Bancario TP 02 100 aprobado PDF

Title Bancario TP 02 100 aprobado
Author santiago oliva
Course Derecho Bancario
Institution Universidad Siglo 21
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Summary

Bancario TP 02 100 Bancario TP 02 100 Bancario TP 02 100...


Description

21/8/2021

Examen: Trabajo Práctico 2 [TP2]

Trabajo Práctico 2 [TP2] Comenzado: 21 de ago en 20:19

Instrucciones del examen

01 Objetivo de la actividad El siguiente trabajo práctico trae a colación una situación real de una situación que puede llegar a vivir un escribano a la hora de resolver una necesidad planteada por sus requirentes. A partir de una situación real y su respectiva resolución en escritura, podrás identificar los elementos relevantes que debe tener en cuenta el escribano antes y al momento de celebrar la escritura y las distintas técnicas de acción y documentales; que tipo de principios de notariado latino se aplican, donde se redactan las escrituras, como se identifica a las partes, como resolver la situación si hay un apoderado, entre otros. Con este trabajo práctico se pretende: Que analices como es el asesoramiento del escribano a las partes en respecto de un caso traído a su conocimiento, identificando y luego aplicando la figura legal correspondiente. Que identifiques que documentación deben aportar los requirentes a los fines de poder resolver como notario la situación planteada. Que reconozcas la diferencia entre las escrituras propiamente dichas y las actas, frente a los antecedentes presentados por las partes.

02 Enunciado de la actividad on atención el siguiente caso teniendo presente cada uno de los nidos que hemos desarrollado en el módulo. Una vez leído, tendrás esolver preguntas cerradas en base al mismo. Haz clic sobre el siguiente enlace para descargar el enunciado:

https://siglo21.instructure.com/courses/12751/quizzes/55285/take

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Examen: Trabajo Práctico 2 [TP2]

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03 Preguntas A continuación, te presentamos un conjunto de preguntas para que puedas evaluar el avance de tu aprendizaje. Ten en cuenta que la nota del Trabajo Práctico es uno de los requisitos necesarios para la regularidad de la materia. Podrás encontrar distintos tipos de preguntas

Selección múltiple Una sola de las opciones es correcta. Las alternativas están indicadas con círculos. Debes seleccionar la alternativa correcta marcando el círculo precedente.

Respuesta múltiple Hay más de una respuesta correcta. Las alternativas están indicadas con cuadrados. Seleccione todas las alternativas que considere correctas, tildando en el cuadrado precedente. Se le otorgará un puntaje parcial en caso de no marcar todas las correspondientes.

Coincidente Vincule dos categorías seleccionando en la primera columna el concepto que se corresponde con la categoría de la segunda columna.

Verdadero - Falso Debe indicar si la proposición puede considerarse verdadera o falsa. Tenga en cuenta que si un solo elemento de la proposición es falso, debe considerarla falsa en su conjunto.

Pregunta 1 https://siglo21.instructure.com/courses/12751/quizzes/55285/take

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Examen: Trabajo Práctico 2 [TP2]

¿Cuándo pueden el Sr. Canepa y la Sra. Furlong rescindir un contrato por tiempo indeterminado, sin que el Banco Alborada SA pueda cobrarles penalidad ni gastos, excepto los devengados antes del ejercicio de este derecho?

En cualquier momento, excepto los devengados antes del ejercicio de este derecho, según lo dispone el art 1383 del CCCN. Diez días posteriores, de que cualquiera de ellos (clientes), hayan notificado al Banco Alborada SA mediante Carta Documento, según lo dispone el art 1383 del CCCN. Cinco días posteriores de que cualquiera de ellos (clientes), hayan notificado al Banco Alborada SA mediante Carta Documento, según lo dispone el art 1383 del CCCN.

Pregunta 2

5 pts

Si hipotéticamente el Sr. Rogelio Canepa suscribiera con el Banco Alborada SA un contrato de factoraje, ¿cuál es el documento con facultades jurídicas suficiente para la transmisión de los derechos cedidos?

El documento contractual entre el Banco Alborada (factor) y el Sr. Rogelio Canepas (factoreado), más la aceptación expresa, por parte del Banco Alborada SA de la operación mencionada, en concordancia con lo que dispone el art. 1425 del CCCN. El documento contractual entre el Banco Alborada (factor) y el Sr. Rogelio Canepas (factoreado), en concordancia con lo que dispone el art. 1425 del CCCN.El documento contractual entre el Banco Alborada (factor) y el Sr. Rogelio Canepas (factoreado), más una autorización por escrito de parte del BCRA de la operación, en concordancia con lo que dispone el art. 1425 del CCCN.

Pregunta 3

5 pts

n el hipotético caso de que el Sr. Rogelio Canepa aperturó una cuenta corriente n el Banco Alborada SA, si dicho contrato incluye el servicio de cheques, ¿qué bligación tendrá el Banco Alborada SA respecto a lo pactado en el contrato en relación a este servicio?

De acuerdo lo dispone el art. 1397 del CCCN, si el contrato de cuenta corriente suscripto https://siglo21.instructure.com/courses/12751/quizzes/55285/take

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Examen: Trabajo Práctico 2 [TP2]

entre el Banco Alborada SA y el Sr. Rogelio Canepa, incluye el servicio de cheques, el banco debe entregar al cuentacorrentista, si el BCRA lo autoriza expresamente a su solicitud, los formularios correspondientes. De acuerdo lo dispone el art. 1397 del CCCN, si el contrato de cuenta corriente suscripto entre el Banco Alborada SA y el Sr. Rogelio Canepa, incluye el servicio de cheques, el banco debe entregar al cuentacorrentista a su solicitud, los formularios correspondientes. De acuerdo lo dispone el art. 1397 del CCCN, si el contrato de cuenta corriente suscripto entre el Banco Alborada SA y el Sr. Rogelio Canepa, incluye el servicio de cheques, el banco debe entregar al cuentacorrentista, si considera oportuno, basado en conveniencia comercial a su solicitud, los formularios correspondientes. De acuerdo lo dispone el art. 1397 del CCCN, si el contrato de cuenta corriente suscripto entre el Banco Alborada SA y el Sr. Rogelio Canepa, incluye el servicio de cheques, el banco debe entregar al cuentacorrentista, solo en el caso de que tenga saldo acreedor en la cuenta corriente a su solicitud, los formularios correspondientes. De acuerdo lo dispone el art. 1397 del CCCN, si el contrato de cuenta corriente suscripto entre el Banco Alborada SA y el Sr. Rogelio Canepa, incluye el servicio de cheques, el banco debe entregar al cuentacorrentista a su solicitud, los formularios correspondientes, siempre y cuando se haya cumplido un año de antiguad de la apertura de dicha cuenta.

Pregunta 4

5 pts

Si en el hipotético caso de que el Banco Alborada SA no hubiera consignado expresamente importes de los costos o comisiones por servicios prestados hacia sus clientes el Sr. Canepa y la Sra. Furlong, ¿el Banco Alborada SA podría cobrarles costos o comisiones?

De acuerdo lo dispone el art. 1388 del CCCN, ninguna suma puede ser exigida por el Banco Alborada SA a los consumidores (Sr. Canepa y Sra. Furlong), si no se encuentra expresamente prevista en el contrato, salvo notificación fehaciente por parte del Banco Alborada SA hacia sus clientes, informándoles que le cobrará comisión y o gastos. De acuerdo lo dispone el art. 1388 del CCCN, ninguna suma puede ser exigida por el Banco Alborada SA a los consumidores (Sr. Canepa y Sra. Furlong), si no se encuentra expresamente prevista en el contrato, salvo que el Poder Judicial de la Nación, autorice fehacientemente al Banco Alborada SA a percibir dichas sumas, previo pedido de autorización. De acuerdo lo dispone el art. 1388 del CCCN, ninguna suma puede ser exigida por el Banco Alborada SA a los consumidores (Sr. Canepa y Sra. Furlong), si no se encuentra expresamente prevista en el contrato, salvo que el BCRA autorice fehacientemente al Banco Alborada SA a percibir dichas sumas. https://siglo21.instructure.com/courses/12751/quizzes/55285/take

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Examen: Trabajo Práctico 2 [TP2]

De acuerdo lo dispone el art. 1388 del CCCN, ninguna suma puede ser exigida por el Banco Alborada SA a los consumidores (Sr. Canepa y Sra. Furlong), si no se encuentra expresamente prevista en el contrato. En ningún caso pueden cargarse comisiones o costos por servicios no prestados efectivamente.

Pregunta 5

5 pts

Respecto a las obligaciones pre contractuales, ¿qué deberá hacer el Banco Alborada SA con el Sr. Canepa y la Sra. Furlong, previo a suscribir con ellos contratos bancarios que los vinculen comercialmente?

El Banco Alborada SA debe proveerles información suficiente para que puedan confrontar las distintas ofertas de crédito existente en el sistema, publicado por el Banco Central de la República Argentina. En el caso de que el BCRA lo solicite mediante Carta Documento, el Banco Alborada SA debe proveer la información suficiente para que puedan confrontar las distintas ofertas de crédito existente en el sistema, publicado por el Banco Central de la República Argentina. El Banco Alborada SA debe proveerles información suficiente para que puedan confrontar las distintas ofertas de crédito existente en el sistema, solo si el Sr. Canepa y la Sra. Furlong lo solicitan. El Banco Alborada SA si lo cree conveniente, debe proveerles información suficiente para que puedan confrontar las distintas ofertas de crédito existente en el sistema, publicado por el Banco Central de la República Argentina.

Pregunta 6

5 pts

Respecto al contenido de los contratos bancarios que el Banco Alborada SA celebró con el Sr. Canepa y la Sra. Furlong, ¿qué sucederá con las cláusulas de dichos contratos, en el hipotético caso de que las relativas a costos a cargo del onsumidor no estén incluidas o incluidas incorrectamente en el costo financiero tal, publicitado al documento contractual?

Se tendrán por escritas, ya que se contemplará el error de omisión cometido por sus empleadas/os (Srta. Ceilán y/o Sr. Real), por lo tanto en este caso, el Banco Alborada SA podrá exigirles el pago de dichos montos a sus clientes consumidores (Sr. Canepa y Sra. Furlong). https://siglo21.instructure.com/courses/12751/quizzes/55285/take

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Examen: Trabajo Práctico 2 [TP2]

Se tendrán por no escritas, por lo tanto el Banco Alborada SA no podrá exigir el pago de dichos montos a sus clientes consumidores (Sr. Canepa y Sra. Furlong). Se tendrán por no escritas, por lo tanto, el Banco Alborada SA no podrá exigir el pago de dichos montos a sus clientes consumidores (Sr. Canepa y Sra. Furlong), salvo que lo notifique fehacientemente mediante Carta Documento informándoles de dichos cargos. Se tendrán por escritas, por lo tanto el Banco Alborada SA podrá exigirles el pago de dichos montos a sus clientes consumidores (Sr. Canepa y Sra. Furlong), si previo lo notifica fehacientemente mediante Carta Documento.

Pregunta 7

5 pts

En el hipotético caso de que el contrato de créditos celebrado entre el Banco Alborada SA y la Sra. Furlong, no contenga información relativa al tipo y partes del contrato, el importe total del financiamiento, el costo financiero total y las condiciones de desembolso y reembolso, ¿qué efecto tendrá esta situación sobre dicho contrato?

Será considerado como nulo, según lo dispone el art. 1389 del CCCN. Será considerado como condicional, según lo dispone el art. 1389 del CCCN. Será considerado como condicional, siendo válido si la Sra. Furlong envía una Carta Documento al BCRA aceptándolo, según lo dispone el art. 1389 del CCCN Será considerado como válido, según lo dispone el art. 1389 del CCCN.

Pregunta 8

5 pts

Respecto al contrato de cuenta corriente bancaria, ¿cuál es su definición y qué compromiso asume el Banco Alborada SA (depositario de los fondos) con el Sr. Canepa (depositante de los fondos) respecto de los movimientos que surjan del ropio devenir y utilización de dicho producto? De acuerdo lo dispone el art. 1393 del CCCN, la cuenta corriente bancaria es el contrato por el cual el Banco Alborada SA se compromete a inscribir diariamente y por su orden los créditos y débitos, de modo de mantener un saldo actualizado y en disponibilidad del cuentacorrentista (Sr. Rogelio Canepa) y en su caso, a prestar un servicio de caja.

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De acuerdo lo dispone el art. 1393 del CCCN, la cuenta corriente bancaria es el contrato por el cual el Banco Alborada SA se compromete a inscribir semestralmente y a solicitud del cuentacorrentista (Sr. Rogelio Canepa), los créditos y débitos, de modo de mantener un saldo actualizado y en disponibilidad del cuentacorrentista y en su caso, a prestar un servicio de caja. De acuerdo lo dispone el art. 1393 del CCCN, la cuenta corriente bancaria es el contrato por el cual el Banco Alborada SA se compromete a inscribir mensualmente y a solicitud del cuentacorrentista (Sr. Rogelio Canepa), los créditos y débitos, de modo de mantener un saldo actualizado y en disponibilidad del cuentacorrentista y en su caso, a prestar un servicio de caja. De acuerdo lo dispone el art. 1393 del CCCN, la cuenta corriente bancaria es el contrato por el cual el Banco Alborada SA se compromete a inscribir semanalmente y a solicitud del cuentacorrentista (Sr. Rogelio Canepa), los créditos y débitos, de modo de mantener un saldo actualizado y en disponibilidad del cuentacorrentista y en su caso, a prestar un servicio de caja. De acuerdo lo dispone el art. 1393 del CCCN, la cuenta corriente bancaria es el contrato por el cual el Banco Alborada SA se compromete a inscribir semanalmente y a solicitud del cuentacorrentista (Sr. Rogelio Canepa) mediante notificación fehaciente (Carta Documento), los créditos y débitos de modo de mantener un saldo actualizado y en disponibilidad del cuentacorrentista y en su caso, a prestar un servicio de caja.

Pregunta 9

5 pts

¿Cuál es el marco regulatorio aplicable al servicio de caja de seguridad que el Banco Alborada SA le arrendó a su cliente el Sr. Rogelio Canepa?

Se circunscribe como única norma aplicable, a lo que dispone el Código Civil y Comercial de la Nación en sus arts. 1413 al 1417. Se circunscribe como única norma aplicable, a la Ley de Defensa de la competencia N° 27.442. Se circunscribe al Código Civil y Comercial de la Nación en sus arts. 1413 al 1417 y la Ley de Defensa del Consumidor N° 24.240. Se circunscribe como única norma aplicable, a la Ley de Defensa de la competencia N° 27.442 y el Código Civil y Comercial de la Nación en sus arts. 1413 al 1417. Se circunscribe como única norma aplicable, a la Ley de Defensa el Consumidor N° 24.240.

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Pregunta 10

5 pts

¿Cuál de las dos causales mencionadas en el art. 1378 del CCCN, aplica para considerar que el Banco Alborada SA está obligado a aplicarlas en las operaciones en las que utilice los contratos a celebrar con sus clientes, como el caso del Sr. Canepa y la Sra. Furlong?

El Banco Alborada SA está obligado a cumplimentar con las disposiciones del CCCN relacionadas a la transparencia en las condiciones de los contratos bancarios con su clientela, como el Sr. Canepa y la Sra. Furlong, son tanto la primera como la segunda, ya que ambas disponen lo mismo. El Banco Alborada SA está obligado a cumplimentar con las disposiciones del CCCN relacionadas a la transparencia en las condiciones de los contratos bancarios con su clientela, como el Sr. Canepa y la Sra. Furlong, y corresponde a la primera, que hace referencia a que las entidades que encuadran en las disposiciones de la LEF N° 21.526 deben aplicarla. El Banco Alborada SA está obligado a cumplimentar con las disposiciones del CCCN relacionadas a la transparencia en las condiciones de los contratos bancarios con su clientela, como el Sr. Canepa y la Sra. Furlong, no es ninguna de las dos, ya que la entidad no está obligada a cumplimentar estas disposiciones, si su directorio decide no hacerlo. El Banco Alborada SA está obligado a cumplimentar con las disposiciones del CCCN relacionadas a la transparencia en las condiciones de los contratos bancarios con su clientela, como el Sr. Canepa y la Sra. Furlong y corresponde a la segunda, que hace referencia a que las personas y entidades públicas y privadas no comprendidas expresamente en la LEF N° 21.526, el Banco Central de la República Argentina debe disponer que dicha normativa les es aplicable.

Pregunta 11

5 pts

Además de la obligación del Banco Alborada SA en cuanto a la forma, ¿qué obligación le cabe respecto al contenido de los contratos celebrados (cláusulas convenidas) con el Sr. Canepa y la Sra. Furlong de acuerdo lo establece el art. 381 del CCCN?

Deben especificar otras condiciones económicas a cargo del cliente que se generan por los productos financieros adquiridos, como elemento más importante y que debe conocer el Sr. Rogelio Canepa y la Sra. Furlong) al momento de celebrar los contratos firmados con el Banco Alborada SA, quedando a consideración del banco incluir algunos

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de los otros datos como precios de los productos financieros adquiridos, tasa de interés, precios y gastos. Debe especificar los gastos que generan los productos financieros adquiridos, como elemento más importante y que debe conocer el Sr. Rogelio Canepa y la Sra. Furlong al momento de celebrar los contratos firmados con el Banco Alborada SA, quedando a consideración del banco incluir algunos de los otros datos como el precio de los productos financieros adquiridos, tasa de interés, comisión y otras condiciones económicas a cargo del cliente. Debe especificar la tasa de interés como elemento más importante y que debe conocer el Sr. Rogelio Canepa y la Sra. Furlong al momento de celebrar los contratos firmados con el Banco Alborada SA, quedando a consideración del banco incluir algunos de los otros datos como precios de los productos financieros adquiridos, gastos, comisión y otras condiciones económicas a cargo del cliente. Debe especificar la tasa de interés y cualquier precio, gasto, comisión y otras condiciones económicas a cargo del Sr. Rogelio Canepa y la Sra. Furlong al momento de celebrar los contratos firmados con el Banco Alborada SA.

Pregunta 12

5 pts

De acuerdo a lo dispuesto por el art. 1380 del CCCN, ¿es correcta la forma en que la Srta. Celeste Ceilán instrumentó los contratos bancarios que firmó con el Sr. Canepa?

Si es correcta la forma instrumentada, ya que lo implementó verbalmente, asegurándose de explicarle en que consiste cada uno al Sr. Canepa. En ese caso para que el contrato quede perfeccionado, se deberá enviar una Carta Documento al cliente, avisándole el convenio de dichos contratos celebrados con él, y una vez recibida se dan por válidos. Si es correcta la forma instrumentada, ya que lo implementó verbalmente, asegurándose de explicarle en que consiste cada uno al Sr. Canepa. En ese caso para que el contrato quede perfeccionado, se deberá enviar una Carta Documento al BCRA, avisando del convenio de dichos contratos alcanzado con el cliente, una vez recibida por el BCRA se dan por válidos. Si es correcta la forma instrumentada, ya que lo implementó por escrito, firmando los mismos ambas partes y entregando una copia de cada uno al Sr. Canepa. Si es correcta la forma instrumentada, ya que lo implementó verbalmente, asegurándose de explicarle en que consiste cada uno ...


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