apuntes de juicios de amparo 9 de febrero de 2022 PDF

Title apuntes de juicios de amparo 9 de febrero de 2022
Author Erik J. Mejia
Course Derecho De Amparo
Institution Universidad Autónoma del Estado de México
Pages 3
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apuntes de juicios de amparo 9 de febrero de 2022, que ayudan a ver acuerdos...


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Quejoso: Pedro Porcayo Vergara Acto reclamado: O/A Núm. de Expediente: 933/2021 Fecha del Auto: 08/02/2022 Fecha de publicación: 09/02/2022 Intégrese el oficio procede del juzgado Decimosexto de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México mediante el cual remite el escrito de la tercera interesada María Guadalupe García Cabello en el que interpone recurso de queja contra la determinación de veinticinco de enero del año en curso. Con fundamento en el artículo 101, párrafo primero, de la Ley de Amparo, notifíquese a las demás partes de la interposición del recurso, para que dentro del término de tres días, contados a partir del siguiente al en que surta efectos la notificación de este proveído, señalen las constancias que en copia certificada deberán remitirse al Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito a quien corresponda conocer del citado recurso. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Quejoso: Héctor Roberto Ferrat García Núm. de Expediente: 951/2021 Fecha del Auto: 08/02/2022 Fecha de publicación: 09/02/2022 Principal Remítase al Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito en turno, copia certificada de la totalidad de las constancias que integran el presente juicio de amparo, dos impresiones del escrito por el cual se interpuso el recurso de queja y se expresaron agravios, así como el informe sobre la materia de la queja. Por otra parte, intégrense los escritos firmados por el quejoso y el albacea de la sucesión testamentaria de Román Ferrat Sola o Ángel Román Ferrat Sola, por medio de los cuales desahogan las prevenciones formuladas el dos de febrero del año en curso. Téngase por apersonado a juicio al tercero interesado: Víctor Antonio Ferrat Procell, en su calidad de albacea de la sucesión testamentaria de Román Ferrat Sola o Ángel Román Ferrat Sola. Personalidad que acredita con las copias certificadas que acompañó a la comunicación procesal con registro 1206, relativas a la aceptación del cargo dentro del expediente 723/2019 del índice del Juzgado Trigésimo Noveno de lo Familiar de la Ciudad de México. Póngasele a la vista las constancias que integran el expediente. Téngase por autorizado en términos amplios al profesionista que señala del cual proporciona su cédula profesional. Se autoriza la consulta del expediente electrónico de este juicio de amparo al usuario víctor.ferrat. Toda vez que en el escrito 1206, el tercero interesado solicitó las notificaciones vía electrónica, también se autoriza al tercero interesado la notificación electrónica bajo el usuario de referencia. Queda bajo su más estricta responsabilidad, consultar el expediente electrónico que se forme. La autorización para recibir notificaciones electrónicas, surtirá efectos únicamente en este expediente, no así respecto de los recursos que deriven de este, en cuyo caso deberá solicitarse en cada uno de ellos. Asimismo, téngasele realizando manifestaciones en vía de alegatos, las cuales se relacionarán en la audiencia constitucional en términos del artículo 124 de la Ley de Amparo. Notifíquese; y vía electrónica a los terceros interesados Jorge Angel Ferrat García por conducto de su tutriz María Guadalupe García Cabello; Víctor Antonio Ferrat Procell, en su calidad de albacea de la sucesión testamentaria de Román Ferrat Sola o Ángel Román Ferrat Sola, así como al agente del Ministerio Público de la Federación adscrito.

Incidental Se tiene al Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, haciendo del conocimiento que admitió la revisión adhesiva interpuesta por la tercera interesada María Teresa Ferrat García. Notifíquese; vía electrónica al tercero interesado Jorge Angel Ferrat García por conducto de su tutriz María Guadalupe García Cabello y al agente del Ministerio Público de la Federación adscrito. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Quejoso: Joel Vázquez Dolores Jdo. 6º Dtto en Oaxaca Núm. de Expediente: 546/2021 Fecha del Auto: 08/02/2022 Fecha de publicación: 09/02/2022 Visto el estado procesal de autos, se advierte que no existe constancia postal de los oficios dirigidos a las autoridades responsables que enseguida se detallan: ...requiérase a la Jefa de la Administración del Servicio Postal Mexicano, con sede en esta ciudad, para que dentro del plazo de tres días siguientes al en que sea legalmente notificada del presente proveído, remita a este juzgado los acuses de recibo postal con los números de folios detallados en las tablas que anteceden y que amparan los oficios ahí mencionados, dirigidos a las autoridades responsables citadas, mismos que fueron depositados en esa dependencia, el trece, veinte de octubre, y veintitrés de noviembre de dos mil veintiuno, o en su caso, manifieste si tiene algún impedimento legal para cumplir con ello. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Quejoso: Humberto Pacheco Cervantes Acto reclamado: O/A Jdo. 7º Dtto en Oaxaca Núm. de Expediente: 450/2021 Fecha del Auto: 08/02/2022 Fecha de publicación: 09/02/2022 Visto el estado de autos, se advierte que las siguientes autoridades no han rendido el informe justificado requerido mediante oficios 17656/2021, 17657/2021, 17658/2021 y 17659/2021, dirigidos a los Jueces de Distrito Especializados en el Sistema Penal Acusatorio del Centro de Justicia Penal Federal en la Ciudad de México, con sede en el Reclusorio Sur, los cuales quedaron legamente notificados vía correo electrónico el diez de agosto de dos mil veintiuno. Asimismo, se tiene el diverso 17706/2021, dirigido al Director de Investigación de la Agencia Estatal de Investigaciones de la Fiscalía General del Estado de Oaxaca, el cual se notificó el veinte de agosto de dos mil veintiuno, del cual acusó recibo Juan R. O, oficial AEI 631 del Personal del Departamento Jurídico de la Agencia Estatal de Investigaciones de la Fiscalía General del Estado. También se tiene el diverso 17707/2021, dirigido al Director General de la Policía Investigadora de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Hidalgo, quien quedó legalmente notificado el dieciséis de agosto de dos mil veintiuno, como se advierte del comprobante de entrega del Servicio de Mensajería Estafeta. En consecuencia, al ser omisas en rendir su informe justificado, pese a estar debidamente notificadas, con fundamento en el artículo 117 de la Ley de Amparo, se presume cierto el acto que de ellas se reclama . Por otra parte, requiéraseles para que dentro del término de tres días siguientes a la legal notificación de este proveído, remitan las constancias de las cuales emanó el acto reclamado. Para dar margen a lo anterior, se difiere la audiencia constitucional señalada para hoy, fijándose las catorce horas con

cuarenta y cinco minutos del veintidós de marzo de dos mil veintidós, para su celebración. Siendo factible que se lleve a cabo sin la asistencia de las partes, circunstancia que no las deja en estado de indefensión, en virtud de que podrán presentar por escrito alegatos de manera física o electrónica, de conformidad con el artículo 25 del Acuerdo General 21/2020 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, en relación con el punto 16 de las pregunta y repuestas emitidas por la Secretaría Ejecutiva de Creación de Nuevos Órganos del propio Consejo, en torno al acuerdo mencionado; salvo que manifiesten oportunamente su deseo de estar presentes virtualmente. Máxime que en el caso, el acto reclamado no se ubica en los supuestos a que se refiere el artículo 124 de la Ley de Amaro, podrá alegar de manera oral en la audiencia, aunado a que no hay ofrecimiento de pruebas que requieran la presencia de las partes o de diversas personas para su desahogo. Notifíquese. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Mauricio Soto Caballero. Juicio Ordinario Mercantil 167/2021 Fecha del Auto: 08/02/2022 Fecha de publicación: 09/02/2022 Visto el estado que guardan los presentes auto de los que se advierte que mediante proveído de diecinueve de enero de dos mil veintidós, se admitió a trámite vía incidental la excepción de conexidad opuesta por el codemandado **, en consecuencia, y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 80 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria al Código de Comercio y en relación al artículo 1125 del Código de Comercio, se faculta al Secretario encargado del trámite civil a realizar la inspección judicial de los autos del juicio 134/2021 del índice del Juzgado Quinto de Distrito en Materia Civil de la Ciudad de México, efecto de que existan mayores elementos para dictar la resolución que en derecho corresponda. Notifíquese....


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