Colaboracion Y Participacion EN Actos Inmorales PDF

Title Colaboracion Y Participacion EN Actos Inmorales
Course ÉTICA Y DEONTOLOGÍA
Institution Universidad Privada San Juan Bautista
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Summary

La relación de trabajo implica un conjunto de obligaciones donde la presunción de buena fe de ambas partes genera la confianza necesaria a los fines de hacer viable la relación productiva.
Bajo esta orientación, el presente artículo menciona la definición de los términos involucrados, las acti...


Description

UNIVERSIDAD PRIVADA SAN JUAN BAUTISTA FACULTAD DE COMUNICACIÓN Y CIENCIAS ADMINISTRATIVAS

COLABORACIÓN Y/O PARTICIPACIÓN EN ACTOS INMORALES ELABORADO POR: CALLA AVALOS, Liduvina GUEVARA MENDOZA, Esther LOPEZ ACUÑA, Stefany CICLO ACADÉMICO: IX ESCUELA PROFESIONAL: ADMINISTRACIÓN DE NEGOCIOS AISGNATURA: ÉTICA Y DEONTOLOGÍA DOCENTE: ZARATE JIMENEZ VICTOR ZACARIAS ICA – PERÚ 2018

1

COLABORACIÓN Y/O PARTICIPACIÓN EN ACTOS INMORALES

2

DEDICATORIA El

presente

trabajo

está

dedicado

principalmente a Dios por guiarnos siempre por el buen camino y a nuestros padres por el apoyo incondicional que nos brindan día a día y por los consejos que nos inculcan para llegar a ser una gran profesional.

3

INDICE

CARATULA CONTRACARATULA DEDICATORIA INDICE INTRODUCCION CAPITULO I 1.1DEFINICION DE COLABORACION…………………………………………………. 1.2DEFINICION DE PARTICIPACION………………………………………………… 1.3CONDUCTA INMORAL……………………………………………………………….. 1.3.1- LA CONDUCTA INMORAL COMO CAUSAL DE DESPIDO……………………. 10

6 7 9

CAPITULO II 2.1- ACTITUDES QUE HACEN DIFICIL ANALIZAR CORRECTAMENTE LA MORALIDAD DE PARTICIPAR EN ACTOS INMORALES……………………………………….……. 13 2.2- PROCESO DE ANÁLISIS PARA DETERMINAR LA MORALIDAD DE COLABORAR EN ALGO INMORAL…………………………………………………………….……………... 14 CAPITULO III 3.1- RESTITUCIÓN DE COLABORAR EN ACTOS INMORALES………………………. 17

3.1.1- RAÍCES DE LA RESTITUCIÓN……………………………………….……………... 17 3.2- ESCÁNDALO EN LA VIDA PROFESIONAL…………………………...……………. 19

3.2.1-

DEFINICIÓN DE ESCÁNDALO……………………………………….…………. 20

3.2.2-

TIPOS DE ESCANDALO ………………………………………………………… 20

3.2.3-

CULPABILIDAD MORAL POR HABER OCASIONADO ESCANDALO……………………………………………………………………… 20

3.3- EL PROFESIONAL FRENTE AL SOBORNO, ¿VICTIMA O COLABORADOR CORRUPCION?..................................................................................................... 21 3.3.1-

DEFINICIÓN DE SOBORNO……………………..…………………………….

3.3.2-

TIPOS DE SOBORNO……………………..……………………….……………. 21

EN

LA

21

3.3.3-

DISTINCIÓN ENTRE SOBORNO Y UN PAGO ADICIONAL PARA CONSERVAR LEGÍTIMOS DERECHOS MORALES………………………………….………. 22 CAPITULO IV 4.14.24.34.4-

4.5-

PRINCIPIOS NO INMORALES Y REGALOS DE CORTESÍA……………….…. 24 PRINCIPIOS NO INMORALES Y PAGO POR SERVICIO ADICIONAL………...24 PRINCIPIOS NO INMORALES Y COMISIONES PERSONALES PARA INCENTIVAR A COMPRADORES…………………………………………………...……………..… 25 LA NO INMORALIDAD DE PEDIR COLABORACIÓN ECONÓMICA DE CLIENTES CUANDO UNA EMPRESA NO PAGA UN SUELDO MÍNIMO MORALMENTE ACEPTABLE………………………………………………………..………………… 25 CASO: BALANCE GENERAL FALSIFICADO………………………….………… 26

CONCLUSIONES BIBLIOGRAFIA

INTRODUCCION 4

La relación de trabajo implica un conjunto de obligaciones donde la presunción de buena fe de ambas partes genera la confianza necesaria a los fines de hacer viable la relación productiva. La moralidad en el trabajo es una de las formas en las cuales se expresa esa confianza necesaria, ya que las partes esperan una determinada conducta la una de la otra conforme a las normas morales de convivencia imperantes en un lugar y momento determinado. El incumplimiento de dichas normas morales que son un requisito existencial de toda relación laboral, posibilita a poner fin a dicha vinculación que se vuelve insostenible por la pérdida de la confianza. En el caso de una conducta inmoral por parte del trabajador, dichos supuestos constituyen una causal de despido justificado consagrado en el derecho del trabajo, y es por ello que su análisis y comprensión resultan pertinentes a la luz de la naturaleza que los mismos comportan. Abordar los componentes de dicha causal de despido atendiendo al contexto humano de la relación de trabajo, coadyuva a la tarea de precisar los elementos configurativos de la misma, arrojando luces en torno a los casos en los cuales se presenta la conducta inmoral por parte del trabajador y en cuales no, algo indispensable ante la gravedad de la sanción que comporta la pérdida del empleo para el trabajador, que es sin duda la más dura posible para el débil económico en la relación de trabajo. Colaborar y/o participar en actos inmorales es una realidad que casi todos los profesionales en las ciencias económicas y administrativas con cierta frecuencia tienen que enfrentar, sin embargo, no son pocos los que exigen sobornos. Lamentablemente, es aún mayor el número de profesionales que se ven forzados a efectuar pagos adicionales, contra su voluntad, si desean conseguir lo que es debido. Bajo esta orientación, el presente artículo menciona la definición de los términos involucrados, las actitudes que originan una conducta inmoral, el análisis que determina por qué se originan dichas conductas y cómo actuar moralmente ante estos. CAPITULO I 5

1.1-

DEFINICIÓN DE COLABORACIÓN:

La palabra colaborar significa trabajar en conjunto con una u otras personas para realizar una obra o alcanzar un objetivo. En este sentido, la colaboración es un proceso mediante el cual varias personas se asocian para la realización de un trabajo o actividad, repartiéndose tareas y roles, prestándose mutuamente ayuda, coordinando esfuerzos, con el fin de alcanzar el objetivo previsto. Se puede definir la colaboración como la ayuda sea activa o pasiva que una persona da a otra persona para hacer algo. Al tratarse de actos inmorales, se puede hablar de 2 tipos de colaboración:

 Colaboración activa: el profesional que colabora activamente en una inmoralidad hace algo que no debería, por ejemplo, si un contador falsifica un balance para ayudar a su jefe para cometer un fraude, colabora activamente con la inmoralidad que el jefe quiere realizar.  Colaboración pasiva: el profesional que colabora pasivamente en una inmoralidad omite hacer algo que debería hacer en función de su cargo, por ejemplo, si un trabajador de ADUANA no examina el contenido de una maleta sospechosa con la finalidad de no ver lo que debería haber visto, colabora pasivamente con la persona que desea pasar contrabando en esa maleta.

La colaboración es fundamental en las comunidades humanas para llevar a cabo proyectos grupales o colectivos, que exigen la inclusión de una serie de miembros

con

habilidades

específicas

encargarse de diversas tareas.

6

(profesionales,

técnicas)

para

En todos los ámbitos de la actividad humana, como las ciencias, el arte, la tecnología o los negocios, donde un trabajo mancomunado es esencial para alcanzar los objetivos, la colaboración es imprescindible, del mismo modo, en el día a día, en la vida familiar, en la escuela, en el ámbito laboral y empresarial. Se aprende en casa, desde que somos niños, cuando se nos inculca la importancia de ayudar en las tareas hogareñas sin esperar nada a cambio. Asimismo,

son

bases

esenciales

de

la

colaboración,

un

espíritu

de cooperación entre sus integrantes y los valores de la solidaridad y corresponsabilidad en la tarea asumida.

1.2-

DEFINICION DE PARTICIPACION:

Proceso por el que las comunidades o diferentes sectores sociales, sobre todo marginados o excluidos, con intereses legítimos en un proyecto, programa o política de desarrollo, influyen en ellos y son implicados en la toma de decisiones y en la gestión de los recursos, siendo así actores de su propio desarrollo. El concepto de participación viene siendo profundamente utilizado en el campo de la planificación del desarrollo para referirse a la necesidad de que los colectivos destinatarios de las políticas, programas y proyectos se involucren activamente en el logro de las metas y beneficios del desarrollo. A ello han contribuido algunas corrientes gestadas desde los años 70, como son la educación popular o

la investigación-acción participativa en

el campo

educativo y de la acción social; los enfoques que subrayan el valor de los conocimientos de la población rural y de los indígenas, tradicionalmente ignorados o menospreciados, así como los diversos enfoques participativos, especialmente el diagnóstico rural participativo, en intervenciones del desarrollo.

7

el campo

de las

Del

concepto

suelen

utilizarse

variantes como desarrollo

comunitaria, participación

participación

participativo,

popular, participación

de

los

beneficiarios, así como también participación de las mujeres, por ser éste un colectivo tradicionalmente marginado en la toma de decisiones. Se trata, en definitiva, de uno de los conceptos que ha cobrado mayor auge en los estudios sobre el desarrollo en las últimas décadas, habiéndose convertido en un criterio básico en el trabajo de muchas agencias multilaterales y ONG, así como en una condición exigida por numerosos donantes para la financiación de proyectos.

Los que ven la participación básicamente como un medio, la defienden con el argumento de que permite obtener resultados en el campo social muy superiores a otros modelos organizativos tradicionales y de arriba abajo, como los burocráticos y los paternalistas. Es decir, la participación permitiría: ganar en eficiencia, al contar con el apoyo y recursos de la población local; abaratar los costes de los proyectos, mediante la transferencia de parte de los mismos a los

propios

beneficiarios;

y,

algo

importante,

garantizar

una

mayor sostenibilidad de los proyectos una vez dejen de recibir apoyo externo, sólo posible en la medida en que los beneficiarios sientan los proyectos y los resultados como algo propio. En opinión de algunos autores y organizaciones, la participación es un objetivo en sí mismo, como una de las condiciones para alcanzar una democracia plena, así como el denominado desarrollo humano. Es decir, la conciben como un proceso de implicación y acción para potenciar la capacidad política y económica

de

los

sectores

sin

poder

y

con

mayores

niveles

de pobreza, vulnerabilidad y exclusión social. Se trata en definitiva de un proceso de empoderamiento, que mejore las capacidades y el estatus de los vulnerables, y que les dote de un mayor grado de control e influencia sobre los recursos y los procesos políticos. Esto implica facilitar la creación de organizaciones locales, como asociaciones y cooperativas, con las que los pobres puedan articular y defender sus intereses, 8

contar con una interlocución ante la administración y canalizar sus esfuerzos para el desarrollo local. Frecuentemente tales organizaciones han surgido desde las propias bases, en ocasiones en confrontación directa con el propio Estado (Kaufman y Dilla, 1998).

1.3-

CONDUCTA INMORAL:

En cuanto a la conducta inmoral, se entiende conducta como la “manera con que los hombres se comportan en su vida y acciones” (RAE 2009), siendo moral lo “perteneciente o relativo a las acciones o caracteres de las personas, desde el punto de vista de la bondad o malicia” (RAE, 2009). Ahora bien, la palabra moral proviene del griego “mores” que significa costumbre, por lo que su origen etimológico hace referencia directa al conjunto de actos considerados aceptables o reprobables por las normas sociales imperante en un lugar o tiempo determinados; por ello la palabra inmoral supone algo contrario a la moral, que la contradice. La conducta inmoral entonces sería aquella que viola las normas de conductas socialmente aceptadas.

Generalmente la moral y la ética llegan a utilizarse indistintamente como sinónimos, ya que, aunque tienen una raíz etimológica distinta, ambas fueron traducidas del griego antiguo al latín como costumbre. No obstante, la ética implica apelar al campo intersubjetivo del individuo, es decir, a los valores y principios que asumen como propios, por lo que una conducta ética no necesariamente coincide por la socialmente aceptada. Por ejemplo, la llamada objeción de conciencia y la desobediencia civil, que pueden partir del acatamiento de principios éticos de los individuos que las ejecutan, pero no ser aceptadas como conductas morales por la sociedad en general, y por tanto ser objeto de su reproche. Es entendido que la violación de las normas morales durante la ejecución de las actividades laborales o en los espacios físicos de los centros de trabajo constituye motivo de despido justificado, pero este elemento temporal o 9

espacial no excluye la fiscalización de la conducta moral fuera del trabajo. En la llamada “censura morum” o censura moral restringida al ámbito laboral, se debe matizar en los casos en que la conducta afecta significativamente la prestación del trabajo, como sería por ejemplo el cajero de un banco adicto a los juegos de envite y azar; o el conductor que se entrega a excesos en su vida privada comprometiendo la imagen de la empresa y la seguridad de personas y cosas que transporta. Igualmente sería el caso de docentes, maestros o vigilantes de instituciones educativas que se dedicasen a actividades reprochables que pusieran en duda su sano juicio.

1.3.1- LA CONDUCTA INMORAL COMO CAUSAL DE DESPIDO: La terminación unilateral de la relación de trabajo por voluntad del patrono se llama despido. Por ende, el despido es el acto mediante el cual el patrono pone fin a la relación de trabajo. Dicho despido puede ser calificado de justificado cuando se sustenta en alguna causal consagrada en la ley o su reglamento, lo que se equipararía a la aplicación de una sanción grave derivada de la culpa del trabajador por incumplir sus obligaciones contractuales; pero también podría ser calificado de injustificado, cuando el despido no está basado en causal legal alguna, es decir, no sustentando por falta del trabajador a sus obligaciones contractuales, lo que acarrea derogaciones y obligaciones adicionales para el patrono. Se puede decir que las causas para un despido justificado son: 

Todo episodio de violencia o grave indisciplina en el trabajo contra el patrono, directivos, compañeros de trabajo o ya sea con los miembros de su familia.



Daño material a los edificios, instrumentos y demás objetos relacionados con el trabajo que ponga en peligro a las demás personas.



Todo acto inmoral o delictuoso que el trabajador cometa en el lugar de trabajo,

cuando

sea

debidamente

competente. 10

comprobado

ante

autoridad



Revelar secreto profesional, información confidencial que ponga en peligro a la empresa.

La carga de la prueba de la conducta inmoral por parte del trabajador recae sobre el patrono que la alega, el cual debe demostrar de manera indubitable, dada la gravedad de aplicar la sanción máxima que implica la pérdida del empleo, que el trabajador ya sea a través de la palabra o un hecho, ha faltado efectivamente a la honradez o rectitud en el trabajo, tanto en su elemento material como humano, vulnerando así la moralidad que se requiere para el desarrollo armónico de la actividad productiva. En razón de ello, el criterio del juzgador a la hora de evaluar la presunta falta de probidad del trabajador, debe partir de análisis conforme a sus máximas experiencias, de cuál era la intencionalidad que se desprende de los actos y hechos demostrados, y cuál sería el proceder de una persona conforme al tipo de conducta esperada en casos iguales o similares en la sociedad. Es necesario acotar que existen conductas que, aunque no configuren delito, pueden constituir falta de probidad, como sería el caso del trabajador que utiliza los servicios de internet de la empresa para su uso personal (Tovares, 2008). Pero cuando el acto es calificado como delito por el propio derecho penal y este afecta al empleador, automáticamente pasa a constituir falta de probidad y se puede invocar dicha causal de despido para finalizar el contrato de trabajo (Tovares, 2008).

CAPITULO II 12

2.1-

ACTITUDES QUE HACEN DIFICIL ANALIZAR CORRECTAMENTE LA MORALIDAD DE PARTICIPAR EN ACTOS INMORALES:

Las actitudes que dificultan analizar la moralidad de participar en actos inmorales suelen expresarse en los siguientes términos: 

“Yo no tengo la culpa por lo que me dicen que tengo que hacer, yo solo debo de cumplir las órdenes”.



“No lo haría si no me hubieran amenazado con despido. Cuando es cuestión de conservar mi puesto, estoy justificada en hacer cualquier cosa que me exijan”.



“Si no fuera por la gran amistad que existe entre nosotros no lo haría”.



“Si alguien decide seguir mi mal ejemplo, allá él. Cada uno sabe lo que hace”.

Estos y otros argumentos parecidos suelen indicar la presencia de alguna deformación de la conciencia moral. La perspectiva social de tales personas hace que acepten y hagan suyos los pensamientos, sentimientos y modos de actuar de otras personas, sin deliberación ni cuestionamiento. Aceptan colaborar en todo tipo de situaciones simplemente por que se identifican con los sentimientos y pensamientos de las personas que se lo proponen, que en estos casos bien sería alguno de los miembros de su familia o bien sea su jefe.

En resumen, es verdad que hay circunstancias en las cuales se puede aceptar que un profesional se deje usar para algo que es inmoral. Pero no es menos verdad que se debe tener mucho cuidado en tales situaciones por que siempre existe el peligro de justificarse mediante argumentos que no son moralmente aceptables.

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2.2-

PROCESO DE ANÁLISIS PARA DETERMINAR LA MORALIDAD DE COLABORAR EN ALGO INMORAL:

Cuando un profesional se encuentra en la situación en que le piden o exigen colaborar en algo inmoral, la primera cosa que debe hacer es intentar disuadir a la persona para que no siga adelante con su plan, si no logra resultados positivos debe hacer lo posible para no participar en el asunto. Si no logra liberarse de la exigencia de participar en ello, el proceso de análisis le puede ayudar a tomar una decisión acerca de su participación, este proceso incluye 3 pasos:

 PRIMER PASO: debe hacerse las siguientes preguntas: 1. ¿Es moralmente aceptable el acto que tendré que hacer? 2. ¿Mi intención al hacer este acto es moralmente aceptable? 3. ¿Si pudiera evitar el rato malo, lo haría o me daría lo mismo? Si la respuesta a cualquiera de estas preguntas es NO, sería inmoral hacer lo que me piden; no procede pasar al siguiente paso del análisis.

 SEGUNDO PASO:

se

aplica el principio

de doble resultado, que

exige dos cosas: 1. El resultado bueno de mi acto debe ser producido por el resultado malo de mi acto. 2. El resultado bueno de mi acto debe de ser de igual o mayor peso que el resultado malo. Si no se cumplen estas dos condiciones no es normalmente aceptable aceptar lo que me pidan.

14

 TERCER PASO: para tomar una decisión habrá que aplicar cuatro normas:

1. En la medida en que mi ayuda sea mayor y mi vinculación con el acto inmoral del

otro

sea

más

estrecha

es

necesario

tener

razones de mayor peso para justificar mi colaboración. 2. Cuanto más grave sea la inmoralidad, más fuertes tiene que ser las ...


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