Caso satya- bloque de constitucionalidad ensayo critico Primer nivel DERECHO PDF

Title Caso satya- bloque de constitucionalidad ensayo critico Primer nivel DERECHO
Author Jorge Andrés
Course Derecho penal
Institution Universidad de Otavalo
Pages 9
File Size 240.5 KB
File Type PDF
Total Downloads 98
Total Views 155

Summary

RESUMEN CASO SATYA ENSAYO CRITICO RESUMIDO PARA EL ANALISIS DEL TEXTO AYUDA SOBRE INFORMACION DEL CASO Y RESUMEN APROBADO POR LA UNIVERCIDAD...


Description

1

UNIVERSIDAD DE OTAVALO CARRERA DE DERECHO

CASO SATYA Y EL BLOQUE DE CONSTITUCIONALIDAD

TEORÍA GENERAL DEL DERECHO Nombre Jorge Andres Cevallos

Nombre del Docente MSc. Karla Ayerim Yanez

Paralelo B Fecha 10-12-2021

Otavalo, Ecuador

Feli

2 Resumen caso Satya y el bloque de constitucionalidad El Caso Satya, es un caso judicial ecuatoriano de presunta discriminación de género que lleva el nombre de una niña a quien en Ecuador fue negada la inscripción usando los apellidos de sus dos madres. El 29 de mayo de 2018 la Corte Constitucional falló a favor de las madres de Satya y dio un plazo de treinta días para que el Registro Civil inscribiera a la niña con los apellidos de sus madres, además de disponer que en el futuro toda niña o niño concebido por medio de métodos de reproducción asistida tendrá que ser inscrito sin importar que provenga de un hogar heterosexual u homoparental. Gina Benavides, Defensora del Pueblo reconoció como un importante avance en materia de igualdad de Derechos para el país, el reconocimiento de la identidad de Satya Amani Bicknell por parte de la Corte Constitucional. Es por eso que Benavides señaló que esta fecha es histórica para el país porque se creó un precedente en el reconocimiento de los derechos de las personas GLBTI. A través de esta sentencia, se reconoce el valor de los derechos a la identidad, a la igualdad y no discriminación, a la tutela judicial efectiva, así como a otros derechos relacionados. El eje fundamental del bloque de constitucionalidad reside en que se ampara en el desarrollo jurisprudencial para su real consolidación A la vez podemos definir que el bloque de constitucionalidad ecuatoriano en suma es un instituto jurídico, integrado por los instrumentos internacionales de derechos humanos que desarrollan los valores, principios y reglas de la Constitución. El bloque de constitucionalidad puede entenderse como un conjunto normativo que contiene disposiciones, principios o valores materialmente constitucionales, y tiene como fin ser parámetro para el control de constitucionalidad.

3 Además de resolver con justicia un caso concreto transformando positivamente la vida de la niña

Satya

Sin embargo, en el plano estrictamente jurídico la sentencia adolece de importantes debilidades argumentativas. En el texto de la sentencia es notorio que fue escrita por personas distintas, en tiempos diferentes y con criterios jurídicos diferentes, que lamentablemente no fueron debidamente armonizados en la versión final. Pero, de lejos, la mayor debilidad de la sentencia analizada es que intenta responder a complejos problemas políticos y jurídicos planteados en el caso con herramientas exclusivamente jurídicas, vinculados a los problemas técnicos de la acción procesal invocada por los demandantes, olvidando en ocasiones el objetivo final de la justicia constitucional que es la garantía efectiva de los derechos de los intervinientes en el proceso. Y en algún momento, por razones que no se hacen explícitas en la sentencia, los mismos jueces se dan cuenta que la solución de un caso como el planteado, con las repercusiones éticas, políticas y sociales que tiene no pueden quedarse en vacías soluciones procesales, sino que deben afrontar

con

integridad

y

generosidad

las

cuestiones

sociales

planteadas.

Es allí cuando, para resolver este déficit argumentativo, la sentencia, en su segunda parte, tiene que hacer calambures jurídicos a efectos de resolver integral y adecuadamente los derechos vulnerados. El resultado es la que hemos denominado provocadoramente «segunda sentencia» en la que la Corte olvidándose de los rigores procesales y atendiendo más bien al fin de la justicia constitucional logra resolver con solvencia los problemas jurídicos centrales del caso relacionados con el alcance del derecho a la identidad y su relación con el reconocimiento de la nacionalidad de origen de la niña, unido con su derecho a tener y gozar de su familia en igualdad de condiciones con el resto de las niñas y niños ecuatorianos. Y ese es el gran aporte de la sentencia.

4 Análisis de la demanda, (argumentos centrales) : Negativa de la inscripción de la niña en el Registro Civil constituye claramente un acto discriminatorio, que por consiguiente es un asunto constitucional que debería haberse tratado a través de una vía constitucional, en este caso la acción de protección establecida en el artículo 88 de la Constitución y no como lo afirma el juez de primera instancia y ratifica

el

tribunal

de

apelación

un

asunto

contencioso

administrativo.

juicio de las demandantes no se trata de un problema de nulidad de un acto administrativo de carácter particular que afecte solo a una persona, sino que se trata de un asunto vinculado con la vigencia del principio de igualdad y no discriminación y por lo tanto un asunto relacionado con la vigencia de los derechos humanos, que así lo establecen las normas internacionales además de la constitución en el art. 45; al tomar en cuenta que estos instrumentos internacionales forman parte del bloque de constitucionalidad. tutela judicial efectiva reconocida en el artículo 75 constitucional y 25 de la Convención Americana de Derechos Humanos; podemos identificas las garantías y libertades que deben

de

tener

los

individuos

tal

como

está

establecido.

jueces constitucionales de instancia y particularmente el tribunal de apelación desconocieron el contenido mínimo del Estado Constitucional de Derechos y Justicia, particularmente en lo que tiene que ver con la garantía de los derechos a la dignidad e igualdad, al tiempo que vulneraron directamente los principios de aplicación de

los

derechos

establecidos

en

el

artículo

11

de

la

Constitución.

que las argumentaciones en defensa de la limitación del derecho de inscripción en el Registro Civil a los padres/madres biológicas son discriminatorias y atentan contra el reconocimiento de la diversidad de familias que contempla la Constitución y constituyen una falacia que encubre la naturalización de la discriminación por razones de opción sexual prohibidas por la Carta constitucional ecuatoriana; así lo establece pues el Pacto

5 Internacional de Derechos Civiles y Políticos, art. 23 que no aparece formalmente en el articulado del texto constitucional, es utilizado como parámetro del control de constitucionalidad

de

las

leyes.

el caso de los funcionarios del Registro Civil estos han violentado los derechos de la niña a la igualdad y no discriminación regulada en los artículos 10 y 66 de la Constitución , así como el derecho a tener una identidad reconocida en el artículo 66 constitucional. han entorpecido su derecho a tener una familia en igualdad de condiciones con el resto de los niños. Los jueces por su parte, a través de sus decisiones arbitrarias e inconstitucionales han violado directamente los derechos a la tutela judicial efectiva estipulada en el artículo 75 de la Constitución, y el derecho al debido proceso materializado en la garantía de debida motivación reconocida en el artículo 76, de la Constitución. Corte Constitucional falla a favor de la menor en el caso Satya La Corte Constitucional, con cinco votos a favor, una abstención y tres en contra, dictó sentencia en el caso de la menor Satya y ordenó que se proceda a inscribir a la menor con los apellidos de sus dos madres. La Corte determinó que la negativa de la Dirección General del Registro Civil en inscribir a la niña con el apellido de sus dos madres, violó su derecho a la identidad, a la igualdad, no discriminación y a la protección de la familia en sus diversos tipos. Como consecuencia de lo anterior, la Corte Constitucional dejó sin efecto las sentencias de primera y segunda instancia, ordenó que se investigue y determine responsabilidades tanto de la administración púbica como de los operadores de justicia y dispuso que la Dirección General del Registro Civil ofrezca disculpas públicas a la menor y a su familia.

6 Adicionalmente, ordenó al Registro Civil publicar la sentencia y capacitar a su personal a nivel nacional.

Los argumentos de los jueces de instancia: La primera instancia Solicitud de recurso de apelación, Sentencia de recurso de apelación La Defensoría del Pueblo presenta una acción de protección en contra del director general del Registro Civil, Identificación y Cedulación del Ecuador por negarse a inscribir a Satya Amani con los apellidos de sus madres Nicola Rothon y Helen Bicknell (en esta demanda no se ha reservado los datos personales por ser de conocimiento público). La acción fue inadmitida en primera instancia, por lo que la Defensoría del Pueblo presentó un recurso de apelación. El recurso de apelación fue rechazado. Frente a esto, la Defensoría del Pueblo presenta una acción extraordinaria de protección ante la Corte Constitucional, organismo que seis años después resuelve favorablemente para los derechos de Satya Amani, sentando un precedente en el reconocimiento de los derechos a la identidad, nacionalidad, atención prioritaria de niñez y adolescencia e igualdad y no discriminación de las familias diversas. 

En primera cuestión es importante tener en cuenta en este caso el juez constitucional de primera instancia no realizó un análisis de fondo de estas cuestiones puesto que, antes de hacerlo, desecho formalmente la demanda. Y lo hizo acogiéndose a uno de los incisos del artículo 42 de la Ley Orgánica de Garantías Constitucionales y Control Constitucional que establece cuáles son las causales de improcedencia formal de la acción de protección.

7 De los argumentos presentados podemos destacar la correspondencia que tiene el bloque de constitucionalidad con el caso, debido a que evidencia que el estado no está obligado solamente al cumplimiento del contenido de su constitución, sino también al de los tratados internacionales que han suscrito y ratificado, puesto que existen disposiciones concretas de respetar y por lo tanto pasan a insertarse dentro de la normativa con máxima jerarquía. Si bien la Constitución es suprema , en esta demanda ciertos artículos de la Carta Magna y de la Ley Orgánica de Garantías fueron tomados como argumentos por parte de las instancias para negarse a llevar a cabo la acción de protección, también hay que tener en cuenta que dicha supremacía no puede violentar el contenido esencial de los derechos fundamentales y tener en claro la idea de preeminencia y preponderancia de los derechos humanos por encima del Estado y de cualquiera de sus producciones jurídico-normativas. Puesto que, los derechos están por encima de la Constitución gracias a estar contenidos en tratados internacionales que todos los países que los ratificaron deben cumplir a cabalidad para así garantizar el cumplimiento de los valores, principios y derechos de cada uno de los individuos de un país, y en consecuencia el tribunal Constitucional fallo a favor de las madres de Satya y le dio a la oficina de registro treinta días para registrar a la niña con los apellidos de sus madres. DECISIÓN En mérito de lo expuesto, es criterio del suscrito juez constitucional que, en virtud de los argumentos previamente presentados, el Pleno de la Corte Constitucional debió haber emitido la siguiente: SENTENCIA 1. Declarar que no existe vulneración de derechos constitucionales en la sentencia impugnada.

8 2. Negar la acción extraordinaria de protección planteada. 3. Notifíquese. publíquese y cúmplase.

Referencias

Corte Constitucional Del Ecuador. (29 de Mayo de 2018). Recuperado el 13 de Diciembre de 2021, d Andes. (2018). La historia de Satya, la niña inglesa que nació en Malchinguí . Recuperado el 3 de junio de 2018 Del Rosario, M. (2011). El Derecho a la Nacionalidad. Revista Internacional de Derechos Humanos. Recuperado el 15 de junio de 2018 Figuera Vargas, S., & Robles Arias, J. (2019). La nacionalidad como un derecho humano: El caso Satya de Ecuador. Justicia, 24(35). EL Telégrafo. (2018). Satya y Arundel fueron inscritos en el Registro Civil. Recuperado el 16 de agosto de 2018

LINKS DE INTERNET https://www.eltelegrafo.com.ec/noticias/sociedad/6/satya-arundel-registro-civil https://www.andes.info.ec/es/noticias/sociedad/17/satya-nacio-en-malchingui http://repositorio.dpe.gob.ec/bitstream/39000/676/2/ACP-002.01-DPE-2012.pdf https://eva.uotavalo.edu.ec/pluginfile.php/89110/mod_resource/content/1/370-Texto %20del%20art%C3%ADculo-1432-1-10-20170119.pdf https://eva.uotavalo.edu.ec/pluginfile.php/88980/mod_resource/content/1/CASO %20SATYA.pdf

9...


Similar Free PDFs