Teorías sobre la naturaleza del Estado PDF

Title Teorías sobre la naturaleza del Estado
Author Chio Chio
Course Derecho Politico
Institution Universidad Católica de Salta
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Com 4....


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Teorías sobre la naturaleza del Estado Para llegar a la definición de estado tenemos que hablar primero de la naturaleza del mismo, acerca de sus teorías: 

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TEORIAS SOCIOLOGICAS: descubren en el estado una realidad social. Se dedican a observar y explicar su naturaleza sobre la base del fenómeno sociológico de la convivencia humana. Las principales teorías sociológicas son: El estado como hecho de convivencia: la realidad fundamental del estado consiste en el fenómeno de agrupamiento de hombres que viven juntos y se relacionan recíprocamente. Es una teoría incompleta, ya que no solo necesita de convivencia sino de otros ingredientes como el territorio, el gobierno, un poder, etc. El estado como asociación: la convivencia de los hombres alcanza una unidad permanente y forma de asociación; la unidad que está asociación implica proviene del fin común que sus miembros persiguen. El estado como hecho de dominación: destaca primordialmente el hecho social de que en el grupo se da una relación de dominación, de poder social, de imposición y mando de unos hombres sobre otros. Dominación puede explicarse por la mera fuerza o violencia, por el consentimiento, por el carisma, o por la realidad económica subyacente. Esta teoría agrega, el hecho de dominación, aparte de la convivencia, sin embargo este hecho es originario e irresistible, la cual no está institucionalizada, consiste en la mera fuerza. El estado como dualidad de gobernantes y gobernados, da por cierto que la relación respectiva de traba entre unos hombres que mandan y otros que obedecen, es la dualidad nombrada, autores llegan a la conclusión en que este dualismo es la verdadera realidad del estado. Afirmamos que esta hace a la realidad de estado, sin embargo, no solo ésta define al estado, existen otras más. El estado como producto de la lucha de clases: en la tesis marxista recibe una explicación económica. Los económicamente poderosos dominan y explotan a los económicamente débiles, y en virtud de tener en sus manos los medios de producción detentan el poder político, es decir que la clase dominante tiene el poder porque es dueña de la producción de productos. Critica: el primer error de esta tesis es suponer que la realidad económica condiciona y determina necesariamente a toda otra realidad. El Estado confundido con algunos de sus elementos, o explicados con uno de ellos: El estado como pueblo: el hecho de convivencia y de asociación nos pone por delante la pluralidad de hombres que componen la población o pueblo del estado. La comunidad de hombres convivientes seria, asi el estado. El pueblo es el estado y el estado es el pueblo. Critica: sin población no hay estado, pero la población sola no es estado ni hace al estado, es menester un territorio, poder, gobierno. El estado como territorio: esta teoría atribuye importancia al territorio, pero no excluye a los otros elementos. El estado como poder: desde el poder político como energía y capacidad de que dispone el estado para cumplir su fin, es un elemento definitorio del estado, en torno del cual gira la política como actividad, y para cuyo ejercicio se hace indispensable la existencia de un gobierno. El estado como gobierno: el poder es capacidad y energía de acción, el gobierno es el conjunto de titulares de ese poder, o sea, de hombres que ejercen y ponen en acción aquella energía. El fenómeno del mando ha cooperado a acentuar la trascendencia de los hombres q mandan, es asi que Luis XIV decía el estado soy yo y no hay nada mas después de mi. El estado como institución: institución como una idea de obra que se realiza y dura en un medio social. Esa idea de obra nace, se interioriza y se incorpora en un grupo humano que tiene un fin común. El estado es una institución pero no la única.

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Critica: se caracteriza por organizarse territorialmente y por abarcar no un ámbito limitado de personas y de relaciones humanas. El estado como persona moral: la persona moral no es una ficción, ni un invento de la técnica jurídica, ni una suma de personas físicas individuales, es una realidad social diferente de los hombres, aunque sostenida por los hombres, razón por la cual se dice que es una realidad de tipo accidental y no sustancial, ya que existe por en y para los hombres. Se trata de una realidad colectiva de tipo social. TEORIAS DEONTOLOGICAS: son las que comienzan proponiendo al estado un fin que consideran debido y formulan que ese fin hace a la esencia del estado, por ende toda organización real y concreta debe para tener esencia de estado cumplir con aquel fin, careciendo de la naturaleza de estado las que no lo cumplen o lo violan. Estas teorías elaboran un tipo ideal de estado que reputa perfecto de acuerdo al fin asignado, o sea que dibujan un modelo del estado tal como debe ser. Para que una organización política sea estado o tenga esencia de estado, tiene que acomodarse a ese tipo ideal. San Agustín en su fórmula “los reinos sin justicia no son sino grandes latrocinios” significa que la violación de la justicia priva de naturaleza de estado a una organización política, es decir que la esencia del estado consiste en buscar la justicia como fin. Critica: es erróneo suponer que la esencia del estado dependa de un fin porque si no cumple es un estado injusto pero sigue siendo estado. TEORIAS JURIDICAS: estas teorías contemplan la naturaleza del estado desde una perspectiva jurídica. Cuando son monistas suponen que el estado es una creación exclusiva del derecho, que su única naturaleza deriva del derecho. Cuando no son monistas, admiten ingredientes sociológicos, políticos o deontológicos. Las principales son: El estado como orden jurídico: la clásica teoría de Kelsen sostiene la necesidad de depurar al estado de todo elemento sociológico, político, su teoría pura lleva a considerar al estado como una creación del derecho. Estado es igual al derecho; el estado es un conjunto de normas jurídicas, al que ficticiamente se personifica. Critica: esta teoría ignora todo contenido y toda la base social del estado: hombres, territorio, poder, etc. El estado como relación jurídica: en torno de la dualidad, acá encontramos una teoría jurídica que explica esa naturaleza por la relación jurídica que se traba entre el gobernante y la comunidad. Critica: en el gobierno y la comunidad se da una relación que se torna jurídica. Pero la realidad del estado no es solo una relación jurídica entre gobernante y gobernado. El estado como unidad jurídica: en esta teoría se sostiene que la unidad del estado deriva del orden jurídico, el ordenamiento jurídico que organiza al estado es el que lo unifica. Critica: si bien el estado a través de un orden jurídico es organizado donde ese orden se expresa en la Constitución, no se puede decir que la esencia del Estado es la unidad jurídica proveniente del orden que organiza al estado. El estado como persona jurídica o sujeto de derecho: kelsen al identificar que el estado es la personificación ficticia del orden jurídico. La teoría del estado como persona jurídica suele presentarse, afirmando que la realidad del estado proviene nada mas que del derecho, el cual construye la ficción de la personalidad jurídica para que el estado pueda ser considerado como un sujeto de derecho. Entonces no se trataría de una formación social sino de una construcción jurídica. En un enfoque no monista, el estado es una persona jurídica, y que esa personalidad jurídica es un recubrimiento prestados por el derecho, pero que se coloca por encima de una realidad social que no ha sido creado por el derecho sino que ha surgido espontáneamente. El estado es una persona jurídica pero no es la única.

e) El estado como patrimonio de afectación: donde hay un patrimonio destinado a un fin, tal patrimonio colectivo necesita ser atribuido en propiedad a un sujeto ficticio, que es considerado como persona. Eso es el patrimonio de afectación o patrimonio afectado a un fin cuyo titular es ficticiamente como un sujeto. Critica: es cierto que en las personas jurídicas y en el estado hay un patrimonio destinado a un fin pero no llega a explicar la naturaleza del estado. TEORIAS POLITICAS: presentan al estado como una formación del orden político, como un ente de la realidad social que está políticamente organizado. Estas son: a)

El estado como soberanía: el estado es su poder supremo y último, mientras que la soberanía es la no dependencia, independiente y sin subordinación. El estado tiene poder soberano porque tiene poder originario por sí mismo, sin compartirlo con nadie ni derivarlo de nadie. b) El estado como decisión: esta teoría caracteriza al estado como una unidad de decisión universal en un territorio determinado. La unidad de decisión es la imposición de un orden unitario por voluntad de alguien que está en condiciones de implantarlo. c) El estado como empresa, como régimen o como política: hay comportamientos que configuran a una empresa política, un régimen político. Empresa y régimen ponen el acento en algo dinámico, en algo que está en movimiento. El estado es política, y esa política como acción configura la empresa o el régimen político. Se diría que el ser o la naturaleza del estado consiste en un hacer. El estado es una realidad social y política, esa realidad no es inerte sino dinámica, y que se exterioriza en un quehacer político que da origen y forma a una empresa o a un régimen. d) El estado como personificación de la nación: es una teoría equivocada, no afirma que la personalidad del estado proviene del derecho, sino de un fenómeno político de identificación entre el estado y la nación. El estado es la personificación de la nación, es la nación políticamente organizada, el estado no es sino la nación misma organizada, y la nación organizada es el estado. La nación se convierte en persona en el estado, y se identifica con él....


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