Resumen legal 2018 PDF

Title Resumen legal 2018
Author Japve vayman
Course Dirección y Legislación de Obra
Institution Universidad de Buenos Aires
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CONTEXTO SOCIAL Y ESTADO DE DERECHO SOCIEDAD: Conjunto de individuos que interactúan entre si. ESTADO: Forma de organización social. Conjunto de instalaciones. WEBER: territorialidad. Soberanía. Burocracia. impersonalidad. ESTADO ARGENTINO: "Representativo” “Republicano” “Federal” DERECHO: Es un conjunto de normas que regulan la interacción social. Reglas jurídicas. Ley - Usos y costumbres- Doctrina - Jurisprudencia OBLIGACION: Vinculo jurídico en virtud del cual un apersona debe cumplir una prestación a favor de otra persona. La prestación es DE DAR- DE HACER - DE NO HACER Contrato Cuasicontrato Delito Cuasidelito Ley HECHO: Acontecimiento que se presenta ante la percepción humana. ES SIMPLE HECHO: ( sin trascendencia jurídica) ES HECHO JURIDICO: (con trascendencia jurídica) –externos o humanosHECHO JURIDICO: Es el acontecimiento que produce el Nacimiento, Modificación o Extinción de situaciones jurídicas. ACTO: Es ejecutado con





Discernimiento Se manifiesta por un hecho Exterior Intención Libertad

ACTO VOLUNARIO: Simple / Licito: Es acción voluntaria no prohibida por la ley de la que resulta alguna adquisición modificación o extinción de relaciones o situaciones jurídicas. / Ilícito: Civil – Penal. ACTO INVOLUNTARIO: Es involuntario por falta de Discernimiento, Intención o libertad. Acto de quien al momento de realizarlo esta privado de la razón. Persona menor de 10 años.

ACTO JURIDICO: Es el acto voluntario licito que tiene por fin inmediato la adquisición, modificación o extinción de relaciones o situaciones jurídicas. PRODUCE EFECTO SOBRE LAS PARTES, AFECTANO A TERCEROS O SUCESORES. OBJETO: Cosas que se hallen en el comercio. Hechos lícitos. VICIOS: Error / dolo / violencia / lesión / simulación / fraude.

PERSONA FISICA: Ente susceptible capaz de adquirir derechos y contraer obligaciones. REAL: Signos de humanidad IDEAL: No son visibles pero son capaces de adquirir derechos y contraer obligaciones.

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PERSONA HUMANA: (Rasgos de humanidad) ATRIBUTOS DE LA PERSONA HUMANA: NOMBRE: Derecho / Deber. Identificación de la persona. DOMICILIO: Asiento geográfico. Real /Legal/ Especial o constituido. CAPACIDAD: Aptitud de las personas para ser titular de derechos y deberes jurídicos. De HECHO/EJERCICIO : Aptitud para ejercer derechos y contraer obligaciones de manera directa o personal. Incapacidad : Menor de edad. Incapaz por sentencia judicial. De DERECHO: Comprende requisitos exigidos por la ley para ejercer derechos y contraer obligaciones. Tiene aptitud para ser titular de Derechos y obligaciones.

ESTADO DE FAMILIA: Posición de la persona en una familia. PATRIMONIO: Conjunto de bienes que posee una persona. PERSONA JURIDICA: Son personas jurídicas todos los entes a los cuales el ordenamiento jurídico les confiere APTITUD para adquirir derechos y contraer obligaciones para el cumplimiento de su objeto y los fines de su creación . La persona jurídica tiene una personalidad distinta de la de sus miembros. Los miembros no responden por las obligaciones de la persona jurídica. PUBLICAS: El estado Nac. Las provincias, CABA, municipios, etc. Los estados extranjeros, org reconocidas por derechos intern publico. La iglesia católica. PRIVADAS: Sociedades – asociaciones civiles – Simples asociados- Fundaciones – Entidades religiosas – mutuales – cooperativas – consorcio de prop horizontal - toda otra contemplada por ley . ATRIBUTOS DE LA PERSONA PUBLICA: NOMBRE – DOMICILIO – OBJETO – DURACION – PATRIMONIO.

CODIGO DE FONDO: Derechos y obligaciones de las personas.

CODIGO DE FORMA Son los que regulan el procedimiento de cada una de la materia.

PODER JUDICIAL: Administra la justicia de una sociedad. Se encarga de hacer cumplir las leyes. PODER LEGISLATIVO: Se encarga de hacer las leyes.

ROL SOCIAL DEL ARQUITECTO CONSTRUCCION: Una de las mas importantes ramas de la actividad productiva de un país, cuyo fin es el de materializar proyectos arquitectónicos y de ingeniería. OBRA DE CONSTRUCCION: Cualquier objeto transformado o producido por alguien. Edificio en construcción. PUBLICA: PRIVADA: FIGURAS INTERVINIENTES EN LA CONSTRUCCION COMITENTE: Encarga a un profesional las tareas de proyecto y D.O PROFESIONAL: Ejerce un empleo publico con derecho a retribución. CONSTRUCTOR: ( Contratista- Empresa constructora) Materializa una obra de construcción bajo la dirección de un profesional. Invierte capital para obtener ganancia de la construcción. Es una persona jurídica. Tipo de empresa: Pequeña/ mediana / grande.

ARQUITECTO: Es aquel que ejerce la arquitectura, siendo esta el arte de proyectar y construir espacios habitables. Constructor e instalador de 1ra Categoría.

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Naturaleza jurídica de la profesión del Arquitecto: Es el Realizador de la obra intelectual HAY • Una persona se obliga a favor de otra ( comitente) a realizar una obra material CONTRATO • Cuando se promete un resultado eficaz reproducible o susceptible de entrega DE OBRA • Asume obligación de resultado

ORGANIZACIONES O NORMAS REGULADORAS DEL EJERCICIO PROFESIONAL CPAU: Consejo profesional de Arq. y Urbanismo CABA y Jurisdicción Nacional. CAPBA: Colegio de arquitectura de la prov. de Bs As.

Consejos y colegios fiscalizan la labor de los profesionales inscriptos en cada uno de ellos.

CONDICIONES PARA EJERCER LA PROFESION: • ESTAR MATRICULADO: Matricula profesional: Registro ante el colegio o consejo que certifica la aptitud para poder realizar el ejer. profesional • ESTAR INSCRIPTO EN ORG. DE CONTROL TRIBUTARIO: AFIP: (ORDEN NACIONAL) AGIP:(CABA) ARBA: ( PROV DE BS AS) • ESTAR INSCRIPTO EN ORG. PROVISIONALES: AFIP: Autónomos y monotributarios Caja de previsión (Prov. De Bs AS.

INCUMBENCIA- OBLIGACION Y CARGO DE HACER ALGO.

CODIGO DE PLANEAMIENTO URBANO Encargado de regular el tejido urbano, estructurando físicamente y determinar la densidad de cada distrito Garantizar Ventilación y asoleamiento Mejorar el sistema de transito Preservación Historia. DOMINIO: Restricciones EN EL INTERES PRIVADO: “ Los limites impuestos al dominio en materia de relaciones de vecindad, rigen en subsidio de las normas administrativas aplicables en cada jurisdicción.” EN EL INTERES PULICO: “ Las limitaciones impuestas al dominio privado en el interés publico están regidas por el derecho administrativo. El aprovechamiento y uso del dominio debe ejercerse conforme con las normas administrativas aplicables en cada jurisdicción.

CODIGO DE PLANEAMIENTO URBANO- ANTECEDENTES. • • • • • • • •

PERFIL EDIFICABLE: • DE LA PARCELA: Datos obtenidos consultados a los datos catastrales. • DE LA MANZANA: Medidas perimetrales y ancho de las calles • DE LAS CALLES: Medidas perimetrales y ancho de las calles.

ORDENAMIENTO TERRITORIAL: Normativa que regula el uso del territorio definiendo los usos de cada área.

URBANISMO: Disciplina cuyo objeto de estudio es la ciudad, en cuando a su ordenamiento y organización. OBJETIVOS: uso del suelo- org del transporte- legislación. PLANEAMIENTO URBANO: Conjunto de instrumentos técnicos y normativos realización con el fin de ordenar el uso del suelo y regular la transformación o conservación.

LEYES DE INDIAS: Síntesis urbanística: PLAZA CENTRAL / TRAMA REGULAR / MEDIDA DE LONGITUD :VARA.

Secciones : sección 1 : alcances – ámbito de vigencia- orden publico sección 2: normas administrativas sección 3: de la propuesta de apertura de vía publica y del parcela miento sección 4: normas generales sobre tejido urbano sección 5:zonificación en distritos. sección 6: sistema vial sección 7: sección 8: de la renovación urbana: sección 9: procedimiento de modificaciones del código. sección 10: protección patrimonial.

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1977 Usos de suelo • Autopistas Edificios, estructuras, instalaciones • Premios a construcción en altura apertura y ensanches de vías publicas • Ensanche área central Subdivisión parcelaria • Cinturón ecológico. Volúmenes edificables Tejido urbano Preservación ámbitos históricos Ordenamiento urbanístico del territorio de la ciudad aplicados a la propiedad privada y a la persona de derecho publico.

FOS: FACTOR OCUPACIONAL DE SUELO. PROVINCIA: Porcentaje de la sup total del terreno que se puede ocupar con EDIFICACION. Tiene carácter de máximos sin construir valor fijo. El área envolvente de las proyecciones horizontales de todos los niveles del o los edificios no podrá exceder el porcentaje de la superficie total del terreno establecido para el uso del mayor FOS el resto es espacio libre,Paisajismo. El valor FOS Depende de la zonificación que el municipio adopta para el terreno. CABA: Es el resultado de la aplicación de normas de tejido en una manzana (según ubicación de las LFI y LIB, retiros, etc. FOT: FACOR DE OCUPACION TOTAL Numero que multiplicado por la superficie total de la parcela determina la superficie edificable. La superficie edificable no se incluye el estacionamiento, solo se tiene el cuenta la mitad de la superficie de los balcones, tampoco la caja de escaleras.

ADJUDICACION DE OBRAS AL PROFESIONAL

PROYECTO, DIRECCION Y ADJUDICACION DE OBRAS PROYECTO: Conjunto de elementos gráficos y escritos que definen el carácter y finalidad de la obra y permiten ejecutarla. Comprende: Planos generales a escala Planos de construcción y detalle Planos de instalaciones y estructuras Presupuesto, pliego de condiciones, llamado a licitación. CROQUIS PRELIMINARES: Esquemas, croquis, diagramas ANTEPROYECTO: Plantas, cortes, vistas. Debe estar acompañado por una memoria descriptiva, escrita o grafica y de un presupuesto global estimativo. • •

PROPIEDAD INTELECTUAL: El Derecho de Propiedad, comprende para su autor la facultad de disponer de ella, publicarla , representarla, exponerla en publico. EL AUTOR: Es titular de por vida de su producción. Abarca a quienes con el permiso del autor traducen una obra, la adaptan, modifican o la transportan sobre una nueva obra. FALLECIMIENTO: Luego del fallecimiento del autor, Durante 70 años posteriores, sus herederos serán titulares de esos derechos de propiedad intelectual. Después de los 70 años, los derechos pasan a ser de dominio publico. SE PROTEGE SOLO LO ORIGINAL

PROPIEDAD INTELECTUAL: Si se detecta plagio puede haber sanciones Civiles, Penales ejecutadas por el tribunal de ética Prof. PLAGIO: Aprovechamiento trabajo intelectual ajeno presentándolo como propio, aun cuando tenga diferencias de detalles. Solo protege obras conocidas o editadas ( registradas en construcción) Custodia de trabajos Intelectuales: El autor puede presenta copias de la documentación ante la Dirección Nacional de Derechos de Autor. Deja constancia .

Alteración de una obra: Si la obra sufrió alteraciones, modificaciones o cambios de dimensiones, El profesional tiene derecho a borrar su firma. Derecho a exigir indemnización si un comitente utilizo su documentación.

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LICITACION. (DIRECTA) Ofrecer precio por una cosa que es de la calidad que se exige. Es un concurso de precios para llevar a cabo la construcción de una obra. Aptitudes y condiciones que una E.C debe tener. FIN ECONOMICO.

CONCURSO. ( INDIRECTA) Es una Oposición de méritos científicos , artísticos o literarios. En la Arq. Es un acto jurídico que busca determinar entre varias propuestas cual reúne mejores condiciones. VALOR ESTETICO Y ARTISTICO.

FACTORES: Ordinarios; Precios. Extraordinarios: Mejores antecedentes de la empresa. FIGURAS : Oferente. Empresario de la Const. Asesor del com : Prof. que asegura comitente. Promotor ( comitente o no) Repartición ( figura del estado) TIPOS : Abierta / Cerrada(Solo con inv) Publica / privada Nacional / Internacional BASES: Objeto de llamado: Tipo de obra. Condiciones: Que el oferente debe reunir. Pliego de condiciones: Adjudicación de obra. Firma de contrato. Recepción Propuestas.

FIGURAS: Promotor (comitente o no) Asesor Jurado ( fallo inapelable) concurrente ( concursante, ganador) TIPOS: Abierto /Cerrados Nacional / Internacional Sobre mejor anteproyecto/Sobre mejor obra BASES: Reglamento del concurso: jurado, premios, bases. Consideraciones generales: para que sirve la obra, etapas. Consideraciones Particulares: Ubicación, implantación.

LICITACION: El profesional conversa con el Comitente ( el que lo contrata) Sacando inquietudes y pretensiones sobre la materialización de la obra. Luego firmara una Nota de Encargo Es un documento preliminar a toda labor a realizar por el Prof. Firma Encomienda Profesional Documento requerido en municipios donde el Prof. ejercerá la tarea. El colegio o consejo certifica que el Prof. esta apto para realizar esas tareas. Es un vinculo entre Prof. y comitente. Contrato de locación de Obra Intelectual. Croquis preliminares- Anteproyecto-Proyecto de obra definitivo. DIRECCION DE OBRA • Es la función que el profesional desempeña controlando la fiel interpretación de los planos y de la documentación técnica que forma parte del proyecto y la revisión y extensión de certificados correspondientes a pagos de la obra de ejecución. • Debe controlar fielmente la interpretación del proyecto y cumplimiento del contrato • Servicio profesional independiente y unipersonal • Representa al COMITENTE en la obra. • El director de obra no debe quedarse todo el día en la obra, para eso esta el sobrestante. DIRECCION DE OBRA: • CON EMPRESA CONSTRUCTURA UNIPERSONAL: (ADMINISTRACION O ECONOMIA) El comitente asume riesgo del emprendimiento, contrato de mandato. El director de obra puede en nombre del comitente adquirir materiales y contratar mano de obra. • CON EMPRESA CONSTRUCTORA PLURIPERSONAL : (RIESGO) Porque arriesga el capital. UNICA / VARIAS ( CONTRATOS SEPARADOS) Se produce cuando hay varios contratistas encargados de la const en diferentes etapas. ( Estructura- Mampostería- Instalaciones) OBRA INEDITA Croquis, Anteproyecto, Proyecto.

OBRA CONOCIDA / EDITADA Obra Registrada y aprobada por autoridad estatal Obra en construcción.

PROYECTO, DIRECCION Y ADJUDICACION DE OBRAS CONSTRUCTOR Y DIRECTOR DE OBRA EN UNA MISMA PERSONA: • SOBRERESTANTE: Depende del director de obra. Lo designa con acuerdo del comitente. La dirección de obra responde por la actuación del sobrestante. Deberá estar nombrado en el contrato Profesional porque sino el contratista puede negarle la entrada al predio. Mayor permanencia en la obra. Tareas limitadas (controles técnicos de rutina, control de ingreso y egreso de materiales). Retribución gasto especial • SUPERVISOR DE OBRA: Control y Supervisor de obra . Informa al comitente sobre la marcha de los trabajos y asesoramientos de decisiones a tomar. Colabora con el D.O. En general se usa en casos de dirección por administración. Controla al director en nombre del comitente . No cambia responsabilidad del director. • INSPECTORES: Van por parte del estado, vigilan , fiscalizan y constatan el seguimiento de lo presentado. DGFOC/ SEGURIDAD E HIGIENE / UOCRA.

COMUNICACIÓN ENTRE D.O Y EMPRESA. LIBRO DE ORDENES DE SERVICIO: D.O A E.C ( 3 COPIAS) COMUNICACIÓN ENTRE EMPRESA Y D.O ACTA DE INICIO Y FINALIZACION DE OBRA: ACTA PRIVADA Y 2 EJEMPLARES. NO PRECISA ESCRIBANO. LIBRO DE NOTAS DE PEDIDO: E.C A D.O ( 3 COPIAS) PARTE DIARIO DE OBRA: Queda escrito lo que pasa, cantidad de personas trabajando, tareas realizadas.

COMITENTE: MANDA A EJECUTAR OBRA INTELECTUAL Y OBRA MATERIAL PROFESIONAL: REALIZADOR DE OBRA INTELETUAL

EMPRESA: REALIZADOR DE OBRA MATERIAL

FUNCIONES TECNICAS EN LA EMPRESA CONSTRUCTORA. Lleva a cabo la planificación.

JEFATURA DE OBRA: Representante de la constructora en la obra.

Coordina los distintos gremios . Esta a cargo del contratista . Verifica que estén los materiales indispensables para tareas.

ORGANIZACIÓN: Estudio y disposición de materiales y organización del cronograma VIGILANCIA DE OBRA: Verifica especificaciones del contrato de construcción: correcta ejecución de mano de obra y utilización de materiales empleados. Excepcionalmente la hace el director de obra. POLICIA DE OBRA: Custodia materiales y herramientas. Controla convivencia y buena conducta. En obras por contrato separado, esta a cargo de 1 contratista principal. Función de la conducción. REPRESENTANTE TECNICO: (PROFESIONAL) : Jefe de obra , pero profesional de 1ra categoría. Asume responsabilidad en nombre de la empresa contratista. Ejerce conducción y actúa entre org. Públicos / privados.

NUEVOS ROLES PROFESIONALES: GERENCIAMIENTO: • PROYECT MANAGER ( DE PROYECTOS): control de gestión de proyecto. Verifica el cumplimiento de objetivos del proceso global y en cada etapa. Coordinación entre disciplinas cumplimiento de plazos y reducción de costos. CONSTRUCCION MANAGER( DE OBRAS): control de gestión de obra. Verifica cumplimiento de planes, cronograma ,y plazos, controla los costos de obra. Se usa en proyectos complejos. Cumplimiento de plazos y reducción de costos. •

CONSULTORIA: Prestación de servicios profesionales, científicos y técnicos de nivel universitario. Un consultor es todo profesional altamente calificado que presta servicios de consultoría.

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CODIGO DE LA EDIFICACION SECCION 1 - GENERALIDADES De construcción. Demolición . Alteración, etc. Mantenimiento e inspección de predios, edificios, etc. Obligaciones de propietarios, usuarios, profesionales.

SECCION 2 - DE LA ADMINISTRACION – TRAMITACIONES Trabajos que requieren aviso y permiso de obra. Inspección y penalidades ( multas, suspensión, paralización de obra, inhabilitación de firmas) PERMISO DE OBRA: • Construir nuevos edificios • Ampliar refaccionar o transformar lo construido • Cerrar/ abrir o modificar vanos en la fachada ppal. • Elevar muros • Cambiar o mod estructuras de techo • Desmontar o excavar terrenos • Efectuar demoliciones • Efectuar inst mecánicas, eléctricas, térmicas • Abrir vías publicas • Mensurar predios • Construir ampliar o refaccionar playas de estacionamiento

AVISO DE OBRA: • Modificar el cordón del pavimento • Limpiar o pintar fachadas • Abrir / cerrar vanos en paredes que no sean de fachas ppales. • Revocar o cambiar revoque en cercas al frente. • Ejecutar/cambiar revestimiento revoques ext. Int. • Cambiar materiales de cubiertas • Ejecutar cielorrasos • ejecutar modificaciones de instalaciones • Instalar vitrinas y toldos sobre la vía publica. • Pintar o cambiar el color de los muros divisorios.

SECCION 3 - VERIFICACIONES DEL OFICIO Verificaciones técnico administrativas- de oficio-proyectos de obras – certificados. Vencimiento de permisos de obra.

SECCION 4 - DEL PROYECTO DE OBRAS Fachadas. Línea y nivel , cercas y aceras. Locales ( normas de habilitaciones) Medios de salida. Instalaciones complementarias. Materiales. combustibles. Protecciones contra incendio.

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SECCION 5 - DE LA EJECUCION DE OBRAS Vallas. Letreros. Estacionamientos al frente. Obligación de colocar letrero. Sist y materiales de construcción. Cimientos. Revoques. Andamios. Medidas de protección y seguimiento. SECCION 6 – DE LAS DISPOSICIONES VARIAS Obligación a conservar ( mantener el estado) , estimulo a edificación privada. Uso de predios para servicios públicos. SECCION 7 - DE LAS PRESCRIPCIONES PARA CADA USO Servicios de hotelería. Comercial. Industrial. Espectáculos. Sanidad. Educación. Cultura. SECCION 8 - DE LOS REGLAMENTOS TECNICOS Cargas permanentes y accidentales. Instalaciones calidad de materiales. Tensiones admisibles. PODER DE LA POLICIA: Facultad del estado para ejercer control sobre el cumplimiento de normas. POLICIA EDILICIA: control sobre construcciones. CABA: AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL (AGC) DIRECCION GRAL DE REGISTRO DE OBRAS Y CATASTROS (DGROC) DIRECCION GRAL DE FISCALIZACION Y CONTROL DE OBRAS (CGFYCO) VERIFICACIONES ESPECIALES: Son solicitadas por el D.O según avances de obra ( 3 verificaciones) Concluida la obra el D.O solicitara la 4ta verificación no pasado los 30 días. 1ro. A comenzar la implantación de obra en PB 2do. A finalizar la ultima losa 3ra. A finaliz...


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