Universidad Autónoma del Estado de Morelos PDF

Title Universidad Autónoma del Estado de Morelos
Course Nociones del Derecho y Derechos Humanos
Institution Universidad Autónoma del Estado de Morelos
Pages 10
File Size 152.3 KB
File Type PDF
Total Downloads 14
Total Views 133

Summary

Download Universidad Autónoma del Estado de Morelos PDF


Description

Universidad Autónoma del Estado de Morelos. (UAEM)

Escuela de Estudios Superiores de Atlatlahucan. (EESATl)

Ensayo del libro: “¿Qué es la justicia?” del autor: Hans Kelsen.

Materia: SOCIEDAD Y DERECHO. Profesor: Juan Carlos Gómez Pérez. Por, la alumna: Sara Lopez Lopez. Licenciatura en derecho.

0

TABLA DE CONTENIDO. Tabla de contenido INTRODUCCION..................................................................................................2 CONCLUSIONES.................................................................................................8 REFERENCIAS....................................................................................................9

1

INTRODUCCION. En este trabajo hablaremos acerca del libro ¿Qué es la justicia? , escrito por el autor Hans Kelsen. La intención de este ensayo, es expresar y analizar los puntos más importantes de este, para así poder comprenderlo de mejor manera. De la misma forma mostrare mi punto de vista respecto a los temas tocados por el autor en su libro.

2

DESARROLLO En este libro Hans, iniciando nos muestra una parte de la historia de Jesús de Nazaret, específicamente cuando el acepta frente a Pilatos ser un rey, "Yo para esto he nacido y para esto he venido al mundo, para dar testimonio de la verdad”. Pilato preguntó entonces:"¿Qué es la verdad? ", y es esta pregunta la que lleva a Hans, a pensar en una de las mayores interrogantes y la cual le da nombre al libro, ¿Qué es la justicia? Posteriormente nos habla sobre lo que es la justicia, y nos dice que esta es una característica posible más no necesaria para el orden social, y es aquí en esa opinión de Hans donde de alguna forma difiero, puesto que una sociedad sin justicia, después de un determinado tiempo empezaría a estar en desacuerdo y posteriormente entraría en caos, de la misma forma nos presenta: justicia es igual a felicidad, y nos hace referencia a los pensamientos de Platón con respecto a que este “identifica justicia con felicidad cuando afirma que sólo el justo es feliz y desdichado el injusto.” De la misma forma nos ejemplifica el concepto anterior al exponer el juicio del rey Salomón donde el rey resolvió que un niño cuya posesión disputaban dos mujeres, fuera partido en dos con objeto de entregarlo a aquella que retirara la demanda a fin de salvar la vida de la criatura. Dicha mujer, suponía el rey, probaría de esta suerte que su amor era verdadero. Pero el juicio solo sería justo si solo una de las dos lo amara, ya que si ambas lo hicieran no se podría llegar a una resolución y al entregárselo a alguna causaría la desdicha de la otra, ”Nuestra felicidad depende, con demasiada frecuencia, de la satisfacción de necesidades que ningún orden social puede atender”. No puede existir un orden social justo que garantice la felicidad de todos, ya que generalmente la felicidad de uno modificará la felicidad de otro. A este punto nos muestra que para que algo sea justo debe causar la mayor felicidad, y para esto se necesita cumplir con las necesidades conocidas en tal carácter por la autoridad social o el legislador.

3

Nos presenta también que la justicia solo es necesaria cuando se tienen intereses encontrados o en conflicto, y expresa que el valor más importante sobre cualquier otro es, la vida, pero esta entra en conflicto cuando se da pena de muerte o se aplica durante la guerra, en oposición a esta postura existe otra convicción moral, la que afirma que el valor supremo es el interés y el honor de la nación. Pero, según Hans, cuantos sigan esta teoría están obligados a sacrificar su vida y a matar en caso de guerra a los enemigos de la nación, cuando los intereses de ésta así lo requieran, a esto sólo es posible dar una respuesta subjetiva: bajo ningún concepto se podrá formular un juicio objetivo y se tendrá que hacer un juicio de realidad y no de valor, esto quiere decir que sean verificables y no pasibles a las comprobaciones. No puede darse un valor supremo, pero si hay un solo sistema de valores determinado por el entorno del sujeto, de la misma forma “el fin justifica los medios: pero los medios no justifican el fin” Al hombre sólo se le hace posible justificar los medios cuando logra determinado fin. No se podrá especular con un fin determinado cuando los medios se refieran específicamente a fenómenos sociales. El tipo racionalista está representado por la sabiduría popular y sostiene que la justicia es dar a cada cual lo suyo. Pero... ¿qué puede considerar cada cual lo suyo?, para esto se tendrá que justificar cualquier orden social que la costumbre o un legislador hayan establecido. Hans también nos presenta la igualdad y nos dice que la ley establece que todos los hombres son iguales, lo cual de alguna forma es injusta ya que de hecho todos somos diferentes, lo que nos llega a resumir que este principio omite ciertas desigualdades al otorgar derechos e imponer deberes, pero… ¿Cuáles son las diferencias que se deben tomar en cuenta y cuáles no?, podemos fácilmente decir que este principio necesita ser mejor desarrollado. Posteriormente Hans nos habla sobre dos principios, el principio de igualdad y el principio comunista.

4

Sobre el primer principio nos dice que el principio de igualdad ante la ley se convierte en un principio de juridicidad o legalidad al cual no le interesa que el ordenamiento sea justo o injusto. Ahora bien sobre el principió comunista (Karl Marx) nos dice que este busca una igualdad entre los hombres en cuanto al factor trabajo-producto, pero este principio no toma en cuenta las diferencias de unos a otros por lo tanto se convierte en un derecho un tanto injusto, pero entonces ¿Qué sería justo? Lo justo sería darle a cada quien lo que le corresponde, tomando en cuenta sus capacidades y sus necesidades ¿Cuáles son las capacidades y cuáles las necesidades de cada uno? Según Marx será la autoridad social quien resuelva esta cuestión por principios generales. Entonces puede decirse que el principio comunista presupone una respuesta apropiada al orden social. Pero ocurre que nadie puede prever cómo funcionará el orden social en el futuro. Por esto es que se considera una ilusión utópica. La regla de oro, en su libro el autor nos hace referencia a una regla de oro, la cual establece: "no hagas a los demás lo que no quieras que te hagan a ti" pero esta regla tiene cierta falla ya que cierta persona podría excusarse diciendo que un determinado delito no le causaría incomodidad, por lo tanto no le molestaría que se lo efectuaran a él. Todo esto desemboca en una regla de oro modificada: "condúcete con los demás como estos debieran conducirse contigo". Pero entonces... ¿cómo deben conducirse contigo? Este principio cae en el absurdo. Principio del imperativo categórico de Kant. Para Kant una persona es buena o justa cuando está determinada por normas que los hombres desearían se convirtieran en ley general, pero no da ninguna respuesta a cuales deberían ser esas normas. Mas sin en cambio al analizar nos damos cuenta de que todo precepto de cualquier orden social es conciliable con este principio ya que establece que el hombre debe actuar con arreglo a las normas generales. 5

Volviendo a citar a Aristóteles, Hans nos presenta el principio ético de Aristóteles, y nos dice que la de le es una ética de virtudes, y en la cual nos presenta la justicia como la virtud más alta y nos contesta la pregunta de qué es lo bueno y que es lo malo al responder ¿Qué es la virtud?, a esto nos dice es el punto medio entre dos extremos llamados VICIOS, el vicio del exceso y el del defecto. Para Aristóteles la conducta justa es el término medio entre hacer el mal y sufrirlo. También nos dice que la justicia es lo contrario de la injusticia, que es aquello injusto para el orden moral positivo y el derecho positivo. Es esto un aporte proteccionista para la ética aristotélica sobre su posible falta de valor científico. Teorías del derecho natural. Kensen nos muestra un poco sobre el derecho natural, y nos dice en resumen que el principio de justicia se encuentra en la razón humana. La razón humana puede comprender y describir, mas no ordenar. Querer encontrar en la razón normas de conducta, es una ilusión como la de pretender extraer tales normas de la naturaleza. Según Filmer, la autocracia, o sea la monarquía absoluta, es la única forma de gobierno natural justa., por otro lado Juan Locke, demuestra, siguiendo el mismo método, que la monarquía absoluta no puede ser considerada en ningún caso como forma de gobierno y que tan sólo la democracia tiene tal valor, pues únicamente ésta se acuerda a la Naturaleza, siendo, por lo tanto, la única justa. Para la mayoría de los representantes de la doctrina del derecho natural la propiedad privada constituye un derecho natural y la propiedad colectiva, es decir el comunismo, significa algo contrario a la naturaleza y a la razón, por lo tanto, injusto. Sobre justicia absoluta Kelsen también nos presenta un aporte de conocimiento a este, diciéndonos que no existe ninguna norma justa que tenga una validez absoluta y que la razón humana puede concebir sólo valores relativos “La justicia absoluta configura una perfección suprema irracional. Desde la perspectiva del conocimiento racional sólo existen intereses humanos y, por consiguiente, conflictos de intereses.” Resulta imposible demostrar cuál es la solución justa. Dado por supuesto que la paz social es el valor supremo, el equilibrio representará la solución justa, y aun así la justicia de la paz es relativa por lo tanto no puede ser absoluta. 6

Pero nos concluye que la democracia es la forma más favorecedora de la ciencia. Para concluir han nos nos recuerda que la pregunta inicial ¿Qué es la justicia? no ha sido respondida, a lo que nos dice: “Sería más que presunción de mi parte hacerles creer a mis lectores que puedo alcanzar aquello que no lograron los pensadores más grandes. En rigor, yo no sé ni puedo decir qué es la justicia, la justicia absoluta, ese hermoso sueño de la humanidad. Debo conformarme con la justicia relativa: tan sólo puedo decir qué es para mí la justicia. Puesto que la ciencia es mi profesión y, por lo tanto, lo más importante de mi vida, la justicia es para mí aquello bajo cuya protección puede florecer la ciencia y, junto con la ciencia, la verdad y la sinceridad. Es la justicia de la libertad, la justicia de la paz, la justicia de la democracia, la justicia de la tolerancia.”

7

CONCLUSIONES. Para concluir no me queda más que dar mi opinión, respecto a lo tratado tanto estoy de acuerdo en algunos puntos como difiero en otros, pero esto es normal tomando en cuenta las épocas que nos separan y las grandes diferencias que hay de una a otro así mismo como el conocimiento y la forma de ver el mundo de cada cual, no creo posible llegar a una justicia absoluta, en especial si tomamos en cuenta que lo que es justo para unos es injusto para otros, creer en una justica absoluta sería algo utópico, mas sin en cambio debemos buscar un orden social lo MÁS justo posible.

8

REFERENCIAS.

http://www.pensamientopenal.com.ar/system/files/2016/09/doctrina44074.pdf

9...


Similar Free PDFs