Violenciadegenero - violencia de genero PDF

Title Violenciadegenero - violencia de genero
Author Edgardo Velazco Cornejo
Course Educación
Institution Universidad César Vallejo
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SERIE MUJER Y DESARROLLO 16 VIOLENCIA DE UN PROBLEMA DE DERECHOS HUMANOS Este documento fue elaborado por Nieves Rico, Consultora de la Unidad Mujer y Desarrollo de la CEPAL. Las opiniones expresadas en este trabajo son de la exclusiva responsabilidad de la autora y pueden no coincidir con las de la...


Description

SERIE MUJER Y DESARROLLO

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VIOLENCIA DE GÉNERO: UN PROBLEMA DE DERECHOS HUMANOS

Est e document o f ue elaborado por Nieves Rico, Consult ora de la Unidad Mujer y Desarrollo de la CEPAL. Las opiniones expresadas en este t rabajo son de la exclusiva responsabilidad de la autora y pueden no coincidir con las de la Organización.

LC/L.957 Julio de 1996

ÍNDICE

Página

RESUMEN ............................................................................................. I. II.

LOS DERECHOS HUMANOS Y LAS MUJERES: ¿UNA NUEVA PROBLEMÁTICA? ..................................................

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EVOLUCIÓN DE LA TEMÁTICA " VIOLENCIA DE GÉNERO" .............. 1. La violencia de género como violación de los derechos humanos ............................................................................. 2. Trat amient o jurídico de la violencia en el ámbit o doméstico.........

III.

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VIOLENCIA INTRA FAMILIAR CONTRA LAS MUJERES ....................

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1. Conclusiones de los est udios .................................................. 2. Principales consecuencias de la violencia doméstica................... 3. La denuncia de los hechos .....................................................

20 23 24

IV.

ACOSO SEXUAL EN EL TRABAJO................................................

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V.

OTRAS FORMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO................................

VI.

PROPUESTAS ............................................................................

Not as ..................................................................................................... BIBLIOGRAFÍA .......................................................................................

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RESUMEN

Si bien las violaciones de los derechos humanos afect an t ant o a los hombres como las mujeres, su impact o varía de acuerdo con el sexo de la víct ima. Los estudios sobre la materia permit en af irmar que t oda agresión perpetrada cont ra una mujer t iene alguna caract eríst ica que permit e ident if icarla como violencia de género. Est o signif ica que est á direct ament e vinculada a la desigual dist ribución del poder y a las relaciones asimétricas que se establecen ent re varones y mujeres en nuestra sociedad, que perpet úan la desvalorización de lo f emenino y su subordinación a lo masculino. Lo que dif erencia a este t ipo de violencia de ot ras f ormas de agresión y coerción es que el f actor de riesgo o de vulnerabilidad es el solo hecho de ser mujer. La violencia de género puede adopt ar diversas f ormas, lo que permit e clasif icar el delit o, de acuerdo con la relación en que ést a se enmarca y el ejercicio de poder que supone, en las siguient es cat egorías: violación sexual e incesto, asedio sexual en el t rabajo y en las instit uciones de educación, violencia sexual cont ra mujeres det enidas o presas, act os de violencia cont ra las mujeres desarraigadas, t ráf ico de mujeres y violencia domést ica. En el present e document o se est udia en det alle est a últ ima f orma, sin dejar de mencionar y describir las otras, puesto que en los últ imos años ha dado origen a nuevas e import ant es inst it uciones y enmiendas de las legislaciones, y en t orno a ella se han art iculado acciones colect ivas de las mujeres. La f alt a de datos estadísticos que podrían revelar la verdadera magnit ud del f enómeno en América Lat ina y el Caribe es un obst áculo que dif icult a la mejor comprensión de la problemát ica de la violencia de género. Aunque su incidencia es mucho más alt a que lo consignado en los regist ros oficiales, los estudios del t ema permit en inf erir su caráct er epidemiológico. La mayor part e de los dat os present ados en este est udio provienen de investigaciones y document os de organizaciones no gubernamentales y de organismos int ernacionales que han hecho invest igaciones en esta área en los últ imos años. Las propuest as que se plantean se basan en el caráct er irreductible de los derechos de las mujeres, en la obligación del Est ado de protegerlos y garant izarlos, y en la convicción de que el respet o de los derechos humanos t ambién es una condición esencial para el desarrollo de nuestros países y el pleno ejercicio de los derechos ciudadanos de t oda la población. Se plant ea, asimismo, la necesidad de analizar el t ema de los derechos humanos y de la violencia de género desde una perspect iva que of rezca posibilidades de cambios cult urales est ruct urales que conlleven el respeto de los derechos de las mujeres y cuest ionen la inevit abilidad de la violencia en las relaciones de género.

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I. LOS DERECHOS HUMANOS Y LAS MUJERES: ¿UNA NUEVA PROBLEMÁTICA?

Los derechos humanos, considerados como un conjunto de paut as éticas con proyección jurídica, surgen de la necesidad de t odos los individuos de contar con las condiciones esenciales para una vida digna, y han sido product o de un largo proceso de const rucción y cambio a lo largo de los dos últ imos siglos. Aunque no se puede establecer una secuencia hist órica lineal en la identif icación de los derechos, sí se analizan los debates realizados en los organismos int ernacionales, de acuerdo a la historicidad con que ocurrieron. Se considera que los derechos civiles y políticos corresponden a la " primera generación" ; los sociales, económicos y cult urales, a la " segunda generación" , y los derechos a la paz, al desarrollo y a un medio ambient e sano, a la " t ercera generación" , en t anto que la " cuart a generación" est á represent ada por los derechos de los pueblos. En los últ imos años se ha ido desarrollando en est e devenir una concepción de los derechos humanos que cuest iona la validez universal del androcent rismo y del modelo del hombre occidental. Como consecuencia de esto, se ha reconocido la necesidad de dar cuent a de las especif icidades de los individuos, ya sean de género, de et nia, de edad o de cualquier otra índole. El reconocimiento de esta het erogeneidad no conduce a la f ragment ación o at omización de la condición humana, sino que por el cont rario, cont ribuye a una real universalización de los individuos y de los derechos humanos, basada en el principio de la pluralidad y el respet o de las dif erencias y de la diversidad. En la act ualidad, es imprescindible analizar el t ema de los derechos humanos y el de la violencia de género cont ra las mujeres desde una perspect iva que of rezca posibilidades de cambios cult urales, para lo cual hay que t oma en consideración que estas t emát icas se relacionan direct ament e con la dist ribución desigual del poder en las sociedades, por lo que se requieren prof undas modif icaciones en esta área. Asimismo, el cambio social que exige el respeto de los derechos de las mujeres debe sit uarlas en el cent ro de las t ransf ormaciones con sus diversas f ormas de pensar, sentir y actuar. Sus experiencias hist óricas y cot idianas se deben t omar en cuent a en la reformulación del cont enido y signif icado de los derechos humanos, puest o que su definición y su práct ica no deben separarse de la vida concret a de las personas. Los procesos de democrat ización iniciados en América Lat ina y el Caribe, después de un período que se caract erizó por numerosas violaciones de los derechos humanos, proporcionan en la act ualidad una base social más amplia para la sensibilización, la denuncia y la solidaridad f rente a est os hechos. Sin embargo, el proceso de democratización de las relaciones de género t odavía se encuent ra en sus primeras etapas, aunque cada vez hay mayor consenso de que es necesario cambiar la ident if icación de las mujeres con posiciones de inf erioridad o de subordinación en la int eracción ent re los sexos y t ambién habría que modif icar la concept ualización de las agresiones que se ejercen sobre ellas y reconocer su derecho a vivir libres de violencia. En nuestros países, est o nos lleva a reconocer lo siguient e: 1) que el goce de los derechos humanos es un requisit o indispensable del desarrollo y el ejercicio pleno de la ciudadanía, y 2) que se producen

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import ant es t ensiones ent re los derechos individuales y colect ivos y ent re el principio de igualdad y el derecho a la dif erencia, conf lict os que deberían superarse. Es evident e que si bien las violaciones de los derechos humanos afect an t ant o a hombres como mujeres, su impact o y su caráct er varían de acuerdo con el sexo de la víct ima. Además, la mayoría de las lesiones de los derechos de las mujeres y de las discriminaciones y abusos de los que son objet o se deben específ icament e a su condición de mujer. A pesar que exist en f act ores como la etnia, la clase social, la preferencia sexual, las discapacidades y las afiliaciones políticas y religiosas, que inciden en la victimización de la población f emenina, en general t oda agresión perpet rada contra una mujer t iene alguna caract erística que permit e identif icarla como violencia de género.1 Se ent iende por violencia de género el ejercicio de la violencia que refleja la asimetría existente en las relaciones de poder entre varones y mujeres, y que perpetúa la subordinación y desvalorización de lo femenino frente a lo masculino. Ést a se caracteriza por responder al patriarcado como sistema simbólico que determina un conjunto de prácticas cotidianas concretas, que niegan los derechos de las mujeres y reproducen el desequilibrio y la inequidad exist entes entre los sexos. La dif erencia entre este t ipo de violencia y otras f ormas de agresión y coerción estriba en que en este caso el f act or de riesgo o de vulnerabilidad es el solo hecho de ser mujer. A lo largo de la historia, las distint as formas de violencia se han manif est ado en las sociedades como product o de la dominación que determinados sectores o grupos ejercen sobre ot ros. En este contexto, la violencia de género es un mecanismo social clave para perpet uar la subordinación de las mujeres, puesto que, debido a que el poder se considera patrimonio genérico de los varones (Amorós, 1990), la hegemonía masculina se basa en el control social de lo f emenino. Por lo t anto, las violaciones a los derechos humanos de las mujeres se relacionan direct a o indirect amente con el sist ema de género y los valores culturales dominantes. La violación de los derechos de las mujeres y la violencia de género no son problemas nuevos; suponen conductas que hasta hace muy poco tiempo eran socialmente acept adas y que, por estar circunscritas en general al ámbito de la vida privada, eran muy poco conocidas. No obstante, es evidente que el mest izaje en América Lat ina y el Caribe se funda en un paradigma basado en la violación de las mujeres indígenas. Por otra part e, estudios de carácter histórico realizados en algunos países revelan que la violencia f ísica o " sevicia" de los hombres contra sus esposas ya era un hecho conocido en los siglos XVIII y XIX y que la violencia se consideraba una " corrección punitiva" aceptable en el caso de las mujeres que no cumplían con los mandatos sociales (Cavieres y Salinas, 1991). Sin embargo, sí es recient e la preocupación por las mujeres que sufren agresiones físicas, sexuales y psicológicas en el medio familiar, laboral y educacional. Hoy en día se observan ciert os cambios en la percepción del problema, que responden al prof undo cuestionamiento de la consustancialidad de la violencia a las relaciones de género, en t anto que la evaluación de la violencia como algo negat ivo, en cualquiera de sus expresiones en la vida social es cada vez más generalizada. Bajo el concepto violencia de género, de acuerdo al espacio de relación y de ejercicio de poder en el cual ocurren los hechos, se consideran delitos las violaciones sexuales y el incesto, el asedio sexual en el t rabajo y en las inst it uciones educacionales, la violencia sexual contra mujeres detenidas o presas, la violencia contra las mujeres desarraigadas y el t ráfico de mujeres. Sin embargo, en la región estas expresiones de violencia ext rema no se han analizado ampliamente y, en general, no se realizan investigaciones específicas sobre el t ema o bien se las ignora. El problema más conocido es la violencia de género que se produce en el ámbito doméstico y familiar; en el presente documento se le ot orga particular atención, puest o que en t orno a ella en los últ imos años se han gestado experiencias instit ucionales import antes, se han introducido cambios sustanciales en las legislaciones y se han art iculado acciones colectivas de las mujeres. A pesar de que existe un importante subregistro sobre los actos de violencia que inciden en la calidad de vida de las mujeres de nuestros países, los estudios permit en inferir su carácter generalizado. En la región, las investigaciones sistemát icas sobre la violencia doméstica se iniciaron

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en la segunda mit ad de la década de 1980, y han aportado un gran caudal de información y de análisis. Esto ha permit ido vislumbrar la magnitud del problema y convertir el tema en objeto de preocupación pública y gubernamental, aunque el nivel de sensibilización difiere de un sector social a otro. Sin embargo, los estudios suelen presentar ciertas limitaciones: en general, present an enfoques sesgados, la mayoría son de caráct er descriptivo o exploratorio y aún no responden a una adecuada coordinación ni a la ut ilización de criterios met odológicos comunes, lo que dif iculta las comparaciones y la proyección de los result ados. Además, si bien se han logrado importantes progresos en la estimación de la prevalencia de la violencia doméstica, no se dispone de estadísticas oficiales que revelen la real dimensión de la violencia de género en la región en t odas sus manifestaciones. Por est e motivo, los datos que se presentan en est e documento corresponden a investigaciones y documentos de organizaciones no gubernament ales y de organismos internacionales que han t rabajado en el t ema los últimos años. También hay una gran variedad de acciones orientadas a prevenir la violencia y prestar atención y apoyo a las víctimas, pero en general éstas se realizan sin coordinación, con escasos recursos y con diferentes orientaciones. Tampoco existen diagnósticos ni crit erios metodológicos compart idos, lo que impide cont ar con cif ras comparables que sirvan de base para la planif icación de políticas. El seguimiento y la evaluación de los proyectos emprendidos, mediant e procedimient os validados y que sean objeto de consenso, permitirá disponer de inf ormación más sistematizada y concluyente. La complejidad de las relaciones entre hombres y mujeres y sus causas y efect os, las distintas f ormas de discriminación, los estereotipos en que se reproducen y la violación a los derechos humanos de las mujeres no se reducen tan solo al problema de la violencia. Sin embargo, no se pueden analizar las diversas dimensiones de la inequidad social sin tomar en consideración este hecho como expresión dramática de la desigualdad y la asimetría de género.

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II. EVOLUCIÓN DE LA TEMÁTICA "VIOLENCIA DE GÉNERO"

En las últ imas décadas se ha ido reconociendo cada vez más en el ámbito internacional que la violencia de género es un grave problema, no sólo para las mujeres sino también para el logro de la igualdad, el desarrollo y la paz (Naciones Unidas, 1986a). Asimismo, el t ema emergió como una prioridad de las organizaciones de mujeres de la región y de la reflexión feminista durant e el Decenio de las Naciones Unidas para la Mujer (19761985), y en los últimos años t ambién le han prest ado atención los gobiernos de la región.2 Si bien en 1979 la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer,3 con lo que se incorporó a las mujeres a la esfera de los derechos humanos, en dicho instrumento sólo se aborda en forma tangencial el problema de la violencia contra las mujeres; una de sus def iciencias es precisament e la falta de una definición clara de la violencia de género. La preocupación específ ica por este problema comenzó a manifestarse a partir de 1980, cuando en la Conferencia Mundial del Decenio de las Naciones Unidas para la Mujer celebrada en Copenhague se adoptó la resolución t it ulada " La mujer maltratada y la violencia en la f amilia" ; asimismo, en el párrafo 288 de las Estrategias de Nairobi orientadas hacia el futuro para el adelanto de la mujer (1985), documento emanado de la Tercera Conferencia Mundial, se contemplan consideraciones direct as relacionadas con la violencia contra las mujeres. A part ir de entonces, las Naciones Unidas han organizado encuentros de grupos de expertos sobre la violencia contra las mujeres y han tomado medidas con el objeto de que se preste atención al tema a t ravés de mecanismos como la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer, el Consejo Económico y Social, la División para el Adelanto de la Mujer, la Oficina de Est adística y el Comité de Prevención del Delit o y Lucha cont ra la Delincuencia. En 1989, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer recomendó que los Est ados Miembros informaran sobre la violencia contra las mujeres y las medidas adoptadas a nivel gubernamental para erradicarla. En la reunión del grupo de expertos sobre la violencia contra la mujer realizada en 1991 se determinó que en los instrument os vigentes no se tomaba debidamente en consideración la violencia de género y que no se definía específ icament e este delito. A juicio del grupo, la falt a de una conceptualización clara dificult aba la aplicación efect iva de las normas int ernacionales sobre derechos humanos para solucionar este problema (Naciones Unidas, 1991a, b y c); por lo t anto, redact ó un proyect o de declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer, que la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer analizó en profundidad en su trigésimo sext o período de sesiones, con miras a su adopción por parte de la Asamblea General. En el ámbit o regional, la Comisión Económica para América Latina y el Caribe, de conf ormidad con lo dispuest o en la resolución tit ulada " Mujer y Violencia" emanada de la Quinta Conf erencia Regional sobre la Integración de la Mujer en el Desarrollo Económico y Social de América Lat ina y el Caribe (CEPAL, 1991b) y la resolución 45/114 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, " Violencia en el hogar" (Naciones Unidas, 1990), ha señalado en sus documentos y recomendaciones de políticas que el problema de la violencia de género es uno de los obstáculos que es imprescindible superar para mejorar la condición de la población femenina de los países y lograr un desarrollo con equidad. A la vez, los grupos de mujeres de la región han realizado diversas act ividades cuyo objetivo común es el reconocimiento de los derechos humanos de las mujeres. Est e proceso se intensif icó

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durante los preparativos de la Conferencia Mundial de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, realizada en Viena en junio de 1993. En dicha conf erencia el movimiento de mujeres propuso que en la Declaración Universal de Derechos Humanos se incluyeran referencias específicas a la violencia de género y que ésta la reformulara introduciendo la perspectiva de género, que no se limita a la sit uación de las mujeres sino que abarca a t oda la sociedad. Por su part e, en la Declaración de San José sobre los Derechos Humanos, adoptada al término de la Reunión Regional para América Latina y el Caribe de la Conferencia Mundial de Derechos Humanos, celebrada en enero de 1993 en Costa Rica, los gobiernos latinoamericanos y caribeños reit eraron que el Estado debe ot orgar prioridad a las acciones que cont ribuyan al reconocimiento de los derechos de las mujeres, a su part icipación en la vida nacional en condiciones de igualdad de oport unidades, a la erradicación de todas las formas de discriminación ocult a o evidente y, especialment e, a la eliminación de la vi...


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