Examen Parcial 1, del Primer ciclo. PDF

Title Examen Parcial 1, del Primer ciclo.
Course Pensamiento Lógico
Institution Universidad César Vallejo
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PENSAMIENTO LÓGICOPRIMER EXAMEN PARCIALPRÁCTICA CALIFICADA N° 01Duración 40 minLee y analiza la siguiente situación contextual, para luego desarrollar lassituaciones problemáticas.El derecho a la desconexión digital y categorías detrabajadores excluidas por normasinfraconstitucionales.El trabajo ági...


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PENSAMIENTO LÓGICO PRIMER EXAMEN PARCIAL

PRÁCTICA CALIFICADA N° 01 Duración 40 min

Lee y analiza la siguiente situación contextual, para luego desarrollar las situaciones problemáticas.

El derecho a la desconexión digital y categorías de trabajadores excluidas por normas infraconstitucionales. El trabajo ágil (lavoro agile) Siendo el derecho al ejercicio de la desconexión digital, base de la preocupación en tanto están de por medio las fronteras del tiempo de trabajo y tiempo de descanso del trabajador, termina siendo un derecho y a su vez deber que debe ser abordado en primera instancia a través de la negociación colectiva, en tanto tiende a ser una fuente de solución de conflictos al interior de la empresa, sobre la base del Principio de Autonomía Colectiva, manifestación colectiva del principio de autonomía de la voluntad, debiendo ser las partes las que regulen el contenido de la negociación colectiva que se celebre a un nivel determinado. El hecho que la negociación colectiva sea autónoma está acorde con el Convenio 98 de la OIT ratificado por el Perú, mediante Resolución N° 14712 del 18 de noviembre de 1963, formando parte del derecho nacional de acuerdo con el artículo 55 de la Constitución. En tal sentido es a través del convenio que se debe estimular y fomentar entre empleadores y trabajadores, el pleno uso y desarrollo de procedimientos de negociación voluntaria, con el objeto de regular mediante contratos colectivos las condiciones de empleo. Así, debe haber libertad de los interlocutores sociales en una negociación colectiva para establecer el contenido negocial que crean pertinente en una convención colectiva, esta debe incluir temas como el derecho a la desconexión digital, sólo a falta de acuerdo será de aplicación lo señalado en el artículo 25 de la Constitución en cuanto a la jornada máxima y el descanso semanal obligatorio. Los contenidos que pueden ser materia del convenio colectivo de trabajo y el derecho a la desconexión digital, teniendo en cuenta el fomento a la negociación colectiva, garantizada en el artículo 28 inciso 2 de la Constitución, como forma de solución de conflictos, pueden ser los siguientes: • Que el trabajador conteste mensajes fuera del horario laboral. Dejando a voluntad del trabajador contestar los mensajes fuera de las horas de trabajo, decidiendo el sí respeta o no su tiempo de descanso. • Pueden existir prohibiciones de enviar correos electrónicos por los trabajadores fuera del horario de trabajo, inclusive para garantizar ello se pueden implementar medidas técnicas como la instalación de softwares. • La supresión del aviso sonoro de llegadas de correo o mensajes, ello puede ir de la mano con bloqueo técnico de las aplicaciones relacionadas con el trabajo y que estén instaladas en el celular o cualquier instrumento electrónico.

• Se puede instalar un procedimiento de seguimiento para asegurarse que el trabajador cumple con sus obligaciones en relación a los tiempos de descanso. • Prohibiciones en relación al ejercicio desproporcionado del poder de dirección del empleador, tales como la prohibición de mandar mensajes durante el tiempo de descanso o de vacaciones, ello va de la mano de realizar entrevistas al trabajador, para vigilar el cumplimiento de la normativa del trabajo frente a la obligación de garantizar la seguridad y salud en el trabajo. En este punto, frente a la legislación vigente en el Perú, podría haber una excepción de obligar a prestar servicios más allá de jornada de trabajo, en los casos justificados en los que la labor resulte indispensable como consecuencia de un hecho fortuito o fuerza mayor que ponga en peligro inminente a las personas o bienes del centro de trabajo o la continuidad de la actividad productiva. • Fomentar en orden a la sensibilización de los trabajadores en la empresa, en tal sentido se pueden adoptar medidas como el establecimiento de un tiempo al mes sin correo electrónico o sin mensajes como medio para el fomento a la comunicación personal directa (2017:442). El problema de estas medidas a implementar en relación a la desconexión digital, está en relación a determinadas categorías de trabajadores que están excluidos de la jornada máxima de trabajo, por la naturaleza de los servicios que prestan, tal es el caso del personal de dirección, el que realiza labores intermitentes y el que realiza servicios no fiscalizados, los cuales no tiene jornada máxima de acuerdo a las normas que regulan tanto la jornada, horario y trabajo en sobretiempo, como las que están vinculadas al registro de ingreso y salida en el trabajo. Sobre el particular, se debe garantizar la seguridad y salud en el trabajo de aquellas personas que están fuera de la instalaciones de la empresa, o que no tengan una jornada efectiva sino intermitente, en tanto al tener la obligación de tener conectado el celular para poder ser localizado a efectos de contestar llamadas o correos, la tecno disponibilidad, se pueden originar enfermedades profesionales vinculadas al trabajo a distancia mediante las tecnologías de la información, tales como el tecno estrés o tecno obesidad, entre otras lesiones sufridas con ocasión del trabajo a través de los TICS. Frente a ello tenemos que tener en cuenta el Principio de Jerarquía, que se manifiesta cuando el operador del derecho aplica la norma a una situación determinada, el Magistrado o la persona que realiza un arbitraje de derecho, en tales supuestos se debe aplicar el artículo 25 de la Constitución, en aplicación del artículo 51 de la Constitución. En este supuesto prima lo señalado por la constitución frente a las normas infra constitucionales, en tanto el artículo 25 de la norma constitucional, no excluye a ninguna categoría de trabajadores de la jornada máxima legal ni del descanso semanal obligatorio4. En tal supuesto la premisa para determinar el derecho a la desconexión digital del personal sin jornada máxima laboral debe estar enmarcado por el horario del trabajo de la empresa, ello supone, que fuera del horario de trabajo de la compañía, el personal no sujeto a jornada máxima no debería tener la obligación de contestar llamadas, correos, ni WhatsApp, lo mismo debe suceder en el día de descanso semanal obligatorio, garantizado constitucionalmente Recuperado de: https://actualidadlaboral.com/wp-content/uploads/2021/04/revista-marzo2021.pdf SITUACIÓN PROBLEMÁTICA N° 01

CRITERIO: COMUNICACIÓN EFICAZ (Habilidades personales para el emprendimiento)

Identifica a una de las clases de pensamiento (deductivo, inductivo, analítico sistémico, convergente, divergente, creativo o crítico) que manifiesta la Mg. Carlos Jiménez Silva, según el párrafo señalado con letra cursiva y de color azul. Argumenta tu respuesta aplicando los fundamentos del pensamiento. … (05 PUNTOS) Clase de Pensamiento Argumento (Solo una clase de pensamiento pertinente al contexto) DEDUCTIVO Garantizar la seguridad y salud en el trabajo, fuera de la instalaciones de la empresa, por lo tanto tener la obligación de tener conectado el celular para poder ser localizado, aunque también se localizan enfermedades vinculadas al trabajo por ejemplo la tecnología (el tecno estrés o tecno obesidad, entre otras lesiones sufridas).

SITUACIÓN PROBLEMÁTICA N° 02

CRITERIO: FLUIDEZ

Identifica 3 operaciones mentales que acciona la Mg. Carlos Jiménez Silva para realizar su comentario según el párrafo señalado con letra cursiva y de color rojo. Justifica tus respuestas. … (05 PUNTOS) Operaciones mentales 1.

Justificación: Análisis

El problema de estas medidas a implementar en relación a la desconexión digital. Justificación:

2. Síntesis 3.

Realiza labores intermitentes y el que realiza servicios no fiscalizados Justificación:

Inferencia Lógica

Normas que regulan tanto la jornada, horario y trabajo, como las que están vinculadas al registro de ingreso y salida en el trabajo.

SITUACIÓN PROBLEMÁTICA N° 03

CRITERIO: SÍNTESIS

En relación a la fuente informativa, según determinado criterio, resume y presenta la misma, considerando los siguientes aspectos: citar los datos significativos, representar gráficamente el resumen e indicar las operaciones mentales desarrolladas (utilizar formato adjunto) (05 PUNTOS)

Datos significativos: solución de conflictos: el trabajador conteste mensajes fuera del horario laboral, supresión del aviso sonoro de llegadas de correo o mensajes Enfermedades vinculadas por el trabajo: Tecno estrés, Tecno obesidad El Principio de Jerarquía: Este derecho aplica la norma a una situación determinada el Magistrado o la persona que realice arbitraje de derecho. Artículo constitucional: No excluye a ninguna categoría de trabajadores

CRITERIO: _____JERARQUÍA_________ organizador gráfico: Organizador Visual

Operaciones mentales:  IDENTIFICACIÓN  COMPARACIÓN  ANÁLISIS

SITUACIÓN PROBLEMÁTICA N° 04

CRITERIO: INFERENCIA

En referencia a la fuente informativa, partiendo de premisas elabora una conclusión deductiva o inductiva (precisa la clase de inferencia). Luego indica las operaciones mentales que activaste en el proceso del razonamiento. (utilizar el esquema que se adjunta) …

( 05 PUNTOS )

PREMISAS

CONCLUSIÓN __________________________?

solución de conflictos, el trabajador conteste mensajes fuera del horario laboral, supresión del aviso sonoro de llegadas de correo o mensajes Enfermedades vinculadas por el trabajo: Tecno estrés, Tecno obesidad El artículo constitucional no excluye a ninguna categoría de trabajadores Derecho aplica la norma a una situación determinada el Magistrado o la persona que realice arbitraje de derecho

OPERACIONES MENTALES Análisis Síntesis Inferencia Lógica

Los trabajadores no deben de ser explotados, ya que pueden concluir con enfermedades por el mismo trabajo...


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