Title | Estructura Procedimiento Sancionador 1 |
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Course | Régimen Jurídico de la Actividad Administrativa y Sistemas de Control de las Administraciones |
Institution | Universidad de Las Palmas de Gran Canaria |
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Instructor
Denunciante
Interesados (Inculpados)
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Pliego de Descargo Alegaciones, Documentos Informaciones, Pruebas Plazo: 15 días desde notificación.Art.16 REPEPOS
Actividades Indagatorias Instructor.- Examen de los hechos, recabar datos e informaciones… para determinar responsab. susceptibles de sanción
Actividades Probatorias Periodo de prueba (art. 80 LRJPAC), de oficio o por el presunto infractor. El rechazo se realizará de forma motivada. Práctica de la Prueba.
Propuesta de Resolución.- Trámite final de la instrucción. Se hacen constar los hechos, especificando los considerados probados, la infracción que dicho hecho constituya, la/s persona/s responsable/s, la sanción que se vaya a imponer y las medidas provisionales a adoptar, declaración de no existencia de infracción o responsabilidad. Art. 18 REPEPOS Traslado al órgano competente para su resolución
ADM II UNIR 2014
Actuaciones complementarias para resolver el procedimiento, se notifican a los interesados + 7 días para alegaciones. Se practicarán en plazo no superior a 15 días. Art. 20 REPEPOS.
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RESOLUCIÓN.- Motivada, sobre todas las cuestiones planteadas y las derivadas del procedimiento + valoración de pruebas practicada y fundamentos básicos de la resolución, los hechos, la/s persona/s resp.la infracción/es y la sanción/es, o bien, declaración de no existencia de infracción o responsabilidad. Art. 20.2 REPEPOS
Ejecución de la Sanción.- Ejecución forzosa.apremio, por ser la multa lo habitual. Si cabe recurso administrativo, la resolución que no ponga fin a la vía administrativa no será ejecutiva,. Si acude al ContenciosoAdministrativo la sanción no será ejecutiva hasta que no se desestime la suspensión.
Recurso Ordinario. El/los interesado/s dispondrán de 1 mes . Art. 107 LRJPAC
ESQUEMA DEL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR ESPAÑOL (REPEPOS)
Extinción y archivo.- Si pasados 6 meses del inicio, teniendo en cuenta las posibles interrupciones de su computo por causas imputables a los interesados o por suspensión, se emitirá a petición del interesado certificación en la que ha caducado el procedimiento y archivo. Manuel Velasco Carretero 11/2014...