Escrito de Alegatos PDF

Title Escrito de Alegatos
Author Norma Contreras
Course Derecho Procesal Civil
Institution Universidad Nacional Autónoma de México
Pages 3
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Summary

ESCRITO DE ALEGATOS EN JUICIO DE SERVIDUMBRE...


Description

ADAN ZAPATA MIRELES VS CARLOS ANTONIO DIAZ CHALAGA JUICIO ORDINARIO CIVIL EXPEDIENTE: 1/2019 SECRETARIA B ALEGATOS

C.JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL CON RESIDENCIA EN CUAUTITLAN, ESTADO DE MÉXICO.

PRESENTE CARLOS ANTONIO DIAZ CHAGALA, con la personalidad que tengo debidamente acreditada en autos del expediente citado al rubro, ante usted con el debido respeto comparezco y expongo: Que por medio del presente escrito y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 394 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal, vengo a formular apuntamientos en relación al juicio de SERVIDUMBRE DE PASO, por lo que encontrándome dentro del término de la ley, vengo a formular los siguientes:

ALEGATOS

PRIMERO. Consta de autos que los actos se presentaron ante el Honorable Juzgado de lo Civil segundo

de Cuautitlán, Estado de México, el 27 de

Septiembre de 2019, promoviendo en la Vía Ordinaria Civil, la Servidumbre de Desagüe en contra del suscrito CARLOS ANTONIO DIAZ CHAGALA reclamando las prestaciones siguientes:

A) La afectación por servidumbre legal de paso de 20 metros cuadrados del lado norte del terreno ubicado sobre la calle Leona Vicario, Barrio de Santiaguito, Municipio de Tultitlan, Estado de México, el cual posee en su

carácter de dueño, que se había constituido de palabra desde hace más de quince años y que ha interrumpido con obstrucción sobre la servidumbre. B) Como consecuencia de la prestación inmediata, la desocupación de la obstrucción constante dentro de la servidumbre legal de paso. C) El pago de los daños y perjuicios. SEGUNDO. Admitida que fue su demanda, el suscrito di contestación a dicha demanda el 30 de Agosto de 2019, contestando el capítulo de prestaciones en el sentido de que son improcedentes, toda vez que quien demandan al suscrito no tienen personalidad para promover el presente Juicio, toda vez no cuenta con capacidad jurídica Ad Causam, al no ser propietario del predio materia del presente juicio. TERCERO. Durante la fase probatoria procesal correspondiente ofrecí de mi parte las siguientes pruebas: confesional, documental pública, fotografías y presuncional legal y humana. Por ello la acción ejercida por la parte actora no procede debido a que no comprobó tener la propiedad del predio materia del presente juicio del cual se demanda la servidumbre legal de paso. CUARTA. Toda vez que en mis pruebas tanto en la confesional absuelta por el C. ADAN ZAPATA MIRELES en la audiencia de desahogo de pruebas llevada a cabo del día 26 de septiembre del 2019, como en la documental publica se acredito que el predio materia de este juicio no es propiedad del C. ADAN ZAPATA MIRELES. Con Relación a la Prueba confesional en la posición tercera y quinta el C. ADAN ZAPATA MIRELES respondió que el predio mencionado en los autos materia de este juicio no es de su propiedad si no de su hermana la C. DANIA ZAPATA MIRELES. QUINTA.- Toda vez que en mi prueba Documental Pública emitida por el Registro Público de la propiedad se acredito que el predio materia de este juicio es propiedad de la C. DANIA ZAPATA MIRELES y no del C. ADAN ZAPATA MIRELES.

SEXTA.- Toda vez que en mi prueba Fotográfica se demostró que el predio materia de este juicio cuenta ya con una salida y por ello no es necesario la prestación de la Servidumbre de legal paso, así mismo se demostró dicho supuesto con la posición séptima del pliego de posición absuelta por el C. ADAN ZAPATA MIRELES en la audiencia de desahogo de pruebas llevada a cabo del día 26 de septiembre del 2019.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, A USTED CIUDADANO JUEZ , atentamente pido se sirva: ÚNICO. Tenerme por presentado en términos del presente escrito formulando los alegatos que han quedado expuestos, ordenando traer los autos a la vista para dictar resolución definitiva correspondiente.

PROTESTO LO NECESARIO Cuautitlán, México a 12 de Octubre del 2019

__________________________ CARLOS ANTONIO DIAZ CHAGALA

ABOGADO PATRONO LIC. NORMA ESTRELLA CONTRERAS AYUZO CED. PROF. 123456789...


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