Las Islas Malvinas -nunca fueron propiedad de Argentina PDF

Title Las Islas Malvinas -nunca fueron propiedad de Argentina
Author Stephen Potts
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Las Islas Malvinas en realidad nunca pertenecieron a la Argentina 1 . Nootka Sound El artículo VI de la Convención de Nootka Sound de 1790 no se aplica a las Islas Malvinas. Se refería en realidad a “islas adjacentes” y fue restringido su uso a las islas del extremo Sur. Aún si se aplicara, el artíc...


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Las Islas Malvinas en realidad nunca pertenecieron a la Argentina 1 . Nootka Sound El artículo VI de la Convención de Nootka Sound de 1790 no se aplica a las Islas Malvinas. Se refería en realidad a “islas adjacentes” y fue restringido su uso a las islas del extremo Sur. Aún si se aplicara, el artículo secreto establecía que el acuerdo seguiría vigente solamente “mientras no se establezcan asentamientos de sujetos de otras potencias”. Las Provincias Unidas al establecerse en las islas anularon el tratado. Las Provincias Unidas no heredaron la Convención de Nootka Sound ya que las leyes de la época así lo estipulan: “Un tratado sólo obliga a nadie más que a los signatarios”.. 2 . Tratado de Amistad: En 1825 el Cónsul Británico en Buenos Aires: Woodbine Parish negoció el tratado de Amistad, Comercio y Navegación con las Provincias Unidas dándoles reconocimiento de facto. Woodbine Parish obtuvo la descripción del territorio en cuestión. En esa descripción no se incluía a las islas Malvinas. Una vez firmado el tratado, el enviado de Buenos Aires Señor Nuñez viajó a Londres. Allí publicó una descripción de las Provincias Unidas poniendo el extremo Sur del territorio a los 37 grados de latitud sur, la publicación de Nuñez no hace referencia alguna a las Islas Malvinas. 3 . Herencia de España – Uti Posseditis Juris El concepto de que España heredara las Malvinas de España es falso. La Ley de la época no acepta herencia sin asentamiento y se dice que “un asentamiento sin oposición por varios años era necesario” antes que la soberanía pudiera ser aceptada. . (The Law of Nations, Vattel, Cpt XI, p337) Vernet había buscado aquiescencia del Reino Unido en dos oportunidades anteriores hasta el momento en que estableció “sus colonias” y los británicos protestaron cuando fuera nombrado goberandor por las autoridades de Buenos Aires. Jewett no tuvo nunca asentamientos. El concepto de uti possidetis juris (herencia de España) sólo es aplicable en derecho internacional a aquellos que optan por usarlo. Gran Bretaña, Francia, Brasil por ejemplo nuca han pedido el uso de “uti possidetis juris” y nunca se ha usado en ninguna corte o tribunal “sin el concentimiento de ambas partes”. vease '' See Falklands UPJ : https://www.academia.edu/28967823/Falklands_Uti_Possidetis_Juris Con respecto a Vernet y su nombramiento por las Provincias Unidas, el gobierno de Rosas que siguió al gobierno no electo de Lavalle, declararó nulos o anulados y todos los actos de ese gobierno y a todos los asociados a esa administración se los declaró criminales. Ver ’’(Falklands War: the First 400 Years, Claims, Chronology & Counter-Claims, Lorton R. 2012, p63 quoting Greenhow 1842). 4 . Caso de Harriet en 1839 Aún después de que Vernet hubiera sido hecho comandante politico y militar , su autoridad para actuar y la soberanía del Gobierno de Buenos Aires sobre las Malvinas no fueron aceptadas por el gobierno de los EEUU. Después que se perdiera el SS Harriet con todas sus pieles de foca que fueran confiscadas por Verne ten 1831, las noticias de este acontecimiento y perdida del buque llegaron a la Compañía de seguros y la Corte Suprema en Enero de 1839. La Compañía de seguros mantuvo que Vernet actuaba en forma legal y por lo tanto no tenía deber de compensar a los dueños. De todas formas la Corte falló a favor de los dueños de la nave, diciendo que : “ Es opinion de esta Corte.. , debido a que ha insistido el Gobierno Americano y todavía insiste, a través de su autoridad ejecutiva que las Islas Malvinas no forman parte de los dominios dentro de la soberanía del Gobierno de Buenos Aires, “ las acciones de dicho gobierno Americano en este sentido deben ser aceptadas en forma obligatoria por esta corte” (Falkland Wars: the First 400 Years, Claims, Chronology & Counter-Claims, Lorton, R., P92-93, quoting, Charles L. Williams v the Suffolk Insurance Company 38 US 13 Pet. 415 (1839)). 5 . Solicitud Argentina para que EEUU aplique la Doctrina Monroe En 1886 Argentina le pidió a los Estados Unidos que aplicara la Doctrina Monroe a la presencia del Reino Unido en Malvinas y Secretario de Estado de los EEUU les dijo que: “ La reanudación de la ocupación real de las islas Malvinas por parte del Reino Unido en 1833 se realizó en virtud de un título y reclamo que había sido previamente afirmado y mantenido por ese gobierno. No se ve a la Doctrina Monroe, que ha sido invocada por Argentina, como una doctrina aplicable en este caso. Por la forma en que la doctrina fue enunciada, expresamente excluye la operación retroactive.’ (Report of Foreign Affairs submitted to the National Congress in 1887, Buenos Aires, 1887, p193-201). La Doctrina Monroe fue politica internacional de EEUU aplicada a países de Latinoamérica y que afirmaba que EEUU vería intentos de potencias Europeas para colonizar o interferir con estados Sudamericanos lo vería como agresión y requiriendo la intervención de EEUU. Our Documents – Monroe Doctrine (1823). 6 . Opinion Argentina hizo varios intentos de afirmar su soberanía sobre las islas, si alguna vez fuera suficiente para darle un título claro es questionable. Las islas no eran “res nullius”, pero no eran claramente reconocidas por la comunidad internacional tampoco como pertenecientes a la soberanía de una nación. . (The Sovereignty Dispute Over the Falkland Islands, Gustafson L.S. 1988, P26)....


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