Esquema del proceso legislativo de la creación de leyes corregido PDF

Title Esquema del proceso legislativo de la creación de leyes corregido
Author Viejon Martinez
Course derecho laboral
Institution Universidad Tres Culturas
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Summary

para repaso o tareas...


Description

Desarrollo

El proceso legislativo, dentro del Marco Constitucional, se encuentra regulado básicamente por los artículos 71 y 72, el primero versa sobre quiénes están facultados para presentar iniciativas ante el Congreso de la Unión y el artículo 72 señala los principales procedimientos. Actualmente existe la inquietud, en el primero de los casos, de “democratizar” la facultad de presentar iniciativas ante el Congreso, siendo 11 iniciativas las que proponen distintas opciones, y en su mayoría pretenden instaurar la iniciativa ciudadana. En el caso del procedimiento legislativo, se propone, entre otras cosas, sustituir la referencia del “Reglamento de Debates” por el de Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y del Reglamento de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, que son los instrumentos legales que regulan específicamente a dichas tareas, así como poner restricciones al Ejecutivo para evitar los llamados “vetos de bolsillo”. Son 11 iniciativas las presentadas durante esta LVIII Legislatura para reformar el artículo 72 Constitucional (al 27 de abril del 2003).

Etapas del proceso legislativo (creacion de leyes art 71 y 72)

Iniciativa

La Constitución Art 71 precisa que el derecho de iniciar leyes y decretos compete a: El Presidente de la República, Diputados y Senadores al Congreso de la Unión y a las legislaturas de los estados

Discusión y aprobacion

Sanción: promulgacion

publicación

iniciativa de vigencia

Art 72 Todo dictamen de Comisión deberá contener una parte expositiva de las razones en que se funde y concluir con proposiciones claras y sencillas que puedan sujetarse a votación

Se da este nombre a la aceptación de una iniciativa por el titular del poder Ejecutivo, el cual puede negar su sanción a un proyecto ya admitido por el Congreso, conocido como Derecho de Veto.

Es el acto por el cual la ley ya aprobada y sancionada se da a conocer a quienes deberán cumplirla, a través de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Además de éste existen los Diarios o Gacetas Oficiales de los Estados.

Dentro del Sistema Jurídico mexicano existen dos sistemas de iniciación de vigencia: el sucesivo y el sincrónico

Bibliografía http://bibliodigitalibd.senado.gob.mx/ http://www.diputados.gob.mx/bibliot/publica/prosparl/iproce.htm...


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