Esquema caso 1 PDF

Title Esquema caso 1
Author Sigtar Jegeren
Course Derecho Internacional Público
Institution Universidad Autónoma de Madrid
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Esquema resolución caso 1 DIP...


Description

Caso práctico I. Competencias del Estado ❖ Recuerden las competencias territoriales y extraterritoriales del Estado (visto en las magistrales) ❖ Aplicado al caso práctico: cuando hablamos de competencias judiciales, entran en juego distintos principios para atribuir el conocimiento de los hechos a los tribunales de un Estado*:  Territorialidad (hechos cometidos en espacios bajo soberanía del Estado)  Protección de intereses (afectación de símbolos o intereses fundamentales del Estado: ataques contra autoridades, funcionarios, embajadas, Jefe de Estado, moneda…)  Personalidad activa (autor nacional del Estado)  Personalidad pasiva (víctima nacional del Estado)  Universalidad/justicia universal/jurisdicción universal (crímenes graves que afectan a la comunidad internacional en su conjunto: genocidio, lesa humanidad, crímenes de guerra, piratería…) Los cuatro últimos pueden implicar el ejercicio extraterritorial de competencias. Para que estos principios operen efectivamente deben ser asumidos por los Estados en sus legislaciones, como sucede en la LOPJ española. ❖ LOPJ 1985 (versión original) –Art. 23.1: plasma el principio de territorialidad. –Art. 23.2: personalidad activa, con requisitos. –Art. 23.3: principio de protección de intereses (en algunos casos también personalidad activa –autor español– o pasiva –víctima española–). –Art. 23.4, letras a–f: principio de universalidad. Letra g: obligaciones convencionales. Límites/requisitos comunes a todos: ne bis in idem (que el delincuente no haya sido absuelto, indultado o penado en el extranjero o, en el último caso, que no haya cumplido la condena, art. 23.2.c en conexión con 23.5). ❖ LOPJ 2009 –Art. 23.1: principio de territorialidad. No se modifica. –Art. 23.2: personalidad activa, con requisitos. Modificación mínima. –Art. 23.3: principio de protección de intereses (en algunos casos también personalidad activa o pasiva). Modificación mínima, se suprime la letra i (delitos relativos al control de cambios.

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Un mismo hecho puede permitir la concurrencia de varios principios: p. ej., la víctima es nacional de un Estado (personalidad pasiva) y además es un alto cargo que representa al Estado (protección). 1

–Art. 23.4: letras a–g: universalidad, con matices. Letra h: obligaciones convencionales. Se añaden crímenes de lesa humanidad (letra a); tráfico ilegal o inmigración clandestina de personas (f); y mutilación genital femenina (con requisitos, letra g). Se elimina falsificación de moneda extranjera. Además, se añaden dos requisitos para conocer de todos los delitos del 23.4: 1. Conexión: (alternativamente) los presuntos responsables se encuentran en España; o existen víctimas de nacionalidad española (personalidad pasiva); u otro vínculo de conexión relevante con España (sin definir). 2. Y subsidiariedad: no se ha iniciado procedimiento en otro Estado competente o Tribunal internacional. Límites/requisitos comunes a todos: ne bis in idem (que el delincuente no haya sido absuelto, indultado o penado en el extranjero o, en el último caso, que no haya cumplido la condena, art. 23.2.c en conexión con 23.5). ❖ LOPJ 2014 –Art. 23.1: principio de territorialidad. No se modifica. –Art. 23.2: personalidad activa, con requisitos. No se modifica. –Art. 23.3: principio de protección de intereses (en algunos casos también personalidad activa o pasiva). Modificación mínima, se reintroduce la letra i (delitos relativos al control de cambios. –Art. 23.4: la universalidad es sustituida definitivamente por vínculos de conexión con España. Además, se añaden prácticamente todos los delitos recogidos en tratados de los que España es parte. Importantes para el caso práctico:  23.4.a: genocidio, lesa humanidad y crímenes de guerra: autor español o extranjero residente habitual en España; o extranjero que se encuentre en España y cuya extradición se deniegue (principio aut dedere aut iudicare).  23.4.b: tortura: autor español o víctima española en el momento de comisión de los hechos y el presunto autor se encuentre en España.  23.4.p: otras obligaciones convencionales. Requisito para conocer de los delitos del 23.4: subsidiariedad (interpretación amplia y regulación más extensa) respecto de Tribunales internacionales o de otro Estado competente –aquel donde se cometieron los hechos o el de la nacionalidad del autor–.

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