RAMAS DE LA HISTORIA DEL DERECHO PDF

Title RAMAS DE LA HISTORIA DEL DERECHO
Course Derecho constitucional mexicano
Institution Universidad de Guadalajara
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La historia del derecho abarca dos ramas: la historia universal del derecho y las historias nacionales del derecho. Se comprenden todas las familias jurídicas y estudian los sistemas jurídicos....


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Raúl Castañeda Almaguer / 1° B Semiescolarizado CAPITULO #6 – Ramas de la historia del derecho. La historia del derecho abarca dos ramas: la historia universal del derecho y las historias nacionales del derecho. Se comprenden todas las familias jurídicas y estudian los sistemas jurídicos. FAMILIAS -FAMILIA ROMANO – GERMANICA (ROMANO CANONICA) Se ha concebido como conductas vinculadas a la moral y justicia, se ha interesado mas por los conceptos que por establecer principios claros para la administración de justicia y la aplicación del derecho. Es la familia más difundida y antigua de las existentes. Su origen se remonta a la ley de XII tablas a mediados del sigo V a.C. se construye de universidades europeas y latinas base compilación Justiniano. Evolución de la familia romano germánica

Estudio del derecho romano en periodos. a) Derecho arcaico, desde la fundación de Roma (753 a.C.) – promulgación ley XII tablas (450 a. C.) b) Derecho preclásico - ley XII tablas (450 a. C.) – ley aebutia (125 a. C.) c) Derecho clásico. – ley aebutia (125 a. C.) – reformas constitucionales de dioclesiano (294 d. C.) d) Derecho posclásico - reformas constitucionales de dioclesiano (294 d. C.) – inicio obra copiladora de Justiniano (527 d. C). gobierno Justiniano.

Derecho romano arcaico, fundación de Roma y ley XII tablas. El nombre Italia designa en principio a la región cabria a partir del 89 a.C., las edades de bronce y hierro llegan a Italia pueblos de Europa central, época de bronce aparecen dos culturas: terramarca y apeninica. La cultura terramara se refiere al hecho de que tradicionalmente los lebriegos recogían tierra para abono, los palafitos con empalizadas son estacas al borde de lagos, los terramaras se construyen en tierra firme. La cultura peninica

se

extiende a lo largo de los Apeninos y son nomadas. En la edad de hierro la cultura vilanoviana, acostumbraban incineración, urnas en forma de cabaña. Italia entra en la protohistoria, en el siglo VIII es un periodo histórico en que faltan la cronología y los documentos y cuyo conocimiento se basa únicamente en las tradiciones o inducciones. El pueblo etrusco alcanza un gran desarrollo artístico cultural y económico, derivado de la fertilidad de su suelo, de la pesca, del comercio y de materias primas como el hierro. Roma es fundada por Rómulo. Monarquía: el reinado de los reyes latinos tomaba en cuenta al Senado y pueblo. Los reyes etruscos, actuaron con despotismo, y ocasionó el levantamiento del pueblo. Influye decisivamente en la fundación Estado-ciudad. Roma alcanza un gran esplendor al final de la monarquía, y en el primer medio siglo de república cae en un estancamiento. República: con la expulsión del rey Tarquino, gobiernan Roma dos magistrados, primero llamados pretores luego cónsules. Organización constitucional: Magistratura: Caída de la monarquía del Imperio Rex pasó a dos magistraturas. El poder de los magistrados romanos se denomina imperium, dictaris, consulare o praetorium para aquellos que se encuentran en la cúspide de la organización constitucional. El imperium o poder supremo se reserva a magistrados mayores. El imperium además del mando militar comprende:

-El derecho a recoger los presagios. -Derecho a reunir al pueblo y al senado. -Facultad de decir derecho (jurisdictio). -Poderes represivos (coercitio). -Derecho a dar edictos.

Magistraturas ordinarias permanentes. -Consulado: Se denominó consulado a la magistratura romana que sustituyó a la monarquía al frente del Estado. Se ocupaban de ejecutar leyes y tomar las decisiones más importantes. (Véase República romana). Cada año se elegían dos cónsules. -Pretura: Los pretores eran los encargados de presidir los tribunales, durante un año, aunque finalizado este tiempo podían convertirse en propretores y gobernar otro año sobre unos territorios determinados. Eran ocho, y podían considerarse los ayudantes de los cónsules. Se encargaba de realizar los juicios, y aplicar los castigos a los culpables. -Cuestura: Las funciones del censor estaban inicialmente confiadas al cónsul, que podía delegarlas. Se ejercían cada cinco años y al terminar se realizaba un ritual de purificación con varios sacrificios llamado Lustro. -Edilidad: Los ediles eran magistrados menores sin imperio. Originalmente se crearon, al margen de la constitución romana, ediles plebeyos como asistentes del tribuno de la plebe. -Tribuno: Su función era proteger al ciudadano desvalido y podía vetar las actuaciones de las más altas magistraturas.

Derecho romano preclásico A partir de las guerras púnicas, (264 a.C.) específicamente de la segunda se inicia el poder romano (220 a. C). Roma dominó a casi todo el mundo entonces conocido. Prevalece la idea de que roma fue impulsada a su expansión por las circunstancias, y no que así lo hayan planeado. Constitución: a Roma ingresaban además grandes riquezas de saqueos y pagos de tributos de los pueblos vencidos, hicieron que apareciera una clase privilegiada denominada caballeros o quites. Organización del imperio en Italia y sus provincias: su base era los conjuntos de familias llamadas civitas o Estado-ciudad (Estado democrático). - Ager Romanus: son estados vencidos incorporados al imperio romano, dentro de estos estados se encontraba: -Roma Estado-ciudad, soberano. -Municipio. Comunidades que habían sido estados independientes y luego se les adhería al Imperio y se les concedía la ciudadanía. -Coloniaeciviumromanorum. Asentamientos de ciudades romanas colocados en puntos estratégicos para la dominación romana. -Foraetconciliabulaciviumromanorum. Lugares de reunión de ciudadanos romanos. Los socii. Eran los aliados de Roma. Latiniprisci. Ciudadanos de los estados latinos, que habían combatido desde un principio a lado de Roma. Latinicoloniarii. Habitantes de las antiguas colonias latinas fundadas por Roma. Gozaban de amplia autonomía.

Imperio romano El Imperio romano (en latín: Imperium Romanum, Senatus Populusque Romanus o Res publica populi romani)1 fue el tercer periodo de civilización romana en la Antigüedad clásica, posterior a la República romana y caracterizado por una forma de gobierno autocrática. El nacimiento del Imperio viene precedido por la expansión de su capital, Roma, que extendió su control en torno al mar Mediterráneo. Bajo la etapa imperial los dominios de Roma siguieron aumentando hasta llegar a su máxima extensión durante el reinado de Trajano, momento en que abarcaba desde el océano Atlántico al oeste hasta las orillas del mar Caspio, el mar Rojo y el golfo Pérsico al este, y desde el desierto del Sahara al sur hasta las tierras boscosas a orillas de los ríos Rin y Danubio y la frontera con Caledonia al norte. Su superficie máxima estimada sería de unos 6,5 millones de km².

El término es la traducción de la expresión latina «Imperium Romanum», que significa literalmente «El dominio de los romanos». Polibio fue uno de los primeros hombres en documentar la expansión de Roma aún como República. Durante los casi tres siglos anteriores al gobierno del primer emperador, César Augusto, Roma había adquirido mediante numerosos conflictos bélicos grandes extensiones de territorio que fueron divididas en provincias gobernadas directamente por propretores y procónsules, elegidos anualmente por sorteo entre los senadores que habían sido pretores o cónsules el año anterior. Derecho romano postclásico La Época Postclásica abarca del 284 al 476, fecha en que Roma cae en poder de los bárbaros. Su característica política dominante es el absolutismo imperial, en el cual se afirma aun más el poder legislativo del emperador.

El Derecho se configura estatalmente y se diluyen y burocratizan las escuelas de Juristas. Como indicaría Eugéne Petit el derecho como ciencia esta herido de una verdadera decadencia y se hace precisa su codificación o compilación tanto de las Leges Principium (Constituciones Principium, Gregorianum, Hermogenianum y Teodorianum), como de la compilación y codificación de iuras que son los escritos de juristas clásicos....


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