Conceptos de trabajador patron PDF

Title Conceptos de trabajador patron
Author Yair Fernandez
Course Derecho Laboral
Institution Universidad Nacional Autónoma de México
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Derecho Laboral Concepto de trabajador, patrón, intermediario, empresa, establecimiento; y Autoridades de trabajo

Equipo número 3

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Concepto Trabajador, Patrón, Intermediario, Empresa y Establecimiento Trabajador Según [CITATION Sup04 \l 3082 ], el “trabajador es la persona física que presta un trabajo personal y subordinado a otra persona física oh moral.” A su vez [CITATION Nés99 \l 2058 ] dice “trabajador es toda persona que presta a otra un servicio material intelectual o de ambos géneros, en virtud de un contrato de trabajo”

Patrón La [CITATION Sup04 \l 3082 ] define “al patrón como la persona física o moral que utiliza los servicios de uno o varios trabajadores.” Al igual que [ CITATION Nés99 \l 2058 ] dice “ La persona física oh moral que utiliza los servicios de uno oh varios trabajadores.

Intermediario En [ CITATION Nés99 \l 2058 ] dicta que “La intermediación ha sido una de las actividades más innobles de la historia, porque es la acción del comerciante cuya mercancía es el trabajo del hombre” “El intermediario ha sido y sigue siendo, pese a las medidas legislativas tomadas para evitarlo, una figura preferida de quienes procuran el fraude legal.”[ CITATION Nés99 \l 2058 ].

Empresa Para [ CITATION DEF18 \l 2058 ] “la empresa es conjunto de capital, administración y trabajo dedicados a satisfacer una necesidad en el mercado.” Y la [CITATION Aleal \l 2058 ] artículo 16 dice “Para los efectos de las normas de trabajo, se entiende por empresa la unidad económica de producción o distribución de bienes o servicios”

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Establecimiento En la ley federal de trabajo [ CITATION Aleal \l 2058 ] señala, “establecimiento la unidad técnica que como sucursal, agencia u otra forma semejante, sea parte integrante y contribuya a la realización de los fines de la empresa.” Para [ CITATION DEF181 \l 2058 ] “El establecimiento comercial es aquel espacio físico, donde se realiza la venta, distribución, producción o transformación de bienes y servicios. Es comúnmente conocido como punto de venta o comercio.”

Autoridades del trabajo

En México existen autoridades encargadas de aplicar las normas de trabajo, estas son llamadas autoridades laborales, las cuales, son sujetos de derecho. En el presente trabajo nos enfocaremos en 4 principales autoridades: 1 – Secretaria del Trabajo y Previsión social (STPS) 2 – Procuraduría de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) 3 – Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje (JLCA) 4 – Juntas Federales de Conciliación y Arbitraje (JFCA)

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1 – secretaria del Trabajo y Previsión social (STPS) “La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, como dependencia del Poder Ejecutivo Federal, tiene a su cargo el desempeño de las facultades que le atribuyen la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley Federal del Trabajo, otras leyes y tratados, así como los reglamentos, decretos, acuerdos y órdenes del Presidente de la República.” [CITATION Gob18 \l 2058 ]

“La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, por conducto de sus servidores públicos, unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados, realizará sus actividades en forma programada, conforme a los objetivos nacionales, estrategias, prioridades y programas contenidos en el Plan Nacional de Desarrollo, el programa sectorial respectivo y a las políticas que para el despacho de los asuntos establezca el Presidente de la República.” [CITATION Gob18 \l 2058 ]

2 – Procuraduría de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) “La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) es un órgano desconcentrado de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), que tiene la misión de proteger los derechos de los trabajadores ante la autoridad laboral, mediante los servicios de asesoría, conciliación y representación legal. Todos los servicios son gratuitos.” [CITATION Net18 \l 2058 ]

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3 – Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje (JLCA) “ La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917 en su artículo 123 fracción XX, instituyó las Juntas de Conciliación y Arbitraje como órganos públicos para resolver las diferencias o conflictos entre el capital y el trabajo.”[ CITATION Net181 \l 2058 ] “A la fecha, la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal se conforma con 17 juntas especiales y 6 direcciones generales jurídicas para atender los conflictos individuales y colectivos que se suscitan entre los trabajadores y patrones.”[ CITATION Net181 \l 2058 ]

4 – Juntas Federales de Conciliación y Arbitraje (JFCA) “La función cotidiana de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje es impartir justicia, promoviendo la paz social y armonía en las relaciones laborales, mediante la conciliación y el arbitraje. Garantizando a trabajadores y patrones o empleadores de las ramas industriales y empresas de jurisdicción federal, respeto a la Ley, transparencia, certeza y seguridad jurídica en la resolución de los conflictos laborales.” [ CITATION Net182 \l 2058 ] “En efecto, la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, es un órgano del estado mexicano, su integración es tripartita y democrática; su finalidad u objeto, radica en conseguir y mantener el equilibrio entre los factores de la producción, mediante las funciones de conciliación e impartición de justicia, en las relaciones laborales de jurisdicción federal y esta sectorizada a la Secretaria del Trabajo y Previsión Social, pero tiene un carácter autónomo. Tiene integración tripartita. Ello es así, conforme al artículo 123 Constitucional, apartado A, fracción: XX, en cuyos términos, la Junta se integrará con un representante del gobierno e igual número de representantes del capital y del trabajo.” [ CITATION Net182 \l 2058 ]

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Esta junta se rige por el REGLAMENTO DE LA J.F.C.A. el cual estipula en el artículo primero que tiene a su cargo la tramitación y resolución de los conflictos de trabajo que se susciten entre los trabajadores y los patrones, sólo entre aquéllos o sólo entre éstos, derivados de las relaciones de trabajo o de hechos íntimamente relacionados con ellas. [CITATION Jun16 \l 2058 ]

Referencias Buen L., Néstor de. 1997. Derecho del Trabajo. México : Purrúa, 1997. 970-07-0860-8. CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN. 2012. cnsf. [En línea] 30 de Noviembre de 2012. [Citado el: 5 de Septiembre de 2018.] http://www.cnsf.gob.mx/CUSFELECTRONICA/CUSF/Viewer?filePath=LFT.pdf. DEFINICIONLEGAL.COM. 2018. blogspot. [En línea] 25 de julio de 2018. [Citado el: 5 de Septiembre de 2018.] https://definicionlegal.blogspot.com/2013/02/definicion-deempresa.html. —. 2018. blogspot. [En línea] 25 de Julio de 2018. [Citado el: 5 de Septiembre de 2018.] https://definicionlegal.blogspot.com/2015/05/establecimiento.html. Junta Federal de Conciliación y Arbitraje. 2016. gob. [En línea] 21 de 12 de 2016. [Citado el: 5 de Septiembre de 2018.] https://www.gob.mx/jfca/documentos/reglamento-dela-jfca. Network Information Center, S.A. de C.V. 2018. gob. [En línea] 15 de 04 de 2018. [Citado el: 5 de Septiembre de 2018.] https://www.gob.mx/jfca/que-hacemos. —. 2018. gob.mx. [En línea] 15 de 04 de 2018. [Citado el: 5 de Septiembre de 2018.] https://www.gob.mx/profedet/que-hacemos. —. 2018. gob.mx. [En línea] 15 de 04 de 2018. [Citado el: 05 de Septiembre de 2018.] https://www.gob.mx/stps/que-hacemos. —. 2018. Juntalocal. [En línea] 2018. [Citado el: 5 de Septiembre de 2018.] http://www.juntalocal.cdmx.gob.mx/. Suprema Cortede Justicia de la Nación. 20004. Manual del Justiciable . México : Color, 20004. 970-712-311-7.

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