Cuadro comparativo familia PDF

Title Cuadro comparativo familia
Course Derecho De Familia Y Sucesiones
Institution Universidad de Aquino Bolivia
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Universidad de La Sabana Intersemestral de Derecho de Familia y Sucesiones 2019-1 El derecho de familia es aquel que regula mediante normas la institución de la familia dentro de su perspectiva natural y social. En Colombia, este se encuentra regulado en el Código Civil, y en lo que refiere a menores de edad, por el Código de Infancia y Adolescencia. Al derecho de familia lo caracteriza su contenido ético, es decir, más que regular temas como el matrimonio y su disolución; la filiación matrimonial, extramatrimonial o adoptiva; la patria potestad y todo el tema correspondiente a tutelas y curatelas. Este, se preocupa por otorgar al individuo los derechos nacidos del amor y la solidaridad. Es decir, el proteger el derecho ganado por el cumplimiento de un deber y la voluntad de querer hacerlo, fuera o no su obligación legal. Tal como lo es los hijos de crianza. A medida que el mundo evoluciona, es importante que las normas jurídicas también lo hagan. Esto, garantiza que los fenómenos sociales que van surgiendo a raíz de los cambios dentro de las culturas, la forma de pensar de las personas, formas de manejar la economía, etc. Estén regulados y por lo tanto, el individuo protegido. Para el tema en concreto, se ve claramente reflejado en los diversos tipos de familia que la sociedad ha desarrollado durante los últimos años. Hoy en día existen diversos tipos, tales como los casados con o sin descendencia, la unión marital de hecho con o sin hijos, la conformada con hijos adoptados, las monoparentales y las ensambladas. Todas estas, requieren de una regulación, dado que, sus particularidades las hacen: similares pero muy distintas. Para el caso en concreto, vamos a analizar las diferencias entre la unión marital de hecho y el matrimonio. Aspectos:

Matrimonio Cónyuges o esposos

Matrimonio

Nombre d e las partes Unión marital de hecho Compañeros o compañeras permanentes Concepto Unión marital de hecho

Una institución jurídica y contractual que genera obligaciones y efectos patrimoniales, personales y sociales. Es un contrato.

Es una institución jurídica, que por vía jurisprudencial es similar al matrimonio en algunos aspectos. No es un contrato en

sentido estricto, es un acuerdo dirigido a un fin.

Matrimonio Código Civil

Regulació n normativa Unión marital de hecho 1. Ley 54 de 1990 2. Ley 979 de 2005 3. Código Civil – normas que por remisión deban aplicarse –.

Matrimonio Jurídico

Vín culo Unión marital de hecho Natural

Matrimonio Solemne

Forma de perf eccionamiento Unión marital de hecho Consensual

Capacidad para contraerlo Matrimonio Unión marital de hecho 1. Ser mayor de edad (18 años). 1. Ser mayor de edad (18 años). O ser mayor de 14 años con autorización de ambos padres o curador. 2. No tener impedimentos

Documentos necesarios para su constitución Matrimonio Unión marital de hecho 1. Solicitud firmada por los 1. Solicitud firmada por los futuros contrayentes. compañeros permanentes manifestado que hacen vida 2. Documentos de en común.

identificación. a. Nacionales mayores de edad: cédula de ciudadanía. b. Nacionales menores de edad: Tarjeta de Identidad o Número Único Identificación (Registro civil de nacimiento ante la falta de alguno). c. Extranjeros no nacionales: Pasaporte y registro civil de nacimiento. 3. Registro Civil.

a. Constar que llevan menos de dos años convivencia. 2. Documentos de identificación. a. Nacionales mayores edad: cédula ciudadanía. 3. Registro Civil.

no de

de de

Elementos constitutivos Matrimonio Unión marital de hecho 1. La capacidad. 1. Unión de hombre y mujer. Admitida la de personas del 2. La manifestación de la mismo sexo, sentencia. Cvoluntad y la existencia (la 283 del 22-03-12. ausencia de vicios en el 2. Que entre ellas no consentimiento). exista matrimonio. 3. La observancia de las formalidades legales. 3. La unión debe tener como propósito establecer una 4. Unión de hombre y una comunidad de vida, aunque mujer. no residan en una misma habitación. 4. Esa comunidad de vida debe ser permanente y singular. 5. Consensual, con vocación de permanencia y con disposición a crear comunidad de vida.

Efectos Matrimonio Unión marital de hecho Genera efectos ipso facto Genera efectos ipso facto ocurrida celebrado el matrimonio, siendo la unión y vida en comunidad,

estos: 1. Personales. 2. Patrimoniales. 3. Sociales

siendo estos: 1. Personales. 2. Sociales. Los efectos patrimoniales requieren

Efectos pa trimoniales Matrimonio Unión marital de hecho Constituye sociedad conyugal Se presume la existencia de la Sociedad Patrimonial: 1. Cuando exista unión marital de hecho durante un lapso no inferior a dos años, entre dos personas sin impedimento legal para contraer matrimonio; además cundo exista una unión

a.

Constituye familia Matrimonio Unión marital de hecho Sí, las obligaciones dentro de la Sí, las obligaciones dentro de la

misma durarán mientras persista misma durarán mientras de hecho el vínculo matrimonial. sigan conviviendo y patrimonialmente disuelta la sociedad patrimonial.

Obligaciones Matrimonio Unión marital de hecho Son recíprocas entre cónyuges. No Son recíprocas entre compañeros son únicamente patrimoniales, permanentes. No son únicamente también son personales y patrimoniales, también son emocionales. personales y emocionales.

Efectos en e l estado civil Matrimonio Unión marital de hecho Cambia el estado civil Es una forma especial de estado civil Funcionario competente para celebrarlo o registrarlo Matrimonio Unión marital de hecho 1. Notario del domicilio de 1. Notario del domicilio de cualquiera de los dos. cualquiera de los dos. 2. Jueces civiles o promiscuos en 2. Jueces de familia o única instancia. promiscuos. 3. Centros de conciliación

Matrimonio Basta el matrimonio existencia conyugal.

Prueba de su existencia Unión marital de hecho registro civil del Formas de establecer la existencia para acreditar la de la sociedad patrimonial (Art. 4o. de la sociedad Ley 54 de 1990 reformado por Ley 979 de 2005): 1. Por escritura pública ante Notario por mutuo consentimiento de los compañeros permanentes. 2. Por acta de conciliación suscrita por los compañeros permanentes, en centro legalmente constituido. 3. Por sentencia judicial,

mediante los medios ordinarios de prueba consagrados en el Código de Procedimiento Civil, con conocimiento de los Jueces de Familia de Primera Instancia.

Forma de disolverlo Matrimonio Unión marital de hecho 1. Muerte de las partes o de 1. Muerte de las partes o de alguna de ellas. alguna de ellas 2. Matrimonio de alguna de las 2. Divorcio partes. 3. Mutuo acuerdo 3. Mutuo acuerdo 4. Sentencia judicial 4. Sentencia judicial 5. Nulidad 5. Nulidad

Pensión de sobrevivientes Matrimonio Unión marital de hecho La pensión es para la esposa, Cuando hay matrimonio más una basta con probar con el registro unión marital, la Corte ha civil de matrimonio. mencionado primero que se dividirían 50% para la esposa y para la 50% compañera permanente. La actual jurisprudencia dice que la convivencia de la unión marital es sobre los últimos 10 años, será el 100% de la compañera permanente....


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