El metodo de la criminologia PDF

Title El metodo de la criminologia
Course Introducción a la Criminología
Institution Universidad de Salamanca
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TEMA 2: EL METODO DE LA CRIMINOLOGIA I.

MÉTODO DE LA CRIMINOLOGIA

Método: modo de hacer ordenadamente una cosa, procedimiento que se sigue en las ciencias para conocer su objeto y enseñarlo. La Criminología adquirió autonomía y rango de ciencia cuando el positivismo generalizó el empleo del método empírico. La polémica sobre el método a utilizar en la Criminología provocó una gran lucha de escuelas: los partidarios del método abstracto, formal y deductivo frente a los defensores de un nuevo método empírico e inductivo. El método científico, empírico: se basa en la observación y la experimentación. Este método, garantiza un conocimiento más fiable y seguro del problema criminal, pues el investigador puede verificar o refutar sus hipótesis o teorías sobre el mismo. Esto es, se sustituye la intuición y el mero sentido común por la observación. La Criminología es una ciencia empírica del ser; el Derecho una ciencia del deber ser, normativa. Mientras la primera se sirve de un método empírico, basado en el análisis y la observación de la realidad; el segundo acude al razonamiento lógico, abstracto-deductivo, silogístico y categorial. La Criminología pertenece al ámbito de las ciencias empíricas, lo que implica que su objeto (delito, delincuente, víctima y control social) se inserta en el mundo de lo real, de lo verificable y no en el de los valores. La forma de trabajar de juristas y criminólogos es completamente diferente: -

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Mientras el jurista parte de unas premisas “correctas” para deducir de ellas las oportunas consecuencias; el criminólogo analiza datos e induce las correspondientes conclusiones, esto es, sus conclusiones se verifican por la fuerza de los hechos que prevalecen sobre los argumentos subjetivos, de autoridad. La Criminología ha de conocer la realidad para explicarla, mientras el Derecho valora, ordena y orienta aquélla con arreglo a unos criterios axiológicos (actúa por propio convencimiento).

La Criminología se aproxima al fenómeno delictivo sin prejuicios, buscando información directa de éste. El Derecho acota la realidad criminal de forma interesada, de modo que sólo tiene una imagen fragmentaria y selectiva, observándola siempre a través del cliché de la norma jurídica. A la Criminología le interesa como es dicha realidad para explicarla científicamente y comprender la problemática criminal; al Derecho sólo le preocupa en cuanto supuesto de hecho de la norma legal: para enjuiciarla. Porque interpretar la norma, aplicarla al caso concreto y elaborar un sistema son los tres momentos del trabajo jurídico. Por ello, el método básico de las ciencias jurídicas (normativas) es el dogmático y su proceder el deductivo sistemático.

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II. METODO Y TECNICAS DE INVESTIGACIÓN La doctrina distingue entre: Métodos cuantitativos y cualitativos:  Cuantitativos: explican la etiología, la génesis o el desarrollo del fenómeno. Dentro de ellos destacan las estadísticas.  Cualitativos: permiten comprender las claves profundas de un problema. Entre ellos están la observación participante o la entrevista en profundidad. Métodos transversales y longitudinales:  Transversales: toman una sola medición del fenómeno o variable examinada (ej. estudios estadísticos).  Longitudinales: toman varias mediciones en diferentes momentos (los estudios de seguimiento follow up, las biografías criminales, los case studies). Los modernos estudios sobre carreras criminales o Criminología del desarrollo conceden más importancia al problema criminal y al empleo de métodos longitudinales.

1. MÉTODO ESTADÍSTICO Las técnicas estadísticas se pueden clasificar por su naturaleza y finalidad, y por su origen o fuente de procedencia. Por su naturaleza y finalidad, las estadísticas se clasifican en:  Estadísticas de masas: comprenden la totalidad de la actividad criminal de una población determinada, sobre la que se ha verificado el estudio estadístico.  Estadísticas de series: tienen por objeto verificar las anteriores y refieren sólo un número restringido de casos. Se distingue entre: - Estadísticas o “formas de observación” estáticas: contemplan su objeto en reposo, en un mismo periodo de tiempo, y expresan sus resultados en cifras absolutas. Así, por ejemplo, en base a la estadística criminal de un año, se puede conocer que participación tiene el sexo masculino o femenino, los diversos grupos de edad en el volumen total de la criminalidad registrada. - Estadísticas o “formas de observación” dinámicas: contemplan la criminalidad en movimiento, estudia sus oscilaciones a lo largo de un determinado período. Por razón de sus fuentes, las estadísticas oficiales se clasifican en: policiales, judiciales y penitenciarias.

2. ESTUDIOS O ESQUEMAS DE PRONÓSTICO Y TABLAS DE PREDICCIÓN Mientras las estadísticas son descripciones “transversales” del crimen, las tablas de predicción y pronóstico evalúan las posibilidades de cometer el delito o de reincidir un sujeto determinado.

3. ESTADÍSTICAS, INFORMES DE AUTODENUNCIA Y ENCUESTAS DE VICTIMIZACIÓN (“SELF-REPORTER SURVEY” Y “VICTIMIZATION STUDIES”) Las estadísticas reflejan valores de la criminalidad oficial registrada, por lo que no pueden captar el campo negro o cifra negra que no se recoge en las mismas. 2

Porque la comisión de un delito a menudo pasa inadvertida, no trasciende a terceros, o si lo hace, éstos, por muy diversas razones, no lo denuncian. Por tanto, no llega a las autoridades para su persecución y castigo. Motivo: la falta de confianza que el ciudadano tiene de algunas instituciones del Estado. Otras veces la denuncia no da su fruto, no se abre la correspondiente investigación (falta de información suficiente para su averiguación, falta de medios e infraestructuras, poca importancia de la infracción lo que conlleva su archivo, etc.). Es más, la persecución formal del hecho denunciado no siempre concluye en una sentencia condenatoria para el presunto infractor. En definitiva, ni todo delito cometido se denuncia, ni trasciende, ni todo delito denunciado se persigue, ni todo delito perseguido se castiga, ni toda condena impuesta se cumple. Consecuencia: las estadísticas oficiales no constituyen un fiel reflejo de la criminalidad real, pues hay un claro distanciamiento entre los valores reales y los registrados o estadísticos. Para suplir tales carencias, los informes de autodenuncia y las encuestas de victimización son técnicas de investigación dirigidas específicamente al conocimiento de la criminalidad real no registrada, lo que permite desvelar el resultado de la suma de la cifra oficial y de la cifra negra respecto al número real de infracciones cometidas. Otro factor del éxito de estas técnicas: la “ley de las relaciones constantes”, que estima constante el volumen de la criminalidad real. Por último, el impulso final de estas técnicas de investigación procede del labeling approach, que polariza en torno a la cifra negra la normalidad del delito, su ubicuidad y la actuación selectiva, discriminatoria del control social. LOS INFORMES DE AUTODENUNCIA (SELF-REPORTED SURVEY): Permiten el cálculo del número aproximado de infractores, así como la frecuencia con que lo hacen. Son un instrumento útil para contrastar las tasas oficiales de criminalidad y evaluar las tasas de prevalencia de determinados delitos en colectivos concretos (jóvenes, violencia doméstica) De igual modo, facilitan el estudio de carreras delictivas y el seguimiento en estudios con control de la variable escogida. Esta técnica tiene su origen en la década de los 40 en materia de delincuencia juvenil. En ella se garantiza el anonimato y confidencialidad de la consulta y de la respuesta. Los informes de autodenuncia se orientan, sobre todo, a pretensiones cualitativas en torno a la etiología (origen, causas) del delito y desde la perspectiva del infractor. Pretenden, mediante encuestas y formularios dirigidos a la población general, obtener información fidedigna sobre la eventual participación en actividades delictivas durante un periodo de tiempo, con independencia de que éstas hayan sido o no denunciadas a la policía y perseguidas. Los self-reported permiten calcular el número de individuos de una determinada población que han cometido delitos, sí como la frecuencia con que lo hicieron, pudiéndose por tanto comparar los valores entre la criminalidad real y la registrada. VENTAJAS: posibilidad de obtener valiosa y matizada información sobre características personales del infractor (pobre, a menudo), modos de comisión 3

del delito y, sobre todo, actitudes y opiniones de éste. Todo ello, unido a variables sociodemográficas, permite un interesante enfoque psicosocial del problema. LIMITACIONES: Informan sobre infracciones de escasa relevancia social. Estas encuestas tienen escasa aplicabilidad a la población adulta, limitándose a la juvenil. El tamaño de la muestra media es muy inferior a la de las encuestas de victimización. La tasa de participación en los informes de autodenuncia es significativamente baja. La información que suministran los self-report debe interpretarse con suma cautela. LOS ESTUDIOS DE VICTIMIZACIÓN (VICTIMIZATION STUDIES): Sirven para averiguar el volumen global y naturaleza de las acciones delictivas cometidas dentro de un espacio y tiempo determinado. También contribuyen al análisis de la dinámica de la denuncia y persecución penal de los delitos. Sus datos no proceden de las agencias del sistema legal, sino de la propia víctima del delito. Esta técnica se lleva a cabo mediante cuestionarios estructurados en los que se pregunta al encuestado si ha sido víctima o no de algún delito durante un periodo concreto, y con independencia de que lo haya denunciado o no. En caso afirmativo, se le pregunta de qué delito o delitos, cuántas veces, con qué frecuencia, de qué modo, etc. Estos estudios pueden ofrecer una valiosa información sobre características personales, perfil de la víctima, circunstancias que acompañan la comisión de los diversos delitos, modus operandi del infractor, actitud de la víctima y relaciones de ésta con el agresor, alcance del daño o perjuicios derivados del crimen, tiempo y lugar de comisión del delito, etc. Estas encuestas, en consecuencia, permiten comprobar si la víctima denuncia o no el delito a las autoridades y si la persecución es efectiva. Es, por tanto, uno de los instrumentos más útiles para comparar las tasas de criminalidad oficiales y las no oficiales, detectando la “cifra negra” de las infracciones de escasa trascendencia.

4. ESTADÍSTICAS OFICIALES Por razón de sus fuentes, las estadísticas oficiales pueden clasificarse en: policiales, judiciales y penitenciarias. La persona del infractor interesa a las policiales como “detenido”, a las judiciales como “condenado” y las penitenciarias como “penado”.

ESTADÍSTICAS POLICIALES: 4

El Anuario Estadístico del Ministerio del Interior se inició en 1995 y ofrece una información muy completa sobre las actividades que mantiene el Ministerio del Interior. Está compuesto de once capítulos relativos al ejercicio de los derechos fundamentales, seguridad ciudadana, drogas, asuntos penitenciarios, tráfico, asilo, documentación de españoles, apoyo a las víctimas del terrorismo, protección civil, conservación de la naturaleza y del medio ambiente y un capítulo final dedicado a otras actividades administrativas, en concreto a recursos e indemnizaciones, atención al ciudadano y archivo general. En el capítulo II, relativo a la seguridad ciudadana, presenta la evolución de la criminalidad en España (el balance de variación respecto del año anterior) conocida por las FF. y CC. de Seguridad del Estado (CNP, Guardia Civil, Policía Foral de Navarra, Ertzaintza y Mossos d’Esquadra), y tanto a nivel nacional, como desglosada por autonomías y provincias. Los indicadores de seguridad que se ofrecen son: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7.

Delitos contra la vida, integridad y libertad de las personas. Delitos contra el patrimonio. Faltas de lesiones. Faltas de hurto. Total de los indicadores anteriores. Resto de delitos y faltas. Total de delitos y faltas conocidos por las FF. y CC. de Seguridad del Estado.

Hasta 2010 los datos sólo se referían a las detenciones, pero a partir de 2011 se incluyen, además, a los imputados, por lo que contabilizan detenidos e imputados. En el capítulo III relativo a las drogas, entre otros datos, se refiere a los decomisos, cantidades de droga aprehendidas, y número y perfil de las personas detenidas por tráfico de drogas. La información proviene tanto de las FF. y CC. De Seguridad del Estado como de Vigilancia Aduanera y de las Policías Autonómicas. En el Balance de Criminalidad, también editado por el Ministerio del Interior, se ofrecen tanto las cifras de criminalidad objetivas correspondientes a ese año, como la valoración subjetiva que tiene la sociedad hacia la criminalidad. De igual modo, se muestra la valoración que se hace del actual sistema estadístico de criminalidad y los proyectos puestos en marcha en cuanto a la publicidad de los datos de criminalidad que se van a ofrecer a los ciudadanos. ESTADÍSTICAS JUDICIALES: Se obtienen a través de las fuentes de información que suministra la Memoria de la Fiscalía General del Estado, Tribunal Supremo, Consejo General del Poder Judicial e Instituto Nacional de Estadística, sobre la actividad de los tribunales penales durante el correspondiente año judicial. Las Memorias de la Fiscalía General del Estado, de publicación anual, se elaboran y presentan por el Fiscal General al gobierno con motivo de la apertura de los tribunales. En ellas se presta especial atención a la evolución de la 5

criminalidad en sus manifestaciones más características y relevantes, así como al movimiento de las causas penales durante el año en cuestión. Se completan con un anexo estadístico que recoge el número de diligencias previas, preparatorios y sumarios incoados durante ese periodo, clasificados por provincias y delitos. No se hace referencia, sin embargo, al número y naturaleza de las causas que terminan con sentencia condenatoria. Las Memorias del Consejo General del Poder Judicial, son de uso restringido y publicadas por el Ministerio de Justicia. Por sus limitaciones y deficiencias son de escasa utilidad. Estadísticas del Instituto Nacional de Estadística: son las de mayor interés. Se publican de forma resumida en el Anuario de Estadística, si bien sus datos sobre diligencias iniciadas cada año no coinciden con las ofrecidas por la Memoria de la Fiscalía General del Estado. Las estadísticas judiciales contienen una importante información tanto de los tribunales penales ordinarios como de la jurisdicción de menores y la realidad penitenciaria. Sin embargo, es curioso que revelen que no reciben más causas que las que registra la policía, pues confrontando las respectivas estadísticas se deduce que las FF y CC de Seguridad del Estado en su conjunto son responsables exclusivamente de 1/3 de las diligencias previas que incoan los juzgados. La información que suministran las estadísticas judiciales es fragmentaria, parcial y poco significativa. Es más verosimil la estadística policial. Las estadísticas judiciales hablan de un porcentaje mínimo de querellas (entre el 2 y el 4% del total), mientras hay autores que hablan de un proceso de privatización del Derecho penal por el incremento de la opción del particular a favor de la querella ante el órgano jurisdiccional. En lo que a las diligencias previas se refiere, la estadística judicial no puede ser un indicador definitivo de la criminalidad real, sino sólo un referente de la delincuencia oficial o registrada. El incremento de las diligencias previas no se corresponde con el más limitado ascenso del crimen real. Las cifras de diligencias previas ofrecen una imagen sobredimensionada del crimen real, porque no siempre se incoan por un hecho que constituye delito, y porque el número de diligencias previas incoadas por delito tampoco se corresponde necesariamente con las sentencias condenatorias, las cuales son infinitamente menores. ESTADÍSTICAS PENITENCIARIAS: La información estadística fundamental al respecto la suministra el Informe General de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, la estadística general de población penitenciaria ofrecida por el Ministerio del interior, las estadísticas judiciales del Instituto Nacional de Estadística y el capítulo IV del Anuario Estadístico del Ministerio del Interior, titulado “Asuntos Penitenciarios”. Una aclaración: desde el año 1984 la Comunidad Autónoma de Cataluña tiene plenas competencias en materia penitenciaria, por lo que los datos contenidos en el Informe General han de ser completados con los de la Comunidad Autónoma. El Centre d’ Estudis Jurídics i Formació Especializada del Departament de Justicia 6

de la Generalitat de Catalunya hace pública periódicamente aquella información a través de los boletines de Justidata. La Estadística General de Población Penitenciaria, elaborada por la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias (Ministerio del Interior), comprende nueve apartado, todos teniendo siempre en cuenta la variable sexo. 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7.

8. 9.

Clasificación en preventivos, penados y habitualidad criminal. Clasificación de la población reclusa por edades. Clasificación de la población reclusa penada por condenas. Clasificación de la población reclusa penada por delitos según situación procesal-penal. Clasificación de la población reclusa penada y preventiva según código penal por centros. Clasificación de población reclusa penada por grados. Movimiento de población penitenciaria (libertad, traslados), clasificación de ingresos por edades; y movimiento general de población penitenciaria (datos anuales por meses). Internos extranjeros por nacionalidades, por centros penitenciarios y comunidades autónomas. Totales generales de población penitenciaria (preventivos, penados, internados judiciales, AFS, Impago de multa, tránsitos)

El Informe General de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias consta de 10 apartados, además de un anexo con la normativa penitenciaria: 1. Población penitenciaria: volumen total y clasificación por sexo, edad, nacionalidad, situación procesal-penal y por tipología delictiva). 2. Desglose de las actividades y programas de tratamiento, motivos de traslado, Extranjería, programas ocupacionales, culturales y deportivos. 3. Distribución de penados y programas de intervención, control y seguimiento de penados en medio abierto (también el control telemático). 4. Sanidad penitenciaria: recursos, atención primaria, atención especializada, VIH, tuberculosis, programas con drogodependientes, etc. 5. Gestión de penas y medidas alternativas (TBC). 6. Recursos Humanos (empleo público, prevención de riesgos laborales, formación, etc.) 7. Servicios penitenciarios (Área económica, Informática, infraestructuras, etc.). 8. Inspección penitenciaria: quejas y sugerencias, visitas de inspección, expedientes disciplinarios, etc. 9. Unidad de apoyo: Defensor del Pueblo, control Parlamentario, Visitas consulados, Publicaciones, Biblioteca. 10. Trabajo penitenciario y formación para el empleo (inserción laboral, formación para el empleo, talleres de producción propia, etc.). El Informe General de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, presenta muchas deficiencias entre las que cabe destacar los retrasos y dilaciones que sufre la publicación y las innumerables erratas aritméticas o de imprenta. Finalmente, el Capítulo IV del Anuario estadístico del Ministerio del Interior, se limita a dar los datos de la población reclusa por sexo, según su situación procesal-penal y su distribución por CC. AA. 7

III. OTRAS TÉCNICAS DE INVESTIGACION CRIMINARL 1. RECONOCIMIENTOS MÉDICOS: Pueden ser muy variados: auscultación, exploración con aparatología, laboratorio, análisis clínicos, detección de enfermedades infectocontagiosas, electrofisiología, reconocimiento físico, electroencefalogramas, etc.

2. LA EXPLORACIÓN: Junto con la entrevista, es la forma de comprobación de mayor interés referida a la persona del examinado. Busca conocer su personalidad y es el medio más adecuado para investigar el aspecto psicopatológico en el ...


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