Cuadro comparativo contratos PDF

Title Cuadro comparativo contratos
Author cesar chiche
Course Derecho Privado IV (Contratos de Empresa)
Institution Universidad Siglo 21
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Summary

diferencias entre tipos de contratos...


Description

Cuadro comparativo contratos con finalidad distributiva Regulación Partes

Definición

Forma

Distribución

Agencia

Tipificación social /(Art. 1511 inc. b) Empresa principal/proveedor

Arts. 1479 al 1501 Preponente/Empresario

Distribuidor

Agente

Hay contrato de agencia cuando una parte, denominada agente, se obliga a promover negocios por cuenta de otra Es aquel en el cual una empresa que, teniendo asignada una zona en exclusividad denominada preponente o empresario, o bien compartiendola en forma limitada con de manera estable, continuada e otro u otros distribuidores, se dedica a la independiente, sin que medie relación intermediacion de productos, teniendo un laboral alguna, mediante una retribución precio de descuento sobre estos y obteniendo El agente es un intermediario como ganancia la diferencia que resulta entre independiente, no asume el riesgo de el precio de venta al publico y su precio de las operaciones ni representa al compra al fabricante. preponente. El contrato debe instrumentarse por escrito (Art 1479) No Formal

Escrita

Concesión Arts. 1502 al 1511 Concedente Concesionario

Principio General: Determinación por las Margen de diferencia resultante entre el precio partes. Subsidiariamente se aplica el Art. de compra y el de reventa 1486

Franquiciado/tomador

Hay franquicia comercial cuando una parte, denominada franquiciante, otorga a otra, llamada franquiciado, el derecho a utilizar un sistema probado, destinado a comercializar determinados bienes o servicios bajo el nombre comercial, emblema Hay contrato de concesión cuando el concesionario, o la marca del franquiciante, quien provee un conjunto de que actúa en nombre y por cuenta propia frente a conocimientos técnicos y la prestación continua de asistencia terceros, se obliga mediante una retribución a disponer técnica o comercial, contra una prestación directa o indirecta del de su organización empresaria para comercializar franquiciado. El franquiciante debe ser titular exclusivo del conjunto mercaderías provistas por el concedente, prestar los de los derechos intelectuales, marcas, patentes, nombres servicios y proveer los repuestos y accesorios según comerciales, derechos de autor y demás comprendidos en el haya sido convenido (Art. 1502) sistema bajo franquicia; o, en su caso, tener derecho a su utilización y transmisión al franquiciado en los términos del contrato. El franquiciante no puede tener participación accionaria de control directo o indirecto en el negocio del franquiciado (Art. 1512) No Formal. Rige el principio de libertad probatoria

Obligaciones de concedente: Provisión mínima de mercaderías, respeto de la exclusividad, repuestos, información técnica, uso de la marca, enseñas Obligaciones del Principal: Informar las comerciales para explotación y publicidad (art. 1504) variaciones de precios; Entregar los Obligaciones del concesionario: compra exclusiva de productos; Respetar la exclusividad territorial; Obligaciones del Empresario: Art. 1480, las mercaderías y repuestos, y mantenimiento su stock Pautas publicitarias. 1484, 1486, 1496, 1497 respeto de la exclusividad, disposición de locales, Obligaciones Obligaciones del distribuidor: Cumplir con el Obligaciones del Agente: Art. 1481, 1482 instalaciones y equipos, prestación de los servicios de minimo de ventas; Seguir las instrucciones de 1483, 1499, 1500 preentrega y mantenimiento de las mercaderías, principal; Respetar la exclusividad; Permitir el adopción del sistema de venta, de publicidad y de control del principal (aspecto técnico) contabilidad que fije el concedente y la obligación de capacitar a su personal de conformidad con las pautas o normas del concedente respectivamente (art. 1505)

Retribución

Franquicia Arts. 1512 al 1524 inclusive Franquiciante/dador

Comisión, margen sobre el precio de las unidades vendidas, cantidades fijas “u otras formas”.

No Formal. Rige el principio de libertad probatoria.

Obligaciones del Franquiciante: Art. 1514, 1517, 1520 y 1521.Obligaciones del Franquiciado: Art. 1515, 1517 y 1520.-

El Franquiciado deberá abonar como contraprestación un Fee de ingreso y Royalty o regalía periódica

Plazo

Plazo determinado, este no puede ser inferior a cuatro años. Si se establece un plazo menor, el contrato se entiende celebrado por cuatro años. Plazo indefinido, no puede ser inferior a cuatro años, es decir, el contrato debe ejecutarse por este mínimo legal. Se aplica el Plazo del contrato de Concesión, salvo situaciones Plazo indeterminado, salvo que lo hayan Si el contrato continúa ejecutándose luego de vencido especiales (Art. 1506, primer párrafo). Al vencimiento del plazo, el el plazo contractual previsto (o legal) sin haberse fijado las partes. La continuación de la Si no está establecido por las partes, se aplica contrato se entiende prorrogado tácitamente por plazos sucesivos d especificado el nuevo plazo, este se convierte en un relacion al vencimiento del plazo lo el plazo del contrato de Concesión un año, excepto expresa denuncia de una de las partes antes de contrato por tiempo indefinido. transforma en un contrato por tiempo cada vencimiento con treinta días de antelación. A la segunda El plazo mínimo legal se reduce a dos años si el indeterminado (Art.1491) renovación, se transforma en contrato por tiempo indeterminado. concedente provee al concesionario el uso de las instalaciones principales suficientes para su desempeño. Se aplican las reglas indicadas en los puntos precedentes, siempre con referencia en este caso al plazo de dos años. Distribución

Rescisión

Extinción

Exclusividad

Se aplica lo relativo a la Concesión.-

Agencia Plazo indeterminado: Por cualquiera de las partes, mediante preaviso (Un mes por cada año). Omision de Preaviso: Derecho a indemnización por las ganancias netas dejadas de percibir (Art. 1493). Daños y Perjuicios por ruptura intempestiva

Concesión

Franquicia

Si es por tiempo indeterminado se aplican los Arts. 1492 y 1493 del Contrato de Agencia. El Concedente debe readquirir los productos y repuestos nuevos, a los precios ordinarios de venta a los concesionarios al tiempo de pago

Art. 1522 incisos b, c y d

ARTÍCULO 1522. Extinción del contrato. La extinción del contrato de franquicia se rige por las siguientes reglas: a) el contrato se extingue por la muerte o incapacidad de cualquiera de las partes; b ARTÍCULO 1494. Resolución. Otras el contrato no puede ser extinguido sin justa causa dentro del plazo causales. El contrato de agencia se de su vigencia original, pactado entre las partes. Se aplican los resuelve por: a) muerte o incapacidad del artículos 1084 y siguientes; c) los contratos con un plazo menor de agente; b) disolución de la persona tres años justificado por razones especiales según el artículo 1516, jurídica que celebra el contrato, que no quedan extinguidos de pleno derecho al vencimiento del plazo; d) deriva de fusión o escisión; c) quiebra cualquiera sea el plazo de vigencia del contrato, la parte que desea firme de cualquiera de las partes; d) concluirlo a la expiración del plazo original o de cualquiera de sus Se aplican las causales fijadas para el vencimiento del plazo; e) incumplimiento Art. 1509. Remite al Art. 1494 referido al Contrato de prórrogas, debe preavisar a la otra con una anticipación no menor de contrato de Concesión, las cuales se remiten grave o reiterado de las obligaciones de Agencia un mes por cada año de duración, hasta un máximo de seis meses al contrato de Agencia (Art. 1509 y 1494) una de las partes, de forma de poner contados desde su inicio hasta el vencimiento del plazo pertinente. razonablemente en duda la posibilidad o En los contratos que se pactan por tiempo indeterminado, el la intención del incumplidor de atender preaviso debe darse de manera que la rescisión se produzca, con exactitud las obligaciones sucesivas; cuando menos, al cumplirse el tercer año desde su concertación. En f) disminución significativa del volumen de ningún caso se requiere invocación de justa causa. La falta de negocios del agente. preaviso hace aplicable el artículo 1493. La cláusula que impide la Artículo No taxativo competencia del franquiciado con la comercialización de productos o servicios propios o de terceros después de extinguido el contrato po cualquier causa, es válida hasta el plazo máximo de un año y dentro de un territorio razonable habida cuenta de las circunstancias.

Exclusividad Territorial

En beneficio del Agente: Zona geográfica Recíproca para ambas partes respecto del territorio, ramo de los negocios o grupo de salvo pacto en contrario (Art. 1503) y temporal (Art. personas 1506) En beneficio del Preponente: Ramo de los negocios, salvo autorización expresa

Exclusivas para ambas partes. Territorial, se puede limitar o excluir la misma por acuerdo de partes.

Clientela

Se aplican las normas de la Concesión. No hay indemnización por clientela

Si el Agente por su labor incrementó El CCCN no fija derecho a indemnización por clientela significativamente el giro de las para el Concesionario. Jurisprudencialmente ha sido operaciones del empresario, tiene reconocido en determinados supuestos (La clientela derecho a ser compensado. Herederos. pertenece al producto de marca y no a quien la Tarifación Máxima (Art. 1497) comercializa) Excepciones: Art. 1498.

El derecho a la clientela corresponde al Franquiciante (Art. 1518, inciso C), salvo pacto en contrario...


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