Capítulo 3, Aliados y competidores PDF

Title Capítulo 3, Aliados y competidores
Course Spanish Foreign Policy
Institution Universidad Rey Juan Carlos
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Resumen Aliados y Competidores.

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Cap Capítu ítu ítulo lo 3. Co Comu mu muni ni nida da dade de dess A Aut ut utó óno nom mas y PPo olíti líticca EExt xt xter er erio io iorr d de e EEsp sp spañ añ aña. a. Int Introd rod rodu ucci cción ón ón.. El desarrollo autonómico ha hecho que los entes regionales hayan ido adquiriendo cada vez nuevas competencias. Entre ellas la cooperación al desarrollo, la promoción de su región en el exterior, las oficinas comerciales en otras ciudades, o las “embajadas” de las Comunidades Autónomas. Esta última muestra una preocupante duplicidad, estando algunas de ellas en la misma ciudad. Esto representa un desafío para el principio de unidad de acción en el exterior, por lo que Margallo sugirió que se cerraran y se incorporaran a las oficinas comerciales dependientes de su departamento. ¿Este despliegue tiene base jurídica sólida? ¿Se trata de una apuesta política que hará que se modifique dicho marco jurídico?

Ma Marc rc rco o jjur ur uríd íd ídico ico ico.. La Constitución es el marco en el que se han desarrollado las Comunidades Autónomas y también su capacidad de actuación en el exterior. Es censurable la existencia de órganos estatales que se hacen la competencia entre ellos, que se dedican a lo mismo y que en ocasiones actúan descoordinados, rompiendo así el principio de unidad de acción del estado en el exterior. El artículo 137 de la Constitución no obliga a que se constituyan Comunidades Autónomas. El problema vino cuando se abrió la carrera autonomista y se creó un futuro incierto para aquellos territorios que no se adhirieran a tal modelo. Aunque los artículos 138 y 139 garantizan que esta ordenación territorial no implicará una merma en la igualdad de todos los españoles, está claro que hay diferencias entre los ciudadanos de una Comunidad Autónoma y otra. Las autonomías han supuesto una redistribución del poder político, llegando a un estado que parece haber perdido cohesión interna. Algunos ciudadanos españoles se consideran más ciudadanos de la UE o de su respectiva autonomía que de España. Artículo 148. Las CCAA “podrán” asumir una serie de competencias. Artículo 149.1. Establece las competencias que son exclusivas del estado, incluyendo las “relaciones internacionales”. Artículo 149.3. Aquello que no es competencia exclusiva del estado podrá ser asumido por las CCAA en virtud de sus respectivos estatutos. Artículo 150.2. Deja la puerta abierta a que aquellas materias que son de competencia exclusiva del estado sean transferidas a las CCAA, con un límite un tanto vago. Hay que entender que hay ciertas materias que no pueden ser transferidas a otro ente –ya sea mayor o menor- si no se quiere correr el peligro de desmembración o disolución. Las CCAA no pueden realizar ninguna de las acciones que la Ley guarda para el Ministerio de Asuntos Exteriores. Deben observar siempre el principio de unidad de acción en el exterior. En la práctica esto muchas veces no se cumple.

Resumen Aliados y Competidores.

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Los Estatutos de Autonomía constituyen el marco jurídico específico de la Comunidad Autónoma en cuestión y regulan su vida institucional, ordenando, además, las competencias que le hayan sido transferidas. Y en ocasiones tratan también sobre cuestiones que traspasan las fronteras del estado español.

La pr proy oy oyecc ecc ecció ió ión n aau uton tonó ómica hhac ac acia ia el ex exter ter terio io ior. r. Cataluña no es la única Comunidad Autónoma que posee una acción en el exterior presupuestada, en la que se incluiría la cooperación internacional al desarrollo y aquellos acuerdos a los que han llegado con otros países. En la proyección de las CCAA hacia el exterior encontramos las casas regionales, primero extendidas dentro del propio territorio nacional como punto de encuentro entre inmigrantes provenientes de otros puntos de la península. Después, “casas de España”, y luego las casas regionales de cada CA en el exterior. Aparte de esto, algunas CCAA han firmado acuerdos de cooperación transfronteriza con otros entes locales o regionales de su mismo nivel. Se rebasa este nivel si se suscriben acuerdos entre una CA y un estado, hecho que ya ha ocurrido. Algunas CCAA tienen programas de cooperación internacional, especialmente Ceuta y Melilla por su relación con el Reino de Marruecos.

Co Conc nc nclus lus lusio io ione ne nes. s. Las CCAA han ido reproduciendo el esquema administrativo del estado, de manera que han ido construyendo un entramado institucional sobre las competencias que han reclamado para sí, siempre in crescendo. Esto ha llevado a la idea de que hay que poner freno al desaforado crecimiento competencial. Las CCAA, como entes con personalidad jurídica propia, buscan relacionarse con otros entes del exterior, promocionar sus rasgos diferenciales y ofrecer su territorio como lugar excelente para la inversión e nuevos negocios. Hasta aquí se respeta el marco constitucional. Se rebasa cuando busca situarse a la altura del estado español y tratarle de tú a tú, cosa que no puede ser. Pretensión de usurpar al estado la Política Exterior. El estado ha visto minada su capacidad de actuar en el exterior al incrementarse el número de competidores de distinta naturaleza. Si las CCAA le hacen la competencia al estado en el exterior, hay una seria de entes internacionales que le imponen desde fuera a España una serie de criterios o, directamente, de acciones que debe llevar a cabo....


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