Examen General PARA Abogado PDF

Title Examen General PARA Abogado
Author Jorge Barahona
Course Quimica General
Institution Universidad Tecnológica de Honduras
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VARIAS MATERIAS DE DERECHO UTHINTRODUCCION AL ESTUDIO DEL DERECHO1. ¿Qué es Derecho?Es el conjunto de normas que regulan la convivencia social y permiten resolver los conflictos interpersonales.2. ¿Qué es NORMA?Regla de conducta cuyo fin es el cumplimiento de un principio legal.3. ¿Qué es Ley?Regla,...


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TEMARIO EXAMEN PRIVADO VARIAS MATERIAS DE DERECHO

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INTRODUCCION AL ESTUDIO DEL DERECHO 1. ¿Qué es Derecho? Es el conjunto de normas que regulan la convivencia social y permiten resolver los conflictos interpersonales.

2. ¿Qué es NORMA? Regla de conducta cuyo fin es el cumplimiento de un principio legal.

3. ¿Qué es Ley? Regla, norma, precepto de la autoridad pública que manda, prohíbe o permite algo.

4. ¿Qué es LEY NATURAL? Es un orden normativo armónico (o sistemático) y unas relaciones de interdependencia de él derivadas, a los que todos los seres creados visibles están ligados por el mero hecho de existir. Dentro de este encontramos las nociones de orden, interrelación y armonía.

5. ¿Qué es DERECHO SUBJETIVO? Es el inherente a una persona, activa o pasivamente; como titular de un derecho real, como acreedor o deudor en una relación obligatoria.

6. ¿Qué es el DERECHO OBJETIVO? El escrito o positivo. Así, el Civil, Penal o Procesal de éste o aquel país y en una u otra época.

7. ¿Qué es DERECO POSITIVO? Es el Derecho vigente; el conjunto de leyes no derogadas y las costumbres imperantes.

8. ¿Qué es DERECHO VIGENTE? Llamamos orden jurídico vigente al conjunto de normas imperativ as atributivas en una cierta época y un país determinado, la autoridad política declara obligatorias

9. ¿Qué es JURISPRUDENCIA? Ciencia de lo Justo y de lo Injusto. Conjunto de sentencias que determinan un criterio acerca de un problema jurídico omitido y obscuro en los textos positivos o en otras fuentes del Derecho. La interpretación reiterada que el Tribunal Supremo de una nación establece en los asuntos de que conoce (en Honduras son tres sentencias repetidas).

10. ¿Qué es DERECHO NATURAL? Es el que basado en los principios permanentes del o justo y de lo injusto se admite que la naturaleza dicta o inspira a todos los hombres, como si la unanimidad entre los mismos fuera posible; aspiración que el Derecho positivo tiende a concretar como ideal humano. Se equipara por algunos a la Filosofía del Derecho que es la parte de la Enciclopedia o Ciencia Jurídica, consagrada al examen y estudio de los principios supremos del Derecho; la introducción científica de su exposición especulativa, que prescinde de la ley o Derecho positivo, pero no de la realidad, personas y cosas, en sus relaciones y situaciones jurídicas, cuya generalización sistemática pretende.

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11. ¿Qué es LEY ESCRITA? La verdadera Ley, al menos en sentido estricto; es la que, como su mismo nombre indica, está escrita en un documento, que hoy en día es el papel; pero que en otros tiempos ha sido el pergamino, el papiro e incluso la piedra, como el Decálogo en la descripción bíblica.

12. ¿Qué es LEY NO ESCRITA? Denominación de la Costumbre como fuente del Derecho 13. ¿Qué es COSTUMBRE? Una de las fuentes del Derecho, que no es otra cosa que normas jurídicas no escritas impuestas por el uso. En la definición de Ulpiano; el consentimiento tácito del pueblo, inveterado (viejo, tradicional) por un largo uso. Es Derecho Vigente cuando es aprobada por el Estado.

14. ¿Qué es CONSUETUDINARIO? Valores y actitudes derivadas de la costumbre. Lo habitual o de costumbre. Aquello que por la costumbre o por el uso, adquiere fuerza de ley 15. ¿Qué es Derecho Público? Es el conjunto de normas reguladoras del orden jurídico relativo al Estado en sí, en sus relaciones con los particulares y con otros Estados. El que regla los actos de las personas cuando se desenvuelven dentro del interés general que tiene por fin el Estado, en virtud de delegación directa o mediata del Poder Público.

16. ¿Qué es Derecho Privado? Es la rama del Derecho que se ocupa preferentemente de las relaciones entre particulares. Esta rama del Derecho se contrapone al Derecho Público, que es la parte del ordenamiento jurídico que regula las relaciones de los ciudadanos con los poderes públicos y de los poderes públicos entre sí.

17. ¿Qué es Doctrina? Conjunto de tesis y opiniones de los tratadistas y estudiosos del Derecho que explican y fijan el sentido de las leyes o sugieren soluciones para cuestiones aún no legisladas. Tiene importancia como fuente mediata del Derecho, ya que el prestigio y la autoridad de los destacados juristas influyen a menudo. Sobre la labor del legislador o incluso en la interpretación judicial de los textos vigentes.

18. ¿Cuáles son las diferencias que la doctrina ha hecho del Derecho Público y Derecho Privado?

DERECHO PÚBLICO

DERECHO PRIVADO

En el Derecho Público predomina la heteronomía y las normas de corte imperativo u obligatorio.

En el Derecho Privado se hace prevalecer la autocomposición de los intereses en conflicto y las normas de corte dispositivo (normas que actúan en el caso de no haber acuerdo o disposición contractual previa entre las partes implicadas).

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La típica relación de Derecho Público suele venir marcada por una desigualdad derivada de la posición soberana o imperium con que aparece revestido el o los organismos públicos (poderes públicos) que en ella interviene.

Los sujetos en el Derecho Privado se suponen relacionados en posiciones de igualdad, al menos teórica.

Las normas de Derecho Público estarían presididas por la consecución de algún interés público.

Se dice que las normas de Derecho privado tienden a favorecer los intereses particulares de los individuos.

Fuente: Diccionario de Guillermo Cabanellas de Torres y Wikipedia

19. ¿Qué es DERECHO CONSTITUCIONAL? Es el conjunto de normas relativas a la estructura fundamental del Estado, a las funciones de sus órganos y a las relaciones de estos entre sí y con los particulares.

20. ¿Qué es DERECHO ADMINISTRATIVO? Tiene por objeto la administración pública. La administración pública puede ser definida como actividad a través de la cual el Estado y los sujetos auxiliares de este tienden a la satisfacción de intereses colectivos.

21. ¿Qué es DERECHO PENAL? Eugenio Cuello Calón lo define como “conjunto de normas que determinan los delitos, las penas que el Estado impone a los delincuentes y las medidas de seguridad que el mismo establece para la prevención de la criminalidad.

22. ¿Qué es DERECHO PENAL DISCIPLINARIO Y DERECHO MILITAR? Son las normas que coordinan, sincronizan y conciertan las relaciones derivadas de la vida marcial.

23. ¿Qué es DERECHO PROCESAL? Conjunto de reglas destinadas a la aplicación de las normas del derecho a casos particulares, ya sea con el fin de esclarecer una situación jurídica dudosa ya con el propósito de que los órganos jurisdiccionales declaren la existencia de determinada obligación y en caso necesario, ordenen que se haga efectiva.

24. ¿Qué es DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO? Es el conjunto de normas que rigen las relaciones de los Estados entre sí y señalan sus derechos y deberes recíprocos.

25. ¿Qué es el DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO Conjunto de normas que indican en que forma deben resolverse, en materia privada, los problemas de aplicación que derivan de la pluralidad de legislaciones.

26. ¿Qué determina el DERECHO CIVIL?

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Determina las consecuencias esenciales de los principios hechos y actos de la vida humana y la situación jurídica del ser humano en relación con sus semejantes o en relación con las cosas. Se divide en: 1. Derecho 2. Derecho 3. Derecho 4. Derecho 5. Derecho

de las personas familiar de los bienes sucesorio de las obligaciones

27. ¿Qué estudia el DERECHO MERCANTIL? Estudia los preceptos que regulan el comercio y las actividades asimiladas a él, y las relaciones jurídicas que se derivan de esas normas.

28. ¿Cuáles son las RAMAS JURÍDICAS DE CREACIÓN RECIENTE? a) DERECHO AGRARIO: normas reguladoras de las relaciones jurídicas concernientes a la agricultura. b) DERECHO DEL TRABAJO: conjunto de normas que rigen las relaciones entre trabajadores y patronos. c) DERECHO AEREO: normas relativas a la navegación aérea, a las aeronaves y al espacio aéreo como elementos indispensables de tal navegación.

29. Calificación de las normas jurídicas. CUADRO SINOPTICO1 PRINCIPALES CRITERIOS DE AGRUPADAS CLASIFICACION DESDE EL PUNTO DE 1. Nacionales VISTA DEL SISTEMA A 2. Extranjeras 3. De derecho uniforme: QUE PERTENECEN Dos o más Estados adoptan (mediante un tratado) ciertas normas comunes, destinadas a la regulación de determinadas situaciones jurídicas DESDE EL PUNTO DE 1. Legislativas: Las creadas por órganos VISTA DE SU FUENTE especiales, a través de un proceso regulado formalmente 2. Consuetudinarias: a las que derivan de la costumbre

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INTRODUCCION AL ESTUDIO DEL DERECHO. Eduardo García Máynez.

DIVISIONES

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TEMARIO EXAMEN PRIVADO VARIAS MATERIAS DE DERECHO PRINCIPALES CRITERIOS DE CLASIFICACION

AGRUPADAS

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3. Jurisprudenciales: los que provienen de la actividad de determinados tribunales – como la Corte Suprema, entre otrosDESDE EL PUNTO DE 1. Generales 1. Federales VISTA DE SU AMBITO ESPACIAL DE VALIDEZ 2. Locales 1. De los Estados 2. De los Municipios DESDE EL PUNTO DE 1. Vigencia VISTA DE SU AMBITO indeterminada: Aquellas TEMPORAL DE cuyo lapso de vigencia nos e ha fijado desde un VALIDEZ principio. 2. De vigencia determinada: Aquellas cuyo ámbito temporal de validez formal se encuentra establecido de antemano 1. Constitucionales DESDE EL PUNTO DE 1. De Derecho Público VISTA DE SU AMBITO 2. Administrativas 3. Penales MATERIAL DE VALIDEZ 4. Procesales 5. Internacionales 6. Industriales 7. Agrarias 2. De Derecho Privado 1. Civiles 2. Mercantiles DESDE EL PUNTO DE 1. Genéricas VISTA DE SU AMBITO 2. Individualizadas PERSONAL DE VALIDEZ DESDE EL PUNTO DE 1. Constitucionales VISTA DE SU JERARQUIA 2. Ordinarias

1. Orgánicas 2. De Comportamiento 3. Mixtas

3. Reglamentarias 4. Individualizadas DESDE EL PUNTO DE 1. Leges perfectae VITA DE SUS 2. Leges plus quam perfectae SANCIONES 3. Leges minus quam perfectae 4. Leges imperfectae

1. Privadas 2. Públicas

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TEMARIO EXAMEN PRIVADO VARIAS MATERIAS DE DERECHO PRINCIPALES CRITERIOS DE AGRUPADAS CLASIFICACION DESDE EL PUNTO DE 1. Positivas (o VISTA DE SU permisivas): Las que permiten cierta conducta CUALIDAD

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2. Prohibitivas o negativas: Las que prohíben determinado comportamiento DESDE EL PUNTO DE 1. Primarias: Normas VISDTA DE SUS jurídicas que tiene por sí RELACIONES DE mismas sentido pleno. COMPLEMENTACION 2. Secundarias: Cuando 1. De iniciación de una regla de derecho vigencia complementa a otra 2. De duración de vigencia 3. De extinción de vigencia 4. Declarativas explicativas 5. Permisivas 6. Interpretativas 7. Sancionadoras

DESDE EL PUNTO DE VISTA DE SU RELACION CON LA VOLUNTAD DE LOS PARTICULARES

la la la o

1.Taxativas: Aquellas que obligan en todo caso a los particulares, independientemente de su voluntad. 2. Dispositivas: Las que pueden dejar de aplicarse, por voluntad expresa de las partes a una situación jurídica concreta

30. ¿Qué es SOCIOLOGÍA DEL DERECHO? La Sociología del Derecho, también llamada sociología jurídica, es aquella disciplina que estudia los problemas, las implicaciones, y todo aquello concerniente a las relaciones entre el Derecho y la sociedad. A diferencia de la Teoría del Derecho y de la Filosofía política, el principal problema u objeto de estudio de la sociología jurídica es el de la eficacia del derecho.

31. ¿Qué es HISTORIA DEL DERECHO?

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La Historia del Derecho es la disciplina histórico-jurídica que analiza el conjunto de hechos y procesos históricos relacionados con el conjunto de normas jurídicas, así como los usos sociales "fuertes", es decir, que tuvieran relación con el Derecho.

32. ¿Qué es DERECHO COMPARADO? El Derecho comparado es una disciplina o método de estudio del Derecho que se basa en la comparación de las distintas soluciones que ofrecen los diversos ordenamientos jurídicos para los mismos casos planteados. No es propiamente una rama del Derecho.

33. ¿Qué es el Derecho de Acción? La acción es un derecho público subjetivo mediante el cual se requiere la intervención del órgano jurisdiccional para la protección de una pretensión jurídica. Ello es consecuencia de la prohibición de hacerse justicia por mano propia y de haber asumido el Estado la función jurisdiccional. Acción y jurisdicción son conceptos que se corresponden y llevados a un último análisis, podría decirse que: la acción es el derecho a la jurisdicción.

34. ¿Qué es el Derecho de Petición? Es el derecho que tienen todas las personas para formular solicitudes respetuosas a las autoridades, escritas o verbales y a exigir una respuesta oportuna. Su fundamento Constitucional se encuentra en el artículo 23, y dice: “Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución. El legislador podrá reglamentar su ejercicio ante organizaciones privadas para garantizar los derechos fundamentales”.

35. ¿Cuáles son los REQUISITOS PARA PRESENTAR UNA PETICIÓN? • • • • • •

Designación de la autoridad a la cual se dirige la petición. Nombre, apellidos, identificación y dirección del peticionario. Objeto de la petición. Razones en que se apoya. Lista de los documentos que sirven de apoyo a la solicitud en caso de que se mencionen en la petición. Firma del peticionario.

36. ¿Cuáles son las CLASES DE PETICIONES EXISTEN Y EL PLAZO PARA RESOLVERLAS? • • •

Peticiones en interés particular: son aquellas que benefician únicamente a quien las formula. Se deben resolver en quince (15) días. Peticiones de interés general: además de beneficiar a quien las formula, favorecen a toda la comunidad. Deben resolverse en quince (15) días. Peticiones de información: en ellas se solicita el acceso a la información sobre la acción de las autoridades, logrando la expedición de copias de documentos que no tengan el carácter de reservados, cuyo costo debe pagarlo el solicitante. El término para darles respuesta es de diez (10) días. Si la respuesta a una petición de este tipo es negativa, deberá

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notificarse al interesado(a) y el Agente del Ministerio Público (Personero o Procurador). Consultas: son solicitudes que se efectúan en forma verbal o escrita a las autoridades, sobre las materias a su cargo. Deben resolverse en treinta (30) días.

37. ¿Qué es el Derecho político? Es una rama jurídica que aglutina todos los ámbitos de estudio del Derecho que están relacionados con el fenómeno político. Para algunos es considerada una disciplina de contornos difusos.

38. ¿Cuáles son los Campos del Derecho Constitucional? El Derecho Constitucional, en sentido amplio, estudia los siguientes campos: 1. 2. 3.

Teoría del Poder Teoría del Estado Teoría de la Constitución Teoría de los Derechos Humanos

4.

39. ¿Qué es CIENCIA POLÍTICA? La ciencia política (conocida también como politología) es una ciencia social que desarrolla su campo de estudio tanto en la teoría como en la práctica política en sus diversas manifestaciones. Su objeto de estudio es la «realidad política», categoría analítica sobre la que el politólogo aplica todas las herramientas metodológicas hoy disponibles para describir, explicar y formular predicciones sobre los hechos y fenómenos políticos que la conforman.

DERECHO ROMANO 40. ¿Qué es Derecho Romano? Conjunto de principios de Derecho que han regido a la sociedad romana desde sus inicios hasta la muerte del Emperador Justiniano, en las distintas etapas de su existencia.

41. Nociones del Derecho Romano 1. Derecho Divino 2. Derecho Humano (Lex Humana) 3. Derecho Sagrado (lex divina) El Derecho pasó a llamarse Jus, se deriva de:

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Justitia: Voluntad firme y continuada de dar a cada uno lo suya Jurisprudentia: ES la ciencia del Derecho, Ulpiano lo definió “Es la ciencia de lo justo y de lo injusto”

42. ¿Cuál es la División del derecho? Jus Publicum (Derecho público) Jus Privatum (Derecho privado) JUS PUBLICUM Comprende el gobierno del Estado, el culto y sacerdocio y las magistraturas. JUS PRIVATUM Comprende las relaciones entre los particulares

43. ¿Cómo se divide el Jus Privatum? JUS NATURALE (Do. Natural) JUS GENTIUM (Do. De las Personas) JUS CIVILE (Do. Civil) JUS NATURALE Contempla las leyes que la naturaleza ha impuesto a todos los seres, la unión de los sexos, la educación de los hijos, procreación de los hijos. JUS GENTIUM Conjunto de reglas aplicables a todos los pueblos sin distinción o sin distinguir la nacionalidad, este Derecho es el que regula las relaciones entre los Estados. JUS CIVILE Era la legislación propia de los romanos o para los romanos “JUS PROPIUM CIVIUM ROMANOUM”.

44. ¿Cuáles son las fuentes del Derecho Romano? Fuentes de Derecho Escrito Fuentes de Derecho No Escrito FUENTES DE DERECHO NO ESCRITO Derecho consuetudinario, la Costumbre FUENTES DE DERECHO ESCRITO 1. Leyes votadas en los comisios (por el pueblo) o propuesta de un Senador 2. Los Plebiscitos: se llaman así porque eran decisiones de la plebe, o propuesta de un Tribuno 3. Los Senados Consultos (decisiones del Senado) 4. Las Constituciones Imperiales (la voluntad del Emperador) 5. Los Edictos de los Magistrados: son las reglas de Derecho que los Magistrados encargados de la justicia civil publicaban especialmente los pretores 6. Respuestas de los prudentes: reglas de Derecho propias de cada pueblo (Reglas de Derecho Especiales)

45. FORMACION Y DESARROLLO DEL PUEBLO ROMANO 1. 1-304 PRIMER PERIODO: de la Fundación de Roma a la Ley de las XII Tablas 2. 304-723. Ley de las XII Tablas al Fin de la República

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3. 723-988. Del Advenimiento del Imperio a la Muerte de Alejandro Severo 4. 225-565 D.C. Muerte de Alejandro Severo a la muerte de Justiniano.

46. ¿Cuál es el objeto del Derecho Privado, después de Justiniano? El Estudio del Derecho tiene un triple objeto: TEORIA DE LAS PERSONAS Desde el punto de vista de su Estado, de su capacidad y del papel que están llamadas a representar en sociedad y en la familia TEORIA DE LAS COSAS Comprende el estudio de los bienes que componen en el patrimonio, los efectos y transmisión del os derechos sobre los bienes. TEORIA DE LAS ACCIONES Medios para asegurar a cada uno el respeto y consideración de sus derechos, dirigiéndose si es necesario a la autoridad judicial.

47. De las personas PERSONA: todo aquel susceptible de derecho y obligaciones. Se divide en: 1. Distingue las personas libres y los esclavos: aunque los esclavos eran cosas, dentro del punto de vista de derecho natural eran personas, seres vivientes con las características de todos los demás, jurídicamente no lo eran. Las personas libres se dividen en: a. los ciudadanos y los no ciudadanos b. Ingenuos (nunca esclavos) y libertos (esclavos liberados) 2. Se aplica a las personas consideradas en la familia (padre, madre, hijos, nietos, biznietos, tíos, etc): a. Los Alieni Juris: están sometidos a la voluntad de un jefe (jefe de familia) b. Los Sui Juris: Son aquellos que no dependen más que de sí mismos (jefe de familia.

48. De l...


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