Ensayo Metodos Alternativos PARA LA Resolución DE Conflictos PDF

Title Ensayo Metodos Alternativos PARA LA Resolución DE Conflictos
Author SILVIA MENA
Course Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos
Institution Universidad Técnica Particular de Loja
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METODOS ALTERNATIVOS PARA LA RESOLUCIÓN DE CONFLICTOSINTRODUCCIÓNEn nuestro país la Constitución reconoce los procedimientos alternativos para la resolución de conflictos, con sujeción a la Ley, que someten las partes de mutuo acuerdo, sobre una materia transigible, de carácter extra judicial y defi...


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METODOS ALTERNATIVOS PARA LA RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS INTRODUCCIÓN

En nuestro país la Constitución reconoce los procedimientos alternativos para la resolución de conflictos, con sujeción a la Ley, que someten las partes de mutuo acuerdo, sobre una materia transigible, de carácter extra judicial y definitivo, que ponga fin a un conflicto; según lo establece el artículo 191, inciso 3. Ante la grave situación del sistema judicial sobrecargado, con dilataciones injustificadas que ha hecho que los ciudadanos no puedan, ni quieran sobrellevar la pesada carga que impone un juicio; por la poca celeridad y el costo que ocasiona. AVANCES: En la actualidad el tiempo que tarda en el despacho de las causas judiciales en el ámbito privado, han generado perjuicios que han sido el material principal para buscar mecanismos distintos de la justicia ordinaria. El perjuicio por la demora en la resolución de controversias en el ámbito público no solo afecta a las partes involucradas, sino a toda una comunidad que espera de la administración una gestión eficiente y sobre todo ágil; cada día más ciudadanos optan por un procedimiento alternativo de resolución de conflictos. DESARROLLO La resolución alternativa de conflictos en la actualidad es el camino más idóneo para resolver controversias de carácter patrimonial y económico tanto en los conflictos surgidos en el ámbito de derecho privado como público. Hay que determinar diferencias entre mediación, conciliación y arbitraje, no podemos decir que alguno sea mejor o peor que el otro, simplemente es necesario apreciar sus diferencias para poder elegir la necesaria según el tipo de conflicto.

Mediación Quién resuelve: Un tercero profesional e imparcial mediador, controlará la intervención de las partes pero no el contenido a tratar. Serán las partes quienes encuentren la solución mutuamente satisfactoria. Las partes: Acuerdan la decisión sobre sus problemas.

DESAFIOS

Conciliación

Arbitraje

Quién resuelve: Un tercero igual e imparcial, efectúa una recomendación formal no impositiva, pero que necesita el compromiso de las partes.

Quién resuelve: Un tercero designado por las partes impondrá la solución. Podrá ser luego ejecutada en los tribunales.

Las partes: Acatan los acuerdos pactados por el tercero.

Las partes: Acatan el laudo que ejecuta el árbitro.

En mi aporte personal creo que el desafío primordial es el descentralizar el sistema de justicia además de evitar que por cosas sencillas los ciudadanos tengan que acudir a la justicia ordinaria. Por lo que los métodos alternativos de solución de conflictos han desarrollado muchas teorías y técnicas fundadas en la autocomposición, la comunicación, la reflexión y en el análisis diagnostico que les permiten aplicar caminos reales para la atención de sus problemas PESPECTIVAS Estos procedimientos alternativos para la resolución de conflictos (mediación, conciliación y arbitraje) persiguen las siguientes perspectivas.  Que se siga incluyendo en todos los tipos de contratos comerciales públicos y privados la cláusula que determina que en caso de controversias las partes se acogerán a la mediación.  La celeridad de los trámites / de esta manera agilitar el sistema de justicia saturado.  Que no exista injerencia política en su nombramiento y eso por si solo es una gran ventaja respecto de la elección de los jueces de la Función Judicial, en la que se evidencia la influencia de los grandes partidos políticos del país. La Mediación Judicial es una alternativa de acceso a la justicia con validez legal, en la que las personas tienen la oportunidad de dialogar con la ayuda de un tercero neutral (mediador), con el fin de que las partes construyan un acuerdo voluntario de mutuo beneficio que ponga fin a su controversia, hayan o no iniciado un proceso judicial. El acta de mediación en la que consten los acuerdos alcanzados, tendrá efecto de sentencia ejecutoriada y cosa juzgada, conforme a la Ley de la materia (Art. 47 inciso 4) Con la Mediación se puede arreglar amistosamente, en forma rápida y económica, las diferencias que surgen de una relación jurídica en asuntos laborales, de menores, familiares, civiles, comerciales, etc. La conciliación es un método de solución de conflictos que ha estado presente en la Legislación Ecuatoriana desde hace varios años, en primera instancia se aplicó en materia civil, y luego se fue extendiendo a otras materias como la penal, actualmente se la puede aplicar en los delitos cuya pena, máxima sea hasta cinco años de privación de libertad y en aquellos delitos de transito que no tengan resultado de muerte y que no tengan lesiones graves, pudiendo notarse que su aplicación se da en delitos menores que no tiene mayor afectación en la sociedad, y sobre todo en donde es posible a través del dialogo poder llegar a la conciliación y de darse el caso podrá presentarse hasta antes de la conclusión de la etapa de instrucción fiscal. El arbitraje al ser un mecanismo alternativo de solución de controversias está al alcance de todos: empresas, particulares, Estados y entidades estatales. Es un mecanismo flexible, ya que, permite a las partes determinar las condiciones del proceso, además de intervenir de manera más activa, acordando los términos y condiciones al momento de establecer las reglas del proceso, escoger los árbitros y determinar los plazos. El arbitraje garantiza que las decisiones dictadas por los árbitros y el tribunal, sean eficaces, justas, respetando la Constitución y garantizando el derecho al debido proceso. CONCLUSIONES

Con los argumentos expuedos podemos concluir que la finalidad esencial de los métodos alternativos para la resolución de conflictos es lograr soluciones más rápidas a los conflictos, utilizando mucho menos tiempo de los que tardan habitualmente en los juzgados y tribunales. Hacer efectivo el principio de celeridad. Para la aplicación de los métodos alternativos de resolución de conflictos, mediación, conciliación y arbitraje, debe tratarse de asuntos en los cuales se puede llegar a un acuerdo, como en los contratos, derechos de inquilinato, cuestiones comerciales y otros, lo importante es definir si el asunto en mención permite transitar hacia un acuerdo entre las partes, y no se puede someter a mediación cuestiones penales cuya pena, máxima sea más de cinco años de privación de libertad, tributos en sede nacional, decisiones del Estado, etc.

BIBLIOGRAFIA

MOROCHO, Moncayo Jorge (2004), la mediación y la Conciliación en la legislación Civil Ecuatoriana, Editorial eipcentro, Quito- Ecuador Guía didáctica – Métodos Alternativos de Resolución de conflictos.

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