es la legitimación de los actores? Los actores se encuentran legitimados por ser un grupo de madres que reclaman porque se garantice la enseñanza neutral de sus hijos. Los actores se encuentran legitimados por ser un grupo de madres que reclaman que se garantice la enseñanza religiosa de sus hijos. Los actores se encuentran legitimados por ser docentes de la provincia de Salta, que reclaman no estar obligados a implementar educación religiosa en la escuela pública. Los actores se encuentran legitimados por ser docentes de la provincia de Salta, que reclaman poder implementar educación religiosa de manera garantizada.

Pregunta 9

5 pts

Las provincias tienen, para sí, la facultad de imponer sus criterios según la realidad social, cultural e histórica. Esto que las faculta a adoptar en sus normas, las políticas y garantías que crean convenientes. Falso, porque esa facultad de las provincias, de existir, sería inconstitucional. Verdadero, siempre en el marco de los límites impuestos por la Constitución Nacional.

Pregunta 10

5 pts

¿Cómo resulta la resolución de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, respecto de la tradición de la Ley de Educación Pública N.° 1420?

Resulta contraria, puesto que el artículo 8 de esa norma establecía que la educación era estrictamente laica y, por lo tanto, la adopción de cualquier contenido religioso en el ámbito educativo es repugnante a los principios de dicha norma Resulta similar, aunque la resolución no establece nada respecto de las prácticas religiosas que pueda ser entendido contrario a los principios de la Ley N.° 1420. Resulta irrelevante, puesto que la Ley N.° 1420 se encuentra derogada. Resulta acorde, puesto que la laicidad –establecida en el artículo 8 de esa norma– preveía la instrumentación de contenidos religiosos optativos y a contraturno del horario obligatorio de clases.

Pregunta 11

5 pts

Cuáles son los hechos que motivan el reclamo?

La inclusión de contenidos religiosos en las escuelas públicas. La institucionalización de la enseñanza escolar en manos de organizaciones religiosas

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Examen: Trabajo Práctico 3 [TP3] La falta de dictado de contenidos religiosos en la escuela. La inclusión de contenidos religiosos en las escuelas privadas.

Pregunta 12

5 pts

La interpretación efectuada por el Superior Tribunal de la Provincia de Salta, respecto de la estructura jurídica argentina, es concordante con los antecedentes jurisprudenciales de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Falso, porque no se adecúa con los antecedentes jurisprudenciales, ni es procedente. Verdadero, porque según la Corte Suprema sí se adecúa y es procedente, a partir de una buena interpretación de los debates.

Pregunta 13

5 pts

¿Cuál es el resultado que genera la norma del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, al aplica su contenido en el modelo argentino?

Genera una desigualdad estructural, por la diferencia de trato que posee un culto por encima de los demás, promoviendo que solo se dicten contenidos religiosos del culto preponderante y económicamente sostenido por el Estado argentino. Genera una carga al erario público innecesaria. Genera una desigualdad frente a quienes no profesan una religión determinada y son apartados del horario escolar. Genera una incertidumbre frente a los límites de los contenidos educativos que puedan establecerse como obligatorios.

Pregunta 14

5 pts

Una práctica determinada –como la implementación de cierto contenido educativo– y el modo de desarrollarla no pueden ser declarados inconstitucionales, en tanto la normativa no presenta colisiones con la estructura jerárquica de la Constitución Nacional y los instrumentos de derechos humanos.

Falso, porque si las normativas generan prácticas lesivas, pueden ser cuestionadas. Verdadero, porque no se presentan contradicciones con la estructura jerárquica.

Pregunta 15

5 pts

¿Cuál es la vía por la que llega el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación?

El caso llega por vía del recurso extraordinario federal, puesto que se encontraba controvertida la constitucionalidad de normas provinciales y se había decidido a favor de su validez. El caso llega por medio del recurso de queja por denegación del recurso extraordinario, en tanto este último no fue concedido por el Tribunal Superior de Justicia de Salta. El caso llega por medio de la vía de apelación ordinaria, ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por ser instancia de revisión de las decisiones de los tribunales provinciales. El caso llega por vía originaria, puesto que, al ser el demandado el Estado salteño, le corresponde al máximo tribunal entender en tales causas, a fin de asegurar la imparcialidad en la resolución.

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Examen: Trabajo Práctico 3 [TP3]

Pregunta 16

5 pts

¿Qué sostuvo la Corte Suprema de Justicia de la Nación respecto de la aludida confesionalidad del Estado?

Que, en tanto se mantenga el texto del artículo 2 de la Constitución Nacional, la Argentina es un Estado con religión oficial y, por lo tanto, se debe partir de que ese culto tiene preferencia por sobre los demás. Que la preferencia que la convención constituyente le otorgó a la Iglesia Católica no es óbice para sostener que es el culto oficial, sino que nuestro país es neutral, en virtud de lo sostenido en el artículo 14 del texto constitucional. Que, puesto que el texto del artículo 2 de la Constitución Nacional es un contenido pétreo, la Argentina es y será un Estado con religión oficial, y, por lo tanto, se debe partir de que ese culto tiene preferencia por sobre los demás. Que la Argentina es un Estado con religión oficial que promueve la libertad de cultos, pero que el primero tiene preferencia por sobre los demás y, por lo tanto, pueden sostenerse los principios católicos en la educación.

Pregunta 17

5 pts

Frente a una norma que categoriza a sus destinatarios según su género, el concepto de igualdad debe ser entendido desde el punto de vista del principio de no discriminación, de manera excluyente.

Verdadero, porque no es necesario aplicar ningún otro punto de vista. Falso, porque también se debe prever la discriminación hacia el grupo.

Pregunta 18

5 pts

Ante la sanción de una norma que prevé la distinción de sus destinatarios en cuestiones de procedencia y nacionalidad, se debe procurar su análisis, presumiendo que dicha norma es inválida. Verdadero, el análisis se procura por medio de un escrutinio estricto. Falso, únicamente se prevé que el Estado deba probar la razón que lo motive a implementar esa normativa.

Pregunta 19

5 pts

¿Cuáles pueden ser los resultados de interpretar una norma según la intención de quién la sancionó? Puede traer inconvenientes, puesto que la intención original del creador (sea constituyente o legislador) puede no adaptarse a las necesidades actuales. Puede generar una mayor amplitud de aplicación al adaptar de modo sistémico la norma interpretada. Puede arrojar el sentido preciso y, por lo tanto, único de la cuestión interpretada, debiendo limitarse a su aplicación según tal criterio Puede resultar contradictorio.

regunta 20

5 pts

Según el voto disidente, ¿cómo se presenta la facultad del gobierno provincial a la hora de escoger los contenidos curriculares para sus escuelas públicas? https://siglo21.instructure.com/courses/12752/quizzes/55295/take

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Examen: Trabajo Práctico 3 [TP3] Se presenta dentro del margen de apreciación provincial, que no confronta con el artículo 5 de la Constitución Nacional, sino que expone una forma de implementar la competencia educativa, atendiendo a las particularidades provinciales, de acuerdo con la ponderación de sus propios constituyentes. Se presenta como una facultad que puede ser controlada por la autoridad federal, en tanto vulnera el artículo 5 de la Constitución Nacional y habilita a la intervención de las instituciones provinciales. Se presenta inconstitucional, en tanto no respeta las libertades de conciencia y de culto contenidas en la Constitución Nacional. Se presenta como una facultad subordinada a la cláusula del artículo 31 de la Constitución Nacional, que dispone la supremacía constitucional para los actos de gobierno, como lo es tal diseño.

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