Anticipos de Inmovilizado Material PDF

Title Anticipos de Inmovilizado Material
Author RAMON TORIJA ALBERCA
Course Contabilidad
Institution Universitat Politècnica de València
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Anticipos de Inmovilizado Material Continuando en nuestro empeño de aclarar aquellas operaciones en que la normativa contable exige la aplicación en la valoración de un activo a coste amortizado, queremos tratar hoy, dentro de la valoración del inmovilizado, un caso concreto referido a los anticipos pagado por el mismo Cuando hacemos una entrega a cuenta en la adquisición de un inmovilizado material, a diferencia de lo que ocurre en las existencias, vamos a reflejar un activo en nuestro balance utilizando la cuenta 231. Su movimiento, en principio es sencillo Se carga por las entregas de efectivo a los proveedores con abono a banco (239) Anticipos para inmovilizaciones materiales (572) Banco c/c

Debe XXX

Haber XXX

Se abonará por las correspondientes entregas (21) Inmovilizado (239) Anticipos para inmovilizaciones materiales

Debe XXX

Haber XXX

Su ubicación en el balance va estar en el Activo junto al inmovilizado en curso. La duda que nos queremos plantear hoy es si esta partida debe actualizarse y ajustar su valor en el caso de estar en la empresa mas de un año. En este sentido debemos de acudir a la Resolución del ICAC de 1 de marzo de 2013 referida al inmovilizado material e inversiones inmobiliarias, donde establece lo siguiente "Las cantidades entregadas a cuenta de adquisiciones futuras de bienes del inmovilizado material, se registrarán en el activo y los ajustes que surjan por la actualización del valor del activo asociado al anticipo darán lugar al reconocimiento de ingresos financieros, conforme se devenguen. A tal efecto se utilizará el tipo de interés incremental del proveedor existente en el momento inicial, es decir, el tipo de interés al que el proveedor podría financiarse en condiciones equivalentes a las que resultan del importe recibido, que no será objeto de modificación en posteriores ejercicios. Cuando se trate de anticipos con vencimiento no superior a un año y cuyo efecto financiero no sea significativo, no será necesario llevar a cabo ningún tipo de actualización” Como vemos, si la entrega del anticipo es a corto plazo no debe registrarse ningún ajuste y su contabilidad se reduce al ejemplo planteado anteriormente. Si el anticipo es a largo plazo si vamos a tener que hacer un ajuste que se realizarán a coste amortizado reconociendo ingresos financieros conforme se devengan. Lo vemos con un ejemplo

Entregamos, al principio del año 1 un anticipo de 10.000 euros por la adquisición de un inmovilizado que nos entregarán dentro de tres años. Principio año 1. Por la entrega del anticipo (239) Anticipos para inmovilizados materiales (472) H.P. IVA soportado (572) Banco c/c

Debe 10.000 2.100

Haber

12.100

Cierre del año 1. Por el ajuste del anticipo a coste amortizado 10.000 x 0.05 = 500 (239) Anticipos para inmovilizados materiales (7691) Ajustes de anticipos inmovilizado material

Debe 500

Haber 500

Cierre del año 2. Por el ajuste del anticipo a coste amortizado 10.500 x 0.05 = 525 (239) Anticipos para inmovilizados materiales (7691) Ajustes de anticipos inmovilizado material

Debe 525

Haber 525

Cierre del año 3. Por el ajuste del anticipo a coste amortizado 11.025 x 0.05 = 551,25 (239) Anticipos para inmovilizados materiales (7691) Ajustes de anticipos inmovilizado material

Debe 551,25

Haber 551,25

Por la entrega del bien Para comprender mejor el apunte vamos a suponer que el coste del bien es solamente el valor anticipado. (21) Inmovilizado material (239) Anticipos para inmovilizados materiales

Debe 11.576,25

Haber 11.576,25

Interpretación. Si el bien lo hubiéramos comprado hoy no nos habría costado 10.000 si no 11.576,25. Este es el valor por el que está contabilizado el inmovilizado, pero como por banco solo pagamos 10.000 la diferencia la consideramos ingreso financiero y la hemos repartido atendiendo al coste amortizado. Por último, la resolución establece que cuando tengamos contabilizado un anticipo en la cuenta 239 y existan dudas sobre la recuperación de este, la empresa contabilizará la correspondiente pérdida por deterioro. Supongamos que en nuestro ejemplo, tras la entrega del anticipo y actualizado un año, tenemos dudas de la entrega del bien, pues el proveedor entra en concurso de acreedores. En este caso tendremos Principio año 1. Por la entrega del anticipo (239) Anticipos para inmovilizados materiales (472) H.P. IVA soportado

Debe 10.000 2.100

Haber

(572) Banco c/c

12.100

Cierre del año 1. Por el ajuste del anticipo a coste amortizado 10.000 x 0.05 = 500 (239) Anticipos para inmovilizados materiales (7691) Ajustes de anticipos inmovilizado material

Debe 500

Haber 500

Registramos el deterioro Para registrar dicho deterioro quizás sea mejor utilizar el subgrupo 69 como si de un crédito a nuestro favor se tratara. (697) Pérdidas por deterioro de créditos (298) Deterioro de créditos a largo plazo

Debe 10.500

Haber 10.500

Caso distintos sería si después de actualizado el valor un años, por ejemplo, no solo tenemos dudas de su recuperación, si no que tenemos la certeza de haberlo perdido. En este caso el apunte será: (67X) Pérdidas procedentes de inmovilizado en curso (239) Anticipos de inmovilizado material

Debe 10.500

Haber 10.500...


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