Inforem sobre DAC y AAA PDF

Title Inforem sobre DAC y AAA
Course Diseño y Producción Audiovisual II
Institution Universidad Abierta Interamericana
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Descripcion de tareas, entrevista a personal, costos y como se realizan tramites en Directores Argentinos Cinematográficos y la Asociación Argentina de Actores...


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Indice DAC. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Pág. 2 Funciones. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .Pág. 3 Contacto y tipo de trámites. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .Pág. 3 Derecho de Autor. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .Pág. 5 Cuadro Síntesis. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .Pág. 7 Mapa Conceptual. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Pág. 8 Bibliografía. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Pág. 11

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DAC (Directores Argentinos Cinematográficos) nació de la fusión de las dos entidades que, hasta ese momento, representaban a los directores de cine argentinos. Una de ellas, era la Sociedad Argentina de Directores Cinematográficos (SADIR), fundada en 1945, en el marco de los cambios históricos que comenzaron a vivirse en el país en ese entonces de los cuales el 17 de Octubre había sido una señal muy clara- y a un año de haber aparecido el primer decreto de protección a la industria del cine nacional, destinado a clasificar las salas y a establecer la obligatoriedad de proyectar en las mismas particularmente en las de "primera línea"- una película argentina cada dos meses, como mínimo. La otra entidad que conformó inicialmente DAC, fue la Agrupación de Directores de Películas (ADP), nacida en 1956, en un marco histórico totalmente distinto, como fue el de la Revolución Libertadora, y de la que participaban directores con ideologías y aspiraciones distintas a las que predominaban en SADIR. Las diferencias entre "peronismo" y "antiperonismo" explicaban, en buena medida, la aparición de la nueva entidad, pero a ellas se sumaba también otras no menos importantes como, la crisis experimentada en la industria nacional a partir del impacto televisivo; la aparición de nuevos realizadores provenientes del cortometraje o de la crítica, influenciados por las propuestas de las nuevas corrientes mundiales de cine; los proyectos de un cine ";independiente", de "autor", de "operas primas", de "nuevo cine", de los "muchachos del corto", etc., distantes de la lógica que hasta ese entonces había dominado en la industria. Desde una y otra entidad, y en el contexto de la dictadura militar que regía en el país en esos años, se desarrollaron activas gestiones, junto a los productores, técnicos, actores, laboratorios, cortometrajistas, nucleados en la Unión del Cine Argentino (UCA), para fijar las normas jurídicas que habrían de permitir el fomento y el desarrollo al cine nacional. El Decreto-ley 62/57, sancionado en 1957, estableció por primera vez el fomento al cine como "industria, comercio, arte y medio de difusión y educación", dando finalmente nacimiento al Instituto Nacional de Cinematografía, como "ente autárquico dependiente del Ministerio de Educación". Un año después, el 23 de julio de 1958, SADIR y ADP, acordaron dejar de lado sus diferencias circunstanciales y actuar conjunta y solidariamente en una nueva entidad, donde convergerían posiciones políticas antagónicas y muy distintas miradas sobre la industria y la cultura cinematográfica.

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Funciones Obra Social

Gracias al acuerdo alcanzado con el SICA, y a través de su obra social OSPIC "Obra Social del Personal de la Industria Cinematográfica", los Directores asociados a DAC y que mantienen su cuota social al día, podrán solicitar el beneficio de cobertura de Obra Social. Para recibir este beneficio los directores que así lo deseen, deben enviar un mail manifestando su interés a la Comisión Directiva de DAC, detallando las particularidades de su grupo familiar, para los casos en que eso aplique. Los valores acordados para esta cobertura de Obra Social son los siguientes: Titular: Solicitud de cobertura para 1 (una) sola persona: Cuota mensual: $ 70 (setenta pesos por mes) Titular y grupo familiar con hijos menores de 18 años: Cuota mensual: $ 140 (ciento cuarenta pesos por mes) Cobertura para hijos mayores de 18 y hasta los 21 años de edad. Los titulares de grupo familiar podrán solicitar la cobertura de sus hijos mayores de 18 y hasta los 21 años de edad demostrando que los mismos se encuentran aun cursando estudios. Por cada hijo en el grupo familiar bajo esta situación se deberá abonar: Cuota adicional mensual: $ 50 (cincuenta pesos por mes). Contacto, tipos de trámites a realizar Para asociarse a DAC se debe haber estrenado en salas de cine de nuestro país al menos una película clasificada para el INCAA como película nacional, o exhibido obras audiovisuales para la TV, o realizadas para Video Home o Multimedia. Se debe enviar a [email protected] la siguiente nota con los datos personales y adjuntar una biofilmografía de no de dos páginas de extensión.

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De ser aceptada la solicitud, se debe abonar una cuota de ingreso, y así se obtienen todos los derechos y beneficios de DAC. Nota Tipo/Pedido de asociación a la entidad Lugar y fecha Sres.: Comisión Directiva Directores Argentinos Cinematográficos (DAC) Por la presente manifiesto mi deseo de asociarme a vuestra Entidad, para lo cual expreso mi voluntad de acatar las normas que rigen la Asociación y las que pudieran dictarse para su desarrollo. Asimismo adjunto los requisitos solicitados: Nombres y Apellidos: Nombre Artístico: Fecha de nacimiento: Nacionalidad: Nº DNI: Domicilio: Código Postal: Teléfonos: Direcciones de E-mail: Nombre y fecha ultima película estrenada u obra audiovisual exhibida o realizada: Nombre y País de Entidad de Gestión Colectiva (si está afiliado) :

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Derecho de autor Los autores benefician de un derecho exclusivo para algunas formas de explotación de sus obras. Cada vez que se crea una obra –un libro, una canción, una pintura, una película- su autor se convierte en el propietario de dicha obra –el o ella adquiere el derecho de autor. Básicamente, esto significa que el creador decide si su obra será utilizada y cómo. Convertirse en titular de este derecho no requiere generalmente ninguna formalidad. En la Carta del derecho de autor de la CISAC, "el derecho de autor se funda en el acto de la creación intelectual". Todo lo que hace falta es que las obras sean fijadas de forma tangible. A partir de ese momento, se garantiza al autor una protección legal, cuya naturaleza viene dada por la ley de los derechos de autor. Obras que se incluyen Los tipos de obras que cubren los derechos de autor incluyen: obras literarias como novelas, poemas, obras de teatro, obras de consulta, periódicos y programas de ordenador; bases de datos; películas, composiciones musicales, y coreografía; obras plásticas como pinturas, dibujos, fotografías y escultura; arquitectura; anuncios, mapas y dibujos técnicos. "Los términos " obras literarias y artísticas " comprenden todas las producciones en el campo literario, científico y artístico, cualquiera que sea el modo o forma de expresión, tales como los libros, folletos y otros escritos; las conferencias, alocuciones, sermones y otras obras de la misma naturaleza; las obras dramáticas o dramático-musicales; las obras coreográficas y las pantomimas; las composiciones musicales con o sin letra; las obras cinematográficas, a las cuales se asimilan las obras expresadas por procedimiento análogo a la cinematografía; las obras de dibujo, pintura, arquitectura, escultura, grabado, litografía; las obras fotográficas a las cuales se asimilan las expresadas por procedimiento análogo a la fotografía; las obras de artes aplicadas; las ilustraciones, mapas, planos, croquis y obras plásticas relativos a la geografía, a la topografía, a la arquitectura o a las ciencias." Los autores de una obra tienen el derecho exclusivo de utilizar o autorizar a otros el uso de la obra según las condiciones acordadas.

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Esto significa generalmente que éstos pueden prohibir o autorizar: -su reproducción, como en una publicación impresa o una grabación sonora; -su ejecución pública, como en una obra de teatro o una obra musical; -grabaciones de una obra, como por ejemplo en forma de discos compactos, casettes o vídeocasettes; -su difusión por radio, cable, satélite o a través de Internet; -su adaptación, como por ejemplo una novela en un guión; -su traducción a otras lenguas.

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Cuadro Síntesis

SADIR

ADP

DAC

Derecho de Autor

Asociados al DAC Otorga

Obra Social para Directores

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Mapa Conceptual

Hace valer

DAC

Derecho de Autor

Directores Asociados Pueden Obtener

Obra Social

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Bibliografía Sitio de Internet de DAC: http://www.dacdirectoresdecine.org.ar

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Índice Funciones y Organización de la AAA. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . Pág. 2 La FIA. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . …….Pág. 4 Contacto y tipo de trámites. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .Pág. 5 Lista de aranceles. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .Pág. 6 Mapa Conceptual. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Pág. 9 Bibliografía. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Pág. 12

Funciones y organización de la AAA - Asociación Argentina de Actores

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La Asociación Argentina de Actores es una asociación destinada a defender los derechos de los actores, principalmente los derechos intelectuales de los actores intérpretes a través de la Ley del Intérprete mediante la cual los actores podrán recibir el pago por cada una de las repeticiones de las obras (televisivas, cinematográficas, comerciales) que se realicen en cualquier medio, es decir que tendrán la facultad de percibir y administrar los recursos derivados de la explotación, utilización o comunicación de sus interpretaciones. Este decreto, beneficia a todos los actores cuando se exhiban sus trabajos por cualquier espacio audiovisual y es similar a la ley que regula los derechos de los músicos e intérpretes. También existen otras leyes en defensa de los actores como lo son: La Ley Nacional del Teatro Nº 24.800 mediante la cual se defiende los derechos del actor teatral, y el convenio de tercera edad con la subsecretaria de tercera edad del gobierno de la ciudad mediante la cual se busca concienciar a la población acerca de los derechos de las personas adultas o mayores desarrollando actividades sociales, culturales y recreativas. Además busca mejorar las condiciones de trabajo de los actores, los salarios, las jubilaciones, etc. Existe una obra social de actores (O.S.A) para beneficio de los mismos. Para acceder a la afiliación se debe contar con un aporte genuino de trabajo no voluntario. El socio que durante el primer y segundo año de afiliación no ingrese como mínimo 4 (cuatro) aportes genuinos de trabajo en forma anual, deberá pasar a la categoría de adherente (siendo su exclusiva decisión la opción de continuidad). Cuando el actor ejerce su profesión, la empresa deposita los haberes y la Contribución Patronal (6%) en la Asociación Argentina de Actores quien actúa como agente de retención y retiene el 3% correspondiente al aporte trabajado.

Cuando no se da la situación anterior, es decir, desaparece la figura del empleador, la Asociación Argentina de Actores recibe solo los haberes del actor y retiene el 6% del aporte del trabajador (3% para el sindicato y 3% para la O.S.A.)

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Los sueldos menores de $ 1.000 deben aportar el 10% de esa suma al FSR, mientras que los sueldos superiores a $ 1.001 deben aportar el 15% de esa suma al FSR. Ejemplo:

Sueldo bruto

$ 2.000

$ 1.000

Aporte del empleado

($ 60)

($ 30)

Contribución patronal

($ 120)

($ 60)

Aporte + contribución

$ 180

$ 90

Fondo solidario

($ 27)

($ 9)

Aporte + contribución neto

$ 153

$ 81

La Asociación Argentina de Actores se organiza básicamente en un Presidente (el cual es actualmente Miguel Padilla), un Secretario General (Norberto Gonzalo) y en distintas secretarias para cada área las cuales son: la secretaria administrativa (encargada de la administración y las afiliaciones), la secretaria de Actas, Prensa y RR. PP (encargada de los comunicados, las denuncias y la prensa), la secretaria gremial ( encargada de todo lo relacionado con fuentes laborales, convenios, asesoramiento legal) la secretaria de interior (encargada de las delegaciones), la secretaria de cultura, juventud y deporte (encargada de fomentar la cultura en los jóvenes a través de cursos, escuelas, exposiciones, becas, etc), la secretaria de relaciones internacionales (encargada de la FIA, festivales, etc) , la secretaria mutual (encargada del turismo, beneficios, jubilaciones,etc) y por último un órgano fiscalizador.

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La FIA La Federación Internacional de Actores (FIA) es un organismo internacional que representa a los sindicatos y asociaciones de actores, bailarines y otros artistasintérpretes en todo el mundo. La FIA fue formada en el año 1952 por el British Actores' Equity y el Syndicat Français des Artistas-Interpretes, los sindicatos de actores británico y francés respectivamente, y desde entonces ha crecido hasta convertirse en una genuina organización internacional con miembros en todos los continentes. En la actualidad se encuentran afiliadas a la FIA 100 organizaciones, las que están distribuidas alrededor de 70 países. La FIA se financia a través de sus propias organizaciones afiliadas a ella y está organizada de manera tal de contar con la total participación y representación de sus afiliados en todas las áreas de las artes escénicas. El actual presidente de la FIA es el actor sueco Tomás Bolme. Hay seis vicepresidentes, y cada una de las vicepresidencias está ocupada por un representante de los sindicatos: 

Catherine Almeras (SFA Francia),



Ian McGarry (Equity, Reino Unido)



Mikael Waldorff (DSF; Dinamarca)



Betti Pinho (SATED Brasil)



Pierre Curzi (UDA Canada)



John McGuire (SAG, EEUU)

El Comité Ejecutivo de la FIA comprende afiliados que representan los siguientes países: Alemania, Rusia, Argentina, Hungría, Camerún, Hong Kong, Australia, Marruecos. El Comité Ejecutivo de la FIA se reúne anualmente y los Congresos se realizan cada cuatro años. Para contactarse con la FIA se puede mandar un E-Mail a la dirección: [email protected] O también ponerse en contacto escribiendo a: FIA, Guild House, Upper St Martin's Lane, Londres WC2H 9EG, Reino Unido Tel + 44 20 7379 0900 Fax +44 20 7379 8260 Contactos y Tipos de Trámites

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Para ingresar como afiliado a la Asociación Argentina de Actores es necesario ser argentino nativo o naturalizado, o extranjero con residencia legal en el país, requiriéndose un solo aporte (6% de sus ingresos) por trabajos realizados y comprobables. La suma del aporte requerido para la afiliación no podrá ser inferior al mínimo establecido por convenio para la categoría de la rama a la que corresponda. El aspirante a ingresar como afiliado a la Asociación Argentina de Actores deberá llenar una solicitud con sus datos personales, grupo sanguíneo, nombre real y nombre artístico, documento de identidad, dirección postal y teléfono, en un formulario que se le proveerá, adjuntando dos (2) fotografías tamaño carné y curriculum vitae. Este formulario puede bajarse del Web Site de la Asociación: http://www.actores.org.ar O pedirse directamente en la dirección Datos solicitados en la solicitud de afiliación Pre-socio Nº Fecha de Ingreso: Socio Nº Fecha de Alta: Nombre Real: Nombre Artístico: Domicilio: Localidad: Teléfono: E Mail: Documento: DNI-CI-LE-LC-PAS. Nacionalidad: Fecha de Nacimiento Sexo:

CUIT: CUIL: MONOTRIBUTO: C.D.I.: JUBILADO: Nº de jubilación: Grupo Sanguíneo:

ACTIVIDAD ARTISTICA PRINCIPAL: ACTIVIDAD ARTISTICA SECUNDARIA:

ESTUDIOS CURSADOS Primarios: Secundarios: Terciarios: Otros:

Idiomas: Instrumentos musicales: Canto: Deportes:

Color de ojos: Color de pelo: Estatura: Peso:

El afiliado que haya ingresado a la AAA, recibirá un carné identificado con las palabras Socio Activo y gozará de plenos derechos, debiendo cumplir con todas las obligaciones estatutarias y de Ley. Lista de aranceles

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Escala salarial mínima para el convenio colectivo de trabajo N° 357/75 TEATRO Para salas mayores a 200 localidades Categoria Salario 1 de septiembre 2007 A

$ 2,200.00

B

$ 2,000.00

C

$ 1,800.00

D

$ 1,600.00

E

$ 1,400.00

Transpunte

$ 1,600.00

Apuntador

$ 1,400.00

Bailarina Solista

$ 1,600.00

Bailarina de Conjunto

$ 1,400.00

Para salas menores a 200 localidades Categoria Salario actual 1 de septiembre 2007 A

$ 1,681,86

B

$ 1,507,30

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C

$ 1,410.00

D

$ 1,216.00

E

$ 1,100.00

Transpunte

$ 1,216.00

Apuntador

$ 1,100.00

Bailarina Solista

$ 1,216,38

Bailarina de Conjunto

$ 1,100.00

CINE

CATEGORIAS

Salario anterior

Salario actual A partir 1 de septiembre

DIRECTOR DE PUESTA EN ESCENA (equiparado a 1ra. Categoría)

$ 4.700

$ 7.000.-

ROL 1ra. CATEGORÍA $ 4.700 (contrato de hasta 8 semanas de duración)

$ 7.000.-

ROL 2da. CATEGORÍA (contrato de hasta 8 semanas de duración)

$3.600

$ 5.500.-

ROL 3ra. CATEGORÍA $ 3.000 (contrato de hasta 8 semanas de duración)

$ 4.500.-

BOLO MAYOR (por día de filmación)

$ 510.-

$ 300

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BOLO MENOR (por día de filmación)

$ 425

$ 250

JORNADA DE TRABAJO Diurna: entre las 06:00 y las 21:00 hs. Nocturna: entre las 21:00 y las 06:00 hs. del día siguiente. Filmación: 8:45 hs. en jornada diurna, 7 hs. en jornada nocturna. Doblaje: 6 hs. en jornada diurna, 5 hs. en jornada nocturna. HORAS EXTRAS Desde las 00:00 hs. del Lunes hasta las 05:00 hs. del Sábado: al 50 %. Desde las 00:00 hs. del Sábado hasta las 24:00 hs. del Domingo: al 100 %

RAMA PUBLICIDAD CINE - TELEVISIÓN - VIDEO – GRÁFICA

Categoria

Salario A partir por 1 día

PROTAGONISTA

$ 1.400.-

CO-PROTAGONISTA

$ 1.167.-

SECUNDARIO

$ 761-

PERSONAJE MENOR

$ 681.-

GRUPO

$ 308.-

17

septiembre

2007

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ESCALA DE REMUNERACIONES MINIMAS PARA ACTORES EN RADIOFONIA VIGENTE A LA PARTIR DE AGOSTO 1994

BOLO DIARIO hasta 30 BOLO DIARIO hasta 60 BOLO DIARIO hasta 90 minutos $ 51,83.-

minutos minutos

$ $

32,38.38,85.-

CONTRATO MENSUAL 2 actuaciones semanales de hasta 15 2 actuaciones semanales de hasta 30 3 act...


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