Contrato DE Transporte del estado e morelos PDF

Title Contrato DE Transporte del estado e morelos
Author Daniel Rosas
Course Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario
Institution Universidad Nacional Autónoma de México
Pages 7
File Size 156.2 KB
File Type PDF
Total Downloads 39
Total Views 137

Summary

es un resumen qe pueden leer y poder apreciar todo sobre ello...


Description

CONTRATO DE TRANSPORTE Contrato de transporte es aquel en virtud del cual una persona, llamada porteador, se obliga a trasladar por tierra, agua o aire, a personas, animales, mercaderías o cualesquiera otros objetos, mediante el pago de una remuneración que le debe proporcionar otra persona, la cual recibe el nombre de cargador o viajero.

LOS SUJETOS QUE INTERVIENEN 

encont r at aennombr epr opi ol ar eal i z ac i óndeunt r ans por t e Car gadoresqui yf r ent ealc ualelpor t eadors eobl i gaaef ec t uar l o.



Por t eadoresqui enas umel aobl i gac i ónder eal i z arelt r ans por t eennombr e pr opi oc oni ndependenc i adequel oej ec ut eporsuspr opi osmedi oso c ont r at es ur eal i z aci ónc onot r oss uj et os .



Dest i nat ar i oesl aper s onaaqui enelpor t eadorhadeent r egarl as mer c ancí asenell ugardedest i no.



Ex pedi doreselt er c er oqueporc uent adelc ar gadorhagaent r egadel as mer c ancí asal t r ans por t i s t aenell ugarder ec epc i óndel amer c anc í a.

Artículo 588. El cargador está obligado: 1. A entregar las mercancías en las condiciones, lugar y tiempo convenidos; 2. A dar los documentos necesarios, así fiscales como municipales para el libre tránsito y pasaje de la carga; 3. A sufrir los comisos, multas y demás penas que se le impongan por infracción de las leyes fiscales, y a indemnizar al porteador de los perjuicios que se le causen por la violación de las mismas. 4. A sufrir las pérdidas y averías de las mercancías que procedan de vicio propio de ellas o de casos fortuitos, salvo lo dispuesto en los incisos IX y X del art. 590;

1

5. A indemnizar al porteador de todos los daños y perjuicios que por falta de cumplimiento del contrato hubiere sufrido, y de todas las erogaciones necesarias que para cumplimiento del mismo y fuera de sus estipulaciones, hubiese hecho en favor del cargador; 6. A remitir con oportunidad la carta de porte al consignatario, de manera que pueda hacer uso de ella al tiempo de llegar la carga a su final destino. Artículo 590. El porteador está obligado: 1. A recibir las mercancías en el tiempo y lugar convenidos; 2. A emprender y concluir el viaje dentro del plazo estipulado, precisamente por el camino que señale el contrato; 3. A verificar el viaje, desde luego, si no hay término ajustado; y en el más próximo a la fecha del contrato, si acostumbrare hacerlos periódicamente; 4. A cuidar y conservar las mercancías bajo su exclusiva responsabilidad, desde que las reciba hasta que las entregue a satisfacción del consignatario; 5. A entregar las mercancías al tenedor de la carta de porte o de la orden respectiva en defecto de ella; 6. A pagar, en caso de retardo que le sea imputable, la indemnización convenida, o si no se ha estipulado, el perjuicio que haya causado al cargador, deduciéndose en uno y otro caso el monto respectivo del precio del transporte; 7. A entregar las mercancías por peso, cuenta y medida, si así están consideradas en la carta de porte, a no ser que estén en barricas, cajones o fardos, pues entonces cumplirá con entregar éstos sin lesión exterior; 8. A probar que las pérdidas o averías de las mercancías, o el retardo en el viaje, no han tenido por causa su culpa o negligencia, si es que alega no tener responsabilidad en esos acontecimientos; 9. A pagar las pérdidas o averías que sean a su cargo, con arreglo al precio que a juicio de peritos tuvieren las mercancías en el día y lugar en que debía hacerse la entrega, debiendo en este caso los peritos atender a las indicaciones de la carta de porte; 10.Y, en general, a cubrir al cargador o consignatario los daños y perjuicios que resientan, ya por su culpa, ya porque no se dé cumplimiento al contrato relativo. 2

FUNDAMENTO LEGAL

Código de Comercio CAPITULO 1 ARTICULO 576-604

CLASIFICACIÓN DE LOS CONTRATOS DE TRANSPORTE Y SUS CARACTERÍSTICAS

Características del contrato de transporte 1. nominado: se encuentra regulado por la ley. 2. bilateral: se obliga tanto el cargador como el porteador. 3. consensual: se perfecciona por el mero consentimiento de las partes. 4. oneroso: las partes perciben las utilidades y se gravan recíprocamente en beneficio mutuo. 5. conmutativo: las prestaciones de las partes son equivalentes. La equivalencia de las prestaciones es un concepto jurídico que implica una presunción legal, por lo que ambas prestaciones no tienen por qué tener el mismo valor económico en la práctica y, muy frecuentemente, así sucede. 6. principal: subsiste por sí mismo, sin la necesidad de otro contrato. 7. de resultado: no exige pactar los medios concretos para obtener el resultado deseado.

Carta de porte 3

Es el título legal mediante el cual se prueba la existencia del contrato y faculta al consignatario o al cargador a reclamar la entrega de mercancías al porteador. Dicha carta deberá contener,lo siguiente: 

nombre, apellido y domicilio del cargador, porteador y de la persona a quien o a cuya orden vayan dirigidos los efectos, o si han de entregarse al portador de la misma carta



la designación de los efectos, con expresión de su calidad genérica, de su peso y de las marcas o signos exteriores de los bultos en que se contengan



precio del transporte



fecha en que se hace la expedición



lugar de la entrega al porteador



plazo y sitio en que habrá de hacerse la entrega al consignatario, e



indemnización que haya de abonar el porteador en caso de retardo, si sobre este punto mediare algún pacto Resaltando que, en contra de las acciones derivadas de las cartas en comento, no se admitirán más excepciones que las de falsedad y error material en redacción.

Transporte terrestre

1. En el transporte por carretera se emite una «carta de porte» por carretera. Si el transporte es internacional puede acogerse a diversos convenios (CMR, TIR, ATA) 2. En el transporte por ferrocarril se emite una «carta de porte» transporte ferroviario. Los convenios internacionales son similares a los anteriores (Convenio CIM, TIF)

Transporte marítimo

1. En línea regular se emite el conocimiento de embarque o Bill of Lading, B/L, con sus muchas variantes. El transporte internacional de mercancías por mar está pendiente de que entren en vigor las Reglas de Róterdam. 2. En régimen de fletamento se suscribe una «póliza de fletamento».

Transporte aéreo En el transporte aéreo se emite el conocimiento aéreo o Air Waybill, AWB, similar al B/L marítimo.

4

Transporte multimodal En el transporte multimodal, por analogía con el transporte terrestre, se formaliza una «carta de porte» FIATA.

Contrato de Transporte ciudad de Cuautla Morelos a ____25_____ de enero ______ de _ 2021_______

Se celebra el presente contrato de transporte entre los suscritos, por una parte, el cargador ________López Antonio batel_____________, con domicilio en _____rosalio costeño número 23__________________ y por la otra, el porteador _________Jesús corona Ochoa________________ con domicilio en _________corregidora número 23 _____________.

DECLARACIONES: Ambas partes declaran que es su voluntad celebrar el presente contrato. Que cuentan con capacidad jurídica para celebrarlo. Las partes declaran estar de acuerdo con las siguientes clausulas.

CLAUSULAS

5

Primera: El porteador se compromete a transportar toda carga que en cajas debidamente selladas tal como se le entregue el cargador toda la duración del contrato. La vigencia del presente contrato será desde el día _01____ del mes __febrero________ del _ 2021_____ hasta el día __15___ del mes ____marzo______ del ____2021__. Segunda: El destinatario podrá rechazar las cajas que no vayan debidamente cerradas. Tercera: El objeto a entregar es ______vacunas hn1______________________ con las siguientes características___vacuna patentada para vencer el covid__________________________: El valor calculado del objeto al día _15____ de ___enero_________ de __2021_______ es de _____$5000 cinco mil pesos ___________ (escribir cantidad con número y letra). Cuarta: La fecha de entrega a aproximada es el día __03_ del mes ________marzo____ de __________2021____. La dirección de entrega es ________________________otilio montaño 85_________. Quinta: El cargador se obliga a pagar al porteador la cantidad de ___8000___________ por concepto de traslado de bienes. La cantidad se entregará en (efectivo o deposito) el día _05______ de ___ febrero_____ de ______2021_.

Sexta: Derechos y obligaciones El cargador tiene la obligación de: Entregar los documentos necesarios para el transporte de la mercancía. Cumplir el día de entrega de la mercancía con el porteador. Pagar los daños que pueda sufrir la mercancía por culpa de su negligencia. Indemnizar al porteador por daños que pueda causarle su mercancía o por falta al contrato. 6

Tiene derecho a: Ser restituido por la pérdida de la mercancía en caso de negligencia del porteador. El porteador tiene la obligación de: Recibir la mercancía el día y hora acordado. Iniciar el viaje una vez recibido el producto. Cuidar y conservar la mercancía entregada por el cargador. Pagar por la mercancía en caso de negligencia. El porteador tiene derecho a: Recibir el total del pago una vez terminado el viaje. Recibir una indemnización en caso de que por culpa del producto saliera herido. No llevar a cabo el viaje si existiera un acontecimiento de fuerza mayor. Septima: EL porteador recibirá la mercancía acordada en ____________otilio montaño 85_________ el día ________jueves 3 de marzo_____ a las __3:00 pm____.

El presente contrato en vigor a los _15_______ días del mes de _enero_______ del año ____2021___ en la ciudad de ____Cuautla Morelos _________.

____________________ La Transportista

___________________ La Cargadora

7...


Similar Free PDFs