Contrato de Compraventa de Acciones PDF

Title Contrato de Compraventa de Acciones
Course Derecho Comercial
Institution Universidad Siglo 21
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Contrato de Compraventa de Acciones...


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CONTRATO DE COMPRAVENTA DE ACCIONES (el título de un contrato es todo un tema, porque califica el contrato. Hay situaciones, en donde mejor es no calificarlo) REUNIDOS (en esta parte lo ideal es poner todas las características personales con significación jurídica de las partes) Por una parte el Sr. ALBERTO MOCKY, de nacionalidad argentino, mayor de edad, nacido el día 2 de setiembre de 1963, comerciante, de estado civil casado con Maria Mercerdes Santillan , titular del D.N.I. Nro. 16.478.874, con domicilio en calle LAS Camelias 456de la ciudad de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires, en adelante denominado al sólo efecto de este contrato como “EL COMPRADOR” ; Por

otra

parte

la

Srta.

BETTY

PAMELA

RODRIGUEZ,

de

nacionalidad

argentina,

comerciante, mayor de edad, nacida el día 21 de julio de 1974, de estado civil soltera, titular del D.N.I. Nro. 21.560.121 domiciliada en calle

de la ciudad de

, en

adelante denominada al sólo efecto de este contrato como “LA VENDEDORA”; Todas las partes, con plena capacidad legal para la celebración de este contrato, capacidad que dicen tener y que mutuamente se reconocen, libre y espontáneamente, MANIFIESTAN (en esta parte -manifestacioens comunes, colo todos los antecedentes del contrato, las circunstancias que determianron el acuerdo, a veces hago un capítulo de deficiones, etc.) I.

Que

LA

VENDEDORA es

la única

propietaria

de

seiscientas

(600)

acciones ordinarias, nominativas no endosables, de pesos uno ($ 1) valor nominal cada una y de un voto por acción representativas del sesenta y cinco por ciento (65 %) del capital social de ATKA S.A; de seiscientas (600) acciones de igual naturaleza representativas del sesenta y cinco por ciento (65 %) del capital social de EGGS CORP S.A.; y de seiscientas (600) acciones de igual naturaleza representativas del sesenta cinco por ciento (65 %) del capital social de CHOTS CORP S.A., careciendo de toda otra participación en las sociedades indicadas, diferente de la mencionada. En adelante dichas acciones son denominadas al sólo efecto del presente contrato y en conjunto, como “LAS ACCIONES”. II.

Que conforme consta a las partes del presente, ATKA S.A. fue constituida mediante

Escritura Pública pasada al folio

183/2003 de la Escribano Vanina Paola Kurti con fecha

4 de abril del año 2003 en la ciudad de Buenos Aires, e inscripta ante la Inspección General de Justicia bajo el Nro. 5112 del Libro 20 de sociedades por acciones, con fecha 21 de abril

1

de 2003; CHOTS CORP, fue constituida mediante Escritura Pública pasada al folio 390/2001 de la Escribano Eduardo Federico Principe, con fecha 8 de noviembre del año 2001 en la ciudad de Buenos Aires, e inscripta ante la Inspección General de Justicia bajo el Nro. 15655 del Libro 16 de sociedades por acciones, con fecha 15 de noviembre de 2001; EGGS CORP S.A. fue constituida mediante Escritura Pública pasada al folio

188/2003 de

la Escribano Vanina Paola Kurti con fecha 4 de abril del año 2003 en la ciudad de Buenos Aires, e inscripta ante la Inspección General de Justicia bajo el Nro. 5219 del Libro 20 de sociedades por acciones, con fecha 23 de abril de 2003; en adelante denominadas al sólo efecto del presente contrato como “LAS SOCIEDADES”. III.

Que por cuanto EL COMPRADOR desean adquirir de LA VENDEDORA todas las

ACCIONES que posee en LAS SOCIEDADES, bajo los términos y condiciones que más adelante se exponen, y LA VENDEDORA desea realizar tal venta a EL COMPRADOR bajo dichos términos y condiciones, las partes convienen las siguientes:

CLAUSULAS (aca regulo derechos y obligaciones de las partes en función de los antecedentes narrados). PRIMERA: OBJETO: (el objeto del contrato implica qué prestacioens sustanciales se intercambiarán, luego nos dedicamos a cada una de ella y a todas sus madalizaciones: plazos, condicioens, etc.)).LA VENDEDORA vende a EL COMPRADOR y éste compra, la totalidad de LAS ACCIONES de LAS SOCIEDADES que existen inscriptas a nombre de LA VENDEDORA o que se encuentran a nombre de ésta. Dichas ACCIONES se encuentran emitidas, totalmente integradas e incluyen todos sus respectivos derechos a dividendos en ACCIONES, en especie, o en efectivo que se voten y/o paguen en el futuro, así como también todas las ACCIONES provenientes de capitalizaciones de reservas, revalúos, ajustes de capital, y el cien por ciento de los aportes realizados por LA VENDEDORA a LAS SOCIEDADES y todo derecho o acción proveniente de las mismas y cuentas personales acreedoras que en LAS SOCIEDADES existan a nombre de LA VENDEDORA.. Las ACCIONES son

entregadas

y

recibidas

por

EL

COMPRADOR

en

este

mismo

acto.------------------------------------------------------------------------------SEGUNDA: PRECIO: El precio de compra de las ACCIONES se ha convenido en la suma de EUROS UN MILLON (E 1.000.000). Este precio es total, único, fijo y definitivo y es pagado en su totalidad a LA VENDEDORA por EL COMPRADOR de contado en este mismo acto, sirviendo el presente de eficaz recibo y carta de pago por la suma antedicha.---2

TERCERA: IMPUESTOS: El presente contrato se encuentra exento de la Ley de Impuesto a los Sellos, en virtud de lo establecido por el Art. 1ero. del Decreto 114 del año 1993.----------------------CUARTA: INSCRIPCIONES: En este mismo acto EL COMPRADOR y LA VENDEDORA realizan la inscripción del presente contrato en los registros de los organismos públicos o privados que correspondan.-----------------------------------------------QUINTA: ...Y A VECES MÁS: (En esta parte del contarto nos encargamos de como se resolverá por incumplimineto, o como debe demandarse el cumplimineto, qué es lo que se denomina como incumplimineto grave y que no, que pasa con el caso fortuito y qué eventos lo representan, idem la imprevisibilidad, etc.: Depende un poco del objeto del contarto y de las circunstcnasi, por ejemplo: Quinta: MORA: La mora se producirá automáticamente, sin necesidad de interpelación alguna, y por el sólo vencimiento de los plazos, a la hora veinticuatro del día previsto para el pago. Las partes convienen un interés moratorio equivalente a la tasa del veinte por ciento (20%) de interés anual por todo concepto el que empezará a correr a las cero horas del día siguiente al previsto para el pago. Para la determinación de la tasa de interés convenida, las partes han tenido en cuenta: a) Los perjuicios que se le provocarían al VENDEDOR, b) Que dicha tasa de interés funcionará en un triple carácter: como tasa compensatoria, moratoria y como cláusula penal y que tiene por finalidad compeler a los COMPRADORES a cumplir con lo pactado, c) Que la jurisprudencia de los tribunales locales ha admitido tasas de interés superiores para supuestos como el presente.. Ambas partes renuncian a discutir en el futuro aumentos o morigeraciones de la tasa pactada, cualquiera sea su causa o fundamento. La mora de dos cuotas sucesivas generará la caída de todos los plazos de financiación acordados, adeudando los COMPRADORES todo el saldo de precio de este contrato a partir de la hora cero del día siguiente al previsto para el pago de la segunda cuota en mora, con más el interés convenido en esta cláusula, el que se aplicará del

mismo

modo

sobre

el

total

del

saldo

de

precio

en

mora.-------------------------------------------------------------------------------------------SEXTA: IMPREVISIBILIDAD, CASO FORTUITO Y FUERZA MAYOR: Ambas partes han previsto todas las contingencias posibles que pudieran afectar este contrato, obrando con la mayor diligencia, cuidado y previsión y renuncian recíprocamente a peticionar la suspensión de sus efectos, su renegociación o resolución con fundamento en supuestos de aplicación de la teoría de la imprevisibilidad (Art. 1198 del Código Civil) con la siguiente excepción: En caso de imposibilidad absoluta de salida de puertos argentinos de buques pesqueros, en salidas de pesca, por término mayor de un mes, excluida la situación de demoras en la salida por la asignación de sistema de cuotificación; el impago de la cuota o cuotas no se 3

considerará en situación de mora, ni podrá aplicarse la cláusula de caída de plazos, previstas en la cláusula anterior. La cuota o cuotas vencidas sin mora, por ser de aplicación esta cláusula, deberán ser pagadas en término de setenta y dos horas de levantada la restricción de salida de puerto argentino de buques pesqueros, cualquiera sea su tipo, sin necesidad de interpelación previa de ningún tipo. La falta de pago en setenta y dos horas de la cuota o cuotas vencidas, provoca todas las consecuencias establecidas en la cláusula anterior. Se entiende por imposibilidad absoluta, la imposibilidad de salida de todo buque, (congelador o fresquero, de altura o de media altura). Si cualquiera de los tipos de buque antes descriptos pudiera salir en salidas de pesca, sin importar su tonelaje, potencia o capacidad de bodega, no se producirá la imposibilidad que se establece en esta cláusula) SEPTIMA: CONSTITUCION DE DOMICILIOS. JURISDICCION: (Las cláusulas de domicilios y de jurisdicción aplicale son necesarias en todos los contartos) Las partes constituyen domicilios especiales, donde se tendrán por válidas y vinculantes cualquier tipo de notificaciones, tanto sean de origen judicial como extrajudicial, en los siguientes lugares: a) LA VENDEDORA en b) EL COMPRADOR en Los domicilios especiales indicados subsistirán mientras no sea notificado su cambio por medio fehaciente a la contraparte.-------------------------------------------Las partes acuerdan someterse a la competencia judicial de los Tribunales Ordinarios en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de Mar del Plata, renunciando a todo otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderles, inclusive el federal. --------------------------OCATAVA: FIRMAS Y RECEPCION DE INSTRUMENTOS: Se firman dos (2) juegos de ejemplares iguales, de un mismo tenor y a igual efecto: de este contrato de seis cláusulas, en dos (2) fojas, que son entregados a las partes, quienes previa atenta lectura que han hecho de los mismos, los reciben de conformidad.-----------

Celebrado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Capital de la República Argentina, a los …………días del mes de ……….del año 2011.-----------------------

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