CONTRATO COMERCIAL PROVEEDORES DE BIENES O PRODUCTOS PDF

Title CONTRATO COMERCIAL PROVEEDORES DE BIENES O PRODUCTOS
Author Santiago Linan
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CONTRATO COMERCIAL PROVEEDORES DE BIENES O PRODUCTOS Entre los suscritos a saber de una parte, el señor CARLOS ALBERTO PEÑALOSA TELLO, mayor de edad, vecino de Cali, Valle, identificado con cédula de ciudadanía Nº 76306798, actuando en nombre y representación de DISTRIACTIVA S.A.S NIT 900746983-1 en...


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CONTRATO COMERCIAL PROVEEDORES DE BIENES O PRODUCTOS Entre los suscritos a saber de una parte, el señor CARLOS ALBERTO PEÑALOSA TELLO, mayor de edad, vecino de Cali, Valle, identificado con cédula de ciudadanía Nº 76306798, actuando en nombre y representación de DISTRIACTIVA S.A.S NIT 900746983-1 entidad de derecho privado, legalmente constituida, con domicilio principal en Santiago de Cali- Valle, todo lo cual consta en el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio y quien en adelante se denominará LA EMPRESA, y de la otra, el señor ____________________________________________ mayor de edad, con domicilio en _____________________, identificado con cédula de ciudadanía No ________________ quien actúa en nombre y representación legal de ____________________________________________________ NIT

No.

_________________

Entidad

comercial,

legalmente

constituida,

con

domicilio

principal

en_______________ todo lo cual, consta en el certificado de existencia y representación legal que se anexa, y quien para los efectos del presente contrato se enunciará como EL PROVEEDOR, acuerdan celebrar el presente contrato comercial, el cual se regirá por las normas del Código Civil, Código de Comercio y el Estatuto del Consumidor, decretos y reglamentaciones sobre bienes de consumo. CLAUSULA PRIMERA OBJETO: El objeto del presente contrato es la distribución o comercialización de los productos que se anexan en documento adicional que hace parte del contrato y estará firmado por el representante legal y que se denomina FORMATO DE INSCRIPCION DE PROVEEDORES que tiene EL PROVEEDOR y que desea que LA EMPRESA ofrezca en su nombre, a los MIEMBROS- CLIENTES de la misma, en su tienda virtual a nivel nacional e internacional en los términos de este convenio y sus anexos, sin que exista exclusividad para los contratantes. CLAUSULA SEGUNDA MECANISMO o LOGISTICA DE LA COMERCIALIZACIÓN. Las partes acuerdan implementar el mecanismo de comercialización y logística necesaria para el normal y buen desarrollo de este contrato que se estipula en el FORMATO DE INSCRIPCION DE PROVEEDORES Y SUS ANEXOS el cual es parte integral del convenio comercial y que hace parte de las obligaciones recíprocas de los contratantes. TERCERA.- TÉRMINOS, CONDICIONES GENERALES Y ESPECÍFICOS DEL ACUERDO COMERCIAL. Tanto EL PROVEEDOR y LA EMPRESA acuerdan implementar el siguiente mecanismo. A) El PROVEEDOR se obliga a gestionar y obtener, a su cargo, todas las licencias, permisos y autorizaciones administrativas que pudieren ser necesarias para la comercialización de los productos objeto de este contrato. B) EL PROVEEDOR se hace cargo de la totalidad de los impuestos, cualquiera que sea su naturaleza y carácter, que se devenguen como consecuencia de la importación, nacionalización o comercialización de los mismos, salvo el Impuesto de IVA, que LA EMPRESA pagará al proveedor dentro de la factura de venta que este le emita. La empresa a su vez, le facturará al MIEMBRO al elaborar la correspondiente factura de venta. C) Los días 15 y 30 de cada mes se realizara un corte de cuentas, con el fin de que el proveedor facture a la empresa los productos que despacho en el periodo anterior a solicitud de las órdenes de compra que la empresa le haya enviado previamente. D) El proveedor debe enviar a la empresa las fotos y/o publicidad de los productos o del establecimiento que desee que la empresa presente en su tienda virtual, junto con todas

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las características del producto, precio de lista oficial, términos de garantía, tiempos de entrega y demás comentarios que desee sean colocados en la Tienda de la empresa con 5 días de anticipación a la fecha acordada . E) En caso de que el proveedor prevea que se le va a agotar el inventario de uno, varios o la totalidad de los productos que están siendo exhibidos en la tienda o que requiera modificar características o precios, deberá avisarlo con 5 días de antelación para que la Empresa proceda a retíralos de su vitrina comercial o realizar las modificaciones informadas que sean aprobadas por la Empresa. F) El proveedor podrá ofertar en la tienda de la empresa la totalidad de su establecimiento (s) para lo cual el Miembro-Cliente adquiere un Bono De Compra que será redimido en los establecimientos del proveedor, el cual no es canjeable en dinero y redimible a los precios de lista del Proveedor sin descuentos u otras ofertas especiales y con una vigencia de 60 días o la acordada entre las partes. CUARTA: GARANTIA DE PRODUCTOS: El PROVEEDOR responderá por la calidad de los productos con la diligencia exigible a una empresa especializada y debe salir a responder por los desperfectos que presenten los electrodomésticos o productos que LA EMPRESA ofrecerá a sus MIEMBROS en su tienda virtual, bajo el mecanismo y condiciones que se exponen en el anexo a este documento que hace parte integral de este contrato y que quedaran consignados en el FORMATO DE INSCRIPCION DE PROVEEDORES QUINTA.- PRECIO El precio de los productos acordados por las partes, es el que figura en el anexo a este documento que hace parte integral del convenio comercial denominado lista de precios, el cual debe de contener la referencia, nombre, precio de lista y cantidades disponibles , menos el _____% de descuento SEXTA.-OBLIGACIONES DE LA EMPRESA: A) Cumplir cabalmente el mecanismo de comercialización y logística para el normal desarrollo de este acuerdo comercial, ejecutando el contrato de manera competente y profesional y cumpliendo los niveles de calidad exigidos. B) Comunicar AL PROVEEDOR de la intención de cambio de un producto por parte del miembro en un término de tres (3) días comunes posteriores al recibo del producto, por desperfectos que encuentre el MIEMBRO en el producto recibido para que EL PROVEEDOR tenga el suficiente tiempo de cambio o reposición del producto defectuoso. El costo de envió envío y nuevo despacho será a cargo

del

PROVEEDOR C) LA EMPRESA se compromete a respetar la base de datos de los consumidores siempre que el ofrecimiento de los productos implique el acceso a la información de los clientes del PROVEEDOR en los términos de la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, Ley Orgánica 15/1999 y demás normativa aplicable. D) LA EMPRESA presentara en

su Tienda Virtual las fotos de los productos o imagen corporativa con

características que le han sido entregadas por el proveedor sin realizar cambio alguno, las cuales deben de reflejar de una forma adecuada las ventajas técnicas de los productos y de su imagen empresarial para aportar a los MIEMBROS CLIENTES toda la asistencia necesaria, desde la elección del producto a la asistencia postventa. F) LA EMPRESA no efectuará modificaciones de ningún tipo a las imágenes o información de los productos, salvo permiso por escrito del PROVEEDOR. G) EL PROVEEDOR entregará los productos Al MIEMBRO o a la EMPRESA según lo acordado con sus instrucciones, manuales de uso y tarjeta de garantía G) EL MIEMBRO-CLIENTE o la EMPRESA enviará los productos averiados que estén en

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periodo de garantía

AL PROVEEDOR o al centro de reparación del PROVEEDOR más cercano, si es

posible, quien los hará sustituir por otro, en caso de no ser posible la reparación. H) LA EMPRESA no podrá devolver AL PROVEEDOR, los productos ya vendidos al MIEMBRO de aquella, salvo en los casos previstos en la garantía y en el Código de Comercio. SEPTIMA.-OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR. A) El PROVEEDOR responderá de la corrección y precisión de los documentos que aporte a LA EMPRESA en ejecución del contrato y avisará sin dilación a LA EMPRESA cuando detecte un error para que pueda adoptar las medidas y acciones correctoras que estime oportunas. B) El PROVEEDOR pondrá a disposición de LA EMPRESA los productos designados en el FORMATO DE INSCRIPCION DE PROVEEDORES QUE HACE PARTE DE ESTE DOCUMENTO Y SUS ANEXOS para su venta a usuarios finales que hayan sido previamente acreditados por LA EMPRESA C) Todos los productos ofrecidos por EL PROVEEDOR están cubiertos por su garantía. Un ejemplar de la misma será entregado AL MIEMBRO-CLIENTE con cada producto junto con las instrucciones técnicas y manual de utilización. D) El PROVEEDOR ofrecerá y será responsable por la ejecución de la garantía tanto con LA EMPRESA como con los usuarios finales de los productos que para efectos de este contrato, se denominan MIEMBROS. E) Suministrar a LA EMPRESA los bienes mencionados en la cláusula primera de este contrato y sus anexos y cualquier otro producto que tenga EL PROVEEDOR que acuerden por escrito las partes, y dentro de los plazos de entrega establecidos previamente por las partes en el anexo denominado FORMATO DE INSCRIPCION DE PROVEEDORES QUE HACE PARTE DE ESTE DOCUMENTO Y SUS ANEXOS para ser expuestos en la Tienda Virtual. F) Conceder A LA EMPRESA un plazo para el pago de las facturas de 5 días hábiles siguientes a la fecha de entrega de la factura; sin causar intereses en dicho lapso G) EL PROVEEDOR podrá otorgar, a exclusivo criterio de éste, un cupo de crédito A LA EMPRESA, señalando un límite máximo para sus pedidos; H) EL PROVEEDOR entregara a LA EMPRESA la información e instrucciones de los productos que ofrecerá LA EMPRESA a sus MIEMBROS-CLIENTES en su Tienda Virtual sin ningún costo. I) En caso de retrasos o entrega por fuera del plazo acordado de los productos, EL PROVEEDOR deberán notificar a LA EMPRESA de inmediato por escrito, explicando las razones del retraso para que ésta a su vez, pueda ofrecer las explicaciones

a

que

haya

lugar

a

sus

CLIENTES

MIEMBROS.

OCTAVA.-

CLAUSULA

DE

CONFIDENCIALIDAD. Las partes guardarán confidencialidad sobre la información que se faciliten ambas en o para la ejecución del contrato o que, por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Se excluye de la categoría de información confidencial toda aquella información que sea divulgada por las partes y aquella que haya de ser revelada de acuerdo con las leyes o con una resolución judicial o acto de autoridad competente. Este deber se mantendrá durante un plazo de tres (3) años luego de concluido el vinculo comercial. NOVENA.- PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL. El PROVEEDOR garantiza a LA EMPRESA que todos los productos que suministra son originales, y no vulneran ninguna ley, derecho o interés de tercero alguno, en especial los referidos a propiedad industrial e intelectual, y que cuenta con las correspondientes licencias. PARAGRAFO: LA EMPRESA podrá utilizar la marca, nombre comercial y logotipos utilizados por EL PROVEEDOR solamente para la promoción y publicidad de los productos del PROVEEDOR, conforme a

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a Ley de marcas 17/2001. LA EMPRESA no tiene ningún derecho sobre las marcas, nombres comerciales, ni los logotipos. Y preservará en todo momento los derechos del PROVEEDOR sobre los mismos. DECIMA-. RIESGO: Conforme a las leyes civiles y comerciales, el riesgo de la compra se radica en cabeza de LA EMPRESA, sólo al momento de entrega y recibo efectivo de los productos en la bodega de propiedad o arrendadas por LA EMPRESA ubicada en la dirección indicada por ésta. DECIMA PRIMERA.- DURACIÓN DEL CONTRATO. El plazo de duración del presente Contrato es de ______ días partir de la firma de este contrato mercantil. El contrato podrá ser prorrogado por escrito o renovado automáticamente si ninguna de las partes expresa la intención de darlo por terminado DECIMA CUARTA.- MODIFICACION: Las partes acuerdan que este contrato podrá modificarse siempre que conste por escrito mediante otro si. DECIMA QUINTA.RESOLUCIÓN. Las Partes podrán resolver el contrato, al finalizar el mismo o cualquiera de sus prórrogas, o con un preaviso a la otra parte de 15 días calendario y cumpliendo, hasta el final del período, con todas las obligaciones del contrato. Si no se cumplen las obligaciones contractuales generará el derecho a la indemnización de los daños y perjuicios que se pudieren generar. DECIMA SEXTA. RESPONSABILIDAD: El presente contrato tiene carácter mercantil, por lo que no existe vínculo laboral alguno entre LA EMPRESA y el personal del PROVEEDOR o lo subcontratista de éste. DECIMA SEPTIMA: CONTROVERSIAS. En caso de controversias derivadas de este contrato o que guarde relación con él incluida cualquier cuestión relativa a su existencia, validez o terminación será resuelta por un Juez de la República de Colombia del domicilio social de LA EMPRESA previo el cumplimiento del requisito conciliación como requisito de procedibilidad de la acción prevista en el Código general del Proceso o Código de Procedimiento Civil. NOTIFICACIONES. Las partes acuerdan las siguientes direcciones para efectos de notificaciones de cualquier índole: LA CONTRATANTE: AVENIDA 4 N # 7N – 46 L 355 DEL CENTRO COMERCIAL CENTENARIO. CALI VALLE

EL PROVEEDOR Para constancia se firma en Cali, a los _______ días del mes ________ de 201_.

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LA EMPRESA

EL PROVEEDOR

CARLOS ALBERTO PEÑALOSA T GERENTE GENERAL DISTRIACTIVA

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