Resumen DE LA Antijuricidad Y SU Aspecto Negativo PDF

Title Resumen DE LA Antijuricidad Y SU Aspecto Negativo
Author alejandro morales
Course Derecho Penal General
Institution Universidad Veracruzana
Pages 3
File Size 55.4 KB
File Type PDF
Total Downloads 23
Total Views 139

Summary

analisis sobre la antijuridicidad y su aspecto negativo, fundamentos legislacion veracruzana y federal....


Description

La antijuridicidad y su aspecto negativo A grandes rasgos la autora Amuchategui nos define la “antijuridicidad” como lo contrario al derecho, pero analizando el termino y las situaciones que se presentan en la sociedad y con los delincuentes, este ultimo no va contrario a lo que esta escrito, más bien sus actos cuadran con lo escrito en la ley, como bien hemos visto en temas anteriores, ya que si no se presentan ciertos puntos deja de ser un delito la acción u omisión, como lo es el homicidio en legítima defensa. Conociendo lo anterior podemos mencionar que el Código Penal para el Estado de Veracruz nos menciona en su articulo tercero, que es el Estado y su poder punitivo, quien está sujeto a diversos principios, como la legalidad, culpabilidad, ya que estos tienen la finalidad de proteger los derechos del gobernado. Asimismo, podemos mencionar su artículo dieciocho el cual nos menciona que el delito es la acción u omisión y a estas la sancionan las leyes penales. Aunado a ello se distinguen dos tipos o clases de antijuridicidad, como lo es la material y la formal. La antijuridicidad en clase material se enfoca a la lesión o la puesta en peligro del bien jurídico protegido por la ley penal. Mientras que en el tipo formal hace referencia al ataque o contravención a lo escrito en la ley.

Su aspecto negativo de la antijuridicidad se basa en las causas de justificación, las de culpabilidad, lo que nos da un impedimento para imponérsele una pena al autor del comportamiento típico, ya que las mismas leyes disponen de una licitud de los hechos, en virtud de la protección del bien jurídico tutelado. Con conocimiento de lo anterior recurrimos a nuestro Código veracruzano, en el cual podemos encontrar en su capítulo cuarto “CAUSAS QUE EXCLUYEN EL DELITO”, y a partir del articulo 23 al 27 nos proporciona las diversas formas de excluir, justificar el comportamiento típico del autor. En este aspecto negativo de la antijuridicidad su naturaleza es objetiva, pues se incursiona en la conducta del sujeto, dando paso a que se invalide el delito, pero mas no exime de la culpabilidad.

La antijuridicidad y su aspecto negativo En los eximentes supralegales se hace referencia a que no necesariamente se encuentran eximentes justificativas en determinados artículos o capítulos, como lo mencionábamos en la legislación veracruzana capitulo cuatro, en la misma legislación se encuentran inmersas otras causas de justificación, un ejemplo es el articulo 154, el cual nos dice que el aborto no es punible y nos describe las situaciones en sus cuatro fracciones. Las causas de justificación se fundamentan con el consentimiento, en el cual para que sea eficaz se requiere ser el mismo titular tanto de la acción, como de la protección, y en el caso del interés preponderante, este surge como la necesidad de una protección superior, a fin de que así se justificaría el comportamiento ilícito desplegado. En nuestra legislación mexicana se contemplan las siguientes causas de justificación en particular: La legítima defensa es un comportamiento natural, que se basa en el instinto de sobrevivir, y se manifiesta repeliendo la agresión. Tal y como lo manifiesta la legislación nacional, también la veracruzana en su articulo 25 fracción III, inciso b. En el estado de necesidad es similar al anterior, pero en este se lesiona de menor o igual manera al bien del tercero, siempre que este peligro no pueda evitarse por otros medios y el agente no tuviere el deber jurídico de afrontarlo. Estos fundamentos podemos encontrarlos tanto como en Código Penal Federal en su art. 15, fracción V, como en la legislación veracruzana en el artículo 25, fracción IV. En el ejercicio de un derecho se genera un daño, pero siempre de forma legítima, aquí empira la necesidad racional por el medio empleado tal y como lo menciona el artículo 25, en la legislación veracruzana en su fracción primera, en el cual se hace alusión al actuar en el cumplimiento de un deber jurídico. En el fundamento de cumplimiento de un deber, es similar al anterior, solo que aquí como ya se menciono se debe cumplir con un deber, este deriva del articulo ya mencionado, pues hace alusión a ambas situaciones, deber y derecho.

La antijuridicidad y su aspecto negativo Con el consentimiento del titular del bien jurídico u ofendido, se destruye el tipo, y este mismo impide se integre un delito, esto se fundamenta con el articulo 15, fracción III y sus respectivos incisos de la legislación mexicana. La obediencia de jerarquía constituye una inculpabilidad, esto lo podemos apreciar en nuestra legislación veracruzana en su articulo 26 y sus respectivas fracciones, en las cuales se hace alusión a la conducta ilícita del agente, por miedo a represalias, ya sea a su persona, o a sus vínculos parentescos.

CONCLUSIÓN La antijuridicidad se presentara siempre y cuando las acciones u omisiones del delincuente cuadren con lo descrito en la ley, y así mismo esta puede presentar un aspecto negativo, que puede determinar que el que se presuma como delincuente no lo sea por las diversas causas de justificación que la misma legislación dispone en ciertas situaciones....


Similar Free PDFs