Title | Segundo parcial de Evolución Intitucional del Derecho |
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Author | Ailen Tiziana Calderon |
Course | Evolución Institucional del Derecho |
Institution | Universidad Nacional del Sur |
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SEGUNDO PARCIAL Derechos Reales. La propiedad: la propiedad provincial podía ser transmitida por mancipatio. Falso. Derechos Reales. La propiedad: con los términos “dominium o propietas” se denominó a la propiedad: con la aplicación del derecho justinianeo. Servidumbres y Derechos Reales pretorianos...
SEGUNDO PARCIAL 1. Derechos Reales. La propiedad: la propiedad provincial podía ser transmitida por mancipatio. Falso. 2. Derechos Reales. La propiedad: con los términos “dominium o propietas” se denominó a la propiedad: con la aplicación del derecho justinianeo. 3. Servidumbres y Derechos Reales pretorianos: El Derecho de Superficies era, un Derecho Real Pretoriano que protegía al que había construido un edificio sobre suelo ajeno, y abonaba un canon anual. 4. Defensa Procesal de los Derechos: En el sistema procesal del proceso formulario la primera etapa se llevaba a cabo ante un magistrado (Pretor). Verdadero. 5. Posesión: En el caso de quien tiene la posesión de un bien que había sido prestado por su propietario y se niega a restituir al momento de requerírselo es: injusta o viciosa. 6. Servidumbres y Derechos Reales pretorianos: La servidumbre personal de usufructo es aquella que confiere a su titular, el uso, goce y percepción de frutos de cosa ajena sin alterar la sustancia . 7. El negocio jurídico: cuál de estos errores de hecho NO invalida el negocio: el error en la cantidad. 8. El negocio jurídico: las condiciones impropias son validas. Falso. 9. El negocio jurídico: el dolo es un vicio de la voluntad que afecta al discernimiento de la persona. Falso. 10. Derechos Reales. La propiedad: La Acción Reivindicatoria tenía por consecuencia la restitución de la cosa o que se le pague el precio del valor de la cosa. Verdadero. 11. Servidumbres y Derechos Reales pretorianos: Las servidumbres están protegidas por: la “acción confesoria”, la “acción negatoria” y los “interdictos”. 12. El negocio jurídico: el derecho romano sentó el principio de que el error de derecho no es excusable. Falso. 13. El negocio jurídico: El Modo o Cargo es una declaración unida a un acto de liberalidad que impone al Beneficiario un gravamen lícito. Verdadero. 14. Las cosas y el patrimonio: Las Res Mancipi se encuentran incluidas dentro de la clasificación de “cosas in Comercio”. Verdadero. 15. El negocio jurídico: los vicios de la voluntad son: error, dolo y violencia. 16. Posesión: Indicar cuáles son los vicios de la posesión, clandestinidad, violencia y precario. 17. Las cosas y el patrimonio: Las Res divini iuris eran aquellas consagradas a los dioses (sacrae, religiosae y sanctae). Verdadero. 18. Derechos Reales. La propiedad: la in iure cesio como modo de adquirir la propiedad, sólo era accesible a los ciudadanos romanos. Verdadero. 19. Las cosas y el patrimonio: las cosas accesorias eran las que estaban subordinadas o dependían de otra principal. Verdadero. 20. Servidumbres y Derechos Reales pretorianos: En la Servidumbre de paso, el titular del fundo sirviente tiene que tolerar que su vecino atraviese por su terreno. Verdadero. 21. El negocio jurídico: los elementos accidentales del Negocio Jurídico son la condición, el plazo y el modo o cargo. Verdadero. 22. Las cosas y el patrimonio: Cuál de las siguientes NO ES una cosa fungible: una escultura de un artista famoso. 23. Posesión: El interdicto SALVIANO se otorgaba a un sujeto para adquirir la posesión de bienes que le correspondían en su condición de bonurum possesor. Falso.
24. Servidumbres y Derechos Reales pretorianos: La entrega en garantía de la tenencia de una cosa al acreedor, permaneciendo el deudor con la propiedad o la posesión se denomina: prenda o pignus. 25. Derechos Reales. La propiedad: La Ley de las XII Tablas establecía que la usucapión de una cosa inmueble operaba cuando el usus (estado posesorio) se mantenía en forma continuada durante 2 años. 26.El negocio jurídico: el dolo no invalidaba el negocio, según: el antiguo ius civile. 27. Derechos Reales. La propiedad: el modo originario de adquisición de la propiedad que implicaba la mezcla de cosas sólidas se llamaba Conmixtio. 28. Derechos Reales. La propiedad: La prohibición de cremar o enterrar cadáveres de familiares es una limitación de derecho privado. Falso. 29.Defensa Procesal de los Derechos: El modo de ejecución del deudor que no cumplía la sentencia en el sistema procesal de las Legis Actionis era: la venta como esclavo del deudor por el procedimiento de la manus inectionem 30. Defensa Procesal de los Derechos: La aparición del Juez funcionario, la burocracia judicial y la instancia de apelación aparecen en el período romano de la Monarquía. Falso. 31. El negocio jurídico: la representación para declarar la voluntad que nace del imperio de la ley se da en el caso de: la tutela. 32. Las cosas y el patrimonio: las cosas son objetos materiales (corpus), físicamente delimitadas y jurídicamente independientes. Verdadero. 33. Posesión: El interdicto utrubi se podía solicitar para que el pretor: dispusiera que cesen los actos de perturbación o molestias en la posesión respecto de un bien mueble. 34. Derechos Reales. La propiedad: El ius fruendi implica el derecho de reclamar los frutos que producen los bienes ajenos. Falso. 35. Servidumbres y Derechos Reales pretorianos: La hipoteca era: un derecho real de garantía . 36. Las cosas y el patrimonio: Las cosas que tienen una individualidad propia que impide su reemplazo por otra del mismo género se denominan: no fungibles. 37. Las cosas y el patrimonio: Teniendo en cuenta su consumibilidad, las cosas se clasifican en fungibles y no fungibles. Falso. 38. Derechos Reales. La propiedad: el carácter irrevocable del derecho de propiedad se vincula con: el tiempo. 39. Las cosas y el patrimonio: Las cosas fungibles se caracterizan por formar parte de un género tan homogéneo, de tal modo que pueden reemplazarse unos a otros teniendo en cuenta peso, número, medida. Verdadero. 40. El negocio jurídico: el negocio jurídico bilateral se da cuando se necesitan: dos sujetos....