CASO 2 Talleres Prácticos prevencion de riesgos laborales PDF

Title CASO 2 Talleres Prácticos prevencion de riesgos laborales
Course Casos prácticos
Institution Universidad del Atlántico Medio
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Primera cuestión (3. METODOLOGIA DE EVALUACION)3. Definiciones y conceptos técnicos ( se explica someramente el significadode algunos parámetros y conceptos técnicos a los que se hace referencia eneste estudio)ZONA DE RESPIRACIÓN.Se puede definir como el espacio alrededor de la cara del trabajador d...


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Primera cuestión (3. METODOLOGIA DE EVALUACION) 3.1. Definiciones y conceptos técnicos (se explica someramente el significado de algunos parámetros y conceptos técnicos a los que se hace referencia en este estudio) ZONA DE RESPIRACIÓN. Se puede definir como el espacio alrededor de la cara del trabajador del que éste toma el aire que respira. Con fines técnicos, se define: semiesfera de 0,3 m de radio que se extiende por delante de la cara del trabajador, cuyo centro se localiza en el punto medio del segmento imaginario que une ambos oídos y cuya base está constituida por el plano que contiene dicho segmento, la parte más alta de la cabeza y la laringe. EXPOSICIÓN. Se hace referencia a la vía respiratoria, es decir, a la exposición por inhalación. Es, por tanto, la presencia de un agente químico en el aire de la zona de respiración del trabajador. Se cuantifica en términos de concentración del agente obtenida de las mediciones de exposición, referida al mismo período de tiempo que el utilizado para el valor límite aplicable. En consecuencia, se pueden definir dos tipos de exposición: -Exposición diaria (ED): Definido como la concentración media del agente químico en la zona de respiración del trabajador, medida o calculada de forma ponderada con respecto al tiempo, para la jornada laboral real y referida a una jornada estándar de 8 horas diarias. Referir la concentración media a dicha jornada estándar implica considerar el conjunto de las distintas exposiciones del trabajador a lo largo de la jornada real de trabajo, cada una con su correspondiente duración, como equivalente a una única exposición uniforme de 8 horas. La exposición diaria puede calcularse mediante la siguiente fórmula: = · 8 siendo: ci la concentración i-ésima ti el tiempo de exposición, en horas, asociado a cada valor ci - Exposición de corta duración (EC): Es la concentración media del agente químico en la zona de respiración del trabajador, medida o calculada para cualquier periodo de 15 minutos a lo largo de la jornada laboral, excepto para aquellos agentes químicos para los que se especifique un periodo de referencia inferior, en la lista de Valores Límite. Lo habitual es determinar las exposiciones de corta duración de interés, es decir, las del periodo o periodos de máxima exposición, tomando muestras de 15 minutos de duración en cada uno de ellos. De esta forma, las concentraciones muestrales obtenidas coincidirán con las exposiciones de corta duración buscadas. No obstante, si el método de medición empleado, por ejemplo basado en un instrumento de lectura directa,proporciona varias concentraciones dentro de cada periodo de 15 minutos, la exposición de corta duración correspondiente se calculará aplicando la siguiente fórmula: 𝐸𝐶 =

· 15

siendo: ci la concentración i-ésima dentro de cada periodo de 15 minutos ti el tiempo de exposición, en minutos, asociado a cada valor ci

VALORES LÍMITES AMBIENTALES (VLA). Son los valores de referencia para las concentraciones de los agentes químicos en aire, y representan condiciones a las que se cree, basándose en los conocimientos actuales, que la mayoría de los trabajadores pueden estar expuestos día tras día, durante toda su vida laboral, sin sufrir efectos adversos para su salud. VALOR LÍMITE AMBIENTAL DE EXPOSICIÓN DIARIA (VLA-ED). Es el valor para hacer referencia para la exposición diaria (ED), tal y como ésta ha sido definida anteriormente. De esta manera los VLA-ED representan condiciones a las que se cree, basándose en los conocimientos actuales, que la mayoría de los trabajadores pueden estar expuestos 8 horas diarias y 40 horas semanales durante toda su vida laboral, sin sufrir efectos adversos para su salud. VALOR LÍMITE AMBIENTAL DE EXPOSICIÓN CORTA (VLA-EC). Es el valor de referencia para atender la exposición de corta duración, tal y como ésta se ha definido anteriormente. El VLA-EC no debe ser superado por ninguna exposición corta a lo largo de la jornada laboral. Los agentes químicos que tiene efectos agudos reconocidos pero cuyos principales efectos tóxicos son de naturaleza crónica, el VLA-EC constituye un complemento del VLA-ED y, por tanto la exposición a estos agentes habrá de valorarse en relación con ambos límites. En cambio, a los agentes químicos de efectos principalmente agudos como, por ejemplo, los gases irritantes, solo se les asigna para su valoración un VLA-EC. LÍMITES DE DESVIACIÓN (LD). Para muchos agentes químicos que tienen asignado un VLA-ED, no se dispone de un VLA-EC. Sin embargo, es necesario controlar las desviaciones por encima del VLA-ED, aun cuando este valor se encuentre dentro de los límites recomendados. En estos casos se aplican los límites de desviación. Se han establecido mediante consideraciones de carácter estadístico, a través del estudio de la variabilidad observada en gran número de mediciones, para determinar las exposiciones de corta duración en los procesos industriales reales. Las desviaciones en los niveles de exposición de los trabajadores podrán ser superiores al valor 3xVLA-ED durante no más de un total de 30 minutos en una jornada de trabajo, no debiendo sobrepasar bajo ninguna circunstancia el valor 5xVLA-ED.

3.2. Criterios de evaluación: marco legal y teórico (se relaciona la normativa y disposiciones de las que se han extraído los criterios de evaluación de las condiciones ambientales, utilizados en la elaboración de este informe……. Es necesario disponer de valores de referencia, aplicables a cada uno de los agentes químicos, con objeto de comparar con ellos los valores obtenidos en las mediciones, para determinar hasta qué punto la situación es segura o puede representar un riesgo para la salud de los trabajadores. Estos valores de referencia se denominan también criterios de valoración o valores límite. Concepto de criterio de valoración Se entiende por criterio de valoración la definición de una situación, o el valor de una magnitud, con la que comparar la realidad para evaluar, de forma objetiva, el riesgo debido a la exposición a un agente químico.

Bases para su establecimiento. Estos criterios de valoración toman la forma de valores límite ambientales, que son valores de referencia para las concentraciones de agentes químicos en el aire y representan condiciones a las que se cree, basándose en los conocimientos actuales, que la mayoría de los trabajadores pueden estar expuestos sin sufrir efectos adversos para la salud. Los valores límite ambientales se establecen teniendo en cuenta la información disponible, procedente de: ▪ Estudios de experimentación animal y humana. ▪ Estudios epidemiológicos. ▪ Analogía físico-química de los agentes químicos. ▪ Experiencia industrial. Las relaciones dosis-efecto y dosis-respuesta son una forma de cuantificar los efectos de los agentes químicos en el organismo y son la base teórica para el establecimiento de los criterios de valoración. Los límites de Exposición Profesional (LEP) son los valores de referencia para la evaluación y control de los riesgos inherentes a la exposición, principalmente por inhalación, a los agentes químicos presentes en los puestos de trabajo y, por lo tanto, para proteger la salud de los trabajadores.No constituyen una barrera definida de separación entre situaciones seguras y peligrosas. Se consideran como límites de exposición profesional los valores límite ambientales (VLA), contemplándose además, como complemento indicador de la exposición, los valores límite biológicos (VLB).

3.3. Procedimiento de evaluación de las condiciones ambientales (se relaciona y explica la metodología aplicada para obtener los resultados de la evaluación de las condiciones ambientales……) En el apartado 5 del artículo 3 del Real Decreto 374/2001 se indica que “la evaluación de riesgos derivados de la exposición por inhalación a un agente químico peligroso deberá incluir la medición de las concentraciones del agente en el aire, en la zona de respiración del trabajador, y su posterior comparación con el valor límite ambiental que corresponda”.

El Real Decreto 374/2001, establece en su artículo 3 que el empresario deberá determinar, en primer lugar, si existen agentes químicos peligrosos en el lugar de trabajo. Si así fuera se deberán evaluar los riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores, originados por dichos agentes, de conformidad con el artículo 16 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y la Sección 1ª del Capítulo II del Reglamento de los Servicios de Prevención considerando y analizando entre otros aspectos, los valores límite ambientales y biológicos. Tal como se indica en este mismo artículo, en primer lugar se deberán considerar los Valores Límite Ambientales establecidos en el anexo I de este Real Decreto 374/2001 o en una normativa específica aplicable. En su ausencia, se considerarán los Valores Límite Ambientales publicados por el INSST en el “Documento sobre Límites de Exposición Profesional para Agentes Químicos en España”. Cuando no existan, se podrán utilizar Valores Límite Ambientales internacionales reconocidos. La necesidad de definir criterios de valoración que sean operativos ha llevado a simplificar el problema y definirlos de forma que se alcance un compromiso entre la utilidad y el rigor científico, aunque siempre manteniendo el objetivo de protección de la salud de los

trabajadores expuestos. Generalmente un valor límite de concentración aplicable a la concentración media diaria referida a una jornada de 8 horas o un valor límite referido a un periodo corto de tiempo (generalmente 15 minutos); para algunos agentes se definen dos valores límite, uno aplicable al valor medio diario y otro aplicable a un periodo corto de tiempo. Los límites de exposición profesional son valores de referencia para la evaluación y el control de los riesgos inherentes a la exposición, principalmente por inhalación, a los agentes químicos presentes en los puestos de trabajo y, por tanto, para proteger la salud de los trabajadores y a su descendencia. Los Límites de Exposición Profesional se establecen para su aplicación en la práctica de la Higiene Industrial y no para otras aplicaciones. Así, por ejemplo, no deben utilizarse para la evaluación de la contaminación medioambiental de una población, de la contaminación del agua o los alimentos, para la estimación de los índices relativos de toxicidad de los agentes químicos o como prueba del origen, laboral o no, de una enfermedad o estado físico existente. Se considerarán como Límites de Exposición Profesional los Valores Límite Ambientales (VLA), contemplándose además, como complemento indicador de la exposición, los Valores Límite Biológicos(VLB®). La comparación de los resultados obtenidos con los Valores Límite Ambientales, tanto los definidos para exposiciones diarias (VLA-ED) como los aplicables a periodos cortos de exposición (VLA-EC), permite llegar a alguna conclusión sobre la exposición. Atendiendo a la colocación del instrumento de medida utilizado se distingue entre: ▪ Mediciones personales: ( que es el caso que nos ocupa) Tienen por objeto obtener valores de concentración equivalentes a los que está expuesto el trabajador, motivo por el cual el equipo de muestreo debe colocarse sobre el propio trabajador y se desplaza con él mientras realiza su trabajo. Se trata, por tanto, de utilizar equipos portátiles. ▪ Mediciones ambientales: Permiten la determinación de las concentraciones que afectan a un área concreta del local de trabajo. El equipo se mantiene fijo en su localización durante todo el tiempo que dura la medición. La medición representativa de la exposición laboral a agentes químicos es difícil, debido a la variabilidad de la exposición. Los procesos y los productos que afectan a la exposición son numerosos. Las diferentes condiciones de los lugares de trabajo pueden corresponder a diferentes tasas de generación, pueden implicar una variedad de agentes químicos, y pueden presentar, por lo tanto, condiciones de exposición específicas. La exposición puede estar afectada por la distancia del trabajador expuesto a las fuentes de emisión; y diversos parámetros, tales como la intensidad de la emisión, la ventilación, las condiciones ambientales, las variaciones estacionales y los controles aplicados pueden tener además una influencia muy marcada. Las prácticas de los trabajadores y las actividades en sí mismas aumentan aún más la variabilidad espacial y temporal de las condiciones de exposición. El equipo de muestreo introduce sus propias limitaciones, y el método de análisis añade más dificultades e incertidumbres. Para la medida de la exposición del trabajador en el lugar de trabajo se deben utilizar, cuando sea posible, equipos de muestreo personal, sujetos a la ropa del trabajador dentro de la zona de respiración; los trabajadores deberían ser informados del objetivo de la medición y de las recomendaciones especiales de su comportamiento durante el tiempo de muestreo. Debido a la variabilidad espacial de la concentración de los agentes químicos en las atmósferas de los lugares de trabajo, el muestreo en un punto fijo es generalmente menos representativo de la exposición del trabajador. La duración del muestreo es también un factor importante que puede influir en la representatividad de las mediciones de la exposición. La duración del muestreo puede exceder

el periodo de referencia del VLA si es necesario obtener mediciones válidas y representativas en caso de jornadas de trabajo ampliadas (> 8 h). La duración del muestreo debería elegirse para representar la exposición de la tarea/actividad y para describir representativamente la exposición para el periodo de referencia evaluado. Para este propósito deben tenerse en cuenta las características del procedimiento de medición.

3.3.1. Evaluación de contaminantes de forma individualizada. Dependiendo del método de medida que se utilice, la medición proporciona el valor medio de la concentración ambiental durante el tiempo que dura la misma. Atendiendo a la duración de la medición que se realiza se distingue entre: 1. Medición puntual: Es una medición de muy corta duración (desde segundos hasta uno o dos minutos). En muchos casos las mediciones puntuales se realizan habitualmente mediante instrumentos de lectura directa. 2 . Medición promedio: Es una medición de duración prolongada (desde pocos minutos hasta varias horas). Estas mediciones se realizan habitualmente mediante sistemas de toma de muestras. La superación de los VLA establecidos en el anexo I del Real Decreto 374/2001 (en el que sólo figura el plomo inorgánico y sus derivados), de los contenidos en una normativa específica, o de los Valores Límite Ambientales publicados por el INSST, implica la obligación de aplicar las medidas preventivas de los artículos 5 “Medidas específicas de prevención y protección” y 6 “Vigilancia de la salud”. Antes de decidir cuál va a ser el procedimiento de medida a utilizar es necesario definir: ▪ Contaminante que se va a medir. ▪ Motivo de la medición. Contaminante que se va a medir. En relación con el contaminante hay una serie de variables que condicionarán en mayor o menor grado el procedimiento de medida: ▪Naturaleza química. Determinará cuales pueden ser los instrumentos de medida, el tiempo que durará la medición y el tamaño de la muestra necesarios. ▪ Estado de agregación. Determinará el sistema de captación que no es igual para los agregados moleculares que para los gases y vapores. ▪ Posible presencia de otros compuestos. Aunque no sea interesante su medición habrá de tenerse en cuenta ya que pueden dar lugar a interferencias.

3.3.2.Evaluación del efecto combinado. Los VLA es establecen para agentes químicos específicos y no para sus mezclas. Sin embargo, cuando están presentes en el ambiente varios agentes que ejercen la misma acción sobre los mismos órganos o sistemas, es su efecto combinado el que requiere una consideración preferente. Dicho efecto combinado debe ser considerado como aditivo, salvo que se disponga de información que indique que los efectos son sinérgicos o bien independientes. La comparación con los valores límite ha de hacerse calculando: ∑

𝐸𝑖 𝑉𝐿𝐴𝑖

siendo: Ei las exposiciones a los distintos agentes presentes

VLAi los valores límite respectivos Si el resultado obtenido es mayor que la unidad, ha de entenderse que se ha superado el VLA para la mezcla en cuestión. El cálculo anterior es aplicable, tanto a la comparación de ED con VLA-ED, como a la de EC con VLA-EC.

Segunda cuestión (4. TRATAMIENTO DE DATOS Y RESULTADOS) (A continuación, se aplica la metodología descrita para obtener los resultados de la evaluación de las condiciones ambientales). 4.1. Evaluación de contaminantes de forma individualizada. Un método de toma de muestras y análisis es un conjunto ordenado de operaciones o procedimientos de trabajo que permite determinar la concentración de un agente químico en el aire. En este caso el método es adecuado. En estos métodos se diferencian tres etapas: 1. Toma de muestras, donde se indica el procedimiento que se debe seguir para obtener las muestras. 2. El transporte y almacenamiento, donde se indican las precauciones y recomendaciones para evitar alteraciones de las muestras una vez obtenidas. 3. Análisis, que describe el tratamiento a aplicar a las muestras en el laboratorio. TOMA DE MUESTRA: Muestreadores: Es esencialmente una bomba que aspira aire. Pueden ser: - Personales: Un muestreador personal está diseñado de forma que puede ser colocado sobre una persona durante la realización de su trabajo, con objeto de obtener una muestra del aire que respira la persona, aunque, como consecuencia de su trabajo se tenga que estar desplazando continuamente. De acuerdo con el margen de caudal se pueden establecer dos grupos de muestreadores personales: − Entre 0,05 y 0,5 litros/minuto. − Entre 0,5 y 4.5 litros/minuto. Que es el utilizado en este caso. La elección del muestreador y el ajuste del caudal está determinado por el método de muestreo que corresponde al contaminante que se quiere retener. -Sólidos adsorbentes: El sistema de toma de muestras con sólidos adsorbentes se basa en hacer pasar un volumen de aire determinado a través de un tubo de vidrio relleno de materiales sólidos que tienen la propiedad de retener por adsorción superficial determinados gases y vapores. Las sustancias adsorbentes utilizadas son muy variadas:. Entre los anteriores cabe destacar el carbón activo, que puede utilizarse para captar un amplio número de compuestos orgánicos presentes en el ambiente en forma de vapor.

Transporte y conservación de las muestras: La parte del método de medición que comprende el transporte y almacenamiento o conservación de la muestra es de vital importancia, ya que un tratamiento inadecuado de las muestras durante esta etapa afecta a su integridad e invalida el proceso de medición. Una vez que se ha concluido la captación hay que tomar toda clase de precauciones para evitar que las muestras se alteren antes de llegar al laboratorio. Entre las precauciones de carácter general destacan las siguientes: ▪ Cerrar y precintar las muestras. ▪ Colocarlas en cajas adecuadas. ▪ Incluir en cada lote un blanco de campo (elemento de retención del mismo lote que el utilizado para el muestreo), recomendándose 1 blanco de campo por cada 10 muestras. ▪ Enviar inmediatamente al laboratorio. ▪ No abrir las muestras hasta el comienzo de su análisis. ▪ Conserva las muestras captadas en soluciones absorbentes o sólidos adsorbentes en una nevera.

Resultados La medición se ha realizado en 15 minutos, equivalente o,25 horas. Es una medición correcta para la evaluación del riesgo en exposiciones cortas Pero para la valoración de la exposición diaria, el tiempo de medición debe ser mínimo de dos horas. Las mediciones según norma Los valores medios finales obtenidos son los siguientes: a) ZONA 1 ,en el puesto de trabajo del encargado de surtir el combustible a los camiones que realizan el repostaje en ese centro durante toda la jornada. Los valores obtenidos son: o Óxido de nitrógeno = Exposición diaria = 38 ppm Monóxido de nitrógeno. VLA- ED: 2 ppm Límite de desviación. 38/2= 19, supera el límite de desviación al ser mayor de 5xVLAED Existe riesgo. o Dióxido de azufre = Exposición de corta duración = 12...


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