Esquema de la Fase Intermedia del Proceso Penal en Guatemala PDF

Title Esquema de la Fase Intermedia del Proceso Penal en Guatemala
Author Dorian Villegas Moreno
Course Derecho procesal penal
Institution Universidad de San Carlos de Guatemala
Pages 1
File Size 96.5 KB
File Type PDF
Total Downloads 335
Total Views 476

Summary

Etapa Intermedia Juicio Oral o Debate 1 .Solicitud de acusación: El fiscal formula la acusación y pide la apertura del juicio. Art. 332 CPP2 .Otras Solicitudes: El Ministerio Publico requirió sobreseimiento, clausura u otra forma conclusiva. Art. 332-345 BIS CPP Notificación: a las partes al día sig...


Description

Etapa

Intermedia: Es la fase procesal por medio de la cual, se ejerce control sobre el requerimiento o acto conclusivo efectuado por el Ministerio Público al concluir la investigación. Art. 332 CPP. Función: Es evaluar y decidir judicialmente sobre las conclusiones planteadas por el Ministerio Público con Acusación: Escrito mediante el cual el Ministerio Publico ejercicio de la acción penal publica presenta y fundamenta punitivamente contra una persona determinada, a la que se le atribuye la comisión de un delito. Art. 332 BIS CPP

Solicitud Conclusión (Fase Intermedia)

1.Solicitud de acusación: El fiscal formula la acusación y pide la apertura del juicio. Art. 332 CPP 2. El juez señala audiencia oral: al día siguiente de recibida la acusación del Ministerio Publico señalara día y hora en un plazo: No menor de 10 días No mayor de 15 días Art. 340 CPP 3.Notificacion del requerimiento: al acusado y demás partes. Consulta de las actuaciones. Plazo de 6 días.

Complejidad: Diferida por 24 horas.

5.2 De lo contrario: Art. 341 CPP Sobreseimiento Clausura del procedimiento Archivo

3. Etapa Preparatoria

1. Etapa Intermedia

2. Juicio Oral o Debate

4. Audiencia -> Resolución: Actitudes acusado, querellante, partes civiles. Finalizada la intervención de las partes el juez inmediatamente decidirá. Art.341 CPP

2.Otras Solicitudes: El Ministerio Publico requirió sobreseimiento, clausura u otra forma conclusiva. Art. 332-345 BIS CPP 2.1. Notificación: a las partes al día siguiente. 2.2. Examinar las actuaciones: Plazo común 5 días. 2.3. Audiencia oral: Plazo no menor a 5 días ni mayor de 10 días

2.4. Audiencia: Las partes fundamentan pretensiones, actas al finalizar en forma inmediata el juez

I. 5.1 Apertura del juicio. Art. 341-342 CPP II. 6. Dictar Auto de Apert ura del Juicio: Apertura Plazo común de 10 días  Comparezca a juicio al tribunal designado.  Constituyan lugar para recibir notificaciones. El juicio en lugar distintito al procedimiento, el plazo se prolongará 5 días más. Art. 342, 344 CPP.

III.

IV.

Decretará la Clausura Provisional Art. 331 CPP Decretará sobreseimiento Art. 328 CPP Suspenderá condicionalmente el proceso o aplicará el criterio de oportunidad Art. 27 y 25 CPP Ratificará, revocará, sustituirá o impondrá Medidas Cautelares.

5. Proceder la Acusación 7 días Ministerio Publico o Querellante...


Similar Free PDFs