Delitos- Ambientales- Monografia PDF

Title Delitos- Ambientales- Monografia
Author Luis Fernando Alegre Caro
Course Derecho Penal
Institution Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote
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Summary

DELITOS AMBIENTALESEl agente de los delitos previstos en los artículos 307º-A, 307º-B, 307º-C, 307º-D y 307º-E, será además sancionado, de conformidad con el artículo 36º, inciso 4, con la pena de inhabilitación para obtener, a nombre propio o a través de terceros,DELITOS AMBIENTALES INDICE INDICE I...


Description

DERECHO PENAL II

INDICE INDICE.................................................................................................................................................. 1 INTRODUCCIÓN ................................................................................................................................... 4 TITULO XIII ........................................................................................................................................... 5 DELITOS AMBIENTALES ................................................................................................................... 5 ¿Qué son delitos ambientales? .............................................................................................. 5 FUNCIONES GENERALES .................................................................................................... 5 CAPITULO I .......................................................................................................................................... 6 DELITOS DE CONTAMINACIÓN ........................................................................................................ 6 CONTAMINACION AMBIENTAL ........................................................................................... 6 EL EQUILIBRIO ECOLOGICO:.............................................................................................. 6 EFECTOS ECOLOGICOS DE LA ACCION HUMANA SOBRE EL AMBIENTE: ........... 6 CONTAMINACION DEL AGUA: ............................................................................................ 6 CONTAMINACION DEL SUELO: .......................................................................................... 7 CONTAMINACION DE LA FLORA Y LA FAUNA: .............................................................. 8 CONTAMINACION DEL AIRE: .............................................................................................. 8 BASE LEGAL: ........................................................................................................................... 8 Art. 304.- Contaminación del ambiente ................................................................................. 8 Art. 305.- Formas agravadas .................................................................................................. 9 Art. 306.- Incumplimiento de las normas relativas al manejo de residuos solidos ...... 9 Art. 307.- Tráfico ilegal de residuos peligros ...................................................................... 10 Art. 307°-A. Delitos de minería ilegal .................................................................................. 10 Art. 307°-B. Formas agravadas ............................................................................................ 10 Art. 307°-C. Delitos de financiamiento de la minería ilegal .............................................. 11 Art. 307°-D. Delitos de obstaculización de la fiscalización administrativa ..................... 11 Art. 307°-E. Actos preparatorios de la minería ilegal ........................................................ 11 Art. 307°-F. Inhabilitación ...................................................................................................... 11 El agente de los delitos previstos en los artículos 307º-A, 307º-B, 307º-C, 307º-D y 307º-E, será además sancionado, de conformidad con el artículo 36º, inciso 4, con la pena de inhabilitación para obtener, a nombre propio o a través de terceros, concesiones mineras, de labor general, de beneficio o transporte de minerales

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DERECHO PENAL II metálicos o no metálicos, así como para su comercialización, por un periodo igual al de la pena principal. ............................................................................................................... 11 CAPITULO II ....................................................................................................................................... 12 DELITOS CONTRA LOS RECURSOS NATURALES ............................................................................ 12 BASE LEGAL: ......................................................................................................................... 13 Art. 308.- Tráfico ilegal de especies de flora y fauna silvestre protegida ...................... 13 Art. 308-A.- Tráfico ilegal de especies acuáticas de flora y fauna silvestre protegidas ................................................................................................................................................... 13 Art. 308-B.- Extracción ilegal de especies acuáticas ........................................................ 14 Art.308-C.- Depredación de flora y fauna silvestre protegida.......................................... 14 Art.308-D.- Tráfico ilegal de recursos genéticos ............................................................... 14 Art. 309.- Formas agravadas ............................................................................................... 15 Art. 310.- Delitos contra los bosques o formaciones boscosas ...................................... 15 Art. 310-A.- Tráfico ilegal de productos forestales maderables ...................................... 15 Art. 310-B.- Obstrucción de procedimiento ........................................................................ 16 Art. 310-C.- Formas agravadas ............................................................................................ 16 Art. 311.- Utilización indebida de tierras agrícolas ............................................................ 17 Art. 312.- Autorización de actividad contraria a los planes o usos previstos por la ley ................................................................................................................................................... 18 Art.313.- Alteración del ambiente o paisaje........................................................................ 18 CAPITULO III .......................................................................................................................... 19 RESPONSABILIDAD FUNCIONAL E INFORMACION FALSA ...................................... 19 Art. 314.- Responsabilidad de funcionario público por otorgamiento ilegal de derechos ................................................................................................................................................... 19 Art. 314-A.- Responsabilidad de los representantes legales de las personas jurídicas ................................................................................................................................................... 19 Art. 314-B.- Responsabilidad por información falsa contenida en informes ................. 19 CAPILTULO IV........................................................................................................................ 20 MEDIDAS CAUTELARES Y EXCLUSION O REDUCCION DE PENAS ...................... 20 Art.314-C.- Medidas cautelares............................................................................................ 20 Art.314-D.- Exclusión o reducción de penas ...................................................................... 20 ANEXOS: ......................................................................................................................................... 22

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DERECHO PENAL II REFERENCIA BIBLIOGRAFICA ................................................................................................. 24

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DERECHO PENAL II INTRODUCCIÓN La impunidad para los que cometen delitos contra el ambiente y los recursos naturales llegó a su fin con la Ley 29263 que modifica el Título XIII del Código Penal peruano que sanciona con penas mucho más duras los delitos ambientales.

Un ejemplo reciente de la aplicación de la modificatoria del Código Penal ha sido la sentencia que declara culpables a tres pescadores que usaron dinamita para extraer 200 kilos de especies marinas en el ámbito de la Reserva Nacional Paracas, importante reserva marino costera del país. Los pescadores involucrados fueron declarados culpables del delito de extracción ilegal de especies acuáticas en su modalidad agravada, y condenados a 4 años de pena privativa de la libertad, así como al pago de una reparación civil de 600 nuevos soles.

Precedentes como éste dan cuenta de la efectividad de esta modificatoria en el Código Penal, lo cual es un logro del Ministerio del Ambiente que ha capacitado para ejercer adecuadamente las funciones de fiscalización y control del cumplimiento de esta norma a 46 jueces ambientales y especialistas del Ministerio Público en todo el país; quienes pueden imponer penas privativas de la libertad de tres años como mínimo y diez años como máximo, dependiendo de la gravedad del delito.

En este banner los lectores encontrarán material para descargar como el póster de delitos ambientales y el folleto de difusión de delitos ambientales y modalidades agravadas, detallados en sus cuatro capítulos y 22 artículos.

Algunos de los delitos ambientales considerados en el Código Penal son: delitos de contaminación del ambiente, el incumplimiento de las normas relacionadas al manejo de residuos sólidos, el tráfico ilegal de residuos peligrosos, el tráfico ilegal de especies de flora y fauna silvestre protegida, de especies acuáticas, depredación de flora y fauna silvestre, el tráfico ilegal de recursos genéticos, delitos contra bosques o formaciones boscosas, el uso indebido de tierras agrícolas, la alteración del ambiente o paisaje, entre otros de vital importancia para la defensa de un ambiente sano y seguro para los peruanos.

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DERECHO PENAL II TITULO XIII DELITOS AMBIENTALES ¿Qué son delitos ambientales? El delito ambiental es un delito social, pues afecta las bases de la existencia social económico, atenta contra las materias y recursos indispensables para las actividades productivas y culturales, pone en peligro las formas de vida autóctonas en cuanto implica destrucción de sistemas de relaciones hombre - espacio. Debemos señalar que el conjunto de normas penales que sancionan conductas contrarias a la utilización racional de los recursos naturales, debe llevar intrínseca la condición formal de sancionar mediante penas tales conductas y, fundamentalmente, los tipos penales deben ser correctos y funcionales a fin de lograr una justa y eficaz protección del medio ambiente.

FUNCIONES GENERALES •

Proteger las Áreas Naturales Protegidas (Parques Nacionales, Recursos Nacionales, Santuarios Históricos y otros).



Prevendrá la comisión de los Delitos Ecológicos, así como las faltas e infracciones que contravienen la ley forestal y de Fauna Silvestre, Código Penal, Código de Recursos Naturales y del Ambiente.



Ejercer las funciones de Policía de Turismo en las Áreas Naturales Protegidas.



Coordinar con las diferentes autoridades e instituciones, la ejecución de programas técnicos de difusión y extensión, para el mantenimiento del Equilibrio Ecológico.



Centralizar la información estadística referente a las actividades de proyección ambiental a nivel nacional.



Ejercer la función técnica normativa a nivel nacional en el cumplimiento de la misión de proteger y conservar los Recursos Naturales y del Ambiente.

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DERECHO PENAL II CAPITULO I DELITOS DE CONTAMINACIÓN CONTAMINACION AMBIENTAL Las actividades económicas son parte esencial de la existencia de las sociedades, ellas permiten la producción de riquezas, el trabajo de los individuos y generan los bienes y servicios que garantizan su bienestar social. Las actividades económicas son cada día más complejas y requieren del uso y tecnologías más avanzadas, con el objeto de mantener la productividad competitiva en un mercado cada vez más exigente. En la actualidad, muchas actividades económicas son fuente permanente de contaminación. De esta forma se nos presenta el problema de la necesidad de mantener y ampliar nuestras actividades económicas por el significado social que ellas tienen en la generación de riquezas; pero al mismo tiempo debemos tomar conciencia sobre la contaminación ambiental que éstas causan, para buscar soluciones y mantener el equilibrio ecológico y ambiental.

EL EQUILIBRIO ECOLOGICO: Es el resultado de la interacción de los diferentes factores del ambiente, que hacen que el ecosistema se mantenga con cierto grado de estabilidad dinámica. La relación entre los individuos y su medio ambiente determinan la existencia de un equilibrio ecológico indispensable para la vida de todas las especies, tanto animales como vegetales.

EFECTOS ECOLOGICOS DE LA ACCION HUMANA SOBRE EL AMBIENTE: Los efectos más graves han sido los ocasionados a los recursos naturales renovables: El Agua, El Suelo, La Flora, La Fauna y El Aire.

CONTAMINACION DEL AGUA: Es uno de los problemas más agudos que enfrenta la humanidad, las principales fuentes de contaminación del agua son:

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A. LAS AGUAS RESIDUALES: Provenientes de los hogares.

B. AGUAS DE ORIGEN INDUSTRIAL: Son las que contaminan con mayor grado.

C. CONTAMINACION DE ORIGEN AGRICOLA: Proviene de los productos utilizados en la agricultura. El caso de los herbicidas y plaguicidas merece especial atención pues si bien es cierto que han contribuido eficazmente en la lucha contra plagas y enfermedades como la roya de maíz, los carbones en el trigo y el paludismo en el hombre, el uso indiscriminado que se ha hecho de ellos, ha ocasionado equilibrios ecológicos graves, como la eliminación de especies de insectos indeseables para el hombre, pero que era fuente de alimento para otros animales, presentándose entre ellos la competencia por el alimento cada vez más escaso. El agua que se utiliza para el riego en la agricultura arrastra los elementos tóxicos, pasan a los Ríos y mares ocasionando enfermedades y muerte en: aves, peces y en los seres humanos que eventualmente los llegan a consumir.

CONTAMINACION DEL SUELO: Los incendios forestales que se presentan anualmente en la época de verano, acaban con el suelo, la vegetación y los animales que allí viven. La tala de bosques para la industria maderera produce cambios no sólo en el paisaje, sino también en el clima y en los ecosistemas. Los campesinos generalmente desforestan por medio del fuego para obtener campos de cultivo, esto trae consigo el empobrecimiento de los suelos. Lo mismo ocurre con la práctica de cultivos en terrenos muy inclinados que conducen a la erosión de los suelos.

La destrucción de las zonas boscosas para la explotación agrícola de un terreno por unos pocos años y que luego es abandonado, es una práctica muy común entre nuestros campesinos y se conoce como "conuco". Al ser repetida esta práctica una y otra vez deja como resultado el empobrecimiento de los suelos. Más tarde las lluvias arrastraran el material del suelo y lo depositan en las zonas bajas, rellenando el cauce de los ríos y provocando inundaciones.

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DERECHO PENAL II CONTAMINACION DE LA FLORA Y LA FAUNA: La sociedad tecnológica ha avanzado prácticamente sin tomar en cuenta el peligro en que sitúa a las especies animales y vegetales. En Venezuela, el caimán del Orinoco es un ejemplo de explotación comercial y hoy en día se encuentra casi extinguida su especie. La contaminación industrial de ríos y lagos ha provocado la muerte a enormes cantidades de peces, los cuales sufren paralización de su metabolismo. Los derrames de petróleo, las llamadas mareas negras, provocan la muerte a miles de aves marinas mueren por asfixia y se reduce la actividad fotosintética de las plantas marinas.

CONTAMINACION DEL AIRE: La contaminación atmosférica provocada principalmente por lar industrias, las combustiones domésticas e industriales y los vehículos automotores, ha afectado gravemente el aire que respiramos. Las principales sustancias contaminantes son: Dióxido de Azufre, Dioxido de Carbono, Monóxido de Carbono, Óxido de Nitrógeno, Hidrocarburos Gaseosos, Oxido de Plomo, Fluoruros, Polvo Atmosférico producto de la trituración de materiales y pulverización de productos. BASE LEGAL: Art. 304.- Contaminación del ambiente El que, infringiendo leyes, reglamentos o límites máximos permisibles provoque o realice descargas, emisiones, emisiones de gases tóxicos, emisiones de ruido, filtraciones, vertimientos o radiaciones contaminantes en la atmósfera, el suelo, el subsuelo, las aguas terrestres, marítimas o subterráneas, que cause o pueda causar perjuicio, alteración o daño grave al ambiente o sus componentes, la calidad ambiental o la salud ambiental, según la calificación reglamentarias de la autoridad ambiental, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro años ni mayor de seis años y con cien a seiscientos días-multa. Si el agente actuó por culpa, la pena será privativa de libertad no mayor de tres años o prestación de servicio comunitario de cuarenta a ochenta jornadas.

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DERECHO PENAL II Art. 305.- Formas agravadas La pena privativa de libertad será no menor de cuatro años ni mayor de siete años y con trescientos a mil días-multa si el agente incurre en cualquiera de los siguientes supuestos: 1.- Falsea u oculta información sobre el hecho contaminante, la cantidad o calidad de las descargas, emisiones, filtraciones, vertimientos o radiaciones contaminantes referidos en el artículo 304º, a la autoridad competente o a la institución autorizada para realizar labores de fiscalización o auditoría ambiental. 2.- obstaculiza o impide la actividad fiscalizadora de auditoria ordenada por la autoridad administrativa competente 3.- Actúa clandestinamente en el ejercicio de su actividad. Si por efecto de la actividad contaminante se producen lesiones graves o muerte, la pena será: 1. Privativa de libertad no menor de cinco años ni mayor de ocho años y con seiscientos a mil días multas, en caso de lesiones graves. 2. Privativa de libertad no menor de seis años ni mayor de diez años y con setecientos cincuenta a tres mil quinientos días multas, en caso de muerte.

Art. 306.- Incumplimiento de las normas relativas al manejo de residuos solidos El que, sin autorización o aprobación de la autoridad competente, establece un vertedero o botadero de residuos sólidos que pueda perjudicar gravemente la calidad del ambiente, la salud humana o la integridad de los procesos ecológicos, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de cuatro años. Si el agente actuó por culpa, la pena será privativa de libertad no mayor de dos años. Cuando el agente, contraviniendo leyes, reglamentos o disposiciones establecidas, utiliza desechos sólidos para la alimentación de animales destinados al consumo humano, la pena será no menor de tres años ni mayor de seis años y con doscientos sesenta a cuatrocientos cincuenta días multas.

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DERECHO PENAL II Art. 307.- Tráfico ilegal de residuos peligros El que ingrese ilegalmente al territorio nacional, use emplee, coloque, traslade o disponga sin la debida autorización, residuos o desechos tóxicos o peligrosos para el ambiente, resultantes de un procedo de producción, extradición, transformación, utilización o consumo, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro años ni mayor de seis años y con trescientos a cuatrocientos días multas.

Art. 307°-A. Delitos de minería ilegal Será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro años ni mayor de ocho años y con cien a seiscientos días-multa, el que realice actividad de exploración, extracción, explotación u otros actos similares, de recursos minerales, metálicos o no metálicos, sin contar con la autorización de la entidad administrativa competente, que cause o pueda cau...


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