Title | Concepto de Derecho Financiero Aranzadi |
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Course | Derecho Mercantil |
Institution | Universitat Autònoma de Barcelona |
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Apuntes de la asignatura completos...
11/9/2018
Concepto de Derecho Financiero | Aranzadi ConceptodeDerechoFinanciero.
Concepto de Derecho Financiero. BIB2016\85935
EugenioSimónAcosta. CatedráticodeDerechoFinancieroyTributario Publicación: ManualesUniversitarios.LoesencialdeDerechoFinancieroyTributario.Partegeneral.BIB2016\10159 EditorialAranzadi,S.A.U.,Enerode2017. ISBN9788491521488 I.ElDerechoFinancierocomoordenamientoycomociencia El lacienciadelDerechoFinancieroyTributariodisciplinaeslaactividadfinancieradelEstado,pero su es el conjunto de normas jurídicas que regulan dicha actividad. Aunque el DFT se confundía, en sus orígenes,conlaEconomíaylaHaciendaPública,larealidadesqueelobjetoformaldeconocimientodeestasdisciplinas económicasesradicalmentedistintodelqueespropiodelDerechoFinancieroyTributario.Todosellosseproyectansobre la misma realidad material: la actividad financiera de los entes públicos. Pero ,esdistinto,delmismomodoqueesdistintoelobjetoformaldelDerechomarítimoy laIngenieríanaval,aunqueambostengancomoobjetomaterialelbuque.ElDerechoFinancieroyTributarioestudialas normasjurídicasqueregulanlaactividadfinancieradelosentespúblicos.LaEconomíaylaHaciendaPúblicacontemplan yestudianlosefectoseconómicosquepuedenderivarsedelaactividadfinancieradelosentespúblicos. ElDerechoFinancieroyTributariotienedosacepciones:a)Deunlado,esDerechoFinancieroyTributarioelconjunto denormasjurídicasqueregulanlaactividadfinanciera.b)Deotraparte,esDerechoFinancieroyTributariolaparcelade lacienciajurídicaquetieneporobjetoformaldeestudiodeesemismoconjuntodenormas. II.EnfoquesparaladelimitacióndelDerechoFinancieroyTributario:subjetivoyobjetivo El ordenamiento jurídico y, por tanto, la ciencia del Derecho : sus partes no se llegan a entender correctamente si se estudian desgajadas del conjunto y, de otro lado, las divisiones que se realizan en el Derechoaefectosdesuestudioyconocimientosoncontingentesehistóricas(dependendelascircunstanciaspolíticas, socialesyeconómicasdecadamomento). Por otro lado, la delimitación de las distintas disciplinas jurídicas no se realiza utilizando siempre un mismo criterio, razónporlacualunasyotrassesolapanavecesentresí. Se han utilizado funcional.
principales para identificar el Derecho Financiero y Tributario: subjetivo, objetivo y
El sostiene que Derecho Financiero y Tributario es el Derecho de la Administración financiera. Así pues, las relaciones jurídicas en las que interviene como sujeto serían nuestro objeto de estudio. El problema es que existe una Administración financiera como ente diferenciado de otras Administraciones públicas. Según el el Derecho Financiero y Tributario se define como el Derecho de la Hacienda Pública, entendida enel sentido que, enel ámbito del Estado,la define elartículo 5.1 de laLey 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria (RCL 2003,2753): La Hacienda Pública estatal, está constituida por el cuya titularidad corresponde a la Administración General del Estado y a sus organismosautónomos.Estaconcepcióndestacalaunidadteleológicaounidaddefinesdelingresoydelgasto,perono essuficienteporqueprescindedelascaracterísticasdelasnormasjurídicasysonéstaslasquenosotrosdebemostener encuentaparaindividualizarnuestradisciplina. III.ElDerechoFinancieroyTributariocomoderechodelaactividadfinanciera:caracteresdelasnormas financieras La teoría más aceptable para delimitar el Derecho Financiero y Tributario es la que se basa en el criterio funcional. Segúnella,elDerechoFinancieroyTributarioes elconjuntodenormasqueregulanla actividadfinancieradelosentes públicos,integrada–entreotras–porlaactividadtributaria.LasnormasdeDerechoFinancieroyTributariosecaracterizan porque: a)Regulanrelacionesjurídicasenlasqueestá asícomorelacionesjurídicasque sonaccesorias,subsidiariasoinstrumentalesdeunarelaciónenqueintervieneunaAdministraciónpública.
http://aranzadi.aranzadidigital.es.are.uab.cat/maf/app/document?docguid=I26fb0f10c65b11e6bab0010000000000&srguid=i0ad82d9a00000165c81287bfb5c403c5&sr…
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b)Regulanrelacionesjurídicasenlasqueelobjetoprincipal,mediatooinmediato, .Avecessedicequela actividadfinancieraesunaactividadinstrumentalomedial,peroenrealidadtodaslasactividadessoninstrumentales,son mediosparaconseguirfines.Loqueindividualizalasrelacionesjurídicofinancierasesquetienenporobjetoelbienmás instrumentaldetodos:eldinero. c) Son normas que tutelan el financieros a los entes públicos y asegurarsumejorempleoygasto. d) El interés jurídico tutelado es un , en el sentido de que las normas jurídicas asumen su protección atribuyendopoderesyestableciendolimitacionesexorbitantesalaAdministraciónpúblicaencargadadehacerloefectivo. ElDerechoFinancieroyTributarioformapartedelDerechoPúblico. IV.AutonomíadelDerechoFinancieroyTributario Desdeel puntodevistalegislativoelDerechoFinancieroyTributariosepresentacomounordenamientoautónomoen elsentidodequehaalcanzadounciertogradode .Quiereellodecirquesepuedeidentificar un conjunto de leyes y reglamentos que regulan deforma separada esta disciplina. Incluso algunas constituciones han aludidoensutextoalDerechoFinancierocomounadisciplinajurídicaautónoma. Científicamente el Derecho Financiero y Tributario es también una . Esta afirmación ha de entendersedentrodelaunidadesencialdelDerecho.LaautonomíadelDerechoFinancieroyTributariosehaconsolidado enlasegundamitaddelsigloXXacausadelgrandesarrolloquehaexperimentadoestesectordelordenamientojurídico. Esunadisciplinaautónomaporquetieneun deconocimientodiferenciado(lasnormasjurídicofinancieras)y tiene : a partir de ella y dentro de ella se pueden obtener nuevos resultados y avances del saberporqueestáinformadaporuna seriedeprincipiosquesepuedenconsiderarcomo principiosjurídicospropiosdel DerechoFinancieroyTributario. Entre los (no necesariamente exclusivos y excluyentes, porque la división del Derecho es, como hemosdicho,unadivisióncontingente)podemoscitarlossiguientes: Principiodejusticia financiera,que esexpresiónde lajusticia distributivay quedareflejadoen elartículo 31dela CE (RCL1978,2836)tantoenrelaciónconelingresocomoconelgastopúblico. Principiodeprotecciónexorbitantedelinteréstutelado,porquesetratadeuninteréspúblico. Principiodeindisponibilidaddelasrelacionesjurídicofinancieras. Principiodeausenciadediscrecionalidadadministrativa. Principiodereservadeleyydepreferenciadeley. La del Derecho Financiero y Tributario se consiguió en 1970 con la incorporación de esta asignaturaalosplanesdeestudiodelasFacultadesdeDerecho,dondefiguraactualmentecomounadisciplinatroncal. Antes de esa fecha no se estudiaba Derecho Financiero y Tributario. Nuestra materia se desarrollaba, de una forma superficial, dentro de la Hacienda Pública y recibía denominaciones como «Legislación Tributaria» o «Derecho Fiscal». Esteúltimotérminotodavíaseutilizaparadesignar,enlosámbitosprofesionales,alDerechoTributario,queesunaparte denuestramateria. V.ContenidodelDerechoFinancieroyTributarioyrelacionesconotrasdisciplinas Hoy
formenpartedelDerechoFinancieroyTributariolasmateriassiguientes:
El ,queestudialasnormasjurídicasreguladorasdelostributos. El , que trata de la obtención de medios financieros por los entes públicos acudiendo al crédito:préstamos,créditos,avales. El queestudiaelpoderdegastar,lasobligacionespúblicasdegastoylos procedimientosatravésdeloscualesseautorizayserealizaelgastopúblico. enlaconsideracióncomoDerechoFinancierode: Lasnormasqueregulan la ,porque,a pesardeque conellaspueden obtenerseingresos,sufinalidadnoespropiamentefinanciera(obtencióndeingresos),sinoquesetratadeintervenirenel mercadomonetarioparaajustarlaofertaylademandadedinero.Elloesasíapesardeque,dehecho,muchasveceslos poderespúblicoshanrecurridoyrecurrenindebidamentealaemisióndepapelmonedaparafinanciarsusgastos,conla consecuenciadeprovocarinflación. Lasnormasqueregulanlos ,quealgunosincluyenenelDerechoFinanciero.Elrégimenjurídico de los ingresos patrimoniales no es, salvo en algunosaspectos adjetivos, Derecho Financiero y Tributario porque esas normasserigenporprincipiosdiferentesdelosquedanunidadalDerechoFinancieroyTributario. ElDerechoFinancieroyTributariose .Enelámbitoextrajurídico sonimportanteslasrelacionesconlaHaciendaPúblicaque,aunqueesunacienciaformalmentediferenciada,proporciona conocimientos instrumentales importantes para el Derecho Financiero. También es importante como disciplina http://aranzadi.aranzadidigital.es.are.uab.cat/maf/app/document?docguid=I26fb0f10c65b11e6bab0010000000000&srguid=i0ad82d9a00000165c81287bfb5c403c5&sr…
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instrumentallaContabilidad,particularmenteenelámbitotributario,algunodecuyosaspectosnopuedeserentendidosi noseposeennocionesdelatécnicacontable. EnelámbitojurídicoelDerechoFinancieroyTributariomantienerelacionesmuyestrechasconelrestodelasparcelas jurídicas.
11deseptiembrede2018
©ThomsonReuters
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