Etimología derecho politico PDF

Title Etimología derecho politico
Course Derecho Político
Institution Universidad de Morón
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Derecho político sobre etimología, teorías, poderes, Heller, Kelsen, etc....


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UNIDAD 2 La etimología y el desarrollo histórico del vocablo estado: la palabra estado viene de la palabra latina status, que en el derecho romano, el status significa la situación jurídica del individuo de acuerdo a la ciudad a la libertad y ala familia. La palabra status se comienza a utilizar en la alta edad media que transciende la idea de los individuos. En Francia a partir del siglo XIV se utiliza la palabra status/ estado para hablar de los estados generales. La palabra estado entendida como hoy en día, comienza a utilizarse en el siglo XV con el autor Maquiavelo (asociación política) y el sentido que se le da con Maquiavelo a la palabra estado, es el que se mantiene hasta hoy en dia. Lo que fue variando ya en el siglo XX es el sentido en que se utiliza la palabra estado. Existen distintas teorías que intentan definir al estado: - Las principales teorías sociológicas son: a) el estado como hecho de convivencia: la realidad fundamenta y básica del estad consiste en el fenómeno de agrupamiento de hombres que viven juntos y se relacionan recíprocamente. B) el estado como asociación: la convivencia de los hombres alcanza una unidad permanente y forma una asociación. La asociación de estos hombres busca un mismo fin. C) el estado como hecho de dominación: destaca primordialmente el hecho social e que en el grupo se da una relación de dominación. Esto puede explicarse, por la mera fuerza, por el consentimiento o por la realidad económica subyacente. D) el estado como dualidad de gobernantes y gobernados: presupone la diferencia entre unos y otros, la jerarquía, el poder, la autoridad, el sometimiento. e) el estad como producto de la lucha de clases: la existencia de clases sociales origina la lucha entre ellas. El estado es nada más que el aparato, el instrumento y la organización de opresión de una clase sobre otra. F) el estado confundido con alguno de sus elementos o explicado por uno de ellos: el estado como pueblo: la comunidad de hombres convivientes seria el estado. El estado como territorio: carece totalmente de sentido imaginar que un espacio geográfico configure como elemento único a un estado. La teoría que acá referimos atribuye a la importancia primordial del territorio. El estado como poder: todos los enfoques de la ciencia política que centran el fenómeno en torno del poder ofrecen su explicación sociológica sobre el estado remarcando la transcendencia de este elemento que llamamos poder. El estado como gobierno: el poder es la capacidad y energía de acción, el gobierno es el conjunto de titulares de ese poder. El fenómeno del mando también ha cooperado a aventurar la trascendencia de los hombres que mandar. G) el estado como institución: descubre en el estado un sustrato o base social similar al que se da en otras realidades de tipo grupal. h) el estado como persona moral: la idea de obra o objetivo de la institución se adentra íntimamente en el grupo que la integra y por un fenómeno social espontáneo hace que es realidad colectiva sea distinta a la mera suma o cantidad de componentes. El sujeto que se forma, es una persona moral. - Teorías deontológicas: son las que comienzan proponiendo al estado un fin que consideran debido y una vez que descubren y formulan ese fin, sostienen que el hace parte de la esencia del estado, por manera que toda organización política real y concreta debe para tener naturaleza o esencia de estado cumplir con aquel fin. Elaboran un tipo de ideal de estado. Un estad que no garantiza el bien común no es estado, esto quiere decir que si no cumple con el fin que se presupone no puede considerarse como tal. - Teorías jurídicas: contemplan la naturaleza del estado desde la ordenación que el derecho le depara: a) el estado como orden jurídico: estado es igual a derecho, el estado es un conjunto de normas jurídicas, al que ficticiamente se personifica. Se llama estado a la unidad de ese orden jurídico. La persona jurídica estado es la totalidad de ese orden. b) el estado como relación jurídica: la naturaleza del estado se explica por la relación jurídica que se traba entre el gobernante y la comunidad. Es la relación entre dos partes que no alcanzan a converger a una unidad total. c) el estado como unidad jurídica: se sostiene que la unidad del estado deriva del orden jurídico. El ordenamiento jurídico organiza al estado y es el que lo unifica. La unión de hombres que forman la comunidad se organiza jurídicamente mediante un orden de derecho. d) el estado como persona jurídica o sujeto de derecho: afirma que la realidad del estado proviene nada más que del derecho, el cual construye la ficción de la personalidad jurídica para que el estado pueda ser considerado como sujeto de derecho. e) el estado como patrimonio de afectación: aplica al estado una concepción empleada para caracterizar a las personas jurídicas en general. Dice esta tesis que donde hay un patrimonio destinados o adscriptos al cumplimiento de un fin, tal patrimonio colectivo necesita ser atribuido en propiedad da un sujeto ficticio, que es considera como persona. - Teorías políticas: presentan al estado como una formación del orden político. a) el estado como soberanía: sostiene que lo definitorio y esencial para identificar y cualificar al estado es su poder supremo y ultimo: mandar en ultima instancia. El estado tiene poder soberano porque tiene poder originario por si mismo. b) el estado como decisión: caracteriza al estado como una unidad de decisión universal en un territorio determinado. La unidad de decisión es la imposición de un orden univoluntario por voluntad de alguien que esta en condiciones de implantarlo. c) el estado como empresa, como régimen o como política: el estado es política y esa política como acción configura la empresa o el régimen político. d) el estado como personificación de la nación: es totalmente equivocada. No afirma que la personalidad del estado proviene del derecho, si no de un fenómeno político de identificación entre el estado y la nación.

Síntesis de las distintas teorías del Estado y la naturaleza de su realidad En el Estado hay una realidad social, objetiva, externa, que deriva de los hombres, pero que no se agota en los hombres. El estado presupone hombres, convivencia, asociación unificada socialmente por un fin común, institucionalizada y personificada moralmente. Esta agrupación social presenta dualidad de gobernantes y gobernados que muestra un hecho de dominación social y una relación de mando y obediencia. Es un ente colectivo distinto de sus integrantes, que afecta al modo de ser de los mismos, que se sostiene en ellos y que existe por ellos, en ellos y para ellos. Esa realidad social se recubre de personalidad jurídica, y traba una relación jurídica entre gobernantes y gobernados. La faz dinámica del Estado es la política que se refiere ala acción entre gobernantes y gobernados, es por eso que se define al Estado como una realidad política en movimiento. El poder del Estado, que actúa como centro de gravedad y motor de la política, se lo atribuye a la nota de soberanía porque no depende de otra instancia mas alta ni comparte sus decisiones originarias con nadie; se impone y decide por sí. El Estado tiene un fin. Importa ese fin para saber y conocer cómo debe ser el Estado. Cuando el Estado se aparta del deber ser ideal, sigue siendo Estado, pero a acusa injusticia: no es como debe ser. El Estado, dentro del pensamiento aristotélico, es accidente o condición accidental, es decir, que no existe por sí solo ni por sí mismo, que no se sostiene por sí, si no que existe “hacia otro ser”, hacia el hombre, en relación con él. LAS CUATRO CAUSAS DEL ESTADO: a) la causa material: conjunto de hombres y propia convivencia de ellos. Esta causa nos recuerda que el estado es un agregado humano y social. B) la causa eficiente: es la propia naturaleza humana, cualificada como esencialmente social y política. Es el instinto de sociabilidad. C) la causa formal: es el orden que unifica y coordina a la multitud de hombres y que se expresa fundamentalmente en un ordenamiento jurídico, que es la constitución. d) la cusa final: es el fin para el cual existe el estado. Decimos entonces que es el bien común publico de la comunicad. ELEMENTOS DEL ESTADO La población: Es el elemento humano del Estado. La unidad primaria del Estado es el hombre, en la pluralidad numérica de la convivencia, llamada también pueblo. Pueblo es la parte de población que convive con cierta habitualidad y permanencia, adquiriendo por eso un estilo común de convivencia. Los hombres son miembros o partes del Estado. Esta relación del hombre con el Estado cuya población integra, se capta bajo la denominación de ciudadano: hombre en cuanto miembro de un Estado. Se debe ubicar también dentro del elemento humano, a continuación de los hombres, las asociaciones e instituciones menores que los hombres forman con fines parciales de bien común (no público), que los asocia, vincula y relaciona. Por ejemplo, las universidades, comunidades religiosas, culturales, etc. Que son grupos dentro de la población que se organizan con permanencia y duración. El territorio: Todo Estado tiene un marco de encuadre físico donde se agrupan y conviven los hombres que es el territorio; se trata de una convivencia organizada territorialmente. El territorio delimita el ámbito espacial donde se ejerce el poder de ese Estado: hombres y cosas que se hallan dentro de ese ámbito, caen bajo dicho poder. Señala hasta donde se ejerce espacialmente el poder del Estado y desde donde ya no se ejerce. El territorio se colocaría dentro del “haber” o patrimonio del Estado; no sería un elemento del “ser” del Estado, sino una propiedad. El poder político: La palabra “poder” siguiere de inmediato la idea de pujanza, de fuerza, de energía. Es la aptitud, capacidad o competencia de que dispone el Estado para cumplir su fin. El poder es obediencia transformada, o sea, que la energia y la fuerza con la que cuenta el poder provienen del asentamiento comunitario que les da sustento y que los respalda. El poder debe su energía en y de la comunidad. El poder es fuerza de adición y consentimiento. En el poder se revela un hecho de dominación o de poder social, que cobra naturaleza política en el Estado, y que se reviste de carácter jurídico. Es un fenómeno político juridizado, encuadrado en un orden jurídico emplazado en el derecho. Ejercer el poder justamente, rectamente, conforme al derecho, hacia el bien de la comunidad, etc., proporciona causa de legitimación del poder. El gobierno: El poder como aptitud o capacidad requiere de ser puesta en “acto”, en ejercicio, ser impulsada y movilizada. Hacen falta hombres que sean titulares del poder y que lo ejerzan. A los hombres titulares del poder o gobernantes se los denomina en su conjunto “el gobierno”. Este es quien pone en acto y en ejercicio al poder. El gobierno representa al Estado y actúa en su nombre. Lo que hace el gobierno en ejercicio del poder se atribuye o imputa ala persona jurídica “estado”. El estado actúa por representación, ó sea, a través del gobierno que ejerce el poder. División de poderes: en vez de acumular todas las funciones en un solo órgano, establece varios órganos entre los que reparte sus funciones. No es que el poder se divida porque el poder es único e indivisible; lo que se divide y se separa son los órganos que ejercen el poder y las funciones que se encomiendan a esos órganos. Es así como encontramos al poder ejecutivo, legislativo y judicial. Esta separación esta destinada a actuar como un freno recíproco entre los distintos “poderes”, y a originar en las relaciones de los miembros un mecanismo de equilibrio y contrapeso. Se trata de balancearlos entre si para que nos e desborden. Funciona de alguna manera como una técnica de control recíproco entre los distintos órganos o “poderes” separados.

LA TEORIA DE LA DIVISION DE PODERES: la separación orgánica y funcional esta destinada a actuar como un freno reciproco entre los distintos poderes y a originar en las relaciones de los mismos mecanismos de equilibrio y contrapeso. Las tres funciones clásicas de la actividad política: a) la legislación: es la función legislativa o ley en sentido material. El contenido de la ley no esta condicionado ni predeterminado por ningún otro plano superior. La producción jurídica que emana de la ley es novedosa u originaria. Suele concentrarse en el órgano legislativo: parlamento congreso etc. B) la administración: esta por debajo de la ley. Es una función que no puede alterar ni violar la ley. Suele centrarse en el órgano ejecutivo. C) la jurisdicción: o administración de justicia. No crea un derecho nuevo, como si lo crea la ley. Suele centrarse en el órgano judicial. Actualmente se considera que el centro de gravedad del poder se sitúa en el órgano o poder ejecutivo, porque la función que cumple es la más importante. Además, porque de hecho la ciencia política observa empíricamente un liderazgo en el poder ejecutivo. ESTADO SEGÚN HELLER: unidad de acción y decisión. ESTADO SEGÚN ARISTOTELES: comunidad perfecta o soberana. Es el significado mas acercado a la polis, porque para los griegos solo en la polis se podían desarrollan las potencialidades de los hombres. Soberana porque el estado no reconoce una entidad superior ESTADO SEGÚN AGESTA: comunidad organizada en un territorio definido mediante un orden jurídico servido por un cuerpo de funcionarios y definido y garantizado por un poder jurídico centralizado y autónomo que tiende a realizar el bien común en el ámbito de esa comunidad. NACION: Grupo humano que en cuestión de su historia, costumbres, religión, idiomas son capaces de sustentar un poder político propio. FORMAS DE ESTADO: es como se ejerce el poder. Poder en relación con el territorio central o unitario federal Poder en relación con el elemento humano democráticos (libertad civil) Totalitarios (negociaciones de libertad) Autoritarios (restricciones de libertades) FORMAS DE GOBIERNO

Presidencialismo (Ejemplo: argentina) Parlamentarista (ejemplo: Italia)...


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