Tarea#1- Ramas del derecho - Hernández Zavala María Fernanda PDF

Title Tarea#1- Ramas del derecho - Hernández Zavala María Fernanda
Author Fernanda Hernandez
Course Derecho Fiscal
Institution Universidad Politécnica de San Luis Potosí
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Licenciatura en Mercadotecnia Internacional Aspectos Legales en los Negocios

TAREA #1 - RAMAS DEL DERECHO

Hernández Zavala María Fernanda 150793 Grupo: K34A Docente: Ma. Verónica Guerrero Ramírez Septiembre, 2020

INTRODUCCIÓN.

El derecho es el conjunto de principios y normas que regulan las sociedades humanas en torno a los conceptos de justicia y orden, y que los Estados son capaces de imponer de manera coactiva. Pero también se llama así a su estudio y análisis. Dicho de otro modo, el derecho es al mismo tiempo el orden jurídico de las sociedades y la disciplina que los estudia. En la siguiente investigación se muestra el conjunto de categorías o subdisciplinas, especializadas en los distintos criterios de aplicación de la ley, así como en la formulación de sus principios mismos. A dichas categorías se las conoce como las ramas del derecho.

RAMAS DEL DERECHO. La clasificación del derecho se da en base a tres criterios, que son: 

Por su ámbito nacional o religioso. Es decir, a la tradición cultural, política e histórica que los engendró. Por ejemplo: derecho germánico, derecho anglosajón, derecho romano, etc.



Por la actividad específica que regula. Es decir, dependiendo de a qué realidad específica regulan las leyes estudiadas. Por ejemplo: derecho militar, derecho laboral, derecho bancario, etc.



Por su ámbito técnico. Es decir, por las partes del proceso jurídico que regulan. Por ejemplo: derecho civil, derecho penal, derecho administrativo, etc.

El derecho se divide en tres ramas: derecho público, derecho privado y derecho social, cada uno con sus ramas particulares.

DERECHO PÚBLICO. Se conoce con el nombre de derecho público a la rama del Derecho que tiene el objetivo de regular los vínculos que se establecen entre los individuos y las entidades de carácter privado con los órganos relacionados al poder público, siempre que éstos actúen amparados por sus potestades públicas legítimas y en base a lo que la ley establezca. Esta división del derecho contempla las siguientes ramas: 

Derecho político. Estudia y regula el ejercicio de la política, es decir, del mando y la subordinación, los elementos y clases de Estado, las formas de gobierno, la filosofía política y otros aspectos relacionados a ello.



Derecho constitucional. Se dedica al análisis de los derechos fundamentales consagrados en la Carta Magna o en el texto jurídico base de la sociedad, sea cual sea, y vela por la regulación de los poderes públicos, sometiéndolos a lo legal.



Derecho administrativo. Dedicada al estudio de la administración pública, es decir, la regulación del Estado, sus servicios públicos y órganos auxiliares, los cuales deben operar en función de garantizar el orden, la justicia y la seguridad.



Derecho migratorio. Aquel que tiene que ver con el tránsito internacional de individuos, su nacionalización, los mecanismos de extranjería y el derecho de entrada, salida o permanencia de ciudadanos de otros países.



Derecho procesal. Dedicada a la resolución de conflictos de manera ordenada, legal y válida, entre particulares y el Estado, o entre ellos mismos, de acuerdo con el ordenamiento del Estado y de lo contemplado en las leyes respecto al proceso judicial y las garantías debidas.



Derecho internacional público. Es el que se ocupa de las relaciones entre los Estados, dentro de la comunidad internacional y sus organismos bilaterales de cooperación, regulación y mediación en conflictos entre comunidades nacionales e internacionales.



Derecho fiscal o tributario. Aquel que estudia los mecanismos de recaudación y tributo del Estado.



Derecho penal. Vinculado con el ejercicio de la justicia en tanto castigo a los culpables y resarcimiento de las víctimas, de acuerdo con el código jurídico que distingue entre lo que es legal y lo que no.

DERECHO PRIVADO. El derecho privado es aquel que se encarga de regular las relaciones entre los particulares, las cuales son planteadas en su propio nombre y beneficio. Se trata de una rama del derecho constituida por el derecho civil y el derecho mercantil, entre otras. Se divide a su vez en tres ramas distintas: 

Derecho civil. Comprende el conjunto de normas que regulan la vida diaria del ser humano, como las relaciones familiares o la formación o disolución de vínculos conyugales, la patria potestad, la maternidad, la propiedad privada, el registro civil, y el derecho a usufructo y posesión de los distintos tipos de bienes, las obligaciones individuales y los tipos de contrato entre las personas.



Derecho mercantil. Se ocupa exclusivamente de los actos comerciales, financieros, mercantiles o de explotación económica que se dan en términos legales, justos y formales entre sujetos de ley, sean personas naturales o jurídicas.



Derecho internacional privado. Regula las operaciones internacionales de los individuos, y reglamenta las nacionalidades y los eventuales conflictos entre marcos jurídicos diferentes.

DERECHO SOCIAL. Inspirados en postulados de justicia, los derechos constituyen el orden institucional encargado de regular los comportamientos humanos en sociedad. Se trata, por lo tanto, de un conjunto de normativas que permiten resolver los conflictos sociales. Comprende y estudia las leyes y normas que velan por la convivencia armónica de los individuos dentro de una sociedad que es igualitaria ante la ley, pero dispar en cuanto a clases socioeconómicas. Para ello, abarca las siguientes ramas: 

Derecho laboral. Se ocupa de regular las condiciones en que tiene lugar el trabajo, para garantizar que sean justas, equitativas y respetuosas de la ley, así como las posibilidades de representación sindical o gremial y otros aspectos que atañen al ejercicio profesional. Comprende tres subramas: derecho individual del trabajo, derecho colectivo del trabajo y derecho procesal del trabajo.



Derecho económico. Comprende las normas que regulan la participación del Estado en la actividad económica de una sociedad, para brindar certeza jurídica a los participantes de la cadena productiva en sus distintas etapas.



Derecho agrario. Regula la tenencia de tierras, la explotación agropecuaria y las diversas formas de propiedad no urbana.



Derecho ecológico. Lidia con el conjunto de normas de defensa del medio ambiente y del legado ecológico de la sociedad, para impedir el uso indiscriminado e irresponsable de los recursos naturales o bien la contaminación desmedida y el daño ecológico severo.

CONCLUSIONES. Al distinguir las ramas del derecho como tal dentro de todo orden jurídico podemos encontrar grupos de normas que en sectores de la sociedad individualizados de la vida tienen una relación entre sí aunque tienen distintos intereses, pero contribuyen unos con otros con los principios en común que tienen. Gracias a ellas se puede llevar una vida de calidad siguiendo las normas y leyes que se establecen en cada una de ellas y estar seguros de que nuestros derechos sean regulados y validos a cualquier parte que vayamos.

GLOSARIO

Amparo: Institución q tiene dentro d las normas de Derecho Político o Constitucional y q va encaminada a proteger la libertad individual o patrimonial d las personas cuando han sido desconocidas o atropelladas x una autoridad, cualquiera q sea su índole, q actúa fuera d sus atribuciones legales o excediéndose en ellas, generalmente vulnerando las garantías establecidas en la Constitución o los Derechos q ella protege Jurícidad: Tendencia o criterio al predominio d las soluciones de estricto derecho en asuntos políticos y sociales. Legitimar: Justificar según ley o derecho. Facultad p. ejercer determinadas funciones o cargos. Reconocer como legítimos a los hijos naturales e incluso extraños mediante la legitimación o la legitimación adoptiva. Ilícito: Lo prohibido por la ley a causa de oponerse a justicia, equidad, razón o buenas costumbres. Instancia: Cada una de las etapas del proceso judicial. En el Poder Judicial de la Ciudad: 1) Juzgados de Primera Instancia, 2) Cámaras de Apelaciones y 3) Tribunal Superior de Justicia. Ley: Norma establecida por los órganos que constitucionalmente tienen atribuido el poder legislativo originario, para regular algún aspecto de las relaciones sociales. Litigar: Promover un juicio contencioso. Oponerse a demanda judicial. Pleitear.

BIBLIOGRAFÍA. 

Fonseca, J. I., Herrero, R. e Iglesias Sánchez, M. J., Diccionario Jurídico, Colex, Madrid, 1999.



E. (2013, 29 julio). ¿Cuales son las ramas del derecho? YouTube. https://www.youtube.com/watch?v=gCKGhyOsS2g



I.R. (2008, 14 noviembre). II. RAMAS DEL DERECHO. institutoroche.es. https://www.institutoroche.es/legalnociones/2/ii_ramas_del_derecho...


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