Análisis Ley de Caza - un breve análisis de la ley de caza así como la detección de los elementos del PDF

Title Análisis Ley de Caza - un breve análisis de la ley de caza así como la detección de los elementos del
Author Mario Batz
Course Derecho Penal I
Institution Universidad de San Carlos de Guatemala
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Análisis Ley de CazaDesde la edad primitiva en donde no había ningún tipo de control, y de donde sabemos que la manera de apropiarse de alguna cosa era precisamente porque no tenía dueño esto quiere decir que nos podíamos hacer dueños de lo que no reclamara nadie.Sin embargo nosotros como seres huma...


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Análisis Ley de Caza

Desde la edad primitiva en donde no había ningún tipo de control, y de donde sabemos que la manera de apropiarse de alguna cosa era precisamente porque no tenía dueño esto quiere decir que nos podíamos hacer dueños de lo que no reclamara nadie. Sin embargo nosotros como seres humanos no podemos actuar como que fuéramos los únicos habitantes de la tierra, conocemos de la existencia de otros seres vivientes como lo son los animales (fauna) que en esos tiempos primitivos podían disponer se ellos a como se les diera la gana, por decirlo de una manera coloquial, pues era una batalla por ver quien sobrevivía entre ambos. Pero al pasar del tiempo como lo fue con los humanos, fueron tomando un papel importante dentro de la sociedad cada uno tomando el lugar que le corresponde, así como el humano tomo el primer lugar dentro de la cadena alimenticia por ser un ser pensante, los animales (fauna) también fueron tomándolo y esto cada vez más debido a la importancia de cada especie vital para la humanidad en cuanto a la capacidad de proveer alimentos como económicamente hablando. Pero como tener un control sobre ello, es decir que tanto el humano tiene control sobre la especie animal y el uso sobre ello, Es lo que a continuación explicamos con la siguiente ley. A) Aspectos generales de la ley como breve análisis de la materia y/o bien jurídico que regula. La Ley General de Caza es una ley que tiene por objeto regular y controlar la caza de la fauna cinegética en el país (también denominada actividad cinegética es la actividad o acción en la que se captura generalmente un animal) y así propiciar el uso sostenible de la misma, pudiendo ser con fines deportivos o de subsistencia. Todo ello de acuerdo al Decreto 36-2004 del Congreso de la República de Guatemala. El ente del Estado encargado de hacer cumplir la ley general de Caza es el Consejo Nacional de Áreas protegidas Conap (CONAP) es el encargado de la conservación de Flora y Fauna silvestre en todo el país. La ley de caza protege a la fauna silvestre y tiene en cuenta los distintos tipos de caza:

Caza: Es la búsqueda, persecución, acecho, acoso, captura o aprehensión de animales silvestres, así como la recolección de productos derivados. La Caza se clasifica en: Caza Deportiva: Actividad de matar y extraer fauna de la naturaleza voluntariamente, por deporte o recreación. La caza deportiva es una actividad que se realiza legalmente en Guatemala a partir del año 2004, de acuerdo con la Ley de Caza 36-04 y del calendario cinegético nacional (CRG, 2004), bajo la supervisión del Consejo Nacional de Áreas Protegidas (CONAP). Caza Comercial: Actividad de matar y extraer fauna de la naturaleza voluntariamente, con el objeto de lucrar con las piezas o sub-productos de las mismas. Caza de Subsistencia: Es la caza que se efectúa para satisfacer necesidades alimenticias de personas de escasos recursos económicos en áreas rurales, para el consumo directo, sin que medie contraprestación económica. El bien jurídicamente protegido por esta ley es la fauna silvestre; en consecuencia, se establecen disposiciones penales cuya acción es pública, debiendo todos los habitantes de la República cooperar para reprimir la caza furtivas artículo 28 de la ley general de caza.

B) Enumeración de cada uno de los delitos de la ley penal asignada

LEY GENERAL DE CAZA DECRETO NÚMERO 36-04

TITULO VI DE LA PROTECCION PENAL DE LA VIDA SILVESTRE DELITOS Y SANCIONES

ARTÍCULO 29. Delito. Sin perjuicio de lo establecido por el artículo 347 E del Código Penal y sus reformas y los artículos 81 bis y 82 bis de la Ley de Áreas

Protegidas, Decreto Número 4-89 y sus reformas, comete delito en materia de caza quien sin contar con la autorización correspondiente incurra en lo siguiente: 1) Cazar sin licencia otorgada por la autoridad correspondiente. 2) Portar licencia de caza que no fuere extendida por la autoridad identificada en la presente ley o si el plazo de otorgamiento de la misma hubiese expirado. 3) La caza de especies en veda permanente o la caza de especies fuera de la época hábil. 4) La caza de especies en lugares no autorizados para el efecto y en las áreas protegidas en que por mandato legal, tal práctica estuviere restringida. 5) La exportación de animales silvestres vivos o pieles y despojos de éstos, sin la autorización correspondiente. 6) El uso de armas y medios de captura que no sean los permitidos por la presente ley y su reglamento. 7) La resistencia por parte del cazador a mostrar la licencia de caza a las autoridades que así lo exijan. 8) La introducción al país de especies que no cuenten con la autorización y certificación correspondiente extendida por la autoridad competente. 9) El comercio de fauna silvestre, su carne y derivados, sin la autorización respectiva. El responsable de la comisión del delito establecido en el presente artículo será sancionado con prisión de cinco a diez años y multa de diez a veinte mil quetzales.

C)

Establecer el bien jurídicamente protegido, elemento subjetivo y material de cada delito, verbo rector, sujetos del delito, régimen de la acción.

ARTÍCULO 29. Delito. Sin perjuicio de lo establecido por el artículo 347 E del Código Penal y sus reformas y los artículos 81 bis y 82 bis de la Ley de Áreas Protegidas, Decreto Número 4-89 y sus reformas, comete delito en materia de caza quien sin contar con la autorización correspondiente incurra en lo siguiente: A).

Cazar sin licencia otorgada por la autoridad correspondiente. Bien jurídicamente protegido: Fauna Silvestre Elemento Subjetivo: Voluntad de cazar sin la licencia autorizada por Conap (doloso) Elemento Material: El hecho de cazar sin tener la autorización de realizarlo. Verbo rector: cazar. Sujeto activo: Cualquier persona Sujeto pasivo: La sociedad. Régimen de la acción: Acción pública de oficio.

B) Portar licencia de caza que no fuere extendida por la autoridad identificada en la presente ley o si el plazo de otorgamiento de la misma hubiese expirado. Bien jurídicamente protegido: Fauna silvestre. Elemento subjetivo: Voluntad de portar licencia no autorizada y/o vencida por el conap (Doloso) Elemento Material: El hecho de portar licencia no autorizada o que haya vencido la mismaVerbo Rector: Portar, expirar. Sujeto activo: Cualquier persona. Sujeto pasivo: La sociedad. Régimen de la acción: Acción pública de oficio. C) La caza de especies en veda permanente o la caza de especies fuera de la época hábil. Bien jurídicamente protegido: Fauna silvestre. Elemento subjetivo: La voluntad de cazar especies en veda permanente (doloso). Elemento Material: El hecho de cazar especies en veda permanente y/o cazar especies fuera de la época hábil.

Verbo Rector: Cazar. Sujeto activo: Cualquier persona. Sujeto pasivo: La sociedad. Régimen de la acción: Acción pública de oficio. D) La caza de especies en lugares no autorizados para el efecto y en las áreas protegidas en que por mandato legal, tal práctica estuviere restringida. Bien jurídicamente protegido: Fauna silvestre. Elemento subjetivo: Doloso por cazar especies en lugares no autorizados y en aéreas protegidas teniendo conocimiento y voluntad. Elemento Material: El hecho de cazar en lugares prohibidos o en aéreas protegidas. Verbo Rector: Cazar. Sujeto activo: Cualquier persona. Sujeto pasivo: La sociedad. Régimen de la acción: Acción pública de oficio. E) La exportación de animales silvestres vivos o pieles y despojos de éstos, sin la autorización correspondiente.

Bien jurídicamente protegido: Fauna silvestre. Elemento subjetivo: Doloso porque tiene la intención de exportar animales silvestres vivos o pieles y despojos de estos. Elemento Material: El hecho de exportar animales silvestres vivos o pieles y despojos. Verbo Rector: Exportar. Sujeto activo: Cualquier persona. Sujeto pasivo: La sociedad. Régimen de la acción: Acción pública de oficio. F) El uso de armas y medios de captura que no sean los permitidos por la presente ley y su reglamento. Bien jurídicamente protegido: Fauna silvestre. Elemento subjetivo: La voluntad de utilizar armas y medios de capturas que no regula esta ley (doloso)

Elemento Material: El hecho de usar armas que no estén autorizadas en esta ley y reglamento. Verbo Rector: Usar. Sujeto activo: Cualquier persona Sujeto pasivo: La sociedad. Régimen de la acción: Acción pública de oficio. G) La resistencia por parte del cazador a mostrar la licencia de caza a las autoridades que así lo exijan. Bien jurídicamente protegido: Fauna silvestre. Elemento subjetivo: Doloso porque se opone a mostrar la licencia de caza. Elemento Material: El hecho de resistirse por parte del cazador mostrar la licencia de caza autorizada. Verbo Rector: Resistir, a mostrar. Sujeto activo: Cualquier persona. Sujeto pasivo: La sociedad. Régimen de la acción: Acción pública de oficio. H) La introducción al país de especies que no cuenten con la autorización y certificación correspondiente extendida por la autoridad competente. Bien jurídicamente protegido: Fauna silvestre. Elemento subjetivo: Doloso porque tiene la intención de ingresar al país especies que no cuenten con la autorización correspondiente. Elemento Material: El hecho de introducir al país especies sin la debida autorización y certificación. Verbo Rector: introducir, autorizar, certificar, extenderSujeto activo: Cualquier persona. Sujeto pasivo: La sociedad. Régimen de la acción: Acción pública de oficio I)

El comercio de fauna silvestre, su carne y derivados, sin la autorización respectiva. Bien jurídicamente protegido: Fauna silvestre. Elemento subjetivo: Doloso porque sin la autorización respectiva se comercializa fauna silvestre, carne y derivados.

Elemento Material: El hecho de comerciar fauna silvestre, carne sin autorización. Verbo Rector: Comerciar. Sujeto activo: Cualquier persona. Sujeto pasivo: La sociedad. Régimen de la acción: Acción pública de oficio...


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