Memorial accion cambiaria PDF

Title Memorial accion cambiaria
Author Juan pedro MUÑOZ
Course Derecho Mercantil
Institution Universidad de San Carlos de Guatemala
Pages 5
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Summary

1 EJEMPLO DE DEMANDA PARA SU COBRO O BIEN ELPROCEDIMIENTO DEL RECLAMOEJECUTIVO CAMBIARIO NUEVOSEÑOR JUEZ DE PAZ DEL RAMOCIVIL---------------------------------------------------------------------CLAUDIA ELIZABETH AGUILAR MORATAYA, de cuarenta y ocho años de edad, casada, comerciante, guatemalateca, d...


Description

1.8 EJEMPLO DE DEMANDA PARA SU COBRO O BIEN EL PROCEDIMIENTO DEL RECLAMO EJECUTIVO CAMBIARIO NUEVO SEÑOR

JUEZ

DE

PAZ

DEL

RAMO

CIVIL--------------------------------------------------------------------CLAUDIA ELIZABETH AGUILAR MORATAYA, de cuarenta y ocho años de edad,

casada,

comerciante,

guatemalateca,

de

este

domicilio,

comparezco bajo la direccion y procuracion del abogado Sergio Edilsar Rojas

Rashon,

señalo

lugar

para

recibir

notificacione

la

oficina

profecional numero 100, ubicada en la cuarta calle diez guion cincuenta y ocho, zona 10 de esta ciudad capital, comparezco a promover JUICIO EJECUTIVO CAMBIARIO en contra de Constructora Serproma S.A. mediante su representante legal, quien debe ser nombrado en el momento oportuno, quien puede ser notificado en la veintiocho avenida, diez guion cincuenta y dos, zona siete, colonia Santa Marta, ciudad de Guatemala; demando bajo los siguientes: HECHOS I.

El dia doce de abril del año dos mil veintiuno, los hoy demandados sucribieron una obligacion social o debenture, a la orden, por la cantidad de cien quetzales.

II.

La obligacion se libro para hacer efectivos los intereses según sorteo, de forma semestral a partie del treinta de mayo del año dos mil veintiuno, lo cual ya fue sobrepasado en exeso.

III.

En consecuensia, comparezco para ejercitar accion cambiaria directa en juicio ejecutivo cambiario en conta de Constructora Serproma S.A. mediante su representante legal el cual sera nombrado en su oportunidad por requerimiento del señor juez. Siendo la entidad Constructora Serproma S.A. la principal obligada a cancelar la obligacion a la que se sometio, intereses moratorio y costas judiciales.

MEDIOS DE PRUEBA 1. Declaracion de parte: que en forma personal y no mediante apoderado debera hacer el representante legal determinado por Constructora Serproma S.A. en la audiecia que para el efecto se señale, bajo apercibimiento de que,si deja de comparecer sin justa causa, sera declarada confesa a solicitud de parte; 2. Declaracion de testigos: cuyos nombres e interrogatorio propondre en su oportunidad; 3. Reconocimiento judicial: a las personas, lugares y cosas que interesen al proceso; 4. Documentos: Obligacion Social o Debentures con fecha doce de abril del año dos mil veintiuno, suscrita por la entidad demanda, a la orden de la presentada, por la cantidad de cien quetzales. Acompaño copia autenticada del mencionado documento al presente memorial. 5. Medios de prube cientificos

6. Presunciones legales y humanas. DERECHO Articulo 615 del Codigo de Comercio de Guatemala,: ejercicio de la accion; la accion cambiaria se ejercitara: numeral segundo: en caso de falta de pago o de pago parcial. Articulo 616 del Codigo de Comercio de Guatemala: accion cambiaria directa; la accion cambiaria es directa cuando se dduce contra el principal obligado o sus avalistas. PETICION DE TRAMITE 1. Que, con el presente memorial y los documentos adjuntos se forme el expediente respectivo. 2. Que se temga como mi abogado director y procurador al Licenciado Sergio Edilsar Rojas Rashon. 3. Se tenga por señado el lugar para recibir notificaciones. 4. Se tengan por ofrecidos los medios de prueba individualizados en el apartado correspondiente y por presentados los documentos adjuntos. 5. Que previa calificacon del titulo en que se funda, se admita para su tramite en juicio ejecutivo la accion cambiaria que entablo en contra de Constructora Serproma S.A. mediante su representante legal.

6. Que se despache mandamiento de ejecucion, requriendo el pago a la ejecutada por la cantidad de cien quetzales, mas intereses y costas procesales, y en caso de no hacer efectivo el mismo se trabe embargo sobre cuentas monetarias y de ahorro que obren a favor de la entidad demandada en los diferentes bancos del sistema. 7. Que se de audiencia a la entidad ejecutada mediante su representante legal, por el termino de cinco dias,, para que se oponga o haga vales sus exepciones. DE SENTENCIA Que al dicatar sentencia se declare con lugar el presente juicio ejecutivo; en consecuencia, que ha lugar a jacer trance y pago de los bienes embargados, según proceda, de la entidad ejecutada, por el capital de cien quetzales mas intereses moratorios y costas procesales. CITAS DE LEY: Articulos citados: 1, 4, 6, 14, 14, 385, 386, 441, 464, 617, 619 del Codigo de Comercio de Guatemala; 44, 50, 51, 61, 62, 63, 66, 67, 75, 79, 297, 298, 301, 307, 327, 328, 329, 330, 331, 332, 523, del Codigo Procesal Civil y Mercantil. Acompaño tres copias del presente memorial y documentos adjunto. Guatemala quince de enero del año dos mil veintidos. A ruego de la presentada que de momento no puede firmar y en su auxilio

Licenciado Sergio Edilsar Rojas Rashon...


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